La Ley Provincial, así como se inscribe dentro del paradigma de la Protección Integral, también lo hace –o pretende hacerlo–, al paradigma de la “desinstitucionalización”. No nos referimos aquí a la desinstitucionalización como la abolición por completo de las instituciones destinadas al alojamiento de niñas, niños y adolescentes sino que lo que se pretende es que no sean los espacios institucionales los primeros y únicos pensados para el alojamiento de quien se constituya como sujeto de una Medida de Protección Excepcional.
Este indicar frecuente de la Ley acerca de la necesidad de búsqueda de miembros de la familia ampliada de las niñas, niños y adolescentes o con quienes ellos mantengan lazos afectivos (independientemente de que sean lazos sanguíneos o jurídicos), así como la búsqueda y el alojamiento por parte de familias que se constituyan como alternativas al grupo familiar –como lo es el Programa Familias Solidarias en nuestra provincia– dan cuenta del “desplazamiento” que se pretende generar respecto a las instituciones de alojamiento, primando la promoción de la convivencia de niñas, niños y adolescentes en ámbitos familiares.
De acuerdo a datos presentados en el Informe del Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (2013), la provincia cuenta con un total de 12 centros residenciales oficiales, es decir, espacios institucionales para el alojamiento transitorio de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, y aproximadamente el doble de instituciones privadas que poseen convenios con la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia para el mismo fin (cabe mencionar que el número de instituciones con convenio varía y que los datos presentados corresponden al informe del año 2013).
Realizando un recorrido por artículos de diferentes medios de comunicación digitales19, así como también a través de los datos presentados por el documento elaborado por Unicef y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, “Situación de Niños, Niñas y Adolescentes sin Cuidados Parentales en la República
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Argentina. Relevamiento Nacional y Propuestas para la Promoción y el Fortalecimiento del Derecho a la Convivencia Familiar y Comunitaria” del año 2012, fue posible obtener datos cuantitativos acerca de niñas, niños y adolescentes con Medidas de Protección Excepcional (datos correspondientes al período 2007-2015). De acuerdo a dicha información se infiere por un lado una notoria disminución de niñas, niños y adolescentes separados de sus familias de origen y, por otro, se hace referencia a la disminución de la cantidad de niñas, niños y adolescentes alojados en ámbitos institucionales.
Resulta interesante poder plasmar dichos datos ya que dan cuenta de la reducción del espacio institucional como el principal medio de alojamiento de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales. De esta manera, de acuerdo a datos obtenidos del informe elaborado por UNICEF y la SENNAF, en el año 2007 en la Provincia de Santa Fe, más de 1600 niñas, niños y adolescentes se encontraban “internados”, por lo que la provincia se constituía como la segunda a nivel nacional con mayor población infantil institucionalizada. Hacia mediados del año 2012, de un total de 647 niñas, niños y adolescentes separados de su grupo familiar de origen, 533 (un 82,38%) se encontraban alojados en modalidades institucionales, mientras que el resto se hallaba en ámbitos familiares. De acuerdo a datos oficiales presentados en artículos periodísticos recientes, brindados por quien se constituyó hasta el año 2015 como Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, de una cifra de alrededor de 700 niñas, niños y adolescentes separados de su medio familiar, aproximadamente un 50% de ellos se encontraba en hogares residenciales mientras que el otro 50% se trataría de niñas, niños y adolescentes alojados por familias (ya sea por miembros de su familia ampliada o bajo el Programa Familias Solidarias). Si bien de acuerdo a estos datos no se registrarían en los últimos cinco años cambios en la cantidad de niñas, niños y adolescentes separados de su medio familiar, sí sería notoria la disminución de ellos en centros residenciales.
Es en este sentido que resulta importante dar cuenta del Programa Familias Solidarias, vigente en la provincia de Santa Fe, el cual nuclea a personas o grupos familiares que desean brindar de manera transitoria alojamiento, cuidados, atención y protección a niñas, niños y adolescentes que se encuentren separados de sus grupos familiares de origen debido a la aplicación de una Medida de Protección Excepcional. El programa tiene como objetivo ofrecer atención y cuidados a niñas, niños y
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adolescentes cuyos derechos se encuentran vulnerados, posibilitar su desarrollo integral, fortalecer la recomposición de los vínculos con sus orígenes en un marco de respeto por su historia e identidad, así como también y brindar una alternativa a la institucionalización.
De este modo entendemos que esta lógica de la desinstitucionalización no se lleva a cabo con la erradicación de las instituciones de alojamiento para niñas, niños y adolescentes sino que su puesta en práctica se pretende a través de diferentes modos. Uno de ellos es a través de la promoción de otras instancias de alojamiento como lo son las que preponderan la convivencia de niñas, niños y adolescentes en ámbitos familiares; por otro lado, otro modo de generar la ruptura con las antiguas modalidades del Patronato y del modelo tutelar tiene que ver con la posibilidad de lograr una refuncionalización de las instituciones de alojamiento de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales.
En lo que respecta a la refuncionalización de los espacios institucionales, veremos en el quinto capítulo la instauración de los Estándares de Calidad, los cuales son propuestos a los fines de orientar y acompañar las prácticas e intervenciones con niñas, niños y adolescentes alojados en ámbitos institucionales de cuidado así como también la adecuación de dichas instituciones hacia el paradigma de la protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia.
“La institucionalización no es un aspecto negativo per se, pero se transforma en una práctica desdeñable cuando se utiliza indiscriminadamente o cuando se aplica como primera y única forma de abordar la situación de un niño y su familia (…) Se hace necesario plasmar, en este sentido, una distinción fundamental que existe entre la institucionalización como medida compulsiva (…) y otra interpretación posible sobre las instituciones, aquella que indica que las estatales son necesarias y deben estar al servicio del sistema de protección integral, como recursos de calidad del estado disponibles y de ultima ratio para restituir los derechos de niños, niñas y adolescentes” (UNICEF-SENAF, 2012: 38).
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