En la ciudad de Guatemala, el veinte de marzo del dos mil cuatro, siendo las diez horas, Yo, GUSTAVO ADOLFO MARROQUIN VARGAS, Notario, constituido en mi Oficina profesional ubicada en la décima avenida diez guión ochenta y tres de la zona diez, de esta ciudad, a requerimiento del señor JOSE ESTUARDO CARDONA PASTOR, de treinta y dos años de edad, soltero, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, y se identifica con la cedula de vecindad numero de orden A guión uno (A-1) y de registro seiscientos mil setecientos noventa y cinco (600,795) extendida por el Alcalde de Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala. Manifiesta que el objeto de rogación es para iniciar las diligencias de SUBASTA VOLUNTARIA EN LA VIA NOTARIAL, procediéndose de la siguiente manera: PRIMERO: Expresa el requirente que es propietario de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la zona Central al numero treinta (30), folio diez (10), del libro quince (15), del departamento de Guatemala, el cual consiste en casa de habitación de un nivel, que se encuentra ubicada en la cuarta avenida, tres guión veintiocho de la zona de esta ciudad, con el área, medidas y colindancias que le aparecen en su inscripción registral, haciendo constar expresamente que no existen gravámenes, limitaciones o anotaciones que pudieran afectar derechos de otras personas. SEGUNDO: Declara el requirente que es su deseo poner en subasta voluntaria el bien inmueble urbano identificado en el punto anterior, para lo cual establece las siguientes condiciones para aceptar las propuestas de los postores: a) PRECIO: Establece un precio base para la subasta del bien inmueble de QUINIENTOS MIL QUETZALES (500,000) b) FORMA DE PAGO: El pago podrá realizarse al contado o a plazos. Si la modalidad fuere la de realizar el pago a plazos, este deberá hacerse bajo las siguientes condiciones: anticipo equivalente al cincuenta por ciento del precio base establecido, y el saldo será dividido proporcionalmente en doce meses, con un recargo en intereses equivalente al veintidós por ciento anual sobre el saldo insoluto; c) DE LA CONSTITUCION DE HIPOTECA: Si la compraventa se realizara a plazos, el Compra-deudor se deberá constituir expresamente hipoteca a favor del Vendedor- acreedor a efecto de garantizar el cumplimiento de la obligación: d) DERECHO DE
PARTICIPACION EN LA SUBASTA: Los interesados en la subasta para tener derecho a participar en la misma deberán, como requisito previo e indispensable, depositar con ocho días de antelación al evento la suma de DIEZ MIL QUIETAZALES (Q 10,000,00), en efectivo o mediante cheque de cuenta personal de depósitos monetarios, cantidad que será entregada al infrascrito Notario, quien extenderá recibo en el que se acredite haber cumplido con este requisito. Una vez concluido el evento de subasta el depósito será devuelto a quienes no hubieren sido favorecidos con la adjudicación en la misma forma como hicieron el depósito, es decir mediante la devolución del efectivo o del cheque con el que garantizaron su participación. En el caso de la persona fuere favorecida con la subasta para adquirir el bien, el depósito de la suma será acreditada como parte del pago que sobre el inmueble deberá realizar. TERCERO: El requirente manifiesta que sobre las ofertas que se reciban en la puja; se reserva el derecho de poder rechazar varias o todas las que se le resulten inaceptables, ya que el inmueble posee un valor arquitectónico importante y significativo, por lo que es disposición y condición originales. CUARTA: El requirente expone que, a efecto de hacer del conocimiento la subasta, pide que se les notifique en su domicilio sobre la realización del evento a los señores: JOSE FRANCISCO BATRES GALVEZ Y MARCO AURELIO BUONAFINA DELGADO, en la cuarta calle dos guión cuarenta de la zona nueve y en la segunda avenida trece guión cuarenta de la zona, ambas ubicadas en esta cuidad, en vista de que dichas personas han manifestado reiteradamente interés en comprar el mencionado inmueble. Por aparte, expresa que es su deseo que, a efecto de dar a conocer la noticia del de subasta, solicita que se publique un único evento de subasta, solicita que se publiquen un único edicto en el Diario Oficial y en otro periódico de mayor circulación, que contenga las bases anteriormente establecidas y se convoque a los posibles interesados a participar en la fecha del treinta y uno de marzo en la dirección del inmueble, lugar en que se llevara a cabo la subasta voluntaria, a las once horas. QUINTA: El requirente solicita que se le de tramite a las diligencias de subasta voluntaria, para la cual presenta la siguiente documentación: a) Certificación extendida pro el Registrador General del Registro General de la Propiedad de la zona Central, extendida el trece de marzo del presente año; b) Recibo del pago, anual del Impuesto Único Sobre
Bienes Inmuebles, correspondiente a dos mil cuatro, extendido por el Departamento de Catastro y Administración del Impuesto Único sobre Inmuebles de la Municipalidad de Guatemala: c) Se señala día y hora para llevar a cabo la subasta voluntaria; d) Se proceda a la escrituración, pago del impuesto al valor que se finque la subasta en alguno de los postores; e) En su oportunidad, se remita el expediente al Director del Archivo General de Protocolos. Termino la presente, en el mismo lugar y fecha, cuarenta minutos después de su inicio la que se encuentra contenida en dos hojas de papel español, las numero, sello y firmo, y que conforme a la ley son habilitadas con un timbre fiscal de cincuenta centavos por hoja y un timbre notarial de diez quetzales. Leo lo escrito al requirente, quien enterado de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo acepta, lo ratifica y firma. DOY FE.
F) Requirente