3. Existing agile methods
3.6. Dynamic Systems Development Method
Dentro del procesamiento de la escena del crimen, se encuentra la actividad de la recolección de los indicios, esta requiere de una importancia susceptible, en razón que en este procedimiento deben de intervenir las personas idóneas y capacitadas previamente para esta actividad, podemos definir la colección como: “la selección exacta de todos los indicios asociativos”344
. Esto luego de un minucioso examen de identificación de indicios, para después embalarlos y etiquetarlos, para su envió al laboratorio forense. Se requiere que a la hora del levantamiento de la evidencia de los conocimientos específicos y técnicos para cada una de las evidencias, es decir, que el agente investigador debe de saber cómo conservar intacto los indicios, es decir, no perder las características natas de la evidencia. Al momento de recolectar es necesario conocer de la materia criminalística para cada indicio en particular.
A manera de recomendación, esta actividad (recolección) debe de realizarse de forma sistemática, iniciando su labor desde el centro de la escena del delito.
La colección de indicios se lleva a cabo a través de tres operaciones muy importantes como lo son levantamiento, embalaje y etiquetado.
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3.8.1 Levantamiento
Como principio necesario a la hora de levantar la evidencia es menester usar guantes de desechables o de polietileno, esto con el fin de no contaminar los indicios a levantar, este acto de levantamiento de los indicios, implica recoger los indicios del lugar de la escena del delito, para su respectivo análisis, cuando se manipulan los indicios se debe de hacer con el material necesario o instrumentos adecuados dependiendo de la clase de indicio que se levante345.
3.8.2 Embalaje
Criminalísticamente; se conoce como embalar; la maniobra que se hace para guardar, e inmovilizar y proteger algún indicio, dentro de algún recipiente protector346. En el Pr. P. no hay ninguna definición, pero se encuentra regulado en la legislación ambiental, en el reglamento especial en materia de
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Los instrumentos varían dependiendo del delito cometido, y de las evidencias que se pretende recoger, se recomienda utilizar a la hora de levant ar los indicios, los instrumentos como; pinza de metal, algodón esterilizado, filtro, agua destilada, solución salina, tubos de ensayó, cajitas de lamina o cartón, cordones tablas cuadradas, de 8 por 8 cm., esto depende de lo que se pretende levantar. En los indicios orgánicos humanos la cuestión se complica mas por el motivo de que el procedimiento es aun mas complejo y requiere de conocimientos científicos por lo general se requiere de que profesionales hagan el procedimiento, debido al manejo de sustancia químicas y reactivos espec íficos, que necesitan téc nicas y cantidades mínimas, para levantar la evidencias, estos conocimientos tiene que ser derivadas de la profesión del perito que desarrolla el procedimiento a la hora de levant ar la evidencia física.
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144 sustancias, residuos y desechos peligrosos. Art. 3. Inciso 7ª347. Es importante después de levantar los indicios depositarlos en recipientes adecuados para que no se contaminen348, a efecto de que sus estudios auténticos y confiables349.
3.8.3 Etiquetado
El etiquetado es la operación final que se realiza con el objeto de individualizar el indicio y no confundirlo con otro indicio, hay que reseñar el indicio y por ultimo colocarle una etiqueta350, esto se hace en todos los casos, de colocar las etiquetas correspondientes a cada indicio. Las etiquetas deben de mencionar lo siguiente: a) el numero de acta; b) el lugar de los hechos; c) la hora de la intervención; d) la clase de indicio; e) las huellas o características que presenta; f) la técnica de análisis a la que debe
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Literalmente dice. “EMBALAJE: envoltura exterior protectora que cubre, o en
donde s e deposita para su manejo, los envases de sustancias, des echos (…)”. Esta es la
única definición jurídica establecida en la legislación salvadoreña vigent e, hasta el momento. 348
Los indicios tiene que tener un tratamiento adecuado por parte del investigador, y es mas los indicios orgánicos, se tiene que tener una análisis más minuciosos, por ejemplo en el delito de violación las manc has de semen dejadas por el s ujeto activo en el escenario, pero también se puede dar el caso de que haya manchas de semen en el lugar con anterioridad de perpetrarse el delito en la escena del delito, y el investigador a la hora de recolectarlo contamina el evidencia mezclando las dos nuestras de semen en el embalaje, se pude mostrar que el investigador a actuado con negligencia en su labor, diferente fuera que no solo ha sido un sujet o activo del delito de violación, si no diez sujetos, al momento de su análisis no se obtendrán los resultados esperados, y no se podrá individualizar a los sujetos, debido a que las códigos genéticos se mezclan y se confunden, en este caso no sería negligencia del investigador, dado pues que la evidencia ya estaba contaminada
349 Ibiden 350
La etiqueta es como lo expresa el Reglamento Especial en Materia de Sustancias, Residuos y Desechos Peligrosos es; “ETIQUETA: El material escrito, impreso o grafico, armonizado y homologado, grabado o adherido al envase inmediat o y en el embalaje o envoltorio exterior de los envases(…)”.
145 ser sometido; g) fecha, nombre y firma del investigador que lo descubrió y que lo suministra al laboratorio351.
En la actualidad, uno de los mayores errores en la práctica para la recolección de los indicios, es que, la ley le da cierta facultades a la policía (no especializada, esta es a la policía uniformada), para que recolecte los indicios cuando existe la posibilidad de que se pierdan, pero esto acarrea una gran deficiencia por parte de los policía, ya que ellos no están capacitado científicamente para hacer este trabajo, ya que ellos no tienen el conocimiento debido para desempeñar esta función criminalística, es to implica de que el policía con esta facultad trata de desempeñar esta función con un cierto déficit, esto conlleva a una forma de contaminación de los indicios y por lo tanto no surten el efecto esperado, o por lo menos su efecto verdadero.