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The decline of the monarchy and experiments in democracy

Chapter 3: Historical Context

3.1 The decline of the monarchy and experiments in democracy

2. Botiquines (módulos) de precaución universal.

Para vuelos de rutina, en aeronaves que requieren volar con por lo menos un miembro de la tripulación de cabina, deben llevarse a bordo uno o dos neceseres de precaución universal. Se debe disponer de neceseres adicionales cuando aumente el riesgo para la salud pública, como durante el brote de una enfermedad contagiosa grave que pueda resultar pandémica. Dichos neceseres pueden utilizarse para limpiar producto corporal potencialmente infeccioso, como sangre, orina, vómito y excremento, y para proteger a la tripulación de cabina que ayuda en los casos potencialmente infecciosos en los que se sospechen enfermedades contagiosas.

3 Detallar la situación observada

B3-09

Material médico no almacenado en una ubicación segura que asegure su uso exclusivo por personal cualificado.

RAP 121 Apéndice A

3. Botiquín médico.

El botiquín médico contendrá instrumentos y medios de diagnóstico y tratamiento que solo deberán ser empleados por personal médico o paramédicos facultados. Este maletín se encontrará a bordo, convenientemente cerrado con llave o sellado y se abrirá solamente con autorización expresa del piloto al mando, ante la presencia de un médico o paramédico adecuadamente identificado.

2

Detallar la situación observada

B3-10 Botiquín médico de emergencia no accesible durante el vuelo.

RAP 121 Apéndice A

(c)(2) Cuando se transporta un botiquín médico, éste debe almacenarse en un lugar seguro y apropiado.

3 Detallar la situación observada

Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección

- Disponen de las instrucciones de operación apropiadas.

- Estado general, presión, y fecha de caducidad. Si su peso es considerablemente bajo, se considerará no serviciable.

- Si ha lugar se comprobará: Portable Water-Solution Type Fire Extinguisher TSO-C19b.

Cuando haya instalados más extintores de los mínimos requeridos por la DGAC y alguno no está apto para el servicio (sin estar marcado como tal) se comprobará con la MEL para verificar los procedimientos operativos o de mantenimiento que sean de aplicación. Para cada extintor no apto se abrirá una discrepancia de categoría 3 que requerirá acciones correctoras.

Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones

B4-01 Extintor portátil situado en distinto lugar al indicado. RAP 121.945 Como mínimo un extintor de fuego portátil, que contenga Halón 1211 (CBrCIF2), o un agente extintor equivalente, debe estar convenientemente situado en la cabina de pilotaje para su uso por la tripulación de vuelo;

2 Detallar la situación observada B4-02 Pegatinas de control de inspección en mal estado y/o ilegibles.

AMM y/o MEL Verificar MEL y/o AMM para comparar con los límites permisibles.

1

Detallar la situación observada

RAP 121.1110

(a) Cada explotador es responsable de asegurarse de: …

(2) que se corrija cualquier defecto o daño que afecte la aeronavegabilidad de una aeronave o componente de aeronave;

B4-03 Extintor portátil no marcado con instrucciones de uso

apropiadas AMM y/o MEL Verificar MEL y/o AMM para comparar con los límites permisibles. 2

Detallar la situación observada B4-04 Extintor portátil incorrectamente estibado: sin

fijar o poco seguro AMM y/o MEL Verificar MEL y/o AMM para comparar con los límites permisibles. 2

Detallar la situación observada

B4-05 Extintor portátil no disponible o no en número suficiente. RAP 121.945

Configuración autorizada de

asientos para pasajeros

Cantidad de extintores de fuego 7 a 30 1 31 a 60 2 61 a 200 3 201 a 300 4 301 a 400 5 401 a 500 6 501 a 600 7 3 Detallar la situación observada

B4-06 Tipo o cantidad de agente extintor inadecuado. RAP 121.945

(1) el tipo y cantidad de agente extintor de fuego debe ser adecuado para los tipos de fuego que puedan ocurrir en el compartimiento donde se prevé el uso del extintor de fuego; en el caso de los compartimientos para personas, se debe reducir al mínimo el peligro de concentración de gases tóxicos;

2 Detallar la situación observada

B4-07

Extintor portátil caducado o con evidencia de haber superado la fecha de la próxima inspección periódica.

AMM y/o MEL Verificar MEL y/o AMM para comparar con los límites permisibles.

3

Detallar la situación observada

RAP 121.1110

(a) Cada explotador es responsable de asegurarse de: …

(2) que se corrija cualquier defecto o daño que afecte la aeronavegabilidad de una aeronave o componente de aeronave;

B4-08

Extintor vacío, con evidente baja presión, con el precinto alterado. No apto para el servicio, sin identificarlo y segregarlo como tal.(fuera de los límites de la MEL).

RAP 121.945

(1) el tipo y cantidad de agente extintor de fuego debe ser adecuado para los tipos de fuego que puedan ocurrir en el compartimiento donde se prevé el uso del extintor de fuego; en el caso de los compartimientos para personas, se debe reducir al mínimo el peligro de concentración de gases tóxicos;

3 Detallar la situación observada

Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección

B5 Chalecos salvavidas /Dispositivos de flotación Comprobar: - Presencia, fácil acceso, número suficiente, estado, y si aplica, la fecha de caducidad.

que la no

existencia de una fecha de caducidad no constituye una discrepancia en si misma. Verificar lo que dice el procedimiento del

operador.

Estos dispositivos solo se requieren por DGAC para vuelos sobre el agua, luego si ni el vuelo entrante ni el saliente cumple esta

condición no se podrán abrir discrepancias relativas a este electo de inspección.

La presencia de chalecos/ dispositivos de repuesto no aptos para el servicio se indicará como un Comentario.

Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones

B5-01 Pegatinas de control de inspección en mal estado e ilegibles. RAP 91.513 (1) Debe ser inspeccionado de acuerdo con la Sección 91.409 de esta Parte, de manera que se asegure su utilidad en forma continua y su disponibilidad inmediata para su propósito específico.

1 Detallar la situación observada

B5-02 Equipo no directamente accesible. RAP 121.965

(b) Aviones terrestres.- Los aviones terrestres deben estar equipados, para cada persona que vaya a bordo, con un chaleco

salvavidas o dispositivo de flotación individual equivalente, situado en un lugar fácilmente accesible desde el asiento o litera de la persona que haya de usarlo:

2 Detallar la situación observada

B5-03 Equipo no disponible o en número insuficiente para cada

persona a bordo. RAP 121.965

(b) Aviones terrestres.- Los aviones terrestres deben estar equipados, para cada persona que vaya a bordo, con un chaleco

salvavidas o dispositivo de flotación individual equivalente, situado en un lugar fácilmente accesible desde el asiento o litera de la persona que haya de usarlo:

3 Detallar la situación observada

B5-04

Equipo caducado o con

evidencias de haber superado la fecha

de la próxima inspección periódica RAP 91.513

(1) Debe ser inspeccionado de acuerdo con la Sección 91.409 de esta Parte, de manera que se asegure su utilidad en forma

continua y su disponibilidad inmediata para su propósito específico.

3

Detallar la situación observada B5-05 Equipo no apto para el servicio sin identificarlo y segregarlo como tal. RAP 121.1110

(a) Cada explotador es responsable de asegurarse de: …

(2) que se corrija cualquier defecto o daño que afecte la aeronavegabilidad de una aeronave o componente de aeronave;

3 Detallar la situación observada

Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección

B6 Cinturones de seguridad y estado de los asientos

Comprobar:

- Todos los asientos de pasajero que no estén identificados como inoperantes, disponen de cinturón de seguridad o arnés.

- Hay cinturones suplementarios (extensiones o bucles para bebés) a bordo si son requeridos.

Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones

B6-01 Hebilla o correa, gastada o dañada pero apta para el servicio. RAP 121.1110

(a) Cada explotador es responsable de asegurarse de: …

(2) que se corrija cualquier defecto o daño que afecte la aeronavegabilidad de una aeronave o componente de aeronave;

1

Detallar la situación observada

B6-02

Asiento no apto para el servicio (sin cinturón de seguridad o arnés, roto el respaldo …) y no identificado como tal.

RAP 121.915 (2) un cinturón de seguridad, con o sin correa diagonal o tirante (arnés) de sujeción en cada asiento para pasajeros por cada pasajero de dos (2) años o más; 3 Detallar la situación observada B6-03

No hay disponibles cinturones suplementarios (extensiones) para niño menor de 2 años o habiendo pasaje que lo requiera.

RAP 121.915 (4) un dispositivo de sujeción adicional para cada niño menor de dos (2) años; 3

Detallar la situación observada

B6-04 No hay disponibles un cinturón de seguridad para cada uno de

los pasajeros a bordo RAP 121.915

2) un cinturón de seguridad, con o sin correa diagonal o tirante (arnés) de sujeción en cada asiento para pasajeros por cada pasajero de dos (2) años

o más; 3

Detallar la situación observada

B6-05 Retenedores para bebés usados sin cinturón de seguridad. RAP 121.915 (3) cinturones de sujeción para cada litera; 3

Detallar la situación observada

Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección

B7

Salidas, iluminación y señales de Emergencia.

Linternas y megáfonos

Comprobar:

- Presencia, estado, localización e idioma de las señales de salidas e iluminación de emergencia.

- Correcto funcionamiento de la señalización de una senda en el suelo para evacuación de emergencia que esté ilumine en caso de fallo eléctrico.

- Existencia y estado de instrucciones de uso de las salidas de emergencia.

- Las linternas están a bordo en número suficiente y en el lugar indicado, su estado y aptitud para el servicio en todos los puestos de tripulante de cabina de pasajeros.

- Los megáfonos se encuentran a bordo y en el lugar indicado, su estado y aptitud para el servicio.

Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones

estropeadas, o con baja

intensidad luminosa, dentro de límites de la MEL, pero sin estar notificado en el Registro Técnico.