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Data collection and analysis

2. Methodological approach

2.2 Data collection and analysis

1) Los cacheos con desnudo integral de los internos: a) Sólo podrán llevarse a cabo con autorización del Director.

b) Deberán ser siempre autorizados por el Director, dando cuenta a la Autoridad Judicial competente. c) El Director deberá solicitar autorización a la Autoridad Judicial competente.

d) Se podrán realizar con autorización del Jefe de Servicios.

2) La seguridad exterior de los Establecimientos Penitenciarios corresponde a: a) Los Funcionarios de vigilancia de Instituciones Penitenciarias.

b) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, o en su caso los Cuerpos de Policía de las Comunidades

Autónomas.

c) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, exclusivamente. d) Los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, exclusivamente.

3) ¿Cuál de las siguientes Unidades constituye un punto de paso?: a) La Unidad de Acceso.

b) La Unidad de Rastrillo.

c) La Unidad de Ingresos y Salidas. d) Todas las anteriores.

4) La documentación de las personas ajenas al mismo que accedan al Establecimiento, convenientemente autorizadas, se recoge por:

a) El Funcionario de la Oficina de Régimen.

b) El Funcionario de la Oficina de Dirección donde se confecciona la autorización. c) El Funcionario encargado de la Unidad de Servicio de Acceso.

d) Si está autorizado, no se le recoge documentación alguna.

5) Cada Unidad de Acceso estará integrada por:

a) La puerta de acceso al Establecimiento Penitenciario.

b) Todas las dependencias de entrada al Establecimiento Penitenciario. c) La puerta y los locales o dependencias anejos a la misma.

d) Uno o varios rastrillos.

6) Los recuentos ordinarios y extraordinarios se reflejarán en parte escrito: a) No.

b) Sí.

c) Los extraordinarios no, salvo que el Director lo disponga. d) Los ordinarios no.

7) Según el Reglamento Penitenciario, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que realizan el servicio de vigilancia exterior en un Centro Penitenciario, recibirán instrucciones, en materia de seguri- dad del propio Establecimiento, de:

a) Sus mandos naturales.

b) El Director del Centro Penitenciario. c) El Subdelegado del Gobierno. d) El Subdirector de Seguridad.

8) La aplicación de los medios coercitivos tendrá una duración máxima de: a) 24 horas.

b) 72 horas.

c) El tiempo que haya ordenado el Director. d) El tiempo estrictamente necesario.

9) Se podrá realizar el cacheo de desnudo integral: a) No se puede realizar el cacheo de desnudo integral. b) Por motivos de seguridad concretos y definidos. c) Si el Funcionario lo cree conveniente.

10) Como control de la población reclusa, ¿cuántos recuentos ordinarios deben realizarse diariamente?: a) Los que apruebe el Consejo de Dirección del Centro Penitenciario.

b) Los que determine el Director. c) Lo que determine el Centro Directivo.

d) Los que considere necesarios el Jefe de Servicios.

11) Según lo dispuesto en el Art. 68 del Reglamento Penitenciario, si fuese preciso realizar un cacheo con desnudo integral, ¿quién debe autorizarlo?:

a) El Jefe de Servicios. b) El Director.

c) El mando de incidencias. d) El Subdirector de Seguridad.

12) En situaciones específicas, mediando motivos de seguridad, existiendo razones contrastadas de que un interno oculta en su cuerpo algún objeto peligroso o sustancia susceptible de causar daño a la salud o integridad física o alterar la normal convivencia, podrá efectuarse cacheo con desnudo integral, ¿quién autoriza la realización del mismo?:

a) El Director, previa solicitud del Jefe de Servicios y dando cuenta al Juez de Vigilancia.

b) El Director, valorando convenientemente la existencia de las circunstancias apuntadas, con asesoramiento

del Subdirector de Seguridad.

c) El Subdirector de Seguridad, como responsable directo del mantenimiento de la seguridad y la normal

convivencia en el interior del Centro.

d) El Jefe de Servicios.

13) La realización de los recuentos ordinarios se fijan a lo largo de la jornada regimental en horario aproba- do por el Consejo de Dirección. ¿Quién ordena la ejecución de los llamados recuentos extraordinarios?:

a) El Jefe de Servicios, dando cuenta al Director.

b) El Funcionario encargado del Departamento donde éste se lleva a cabo, dando cuenta al Jefe de Servicios. c) El Director, a propuesta del Jefe de Servicios, teniendo en cuenta la situación del Centro y el comportamiento

de los reclusos.

d) El Jefe de Servicios, previa comunicación del mismo a las Fuerzas de Seguridad encargadas de la vigilancia

exterior, pues estos recuentos, como su nombre indica, están previstos para evitar evasiones.

14) Los medios coercitivos contemplados en el Art. 72.1 del Reglamento Penitenciario a los efectos del Art. 45.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, ¿podrán ser aplicados a un interno que se encuentra ingresado en la Enfermería del Centro, convaleciente de una enfermedad grave?:

a) Sí, si de la actuación de éste pudiera derivarse un inminente peligro para su integridad o para la de otras

personas.

b) Sí, siempre que se den las circunstancias previstas en el Art. 45.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria,

previa autorización del Médico en todos los casos.

c) No, está expresamente prohibido en el párrafo 2.º del Art. 72 del Reglamento Penitenciario. d) No, habría que buscar otros medios diferentes, con asesoramiento de los Servicios Médicos.

15) La utilización de los medios coercitivos será previamente autorizada por: a) El Consejo de Dirección, salvo que razones de urgencia no lo permitan.

b) El Director, salvo que razones de urgencia no lo permitan, en cuyo caso se pondrá en su conocimiento

inmediatamente.

c) El Jefe de Servicios, dando cuenta inmediata al Subdirector de Seguridad. d) La Comisión Disciplinaria, salvo que razones de urgencia no lo permitan.

16) ¿Se puede realizar un estudio radiológico a un interno para detectar algún objeto o sustancia de las descritas en el Art. 68.2 del Reglamento Penitenciario vigente, una vez que el cacheo con desnudo inte- gral resulte infructuoso y persista la sospecha de que el interno las siga ocultando en su cuerpo?:

a) Sí, siempre con la autorización del Jefe de Servicios.

b) No, otros medios de control no están recogidos en el Art. 68 del Reglamento Penitenciario de 1996. c) Sí, siempre y cuando tras la realización del mismo, el Director comunique el resultado al Juez de Vigilancia

Penitenciaria.

d) Sí, siempre que exista autorización de la Autoridad Judicial competente, tras la solicitud de la misma por el

Director del Centro Penitenciario.

17) No son actividades de seguridad interior: a) Los cacheos de familiares de internos. b) La observación de internos.

c) El control telemático.

18) Por motivos de seguridad concretos y específicos, conforme al Art. 68 del vigente Reglamento Peniten- ciario, ¿quién autorizará el cacheo con desnudo integral de un interno?:

a) El Director.

b) El Subdirector de Seguridad. c) El Juez de Vigilancia Penitenciaria. d) El Jefe de Servicios.

19) En los Establecimientos Penitenciarios se llevarán a cabo requisas: a) Sobre los internos.

b) Sobre los internos, sus ropas y enseres.

c) Sobre los internos y personas autorizadas a comunicar con los mismos. d) En las puertas, ventanas, suelos, paredes y techos de las celdas.

20) Según el Art. 72.3 del Reglamento Penitenciario, con carácter general, la utilización de medios coerciti- vos será previamente autorizada por:

a) El Director, quien comunicará inmediatamente al Juez de Vigilancia la adopción y cese de los medios

coercitivos.

b) El Jefe de Servicios y éste comunicará al Director la adopción y el cese de los medios coercitivos. c) El Director, quien comunicará inmediatamente al Centro Directivo la adopción y cese de los medios

coercitivos.

d) El Subdirector de Seguridad y éste lo comunicará al Juez de Vigilancia.

21) La seguridad interior de los Establecimientos Penitenciarios corresponde:

a) A los Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad del Estado, o, en su caso, a los Cuerpos de Policía de las

Comunidades Autónomas.

b) A los Cuerpos y Fuerzas de la Seguridad del Estado, o, en su caso, a los Cuerpos de Policía de las

Comunidades Autónomas y a los Funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarías con arreglo a los cometidos propios de cada Cuerpo.

c) A los Funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias con arreglo a los cometidos propios de

cada Cuerpo.

d) A los Funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias y personal colaborador, así como, laborales

penitenciarios.

22) Las actuaciones encaminadas a garantizar la seguridad interior de los Establecimientos, recogidas en el Reglamento Penitenciario (R.D. 190/1996, de 9 de Febrero), Art. 65, son:

a) La observación de los internos, los recuentos de población reclusa y los registros, cacheos, requisas,

controles, cambios de celda, asignación adecuada de destinos y actividades y cautelas propias de las salidas, tanto fuera del Módulo como fuera del Establecimiento.

b) El Reglamento Penitenciario citado en el enunciado, no enumera ninguna medida. c) Observación de los internos, los recuentos de la población reclusa y cacheos.

d) Observación de los internos, recuentos de población reclusa, controles e intervenciones.

23) Los recuentos ordinarios y extraordinarios se practicarán de forma que se garantice su rapidez y fiabili- dad, y sus resultados se reflejarán:

a) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado, que se dirigirá al Director del

Centro.

b) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado, que se dirigirá al Jefe de Servicios. c) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado, que se dirigirá al Jefe de Centro. d) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado y el Jefe del Centro, y se dirigirá

al Jefe de Servicios.

24) De conformidad con la legislación vigente, todos los medios coercitivos establecidos reglamentaria- mente son:

a) Aislamiento provisional y las esposas.

b) El Reglamento Penitenciario no establece “números clausus” de medidas coactivas, correspondiendo su

establecimiento al Consejo de Dirección con la aprobación del Juez de Vigilancia Penitenciaria, conforme a los límites que se establecen en el Art. 72.2 del propio Reglamento Penitenciario.

c) Aislamiento provisional, defensas de goma, cacheos y las esposas.

d) Aislamiento provisional, la fuerza física personal, las defensas de goma, los aerosoles de acción adecuada

25) Evitar que en las proximidades de la puerta principal de acceso al interior del Centro Penitenciario, se formen grupos de personas que dificulten el normal acceso al interior, es una obligación de:

a) El Funcionario encargado del servicio de Comunicaciones y Visitas. b) El Funcionario encargado del servicio de Ingresos y Salidas. c) El Funcionario encargado del servicio de Información al Exterior. d) El Funcionario encargado de la Unidad de servicio de Acceso.

26) Un Funcionario de vigilancia, después de que un interno celebre una comunicación íntima, tiene razo- nes fundadas para pensar que el interno por su actitud y la de los comunicantes puede ser portador de drogas, ¿puede realizar un cacheo al interno con desnudo integral?:

a) Sí, las comunicaciones íntimas son el mecanismo idóneo para introducir droga en los Establecimientos y

por lo tanto el Funcionario puede realizar dicho cacheo.

b) No, deberá trasladar esas razones al Jefe de Servicios, para que este, si lo considera adecuado, autorice

llevar a efecto el cacheo con desnudo integral.

c) No, debería limitarse a cachear al interno utilizando medios electrónicos.

d) Sí, al ser la droga una sustancia susceptible de causar daño a la salud y alterar la convivencia.

27) Ante un supuesto de desobediencia grave a las órdenes de los Funcionarios en el ejercicio de su cargo, el Director autoriza aislar provisionalmente a un interno preventivo y comunica esta medida a la Autori- dad Judicial a cuya disposición se encuentra ingresado el interno al día siguiente. ¿Considera que el Director ha actuado correctamente?:

a) Sí, al tratarse de uno de los supuestos de utilización de medios coercitivos previstos en el Art. 45 de la Ley

Orgánica General Penitenciaria.

b) No, la medida no debe comunicarla al Juez hasta tanto se haya producido el cese de su aplicación. c) No, debería haber solicitado previamente la autorización de la medida al Juez de Vigilancia. d) No, debería haber comunicado inmediatamente la medida al Juez de Vigilancia.

28) A tenor de lo dispuesto en el Art. 65 del Reglamento Penitenciario, no es una medida de seguridad interior encaminada a garantizar la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios:

a) La intervención de dinero, alhajas u objetos de valor no autorizados. b) El cambio de celda.

c) La observación de los internos.

d) El control de las personas autorizadas a comunicar con los internos.

29) El Reglamento Penitenciario establece que los medios coercitivos se depositarán en: a) Las Oficinas de los Módulos, reflejando en un Libro Oficial su cuantía y estado. b) Jefatura de Servicios en un lugar seguro especialmente habilitado al efecto. c) El despacho del Subdirector de Seguridad.

d) Donde el Director considere idóneo.

30) No será cometido del Funcionario encargado de la Unidad de Servicio de Patio:

a) Llevar relación actualizada de los internos albergados en la Unidad, con anotación de la celda o puesto

ocupado y de las circunstancias regimenales que a ellos se refieran.

b) Velar por el orden y limpieza en todas las Dependencias de la Unidad.

c) Practicar cacheos y requisas que estime necesario o que se le ordenen, con el fin de lograr un mejor control

y seguridad de la Unidad.

d) Observar la conducta de los internos, procurando conocerles personalmente y, dentro de sus atribuciones,

atender o cursar sus peticiones.

31) Según las previsiones reglamentarias, los cacheos con desnudo integral: a) Los deberá ordenar necesariamente el Director del Establecimiento. b) Se podrán realizar con autorización u orden motivada del Jefe de Servicios.

c) Se podrán realizar por iniciativa del Funcionario de Vigilancia, dando cuenta posterior al Jefe de Servicios

en parte motivado y firmado por los Funcionarios intervinientes.

d) Se podrán realizar, motivadamente tanto por orden del Director como por iniciativa del Funcionario sin

necesidad de autorización del Jefe de Servicios, siempre que existan razones de seguridad y urgencia.

32) Los recuentos extraordinarios de la población reclusa:

a) Son ordenados por el Jefe de Servicios comunicándolo a la Dirección del Establecimiento. b) Se realizarán diariamente coincidiendo con los relevos del personal de vigilancia.

c) Se realizan cuando se han producido numerosas salidas o ingresos de internos.

33) Acorde con el Art. 68.2 del Reglamento Penitenciario, el cacheo con desnudo integral será realizado con la autorización:

a) Del Director del Establecimiento. b) Del Jefe de Servicios.

c) Del Consejo de Dirección.

d) De la Autoridad Judicial competente.

34) Al amparo del Art. 68.4 del Reglamento Penitenciario, ¿se podría practicar, sin su consentimiento, a un interno del que se sospecha que está introduciendo droga en el Centro Penitenciario dentro de su cuer- po, control con Rayos “X”:

a) Sí, si el resultado del cacheo con desnudo integral fuese infructuoso y persistiera la sospecha y previa

autorización de la Autoridad Judicial competente.

b) Sí, siendo necesario para ello solamente la autorización del Director.

c) Sí, siendo necesario para ello solamente la autorización del Director e informe favorable del Médico del

Establecimiento.

d) No, salvo que esté en peligro la vida del interno.

35) Según el Art. 71.1 del Reglamento Penitenciario, las medidas de seguridad se regirán por los principios de:

a) Legalidad y proporcionalidad. b) Necesidad y legalidad. c) Necesidad y oportunidad. d) Necesidad y proporcionalidad.

36) El desarrollo reglamentario de los medios coercitivos se encuentra: a) En el Título XI de la Organización de los Centros Penitenciarios.

b) En el Título X Capítulo I del Régimen Disciplinario y de las Recompensas. c) En el Título III del Régimen de los Establecimientos Penitenciarios. d) En el Título II Capítulo VIII de la Seguridad de los Establecimientos.

37) Los medios materiales coercitivos estarán depositados: a) En los distintos Departamentos, según sus características.

b) En armario de seguridad controlado por el Subdirector de Seguridad. c) En el lugar o lugares que el Director entienda idóneos.

d) En Jefatura de Servicios.

38) La aplicación de medios coercitivos sobre un interno detenido se comunicará: a) Al Consejo de Dirección.

b) Al Centro Directivo.

c) A la Autoridad Judicial de quien dependa. d) Al Juez de Vigilancia.

39) Según lo previsto en el Art. 65.2 del Reglamento Penitenciario, la intensidad de las medidas encamina- das a garantizar la seguridad interior de los Establecimientos se ajustará a la potencial peligrosidad de los internos a que se apliquen. Entre los grupos de internos mencionados en ese precepto no se en- cuentran:

a) Los que manifiesten una inadaptación manifiesta y grave. b) Los pertenecientes a grupos terroristas.

c) Los de delincuencia organizada. d) Los de peligrosidad extrema.

40) Una de las siguientes no está prevista en el Art. 65.1 del Reglamento Penitenciario como actuación encaminada a garantizar la seguridad interior de los Establecimientos Penitenciarios:

a) Los cambios de celda.

b) La asignación adecuada de destinos. c) Las rondas nocturnas.

d) Los controles.

41) Según el Art. 67 del R.P., los recuentos extraordinarios serán ordenados por: a) El Funcionario del Módulo, dando cuenta al finalizar el mismo al Jefe de Servicios. b) El Jefe de Servicios, comunicándolo a la Dirección.

c) El Funcionario del Módulo recabando autorización del Director del Centro o Mando de Incidencias. d) El Jefe de Servicios previa autorización del Director.

42) Según el R.P., los recuentos ordinarios y extraordinarios se practican de forma que se garantice su rapidez y fiabilidad, y sus resultados se reflejan:

a) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado que se dirigirá al Director del

Centro.

b) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado, que se dirigirá al Jefe de Servicios. c) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado, que se dirigirá al Subdirector de

Seguridad.

d) En parte escrito, suscrito por los Funcionarios que los hubiesen efectuado, que se dirigirá al Mando de

incidencias.

43) Cuando los Funcionarios, detecten alguna anomalía regimental o cualquier hecho o circunstancia indi- ciaria de una posible perturbación de la vida normal del Centro:

a) Lo pondrán inmediatamente en conocimiento del Jefe de Servicios, sin perjuicio de que, en su caso, hagan

uso de los medios coercitivos necesarios.

b) Lo pondrán inmediatamente en conocimiento del Jefe de Servicios, para que autorice el uso de los medios

coercitivos.

c) Lo pondrán inmediatamente en conocimiento del Encargado del Departamento, sin perjuicio de que, en su

caso, hagan uso de los medios coercitivos.

d) Harán uso de los medios coercitivos conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad y

posteriormente será comunicado al Consejo de Dirección.

44) Conforme establece el Art. 63 del R.P., el Jefe de la Guardia exterior para informar de las incidencias del servicio:

a) Deberá presentarse al Director o Funcionario que le sustituya una vez practicado el relevo.

b) Deberá comunicar diariamente las incidencias al Departamento de Coordinación de Seguridad del Centro

Directivo.

c) Cuando durante el servicio se produzca algún hecho importante, deberá ponerlo inmediatamente en

conocimiento del Jefe de Servicios.

d) Deberá presentarse al Consejo de Dirección una vez practicado el relevo.

EJERCICIO DE TEST TEMA VII