3.4 Self-training
3.4.2 CBD-GA-criterion
La historia del constitucionalismo en el Perú está vinculada con el nacimiento de la República, en 1821, luego de que José de San Martín decretara la independencia del Perú.
En esas circunstancias surgió la necesidad de elaborar y aprobar, al igual que se había dado ya en otras naciones, una constitución que estableciera la forma de organización de Estado que se iba a dar al Perú. Es en este episodio donde se llevó a cabo el primer debate del recién convocado Congreso Constituyente.
La posición de San Martín y de algunos precursores como Hipólito Unanue era establecer en el país una monarquía constitucional. Por otro lado, también la facción republicana tenía muchos adeptos, siendo ésta posición la que finalmente se impuso en el Congreso. Desde entonces, el Perú ha sido regido por varios textos constitucionales de distintas orientaciones, cada una de ellas graficó la tendencia política predominante en ese preciso momento histórico.
La primera carta magna que regía en Perú fue la Constitución de 1812, jurada en todas las intendencias del virreinato y aplicada parcialmente por el virrey José Fernando de Abascal durante los años 1812 - 1814 y en el periodo de los virreyes Pezuela y La Serna durante los años 1820 - 1824.
La importancia de las Cortes de Cádiz y de la Constitución de 1812 radica en que sirvieron de cauce para la difusión de la libertad de pensamiento y el ejercicio de las prácticas electorales. En efecto, gracias a la libertad de imprenta surgieron diversas publicaciones políticas difusoras de las nuevas corrientes de pensamiento herederas de la ilustración.
Del mismo modo, mediante las prácticas electorales para la elección de alcaldes y regidores, diputados provinciales y representantes a las Cortes, los "peruanos" empezaron a ejercer los derechos de ciudadanía y considerarse "iguales" a los peninsulares.
La segunda constitución se creó en el año de 1823, Los legisladores empezaron a realizar su principal labor: la redacción de la Primera Constitución del Perú independiente; asimismo, encargaron el poder ejecutivo a un grupo de tres legisladores, que conformaron un cuerpo colegiado denominado la Suprema Junta Gubernativa (integrada por José de La Mar, Manuel Salazar y Baquíjano y Felipe Antonio Alvarado).
El primer paso fue la elaboración de las «Bases de la Constitución Política», a manos de una comisión del Congreso, integrada por los diputados Justo Figuerola,Francisco Xavier de Luna Pizarro, José Joaquín de Olmedo, Manuel Pérez de Tudela e Hipólito Unanue.
Estas «bases» fueron promulgadas por la Junta Gubernativa el 17 de diciembre de 1822; constaban de 24 artículos, que a grandes rasgos, declaraban que todas las provincias del Perú, reunidas en un solo cuerpo, formaban la nación peruana, que a partir de entonces se denominaría República Peruana.
Asimismo, establecía que la soberanía residía en la Nación, siendo independiente de la monarquía española y de cualquier otro tipo de dominación extranjera; su religión sería la católica, con exclusión de cualquier otra; y en cuanto al Poder Nacional, estaría dividido en tres poderes, el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.
Discutido el texto constitucional, fue aprobado y promulgado por el presidente Torre Tagle, el 12 de noviembre de 1823. Pero un día antes, el mismo Congreso dispuso la suspensión de sus artículos que fueran incompatibles con las facultades otorgadas al libertador Bolívar, que ya se hallaba en camino de instaurar la dictadura. En la práctica no estuvo en vigencia mientras duró el régimen bolivariano.
Esta Constitución, de inspiración liberal, se basaba en la soberanía popular: «La soberanía reside esencialmente en la nación, y su ejercicio en los magistrados, a quienes ella ha delegado sus poderes (Artículo 3). Establecía el sistema republicano de gobierno (desechando así el monarquismo); la división de los poderes del Estado en Legislativo, Ejecutivo y Judicial; la elección de las municipalidades; la libertad de comercio y de industria, la inviolabilidad de domicilio y el derecho a la propiedad, sentando, además, el principio de que nadie nace esclavo en el Perú y de que todos somos iguales ante la Ley.
Finalizado el régimen bolivariano, la Constitución de 1823 fue restaurada el 11 de junio de 1827 por el Congreso. El vicepresidente de la República Manuel Salazar y Baquíjano, encargado del Poder Ejecutivo, mandó a cumplirla el 16 de junio del mismo año. Rigió hasta el 18 de marzo de 1828, cuando fue reemplazada por otra Constitución, de esta forma en total Perú tuvo alrededor de 12 constituciones.
Actualmente la constitución que se encuentra en vigencia es La Constitución Política del Perú de 1993 es la carta magna de la República del Perú. Antecedida por otros 11 textos constitucionales, fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente Democrático convocado por el mismo tras la disolución del Congreso en el autogolpe de 1992.
Consecuentemente fue aprobada mediante el referéndum de 1993, aunque los resultados han sido discutidos por algunos sectores, es actualmente la base del sistema jurídico del país: sobre esta reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones políticas.
Esta ley fundamental es la base del ordenamiento jurídico nacional: De sus principios jurídicos, políticos, sociales, filosóficos y económicos se desprenden todas las leyes de la República. La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio para todos los peruanos.
Cabe mencionar que, pese al autogolpe de 1992 y el subsiguiente Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional (GERC), la constitución de 1979 siguió teóricamente en vigencia hasta la expedición y promulgación de la Constitución de 1993. Se considera, de acuerdo al Tribunal Constitucional, que la Ley de Bases del mencionado GERC y los demás actos emanados del autogolpe fueron ilegales e inconstitucionales de origen.
Validados luego por las Leyes Constitucionales de 1993 emitidas por el Congreso Constituyente Democrático, y por el referéndum del mismo año. En 2001, en una ley promulgada por Alejandro Toledo, el Congreso del Perú retiró la firma de Fujimori de la Constitución. (http://es.wikipedia.org/wiki/Historia_del_constitucionalismo_peruano)