133
Ref.: Expte. N° 10990-P-2013.-
SAN ISIDRO, 26 de febrero de 2018
DECRETO NÚMERO:
3 8 3
VISTO las presentes actuaciones por las que el Sr. Luis Pellegrino, DNI 11.332.097, solicita se tenga por operada la prescripción liberatoria con relación a la deuda que registran los inmuebles ubicados catastralmente en: Circ 6; Secc. D; Manz. 90-e, Parc. 20, 21 y 22, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuentas Corrientes Nº 641.815/816/817; y
Considerando:
QUE ya en el año 2013, el peticionante solicitó la prescripción de las deudas, lo que fue denegado por resolución de fojas 35, la que fue ratificada por resolución obrante a fojas 56, ante un nuevo pedido efectuado por el requirente en el año 2014. Ambas resoluciones fueron oportunamente notificadas;
QUE posteriormente inicia el expediente nº 10573/2017 por el que sin alegar nuevos argumentos, plantea nuevamente el pedido de prescripción, lo que también fue denegado a fojas 74/75;
QUE la prescripción es un instituto de excepción que exime de la obligación legal de pagar una deuda que existe, en virtud de la inactividad o falta de impulso por parte del acreedor;
QUE de las constancias del expediente, surge
claramente que dicha inactividad o falta de impulso no existió;
QUE la Ley de apremios establece en su artículo 278 tercer párrafo lo siguiente:”…En todos los casos el término de la prescripción se interrumpirá por el reconocimiento expreso que el deudor hiciere de sus obligaciones, y por los actos judiciales o administrativos que la Municipalidad ejecutara en procuración del pago…”;
QUE claramente de las constancias de autos surge que los períodos que pretende prescribir el contribuyente han sido objeto de actos
QUE claramente de las constancias de autos surge que los períodos que pretende prescribir el contribuyente han sido objeto de actos administrativos interruptivos de la prescripción e incluso se hallan reclamados a través de los pertinentes juicios de apremio;
QUE encontrándose entonces cumplida la exigencia legal que interrumpe el plazo de prescripción a través de acciones judiciales que se encuentran vigentes, no puede hacerse lugar a lo solicitado por el contribuyente;
134
Ref.: Expte. N° 10990-P-2013.-
//…
QUE la Dirección de Rentas informa a fojas 74, que de seguir reiterándose la petición planteada, el contribuyente debería recurrir a la vía judicial;
QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal Municipal, a foja 75 manifiesta que habiéndose expedido al respecto en estos autos a fojas 33/34, reitera que la petición del requirente no debe prosperar, atento las actividades tanto judiciales como extrajudiciales llevadas a cabo;
QUE por las razones expuestas, corresponde ratificar la denegatoria efectuada mediante el proveído de fojas 35, 56 y 74 de la Dirección General de Rentas, al pedido de prescripción realizado sobre las Cuentas Corrientes nº 641.815/816/817, ello en base a que esta Administración ha interrumpido el plazo prescriptivo mediante certificados, notificaciones y publicaciones realizadas en base a las normas vigentes y en un todo de acuerdo con lo informado por la Asesoría Legal de este Municipio fojas 33, 34, 75;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Denegar el pedido de prescripción liberatoria realizado por el Sr.Luis ************* Pellegrino DNI 11.332.097, por el que solicita se tenga por operada la prescripción liberatoria con relación a la deuda que registran los inmuebles designados catastralmente como: Circ 6; Secc. D; Manz. 90-e, Parc. 20, 21 y 22, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuentas Corrientes Nº 641.815/816/817.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
135
Ref. Expte. Nro. 1312-D-2018.-
SAN ISIDRO, 26 de febrero de 2018 DECRETO NÚMERO:
3 8 4
VISTO el Pedido de Suministro Nº 240-53/ 2018; y
Considerando:
QUE como consecuencia de aquel se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 17/2018, autorizado mediante Decreto Nro. 134/18;
QUE realizada la apertura de las ofertas presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 127, aconsejando la Subsecretaría de Acción social a fojas 129 la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;
QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a fojas 136, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- Adjudicar a MARIA ALICIA AGÜERO, CUIT Nº 27-18058362-4, la ************** provisión de “MOBILIARIO PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS”, por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 822.717,42).-
ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 21, Objeto del Gasto 5.1.4.31 del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
136
Ref. Expte. Nro. 1788-S-2018.-
SAN ISIDRO, 27 de febrero de 2018 DECRETO NÚMERO:
3 8 5
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE conforme surge de las actuaciones obrantes en el cuerpo de marras y la naturaleza de los hechos denunciados resulta menester ordenar la instrucción del pertinente sumario administrativo con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE adoptada que fuera la decisión en tal sentido, corresponde designar al instructor sumariante;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instruir sumario ************** administrativo, en orden a los hechos denunciados en el expediente N° 1788-S-2018.-
ARTÍCULO 2do.- Designar instructor sumariante al Dr. Gregorio Horacio Fabián ************** LEONARDIS.-
ARTÍCULO 3ro.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los ************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumental por la Asesoría Legal Municipal.-
ARTÍCULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Tome conocimiento Dirección ************** General de Recursos Humanos.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
137
Ref. Expte. Nº 2031 -D- 2018.-
SAN ISIDRO, 27 de febrero de 2018
DECRETO NÚMERO:
3 8 6
VISTO la necesidad de reforzar el plantel Médico en distintas dependencias de la Secretaría de Salud Pública, y
Considerando:
QUE existen cargos vacantes en el presupuesto de cargos vigente;
QUE en virtud de ello, se deberá designar a los Profesionales que más abajo se detallan, conforme el artículo 47º de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias –Carrera Profesional Hospitalaria-, a partir de la fecha que a cada uno corresponda y hasta el respectivo llamado a concurso;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar en carácter de interino, al Doctor Damian Matías ************* PASCUCCI (Legajo Nº 66229), con la retribución equivalente a Profesional Grado Asistente de 36 horas (código 242) (J:1.1.1.01.09.000 –C:27 – O:1.1.1.09), y actividad de Médico de Guardia – jueves- y 12 hs Planta en el Servicio de Cardiología del Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, a partir del 1º de enero de 2018 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante de Tamara URBINI.-
ARTÍCULO 2º.- Designar en carácter de interino, a la Señora Griselda Romina ************* BOLOGNO (Legajo Nº 68801), con la retribución equivalente a Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 –C:28 – O:1.1.1.09), y actividad de Bioquímica de Planta en el Hospital Materno Infantil , con retroactividad al 31 de diciembre de 2017 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante de Patricia ETCHEPARE.-
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Ref. Expte. Nº 2031 -D- 2018.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Designar en carácter de interino, al Doctor Moisés ************* LIBEDINSKY (Legajo Nº 68980), con la retribución equivalente a Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 –C:29 –O:1.1.1.09) y actividad de Médico de Guardia - 12 hs viernes y 12 hs sábado- en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne , a partir del 12 de enero de 2018 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante de Diego NEREO .-
ARTÍCULO 4º.- Designar en carácter de interina, a la Doctora Eugenia Andrea ************* PAEZ SORIA (Legajo Nº 68996), con la retribución equivalente a Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 –C:29 –O:1.1.1.09) y actividad de Médica de Guardia – lunes -en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne , con retroactividad al 27 de diciembre de 2017 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante de Mayra ALDAZ BARRAGAN.-
ARTÍCULO 5º.- Designar en carácter de interina, a la Doctora Patricia ************ STEFANELI MORMANDI (Legajo Nº 69042), con la retribución equivalente a Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 – C:29 –O:1.1.1.09) y actividad de Médica de Guardia - 12 hs miércoles y 12 hs domingo -en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne , a partir del 24 de enero de 2018 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del presupuesto vigente .-
ARTÍCULO 6º.- Designar en carácter de interina, a la Señora Patricia Viviana ************* VIDAL (Legajo Nº 61618), con la retribución equivalente a Profesional Grado Asistente de 36 horas (código 242) (J:1.1.1.01.09.000 –C:27 –O:1.1.1.09) y actividad de Bioquímica de Planta en el Hospital Municipal de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse” , con retroactividad al 1º de diciembre de 2017 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 7º.- Las presentes designaciones, carecen de estabilidad, por lo cual ************* podrán ser limitadas - previo al llamado a concurso - cuando razones de servicio así lo aconsejen (conforme lo establece el Artículo 50º de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias de la Carrera Profesional Hospitalaria.-
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Ref. Expte. Nº 2031 -D- 2018.-
//…
ARTÍCULO 8º.- Regístrese. Comuníquese. Notifíquese.
DESPACHO Y LEGISLACION
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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Ref.: Expte. Nº 1471-L-2018.-
SAN ISIDRO, 27 de febrero de 2018.-
DECRETO NÚMERO:
3 8 7
VISTO la presentación efectuada en autos, por el Sr. Diego Hernán López, DNI N° 23.211.903, con domicilio en el Barrio San Isidro, Escalera N° 25, 3° B, de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, respecto de la solicitud de eximición del pago del arancel municipal para la obtención de la Licencia de Conducir; y
Considerando:
QUE la misma se halla contemplada en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente (artículo 107);
QUE del informe de fojas 2 vta. surge que el peticionante es una persona de escasos recursos con necesidades básicas insatisfechas, siendo necesaria la obtención de la licencia para realizar tareas laborales, no poseyendo recursos para abonar los derechos para obtener la misma;
QUE en virtud de lo expuesto, se recomienda acceder a lo peticionado, procediendo a la confección del pertinente acto administrativo, que así lo haga saber;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Eximir del 100% del arancel municipal que corresponda abonar ************* para la obtención de la licencia de conducir solicitada por el Sr. Diego Hernán López, DNI N° 23.211.903, con domicilio en el Barrio San Isidro, Escalera N° 25, 3° B, de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del trámite.-
ARTÍCULO 2º.- Dejar constancia de que de no presentarse dentro de los sesenta (60) ************* días de notificado el presente, perderá el beneficio concedido.-
ARTÍCULO 3º.- Girar a la Subsecretaría Administrativa de Tránsito para la intervención ************* que le compete.-
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Ref.: Expte. Nº 1471-L-2018.-
//…
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
142
Ref.: Expte. N° 1788-S-2018.-
SAN ISIDRO, 27 de febrero de 2018
DECRETO NÚMERO:
3 8 8
VISTO el Decreto N° 385 de fecha 27 de febrero de 2018, por el cual se instruye sumario administrativo como consecuencia de la sustracción de la suma de $ 11.000 correspondiente a la Caja Chica de la Secretaría de Integración Comunitaria de esta Comuna; y
Considerando:
QUE al respecto, se efectuó la correspondiente denuncia penal ante la Unidad Funcional de Investigaciones Complejas a cargo del Dr. Patricio Ferrari del Departamento Judicial de San Isidro, donde se instruye la IPP N° 1150/18 caratulada “Bulla Leonardo s/Denuncia s/ Robo, Artículo 164 CP”, no habiéndose hasta el momento dispuesto medidas tendientes al esclarecimiento del hecho;
QUE a fojas 9 obra Dictamen N° 8922 de la Asesoría Legal Municipal en el cual expresa que encontrándose la causa en plena etapa de investigación de los hechos, corresponde suspender la sustanciación del sumario hasta que se resuelva la causa penal;
QUE a fojas 4 la Secretaría de Integración Comunitaria solicita se le reasigne la suma de PESOS ONCE MIL ($ 11.000), en concepto de Caja Chica por los motivos citados en los considerandos anteriores;
QUE por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Suspender la sustanciación del presente sumario administrativo, ************* dispuesto mediante Decreto N° 385/2018, hasta que la Justicia dicte resolución definitiva en la causa, en un todo de acuerdo con lo expuesto en el Dictamen N° 8922 de la Asesoría Legal Municipal.-
ARTÍCULO 2º.- Asignar en concepto de “Caja Chica” a la Secretaría de Integración ************* Comunitaria, un importe fijo mensual de PESOS ONCE MIL ($ 11.000).-
143
Ref.: Expte. N° 1788-S-2018.-
//…
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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