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FROM.

10. Recuerdan que “la lucha frente a las invasiones biológicas no constituye un objetivo per se, sino que el fin último es la restauración y la conservación de la diversidad biológica autóctona.”

143 La información de ambos organismos ha sido extraída, en una parte importante, de sus

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El Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) es un Organismo Autónomo, creado por Ley 33/1980, de 21 de junio y adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Mediante la aprobación del Real Decreto 950/1997, este Organismo centra sus actividades en el diseño y desarrollo de acciones encaminadas apromocionar el consumo de productos pesqueros, orientar el mercado de estos productos en cuanto a cantidades, precios y calidades, y asistir en sus necesidades técnicas o financieras a asociaciones, cooperativas y empresas del sector.

Para desarrollar sus funciones, el FROM cuenta con una Secretaría General que ejerce, además, las labores operativas del mismo en materia de recursos humanos, gestión económica, financiera, presupuestaria yde régimen interior. Entre los objetivos del FROM se encuentran los siguientes:

1. Incentivación y promoción del consumo de los productos de la pesca y de la acuicultura mediante:

o Campañas publicitarias y acciones promocionales.

o Apoyo a las empresas del sector pesquero para su participación en Ferias y Exposiciones nacionales e internacionales.

2. Asistencia, asesoramiento e información a los ciudadanos y a las entidades del sector pesquero, sobre aspectos relacionados con los mercados, a través de:

o Información sobre precios en origen y mercados.

o Organización y participación en eventos internacionales de carácter comercial pesquero.

o Directorio Español de la Pesca y de la Unión Europea más Noruega. o Atención directa y personalizada a las demandas de los ciudadanos y

del sector pesquero.

3. Gestionar, en su caso, las fases del procedimiento de concesión de las ayudas nacionales y las comunitarias que se deriven de la Organización Común de Mercados de la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias que legalmente tiene atribuidas la Secretaría de Estado de Política Exterior y para la Unión Europea.

4. Las funciones derivadas de su actuación como Organismo pagador de ámbito nacional de FEOGA Sección Garantía, en los términos previstos en el Real Decreto 2206/1995, de 28 de diciembre (RCL 1995\3522), por el que se

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regulan las actuaciones interadministrativas relativas a los gastos de la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA). 5. Participación en cursos y conferencias.

6. Elaboración de estudios y análisis sectoriales.

7. Detección de las necesidades y estudio de las consiguientes propuestas legislativas.

8. Favorecer un sistema de garantías creditícias para el sector de la pesca.

9. El fomento de las asociaciones, cooperativas y empresas de carácter extractivo, transformador y comercial de los productos de la pesca y cultivos marinos.

10.La promoción de nuevos productos de origen marino o de la acuicultura. 11.La promoción de sistemas de identificación y presentación de productos

pesqueros.

12.La realización de estudios e informes acerca de los planes económicos de la producción nacional pesquera.

13. El desarrollo de las funciones de orientación del mercado, propiciando la consecución de contratos precios intersectoriales, referentes a las cantidades, precios y calidades.

Este organismo ha sido suprimido a través del R.D. 410/2012 de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente..publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de febrero de 2012 quedando sus funciones distribuidas de acuerdo con lo descrito en el punto 1.2 del capítulo segundo de la presente tesis.

Instituto Español de Oceanografía.

Aunque adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia como organismo autónomo debido a las tareas por él desarrolladas se encuentra recogido dentro de la LPM concretamente en su artículo 88144 que fija su adscripción y funciones.

144 Artículo 88: “El Instituto Español de Oceanografía.

El Instituto Español de Oceanografía (IEO), es un Organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología, con la condición de Organismo Público de Investigación, de carácter sectorial y multidisciplinar, dotado de personalidad y patrimonio propio, al

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En la actualidad el Instituto Español de Oceanografía es un Organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, que depende orgánicamente del Ministerio de Educación y Ciencia, y está clasificado como un Organismo Público de Investigación según la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica de 14 de abril de 1986, siendo su campo de actividad el estudio de la mar y sus recursos.

El Instituto Español de Oceanografía se dedica al estudio multidisciplinar del mar y especialmente a los problemas derivados de la explotación de los recursos y de la contaminación. En este sentido, el Instituto procura orientar sus investigaciones de tal forma que sus resultados sirvan de apoyo a la función de asesoramiento, y para dar respuestas concretas a la Administración pública con referencia al mar, a su utilización racional y a su protección.

El Instituto Español de Oceanografía es pionero en España y uno de los primeros del mundo en la investigación dirigida exclusivamente al mar y sus recursos. Fue fundado en 1914 por el profesor Odón de Buen y en el Real Decreto fundacional se disponía que "tendrá por objeto el estudio de las condiciones físicas, químicas y biológicas de los mares que bañan nuestro territorio con sus aplicaciones a los problemas de la pesca" y "servirá de base para la organización de este Instituto el Laboratorio biológico-marino de Baleares y las Estaciones biológico-marinas de Santander y Málaga, ampliando la red de Laboratorios costeros con otros dos más, que se establecerán en Vigo y en Canarias".

El origen del Instituto Español de Oceanografía hay que buscarlo en la inquietud de algunos naturalistas del siglo XIX convencidos de la necesidad de efectuar la investigación científica de nuestras aguas costeras de un modo similar a como la estaban realizando en sus propias costas los científicos de distintos países avanzados. En aquel grupo de naturalistas destacan Augusto González de Linares, servicio de la política científica y tecnológica del Estado, en materia de oceanografía y pesca marítima.

El Instituto Español de Oceanografía atenderá prioritariamente los objetivos de la política sectorial pesquera del Gobierno, tanto en funciones de investigación como de apoyo técnico- científico, pudiendo representar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en los foros científicos internacionales relacionados con la oceanografía y las pesquerías, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y, en su caso, en colaboración con los organismos de investigación de las Comunidades Autónomas. El Gobierno, mediante Real Decreto, fijará los mecanismos de actuación conjunta y compartida de los Ministerios de Ciencia y Tecnología y de Agricultura, Pesca y Alimentación, en relación con la investigación pesquera y oceanográfica del IEO, en el ámbito de la pesca marítima, para la elaboración y ejecución del Programa Sectorial, así como para las actuaciones que, en su caso, resulten necesarias para la ejecución de la política de pesca marítima del Gobierno. Estas actividades ordinarias del organismo se financiarán con cargo a su presupuesto.”

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que en 1886 funda la "Estación Marítima de Zoología y Botánica Experimental" de Santander, vinculada a la Universidad de Valladolid y el profesor Odón de Buen, creador del Laboratorio Biológico Marino de Baleares en Porto Pi en 1906 y de la Estación Biológica-Marina de Málaga en el año 1908, dependiente de la existente en Palma de Mallorca, ligados ambos centros a la Universidad de Barcelona.

A lo largo de su historia, el Instituto ha dependido de los Ministerios de Instrucción Pública y Bellas Artes (1914), Fomento (1928), Marina (1932), Comercio (1963), Transportes y Comunicaciones (1977), Agricultura, Pesca y Alimentación (1980), Ciencia y Tecnología (2000) y Educación y Ciencia (2004).

En 1929 se aprobó el Reglamento del Organismo, que en su artículo 2º indicaba "tendrá por primordial finalidad la de estudiar las condiciones físicas, químicas, dinámicas y biológicas de las aguas del mar, informando respecto de estos problemas a los Organismos del Estado y realizando especialmente aquéllos trabajos, investigaciones y experiencias que por encargo del Ministerio de Fomento o por iniciativa del Director del Instituto, tiendan a la mejor explotación de la riqueza del mar".

La guerra civil de 1936 supuso una interrupción del trabajo científico. Durante los decenios de los 40 y 50 el Instituto desarrolló, con los pocos medios de que disponía, una investigación encomiable que dio lugar a numerosas publicaciones. Además, se mantuvo la presencia activa de España en los organismos internacionales de investigación y coordinación oceanográfica, tales como Consejo Internacional para la Exploración del Mar, la Comisión Internacional para la Exploración Científica del Mediterráneo, la Comisión Oceanográfica Intergubernamental y el Consejo General de Pesca del Mediterráneo, entre los principales.

El III Plan de Desarrollo a finales de la década de los 60 e inicios de los 70 proporcionó un aumento presupuestario considerable, que se tradujo en una mejora y ampliación de instalaciones y aumento de plantillas. Por aquellas fechas el Instituto se encontraba con unos equipos científicos reducidos y con una infraestructura bastante anticuada y deficiente.

En el año 1980, el Instituto pasó a depender del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como asesor de la administración pesquera. Hubo que reorientar los objetivos y acomodar un organismo científico a las nuevas exigencias de asesor directo de la administración pesquera. Asimismo y mediante la ley 13 de 1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, el Instituto Español de Oceanografía quedó integrado en el grupo de Organismos Públicos de Investigación regidos por dicha ley, que indicaba como funciones la gestión y

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ejecución de los Programas Nacionales y Sectoriales asignados en el Plan Nacional, así como contribuir a la definición de objetivos del citado plan, colaborar en tareas de evaluación y seguimiento, y asesorar en materia de investigación científica e innovación técnica a la Administración del Estado.

En el año 1986 se produjo una ampliación de la plantilla y se elaboró un programa marco de investigación marina en el que se determinaron los objetivos generales del Instituto consistentes en el estudio de los recursos pesqueros, en el desarrollo de la acuicultura y en el estudio de las condiciones oceanográficas del medio ambiente marino.

En 1997 se modernizó el antiguo Reglamento de 1929 y se definieron de nuevo la naturaleza y régimen jurídico, las funciones, los órganos rectores y la estructura orgánica básica, mediante el Real Decreto 950, de 20 de junio145.

En el año 2000 y mediante el Real Decreto 696 de 13 de mayo146, el IEO pasó a depender del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Y en este mismo año se aprobó el vigente Estatuto del Instituto.

En abril de 2004 y mediante el Real Decreto 562/2004 se adscribe el IEO a la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

Las actividades del Instituto Español de Oceanografía se extienden a los recursos marinos en general a los problemas relacionados con la oceanografía y lacontaminación del medio marino y a los cultivos. En este sentido, el Instituto procura orientar sus investigaciones de tal forma que sus resultados sirvan de apoyo a la función de asesoramiento, y para dar respuestas concretas a la Administración Pública con referencia al mar, a su utilización racional y a su protección. Por su característica de Organismo de competencia estatal, el IEO representa al Gobierno español ante organizaciones y comisiones oceanográficas de ámbito internacional.

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