1.- RADICACIONES SE RECIBE TOTAL DE RESOLUCIONES . . . 32
LA ANTERIOR LISTA DE ACUERDOS SE PUBLICO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 77 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO.- DOY
FE.-EL(A) C. SECRETARIO
MARÍA MAGDALENA MARTÍNEZ CAZARES
Lista de acuerdos versión publica de acuerdo a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 13, 24 y 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
EDICTOS
EDICTO
120114En el Juzgado Segundo de Jurisdiccion Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente
judicial numero 178/2016 relativo al juicio ordinario mercantil, promovido por Marcela Elodia Ling Sáenz en contra de Reyes Garza Gonzalez y Maria de los Angeles Saldaña Labrada. En fecha 28-veintiocho de enero del 2021-dos mil veintiuno, se dictó un auto en el que se señalan 11:00 once horas del dia 04-cuatro de marzo de 2021-dos mil veintiuno. a fin de que tenga verificativo en el local de este juzgado la audiencia de remate en publica subasta y primera almoneda, respecto del bien inmueble embargado a la parte demandada Reyes Garza González y María de los Angeles Saldaña Labrada, cuyos datos de registro y descripcion son: "Inscripción NUMERO 51, VOLUMEN 102 LIBRO 2, SECCIÓN I PROPIEDAD, UNIDAD GUADALUPE, N. L. CON FECHA 06 DE ENERO DEL AÑO 1995, consistente en: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 48 CUARENTA Y OCHO DE LA MANZANA NUMERO 398 TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO DEL FRACCIONAMIENTO FUENTES DE SAN MIGUEL, UBICADO EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN. EL CUAL TIENE UNA SUPERFICIE DE 90.00 M2. NOVENTA METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE MIDE 6.00 SEIS METROS A LINDAR CON EL LOTE 5 CINCO; AL SUR MIDE 6.00 SEIS METROS A DAR FRENTE CON LA CALLE BEGONIAS; AL ESTE MIDE 15.00 QUINCE METROS A LINDAR CON EL LOTE 47 CUARENTA Y SIETE; y AL OESTE MIDE 15.00 QUINCE METROS A LINDAR CON EL LOTE 49 CUARENTA Y NUEVE. LA MANZANA DE REFERENCIA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES; AL NORTE ALBAHACAR, AL SUR BEGONIAS, AL ESTE LOMA BAJA; Y AL OESTE, SÁBILA. Sirviendo de base para el remate del bien raiz citado con antelación la cantidad de $747,000.00 (setecientos cuarenta y siete mil pesos 00/100 moneda nacional), que representa el valor pericial atendiendo al avaluo rendido por el perito designado en autos, y será postura legal para intervenir en la Audiencia de Remate la cantidad de $498,000.00 (cuatroscientos noventa y ocho mil pesos 00/100 moneda nacional), que representa las dos terceras partes de la cantidad en comento. Por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 3 tres veces dentro del termino de 9 nueve dias en el Boletin Judicial, en los estrados de este Juzgado, y en el periódico "El Norte" o en el periódico "Milenio" o en el periódico "El Porvenir" que se edita en esta ciudad, a eleccion del compareciente. Asi mismo se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores al multicitado remate deberán consignar mediante certificado de deposito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% (diez por ciento) de la suma que sirve como valor total de los avalúos rendidos por los peritos en juicio, sin cuyos requisitos no serán admitidos en dicha subasta, acorde con los dispositivos 527, 533, 534, 535, 536 y demas relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, aplicado en suplencia al Código de Comercio. Monterrey, Nuevo León, a 02 de febrero de 2021. C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE JURISDICCION CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO DE NUEVO LEON. LIC. ANTONIO GUADALUPE ARROYO MONTERO.
NANCY MARGARITA ESPINOSA MEDINA C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE
JURISDICCION CONCURRENTE
EDICTO
120204
A los C.C Jorge Rodríguez Baca y Olga Edith Sifuentes Silva de Rodríguez. Domicilio: Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 717/2020, relativo al juicio ordinario civil sobre recisión de contrato, que promueve Karlo Garza Rosales, en su carácter de abogado autorizado de la parte actora, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores,, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de los C.C Jorge Rodríguez Baca y Olga Edith Sifuentes Silva de Rodríguez, tramitado ante el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, en fecha 3 tres de noviembre del 2020
dos mil veinte, se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes. Por lo que se hace constar que por auto de fecha 10 diez de febrero del 2021 dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento de los C.C. Jorge Rodríguez Baca y Olga Edith Sifuentes Silva de Rodríguez,, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último el hacer la publicación en el periódico el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurran a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere; debiéndose prevenir para que señalen domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado.- Doy Fe.
LICENCIADO JESÚS RAFAEL ENCINAS MORENO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL
EDICTO
120207E D I C T O Al Ciudadano Jesús Ángel Gutiérrez Villarreal. Domicilio: Ignorado. En fecha 30 treinta de julio del año 2020 dos mil veinte, se admitió a trámite ante este Juzgado Segundo de Juicio Familiar Oral del Tercer Distrito Judicial del Estado, el expediente judicial número 281/2020, relativo al juicio oral sobre divorcio incausado, promovido por Karina Guadalupe Villarreal Moreno, en contra de Jesús Ángel Gutiérrez Villarreal. Luego, en la fecha antes mencionada, esta autoridad ordenó emplazar a la parte demandada para que dentro del término de 9-nueve días, acudiera al local de este Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Posteriormente, en auto de fecha 13 trece de agosto del año 2020 dos mil veinte, se ordenó emplazar al aludido demandado Jesús Ángel Gutiérrez Villarreal, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial, y en el Periódico de Mayor Circulación, a fin de que dentro del improrrogable término de 9 nueve días acuda al local de este Juzgado a producir su contestación, y a oponer las excepciones de su intención si para ello tuviere que hacer valer. Aclaración hecha de que la notificación realizada en esa forma comenzará a surtir efectos a los 10 diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando a disposición de la parte reo en la Secretaría de la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados Familiares Orales del Tercer Distrito Judicial, las copias de traslado de la demanda y demás documentos acompañados, para su debida instrucción. Finalmente, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, dentro de los municipios a que alude el numeral citado con antelación, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. San Nicolás de los Garza, Nuevo León, a 31 treinta y uno de agosto del año 2020 dos mil veinte.
TAYDE DEL SOCORRO BLASCO AZUARA
C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL
EDICTO
120212
EDICTO El 02 dos de julio del año 2019 dos mil diecinueve, se admitió a trámite el juicio sucesorio de intestado, a bienes de Abel Orlando Ramírez Gallegos denunciado por Martha Ruth Gallegos Rodríguez, bajo el número de expediente 1215/2019; ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez en el Boletín Judicial, Periódico Oficial y en el periódico de elección de la parte actora, pudiendo ser en su caso “Milenio Diario”, “El Porvenir” o “El Norte”, que se edita en la capital del Estado, mediante el cual se convoque a todas aquellas personas que se consideren tener derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo al local de este juzgado, dentro del término de 30 treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del edicto ordenado.
MANUEL ABRAHAM PÁMANES VÁZQUEZ
C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO
DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.
EDICTO
120232
El día 11-once de diciembre del año 2020-dos mil veinte, se admitió a trámite en este Juzgado Segundo de lo Familiar del Tercer Distrito Judicial en el Estado, el juicio sucesorio de intestado a bienes de Luis Edgar Uriel Rodríguez Carrillo, denunciado antes esta autoridad, bajo el expediente número 1033/2020, ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez tanto en el periódico El Porvenir, así como en el Boletín Judicial que se editan en la Entidad, convocándose a los que se crean con derecho a la herencia, acudan a deducirlo ante ésta Autoridad en el término de 30-treinta días a contar desde el siguiente al de la publicación. DOY FE. RAÚL GUTIERREZ TREVIÑO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL
RAÚL GUTIÉRREZ TREVIÑO
C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL
EDICTO
120244Se señalan las 11:30 once horas con treinta minutos del día 19 diecinueve de abril del año 2021 dos mil veintiuno, a fin de que tenga verificativo en el local de este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente judicial 642/2018, relativo al juicio ordinario civil, promovido por María del Carmen Tovar Acosta, apoderada general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Guillermo Saldaña Sauceda y Lorena Tristán Martínez, la venta en pública subasta y Primera Almoneda de los derechos correspondientes de la parte demandada, del bien Inmueble en garantía hipotecaria dentro del contrato base, el cual se describe a continuación: “Lote de terreno marcado con el número 5 (cinco) de la manzana número 141 (ciento cuarenta y uno) del Fraccionamiento Barrio Margaritas, Primer Sector, Segunda Etapa, en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, con una superficie de 90.00 m2 (noventa metros cuadrados) y las siguientes medidas y colindancias: al NORTE que es su frente mide 6.00 (seis metros) y colinda con la calle Lago Peipus, al SUR mide 6.00 (seis metros) y colinda con lote 27 (veintisiete) de la misma manzana, al ORIENTE mide 15.00 (quince metros) y colinda con lote 6 (seis) de la misma manzana: al PONIENTE mide 15:00 (quince metros) y colinda con lote 4 (cuatro) de la misma manzana. Las calles que circundan la manzana son: al Norte, Lago Peipus; al Sur, Lago Vener; al Oriente Ave. de los Astros; al Poniente Lago del Caribú. Que sobre el mencionado lote de terreno se construyó la vivienda que se identifica con el número 426 (cuatrocientos veintiséis) de la calle Lago Peipus, del citado Fraccionamiento.” En la inteligencia de que los datos de registro de dicho bien inmueble son: número 80, volumen 255, libro 2, sección propiedad, unidad Monterrey, de fecha 15 quince de enero
de 2003 dos mil tres. Al efecto, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse dos veces, uno cada tres días en cualquiera de los periódicos ABC, El Porvenir, el Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor; en el Boletín Judicial y en los estrados de este Juzgado. Siendo el valor del bien inmueble antes mencionado, la cantidad de $508,000.00 (quinientos ocho mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo pericial que obra en autos, fijándose como postura legal para dicho bien la cantidad de $338,666.66 (trescientos treinta y ocho mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), correspondiente a las dos terceras partes del valor del bien inmueble a rematar, en términos del artículo 534 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente en la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, una cantidad igual por lo menos al 10% diez por ciento efectivo del valor de los bienes, que sirva de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos, la cual se devolverá a sus respectivos dueños acto continuo al remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y en su caso, como parte del precio de la venta, lo anterior de conformidad con el artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. En la inteligencia de que a las personas interesadas en el Remate se les proporcionarán mayores informes en la Secretaría de éste Juzgado.
LICENCIADO ISAAC TIJERINA ALVIZO
C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
EDICTO
120260Dentro de los autos del expediente 1013/2020, relativo al juicio ordinario civil promovido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Gonzalo Terrazas Morales y Elizabeth Guerra López, ordena se proceda sacar a remate en pública subasta y primera almoneda del bien inmueble embargado en autos y propiedad de la parte demandada, registrado bajo los siguientes datos: Número de inscripción 1711, Volumen 258, Libro 35, Sección Propiedad, Unidad Monterrey, de fecha 27 de mayo de 2004, mismo que se describe a continuación: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 17, DE LA MANZANA NUMERO 26, DEL FRACCIONAMIENTO SANTA ISABEL DEL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEON, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS COLINDANCIAS; AL NORTE MIDE 15.00 MTS. A COLINDAR CON EL LOTE 16; AL SUR MIDE 15.00 MTS. A COLINDAR CON EL LOTE 18; AL ORIENTE MIDE 6.00 MTS. A COLINDAR CON CALLE ESPARCETA; AL PONIENTE MIDE 6.00 MTS, A COLINDAR CON LOTE 7. TENIENDO DICHO LOTE UNA SPERFICIE TOTAL DE 90.00 M2. LA MANZANA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES; AL NORTE, CALLE PUNTA PARIA; AL SUR CALLE SIN NOMBRE; AL ORIENTE CALLE ESPARCETA; AL PONIENTE CALLE ESPAÑOLETAS. TENIENDO COMO MEJORAS LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 128, DE LA CALLE ESPERCETA DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO. Así, con el propósito de convocar a postores, anúnciese la venta del referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, una cada 3 tres días, en el Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación (a elección del ejecutante), siendo estos "El Norte", "El Porvenir", "Milenio" o “ABC”, que se editan en esta Ciudad, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional, acorde al artículo 468 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Siendo el valor del inmueble la cantidad de $378,000.00 (trescientos setenta y ocho mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo rendido por el perito designado por la parte actora y, como postura legal, la suma de $252,000.00 (doscientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 moneda nacional). Debiéndose llevar a cabo la Audiencia de Remate en el local de este Juzgado a las 10:30 diez horas con treinta minutos del 23 veintitrés de marzo de 2021 dos mil veintiuno, para lo cual en la secretaría de este juzgado se les proporcionará mayor información a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del Código
Procesal Civil del Estado. Modalidad de celebración de la audiencia. Infórmese a las partes y/o interesados que la audiencia de remate se celebrará a distancia por videoconferencia, como una de las acciones extraordinarias para retornar, de manera gradual, las funciones y el servicio de impartición de justicia, como actividad esencial, haciendo uso para ello de la tecnología e infraestructura informática con que cuenta esta institución, para la reactivación total de las funciones en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus Sars-CoV2 (COVID-19). Esto con fundamento en el artículo 4° del Acuerdo General número 13/2020-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado. Por ende, se exhorta a los interesados a descargar en su aparato celular, computadora o dispositivo electrónico la aplicación gratuita denominada Microsoft Teams, a través de la cual tendrá verificativo el desahogo de la audiencia, al ser la aplicación oficial que ha habilitado el Poder Judicial del Estado para comunicación entre sus empleados y para este tipo de videoconferencias con los usuarios. En términos de los artículos 8°, 9° y 10° del referido acuerdo general, se establece que la audiencia de remate se deberá celebrar con intervinientes en sedes virtuales, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin. En caso de que los interesados no se encuentren en posibilidad de enlazarse para el desahogo de la audiencia desde su casa u oficina, ya sea por no contar con las herramientas tecnológicas referidas con antelación, o por cualquier otra circunstancia, deberán informarlo a esta autoridad “bajo protesta de decir verdad”, cuando menos 3 tres días hábiles previos a la fecha programada. Lo anterior, con la finalidad de adoptar las medidas necesarias para el desahogo de la audiencia de manera presencial en sede judicial, como sería la disposición del equipo y área necesaria para su participación en la misma; en el entendido que de no informarlo en el plazo referido, quedarán obligados a incorporarse a la audiencia por sus propios medios. No será causa de justificación para dejar de asistir presencialmente a la sede judicial para la celebración de la audiencia, el hecho de que se les haya negado o impedido el acceso a las instalaciones por encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 71 y 75 del referido Acuerdo General Conjunto 13/2020-II. También, infórmese a las partes y/o interesados que deberán proporcionar los números de teléfono celular y correo electrónico que servirán para el enlace virtual, al correo oficial de este juzgado: [email protected], donde podrán ser atendidas las dudas o aclaraciones que resulten; a su vez, podrán comunicarse con la secretaria de este juzgado en el número telefónico 20-20-23-96 en un horario de 9:00 nueve a las 15:00 quince horas, de lunes a viernes. Por último, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5°, 37, 38, 39, 42 y 47 del Acuerdo General 13/2020-II, para el desarrollo de la presente audiencia resulta fundamental que los postores que en su caso comparezcan, en términos del artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, exhiban hasta un día antes y mediante escrito, el certificado de depósito por el monto que corresponda al 10% diez por ciento del valor del precio del inmueble objeto de la venta, pues en caso de no