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El Acuerdo de Complementación Económica entre Chile y Perú (ACE N° 38) fue suscrito el 22 de junio de 1998 y entró en vigencia el 1 de julio del mismo año, en el contexto del proceso de integración establecido en el Tratado de Montevideo de 1980. El 1 de marzo de 2009 comenzó a regir el ALC que se negoció utilizando como base el ACE Nº 38.

a) Objetivos

El Acuerdo tiene como objetivos centrales el establecimiento de un espacio económico ampliado entre los dos países, que permita la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos; la intensificación de las relaciones económicas y comerciales; la coordinación en los foros económicos internacionales; la promoción de la complementación y cooperación económica, y el estímulo a las inversiones.

b) Acceso a Mercado

Los países signatarios acordaron, para el universo de bienes, eliminar los aranceles y gravámenes de efectos equivalentes que afectan al comercio recíproco. Con tal propósito establecieron un programa de liberación con diferentes modalidades, el cual contempla plazos que van desde la desgravación total inmediata, de una sola vez en el momento de entrada en vigor del Acuerdo, hasta 10 años y, excepcionalmente, hasta 18 años. Conforme a dichos plazos se establecieron las listas que se expresan a continuación:

Programa de Liberación Comercial del ACE N° 38 entre Chile y Perú

Lista Años de desgravación Fecha de liberación total Principales exportaciones agropecuarias y forestales Principales importaciones agropecuarias y forestales D-0 D-5 D-10 D-15 D-18 0 5 10 15 18 01/07/1998 01/07/2003 01/07/2008 01/07/2013 01/07/2016

Papel prensa, celulosa, pasas.

Duraznos en conserva, malta sin tostar.

Manzanas, uvas, duraznos, avena mondada.

Leche en polvo, margarina, vino fino.

Trozos de carne de gallo o gallina, frescos o congelados. Semillas de melón, sandía y tomate; orégano. Jugos de frutas y hortalizas. Ketchup, frutillas en conserva. Residuos de molienda de trigo.

Las Partes se comprometieron, sin perjuicio de las normas establecidas en la OMC, a no aplicar gravámenes y restricciones a las exportaciones. En este mismo sentido se comprometieron también a no otorgar nuevos subsidios a la exportación que afecten el comercio entre los dos

En lo referido a normas técnicas, se estableció el compromiso de eliminar todos aquellos obstáculos técnicos innecesarios al comercio. En este mismo sentido, las Partes se comprometieron a evitar que las normas sanitarias y fitosanitarias se constituyan en obstáculos técnicos al comercio, debiendo aplicarse para tales efectos las normas establecidas en el anexo 5 del Acuerdo, como también en el Acuerdo de Cooperación y Coordinación en materia de Sanidad Agropecuaria suscrito entre las Partes y que se incluye en el anexo 6 del Acuerdo.

En lo relativo al tratamiento sectorial, el Acuerdo establece el compromiso de no incluir nuevos productos, tanto en el sistema de bandas de precios vigente en Chile como en el de derecho específico variable vigente en el Perú, y obliga además a no modificar dichos mecanismos ni aplicarlos de tal forma que signifiquen un deterioro de las condiciones de acceso a sus respectivos territorios.

El Acuerdo establece salvaguardias bilaterales y globales. Las globales son aquéllas aplicables de conformidad con las disposiciones del artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Estas medidas deben ser aplicables independientemente del origen de los productos. El ACE suscrito con Perú obliga a excluir de la aplicación de dichas medidas a las importaciones provenientes de la otra Parte, sólo si se otorga una excepción de ellas a un tercer país.

Finalmente y como en todos estos Acuerdos, se crea una Comisión Administradora con el objetivo fundamental de hacer un seguimiento y, eventualmente, corregir cualquier incumplimiento de la normativa del Acuerdo.

El 21 de agosto de 2006 Chile y Perú transformaron el A.C.E en un Acuerdo de Libre Comercio (A.L.C), el cual incorporó tres nuevos capítulos al convenio vigente: servicios, inversiones y solución de controversias.

Sin embargo, las negociaciones para acelerar el programa de desgravación arancelaria entre ambos socios comerciales se encuentran pendientes.

c) Balanza comercial de Chile con Perú (en miles de dólares) Item 2006 2007 2008 2009 2010 Total exportaciones 931.882 1.035.289 1.489.621 1.210.576 1.428.012 Total importaciones 1.427.195 1.686.452 1.845.864 692.131 1.330.833 Balanza Total -495.313 -651.163 -356.243 518.445 97.179 Exp. Agropecuarias 84.714 109.657 161.288 138.569 174.318 Exp. Forestales 91.448 107.061 146.652 106.674 140.242 Exp. Silvoagropecuarias 176.162 216.718 307.940 245.243 314.560

% sobre total de exportaciones 19% 21% 21% 20% 22%

Imp. Agropecuarias 17.037 23.673 30.653 30.443 40.720

Imp. Forestales 1.612 990 590 497 1.057

Imp. Silvoagropecuarias 18.649 24.663 31.243 30.940 41.777

% sobre total de importaciones 1% 1% 2% 4% 3%

Saldo Agropecuario 67.677 85.984 130.635 108.126 133.598

Saldo Agropecuario y Forestal 157.513 192.055 276.697 214.303 272.783 FUENTE: elaborado por Odepa.

d) Situación general del A.L.C. Chile - Perú en 2010

Libre 93

Celulosa no conífera semiblanqueada o blanqueada, papel prensa (para periódico), manzanas frescas, malta (de cebada u otros cereales) sin tostar, duraznos en conservas, pasas, tableros de partículas, maderas cepilladas ya sean en todas sus caras o en algunas de ellas, maderas simplemente aserradas, peras frescas, leche condensada.

15 años 4 Mantequillas (manteca), dulce de leche, leche en polvo concentrada 1,5%materia grasa, margarina, leche en polvo sin azucarar 1,5% materia grasa. 18 años 3 Vino con denominación de origen, trozos y despojos comestibles de gallo o gallina congelados, carne de gallo o gallina sin trocear congelada.

Libre 99

Tabaco sin desvenar o desnervar, café sin tostar, sin descafeinar, aceitunas en salmuera, cacao en polvo sin azucarar ni edulcorar, leche en estado líquido o semi sólido sin azúcar ni edulcorante, orégano fresco o seco, aceitunas preparadas o conservadas sin congelar, alcohol etílico sin desnaturalizar, grado alcohólico volumétrico >= a 80% vol, cerveza de malta.

15 años 0,9

Azúcar refinada, arroz semiblanqueado o blanqueado, aceite de soya refinado, demás preparaciones del tipo utilizado para alimentar animales, aceite de oliva virgen.

18 años 0,1 Demás maíces, excepto para siembra, harina de trigo o de morcajo (tranquillón), trigo duro.

Lista % de Export.,

de 2010. Principales exportaciones silvoagropecuarias a Perú.

Lista % de Import.,