Attempt to Evaluate the Processes of Privatisation of the Polish Economy
5. Attempt of Evaluation of Privatisation
por su incuestionable relevancia para el Bachillerato Nacional, como concede particular importancia a las finalidades, prácticas y condiciones de operación generados en torno a los Acuerdos del Sistema Nacional de Bachillerato que constituyen marcos reguladores del trabajo que se realiza al interior de las escuelas18 en función de intenciones educativas claras y objetivadas en los perfiles de egreso; principalmente se adhiere a los acuerdos siguientes:
» Acuerdo 442 por el que se establece el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad. Donde se delinea el Marco Curricular Común eje fundamental de la reforma educativa. El MCC se entiende como la formación del conjunto de competencias genéricas que debe tener una persona capaz de enfrentar los retos del mundo actual. Integra las cualidades individuales, éticas, académicas, profesionales y sociales que debe poseer el egresado del bachillerato, de conformidad también al artículo 3º constitucional. En todo sentido, el MCC impulsa los contenidos que deben dar cuerpo a las competencias que debe promover la Educación Media Superior, a saber: a) Competencias genéricas (clave, transversales y transferibles); b) Competencias disciplinares y; c) Competencias profesionales [DOF: 26/09/2008].
Así como seguimos las pautas del Acuerdo 442, también compartimos al interior de nuestro Bachillerato lo dispuesto en otros Acuerdos más:
1) Acuerdo 444. En el que se establecen las competencias que constituyen el MCC del SNB y donde los docentes del bachillerato pueden ubicar las competencias genéricas, disciplinares y profesionales, cuya formación deben impulsar a partir de sus respectivas asignaturas [DOF: 21/10/2008];
2) Acuerdo 447. En el que se señalan las competencias docentes para quienes impartan educación media superior en la modalidad escolarizada [DOF: 29/10/2008];
3) Acuerdo 449. En el que se indican las competencias que definen el perfil del director en los planteles que imparten educación del tipo medio superior [DOF: 2/12/2008] y;
4) Acuerdo 489. En el que se indican los lineamientos de ingreso de las instituciones educativas al Sistema Nacional de Bachillerato [DOF: 23/01/2009].
18 Incluyendo la definición de
competencias docentes y directivas así como procesos diversos.
La legislación educativa del Estado de México hace suyas las intenciones educativas formuladas en el artículo 3º constitucional y en la Ley General de Educación, al ser éstas las directrices de una educación de calidad al alcance de todos, sustentada en principios de equidad y justicia social. De manera específica se enuncian en el artículo 10 (Sección segunda) de los Principios de la educación de la Ley de Educación del Estado de México [LEEM], que a la letra dice:
La educación que el Estado imparta promoverá la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social en un entorno que fomente la libertad y la democracia [Gaceta del Gobierno del Estado de México 6/05/2011].
Respecto a los criterios y fines de la educación que prevalecen en la entidad mexiquense la Ley de Educación del Estado de México, en su artículo 14, abona elementos de primer orden que les dan dirección y sentido:
La educación que brinde el Estado será de calidad y sustentada en valores; promoverá la identidad nacional y estatal; aportará a los educandos una visión global del conocimiento que consolide la cultura de la paz y el desarrollo sostenible; y contribuirá a la equidad, a la formación integral de la persona y a su preparación para la vida [Gaceta del Gobierno del Estado de México 6/05/2011].
En lo particular, y conforme al artículo 17 de la misma Ley, la educación en el Estado de México:
» Favorece el desarrollo de facultades cognitivas, (se) ayuda a que emerjan las capacidades críticas y de observación de los estudiantes y se orienta a hacer de ellos personas analíticas y reflexivas, que sepan en todo momento vincular la teoría con la práctica.
» Promueve el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación como herramientas para la enseñanza y el aprendizaje, así como para el desarrollo de competencias en los educandos.
» Estimula la creatividad induciendo en los educandos la curiosidad, la imaginación y el pensamiento crítico e innovador.
» Fomenta la justicia, la libertad, la igualdad, la equidad, la solidaridad, el respeto, la tolerancia, la responsabilidad, la honradez y demás valores que favorezcan la convivencia social armónica [Gaceta del Gobierno del Estado de México 6/05/2011].
Además, en el Plan General de Desarrollo del Estado de México 2011- 2017 encontramos el concepto de educación que se aspira transmitir en la entidad:
…un proceso por el cual los individuos asimilan, entienden y razonan conocimientos y habilidades que permiten un desarrollo pleno y su integración productiva y cultural en la sociedad. La educación debe contribuir a la formación de una ciudadanía capaz de enfrentar de manera crítica los retos económicos, sociales, políticos y culturales del mundo globalizado en el que vivimos.
Es en esa noción de la educación, de gran alcance y con un vasta amplitud de horizonte, que la escuelas de Educación Media Superior de la entidad enmarcan su quehacer y encuentran la inspiración para hacer de las disposiciones normativas los hechos educativos de calidad que la sociedad mexiquense espera.
La Universidad Autónoma del Estado de México dispone de ordenamientos propios, congruentes y afines con el marco normativo nacional que orientan el devenir de su vida institucional y regulan los servicios educativos que oferta.
Tales ordenamientos son centrales en la tarea encomendada a la Escuela Preparatoria de la UAEM en el sentido de promover la formación integral de sus estudiantes, de cultivar en ellos las bases éticas y valores morales que garanticen su adecuada inserción en el entorno, a partir del respeto que se deben a sí mismos y a sus semejantes. De manera específica, el artículo 2º de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México, señala que:
La Universidad tiene por objeto generar, estudiar, preservar, transmitir y extender el conocimiento universal y estar al servicio de la sociedad, a fin de contribuir al logro de nuevas y mejores formas de existencia y convivencia humana, y para promover una conciencia universal, humanista, nacional, libre, justa y democrática [UAEM, 2014b].
La legislación universitaria, así también, enfatiza que es la convivencia un componente significativo en la intención educativa de humanizar el sistema de relaciones interpersonales y comunitarias que dan sentido social a la educación.
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En el Estatuto Universitario, fracción 1, artículo 52 se establece que la docencia universitaria motivará en el alumno la adquisición de:
I. Una conciencia social y una postura crítica.
II. Una concepción humanística y científica y una actitud de indagación ante los objetos del conocimiento y los hechos sociales. III. Una formación integral en la disciplina o campo de estudios por él seleccionado, para servir a la sociedad y contribuir a la solución de sus problemas.
IV. Competencias teóricas, metodológicas y axiológicas, de manera integral [UAEM, 2014b].
En cuanto al artículo 52 Bis del mismo estatuto, se indica que los estudios de Educación Media Superior:
…se cursarán conforme al proyecto curricular aprobado por el Consejo Universitario, previa opinión del Consejo General Académico de la Escuela Preparatoria [UAEM, 2014b].
El objeto de la Educación Media Superior está consignado en el artículo 53, fracción l del Estatuto, el cual refiere que:
La Educación Media Superior tiene por objeto dotar al estudiante de conocimientos generales y formarlo para el uso de metodologías y disertación del raciocinio, habilitándolo para ingresar a estudios profesionales [UAEM, 2014b].
Además, el Reglamento de la Educación Media Superior establece en su artículo 10 como propósitos del Bachillerato Universitario:
l. Brindar una educación integral, formativa y propedéutica.
ll. Propiciar la construcción de conocimientos, habilidades, actitudes y valores que preparen al alumno para su acceso y buen desempeño en los estudios de nivel superior y;
lll. Desarrollar en el alumno un compromiso solidario con la sociedad, en un contexto plural, diverso e igualitario [UAEM, 2014b].
De modo sustantivo y específico, y a propósito de la actual renovación curricular, la Escuela Preparatoria de la UAEM se ciñe a lo dispuesto
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II. Fundamentos del Currículo del Bachillerato Universitario [CBU]