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El proponente tomará las medidas necesarias para evitar daño a cualquier sistema natural en las inmediaciones del predio de la acción propuesta. Estos sistemas incluyen los hábitats marinos de Playa Cascajo y Ensenada Honda (hábitats de tortugas marinas y especies de coral), cualquier otro hábitat marino hacia el cual drenen las escorrentías pluviales del predio, hábitat de cactus (Leptocereus

grantianus) y posible hábitat de la Boa de las Islas Vírgenes

(Epicrates monensis granti).

Estas medidas han sido debidamente detalladas y explicadas en cada una de las secciones de este documento. Particularmente, las medidas de protección de erosión y de control de escorrentías han sido discutidas en la Sección 5.7 de esta DIA-F.

Para la protección de los sistemas naturales existentes de la erosión y sedimentación, el proponente desarrollará e implantará el Plan CES y el SWPPP mencionados anteriormente y descritos en forma general. Éstos son requisitos de permisos gubernamentales que aplican a las actividades de construcción. Incluyen, entre otros, barreras artificiales (barreras de fardos o pacas de heno, mayas de geotextiles y diques, entre otros) para evitar que las escorrentías arrastren sedimentos fuera del proyecto y de esa manera, no alcancen los cuerpos de aguas superficiales.

También se desarrollará un plan escrito conocido como Plan para la Prevención de Derrames, Control y Contramedidas (SPCC “Spill Prevention Control & Countermeasures Plan”) el cual tiene como propósito principal el desarrollar prácticas efectivas para prevenir un derrame de cualquier substancia regulada como lo son los aceites y los combustibles en una facilidad y así proteger los sistemas naturales existentes en el área, en especial las aguas superficiales.

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Con el propósito de proveer protección a la especie de cactus en peligro de extinción (Leptocereus grantianus), se proponen (y ya se han implantado) las siguientes medidas:

- Los lugares donde se encontró la especie, su cantidad y área de ocupación han sido identificados y visitados por el personal del USFWS.

- Se han preparado planos a solicitud del USFWS, para identificar las áreas de reserva para el cactus (véase los Apéndice 16 y 17).

- El endoso del USFWS indica que las medidas tomadas son adecuadas para proteger la especie en peligro de extinción.

- Ya están demarcadas y protegidas las áreas de ocupación y no se desarrollarán las áreas aledañas a ellas y se proveerán zonas de transición.

- Se está trabajando en un Plan de Conservación y Propagación con el USFWS que muestreó las poblaciones del cactus en la propiedad en conjunto con el proponente para poder estudiarlo y propagarlo en el Refugio de Vida Silvestre de Culebra.

- Personal del USFWS en su visita de campo expresó gran satisfacción con las acciones tomadas por el proponente para proteger la especie.

- El proponente continúa trabajando en coordinación con el USFWS y están preparando un acuerdo de manejo y conservación para propagar el cactus en la propiedad. - Los lugares en la finca donde se encuentra el cactus serán

conservados, protegidos y reservados para propósitos ecológicos mediante gravamen de escritura de servidumbre ecológica a perpetuidad en el correspondiente Registro de la Propiedad.

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85 5.4 Consumo de Agua

Esta Sección 5.4, y sus subsecciones, amplían la discusión sobre el consumo de agua y sus impactos para atender la solicitud de la JCA en su Resolución Interlocutoria del 22 de enero de 2010 (p. 5, subpárrafo 6) de (1) revisar las fuentes de agua potable, (2) aclarar si hay aguas de pozos de extracción y (3) de proveer una descripción general de infraestructura, usos de aguas privadas e impactos. Además, se amplía la discusión en contestación a los comentarios del público sobre la capacidad de impactos sobre la infraestructura de agua potable en Culebra.

En la Sección 3.9.6, Agua Potable, se describe la infraestructura de agua potable de Culebra. En la Sección 3.7, Aguas Subterráneas (p. 49), se aclara que en la propiedad donde se propone Villa Mi Terruño no hay pozos de extracción, por lo que no se propone extraer agua de pozos para el proyecto. Tampoco existen pozos de extracción de agua potable a una distancia de 460 metros del perímetro de la propiedad registrados con el DRNA, distancia establecida en la Regla 253(10) del Reglamento de DIAs. Además, en la Sección 3.9.6, Agua Potable también se aclara que al aplicar las Guías de Diseño Sustentable

de Villa Mi Terruño, después de tomar en consideración las

medidas de conservación y la aplicación de metodología y tecnología de conservación, tanto en el equipo como en las instalaciones y sistemas, y considerar el uso reducido por la ocupación ocasional de las viviendas y facilidades, se estima un consumo real de agua potable de solamente el 15% de la norma de diseño de la AAA a base de un uso de 365 días al año. Se estima que la implantación de las medidas de reuso de aguas grises reducirá la carga sobre esta faceta de la infraestructura en una cantidad no menor del 70%. Finalmente, en la Sección 3.12, Tomas de Agua Públicas o Privadas, se establece que no existen tomas de agua públicas o privadas en las inmediaciones de la ubicación propuesta. Todas dichas secciones se incorporan por referencia a la contestación de esta Sección 5.4 en atención a las aclaraciones solicitadas en la p. 5, subpárrafo 6, de la referida Resolución Interlocutoria sobre (1) revisar las fuentes de agua potable, (2) aclarar si hay aguas de pozos de extracción y (3) de proveer una descripción general de infraestructura, usos de aguas privadas e impactos de la acción propuesta sobre esta faceta de la infraestructura. Además, se incorporan como contestación a los comentarios del público. A continuación, se integra dicha información y se amplía la discusión sobre el consumo de agua y la generación de efluentes de la acción propuesta.

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Villa Mi Terruño no es la urbanización o proyecto típico para el cual se establecieron las “Normas para la Preparación y Control de Calidad de los Documentos Inherentes a los Diseños de Proyectos de Acueductos y Alcantarillados.” Villa Mi Terruño es un proyecto residencial turístico que se está conceptualizando y diseñando como un proyecto modelo sustentable de forma que sirva de ejemplo para aplicaciones similares en el futuro.

Su diseño pretende aplicar las últimas y mejores prácticas de diseño e instalación de equipo con especificaciones y medidas de conservación que consuma la menor agua posible de los sistemas de la AAA y produzca el mínimo de efluentes sanitarios que requieran transportación por los alcantarillados y tratamiento en las plantas de tratamiento de la AAA. A continuación se resumen los elementos de diseño sustentable de Villa Mi Terruño.

5.4.1 Factores que Impactan Significativamente el Consumo de Agua y Generación de Efluentes de la AAA

1. Diseño con Medidas de Conservación – 35%