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115 4.3.4Analysis as pattern recognition within the evidence

La comunidad local

Las comunidades locales son los actores más afectados a lo largo del proceso de convivencia con la empresa minera, debido a la inevitable alteración de sus modos tradicionales de vida a causa de la explotación minera del territorio donde habitan. Se trata por lo general de poblaciones rurales dedicadas a actividades agropecuarias, que se organizan en diversas asociaciones de pobladores y productores (De Echave, 2009).

La forma más frecuente es la comunidad campesina, instancia de organización, regulación y solución de conflictos entre sus miembros, de interrelación con los agentes externos y de defensa de su integridad territorial frente a terceros (Diez, 1999b, p. 141). Por ello, en relación con la empresa minera, es la organización de la sociedad civil que representa a la comunidad local no solo en el plano de la interacción social, sino también en el marco de la negociación legal por el uso y control del territorio superficial que administra.

La comunidad campesina se caracteriza por un manejo parcialmente colectivo de un conjunto de recursos naturales dentro de su territorio (tierras, agua, bosques, etcétera), y por elegir internamente sus propios órganos de regulación y a las autoridades que se relacionan

con el exterior (Castillo, p., 2007). Como se ve, no se trata solo de una institución que organiza parte del proceso productivo de las unidades familiares que la componen, sino también de una instancia de administración de poder cuyos ejes son la familia, los intereses colectivos y la propia organización comunal (De la Cadena, 1989).

El Estado

El Estado puede definirse como un conjunto de instituciones y de relaciones sociales respaldadas por un sistema legal que controla el territorio y a los habitantes que en él viven (O’Donell, 2008). De acuerdo con la Constitución Política del Perú, de 1993, su deber primordial es garantizar la plena vigencia de los derechos humanos y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo equilibrado de la Nación (artículo 44.°).

Con el fin de desempeñar esta función, a lo largo de la historia el Estado peruano ha emprendido iniciativas tendientes a conseguir un crecimiento económico que eleve la calidad de vida de la población. Sin embargo, el aún alto índice de pobreza que se registra en el país ha puesto en evidencia que el tan ansiado crecimiento económico no basta, por sí solo, para alcanzar el desarrollo (Schuldt, 2005).

Debido al fracaso del modelo de industrialización por sustitución de importaciones, desde 1990 los sucesivos gobiernos han optado por realizar una serie de reformas legales, como la privatización del sistema de propiedad de la tierra, y económicas, como los incentivos tributarios, destinadas a facilitar las inversiones orientadas a la explotación de los recursos mineros (De Echave, 2009).

Estas reformas se iniciaron con la promulgación, en 1992, de la Ley General de Minería, que generó las condiciones necesarias para desarrollar nuevos proyectos mineros capaces de atraer capitales extranjeros y transfirió al sector privado operaciones mineras administradas hasta entonces por el Estado. De esta forma, el poder económico minero, siempre relevante en el Perú, pasó a manos de corporaciones multinacionales privadas (Barrantes, 2005).

Esta paulatina privatización y transnacionalización del sector minero en el Perú coincide con el reemplazo de un proyecto inconcluso de capitalismo de Estado y de tímida integración cultural por un proyecto de inserción global por el que el Estado se subordina a las leyes del mercado mundial. En esa línea, el Estado asume el papel de facilitador de iniciativas multinacionales corporativas con el apoyo de agencias internacionales, y redefine la función social de la minería y su imagen pública (Damonte, 2006).

Así mejoró el desempeño de la economía nacional, que había decaído severamente entre la segunda mitad de la década de 1970 e inicios de la de 1990, y este impacto positivo marcó el inicio del discurso minero como solución a la pobreza (Damonte, 2006). Sin embargo, la mayor recaudación del Estado gracias a los tributos pagados por las empresas mineras no ha sido gestionada eficientemente. Y eso explica que el crecimiento macroeconómico no se haya traducido en una reducción de la pobreza en las comunidades afectadas por la minería.

Actores extra locales

Si bien los actores centrales en el presente estudio son las empresas mineras, las comunidades locales y el Estado, se reconoce que la presencia de actores extra locales es en algunos casos determinante para el desenvolvimiento de los conflictos en el ámbito local. Estos actores desempeñan básicamente cuatro papeles (De Echave, 2009).

En primer lugar, pueden actuar como intermediarios en situaciones de conflicto local o regional entre la empresa, la comunidad y el Estado. La participación de estos actores modifica el desarrollo de los conflictos aun cuando su presencia en el plano local no sea permanente. Estos mediadores suelen ser organismos de concertación, instituciones dedicadas a la investigación de conflictos sociales, las ONG, etcétera, y

sus acciones tienen una postura, una estrategia y una agenda delimitadas. Sin embargo, también puede tratarse de una categoría que está más motivada para mediar el conflicto por sus propios intereses económicos.

En segundo lugar, pueden contribuir a polarizar el conflicto entre la empresa minera y la comunidad local, principalmente a través de campañas de difusión de información acerca del impacto negativo de la minería. No se discute el derecho de estas organizaciones a tener una postura contraria a la actividad minera, pero sí se cuestionan sus alianzas con grupos radicales que promueven la violencia y perjudican notablemente a las comunidades locales (De Echave, 2009).

En tercer lugar, estos actores extralocales pueden empoderar a los lugareños para que tengan una mejor participación en las negociaciones con la empresa minera y el Estado. Brindan apoyo técnico, económico y de comunicación a las comunidades locales, tanto para la mediación como para la interlocución y la formulación y desarrollo de alternativas. Pueden ser agencias de cooperación, comunidades religiosas y ONG, y su labor se orienta a fortalecer la actuación de las comunidades locales (De Echave, 2009).

Finalmente hay actores que, sin participar necesariamente en el ámbito local del conflicto, actúan en espacios de debate que apuntan por lo general a modificar las leyes u obtener resoluciones de los organismos del Estado y que influyen de este modo en la situación local. En este debate, que suele ser técnico, se exponen diversas opciones políticas y diferentes visiones sobre el desarrollo local y

nacional. Participan así de ellos instituciones académicas,

organizaciones de la sociedad civil como la Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería (CONACAMI), asociaciones empresariales como la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) y personalidades expertas que expresan su postura crítica sobre los casos de conflicto socioambiental (Revesz y Diez, 2006).

Fase 3: la respuesta

La respuesta es el punto donde empezamos a actuar. Podemos empezar a gritar, o podemos intentar hablar sobre la situación, o podemos simplemente abandonar. Con nuestro sistema de actitudes y creencias personal, a menudo reaccionamos de la misma manera sin importar cuál es el conflicto en cuestión. De este modo, estas reacciones nos pueden decir mucho sobre nosotros mismos y sobre nuestros patrones en situaciones de conflicto. (Alzate, 2011).

Fase 4: el resultado

La respuesta llevará siempre al mismo resultado. La consecuencia servirá para reforzar la creencia y de este modo el ciclo se mantiene. En la mayoría de los casos, el resultado del ciclo del conflicto refuerza nuestro sistema de creencias y lleva a la perpetuación del mismo patrón. (Alzate, 2011).