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Peak Aversion and Loss Aversion

3.4 Peak Aversion and Existing Risk Models

3.4.5 Peak Aversion and Loss Aversion

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO

SECCIÓN: ADMINISTRATIVA

RAMO: CORRESPONDENCIA

NO. DE OFICIO: SHA/0172/05

EL QUE SUSCRIBE LIC. J. JESÚS ÁNGELES NÁJERA, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO, DE ACUERDO A LAS FACULTA- DES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO.---

--- C E R T I F I C A : ---

QUE MEDIANTE SESIÓN ORDINARIA DE CABIL- DO DE FECHA 9 DE FEBRERO DE 2005, EN EL SEXTO PUNTO INCISO “J” DEL ORDEN DEL DÍA, SE TUVO A BIEN EMITIR EL ACUERDO SI- GUIENTE:---

SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA.--- ASUNTOS A TRATAR. ---

J).- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, RESPECTO DE LA INICIATIVA DEL REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO.--- ---A C U E R D O--- PRIMERO.- CON FUNDAMENTO LEGAL EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTI- CA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78, 79 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTA- DO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO AR- TEAGA; 30 FRACCIONES I, XXXIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUE- RÉTARO, 91, 92, 103, 104 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO; Y POR UNANIMIDAD, CON CATORCE VOTOS A FAVOR; SE APRUEBA

EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, RESPECTO DE LA INICIATIVA DEL REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO.; MISMO QUE EN

miento apruebe y expida el siguiente:---

REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO.--- CAPÍTULO PRIMERO--- DISPOSICIONES GENERALES--- ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de or-

den público e interés social y tiene por objeto regu- lar la elaboración, publicación y distribución de la Gaceta Municipal de San Juan del Río, Querétaro.--

ARTÍCULO 2.- La Gaceta Municipal, es el órgano

informativo del Ayuntamiento del Municipio de San Juan del Río, cuya función es de hacer del conoci- miento a los habitantes del Municipio, los acuerdos, resolutivos reglamentos, disposiciones y circulares administrativa de observancia general que en uso de sus facultades haya emitido el Ayuntamiento.---

ARTÍCULO 3.- Corresponde al Presidente Munici-

pal la promulgación de los Bandos, Reglamentos, Decretos, Acuerdos, Circulares y demás disposicio- nes administrativas de observancia general que emita el Ayuntamiento, debiendo publicarse en la Gaceta Municipal de San Juan del Río, Querétaro, para efectos de su difusión y vigencia legal.--- El Presidente Municipal se auxiliará del Secretario del Ayuntamiento, para dar cumplimiento con la publicación.---

ARTÍCULO 4.- Corresponde al Secretario del Ayun- tamiento, lo siguiente:--- I. La operación y vigilancia de las publicaciones efectuadas en la Gaceta Municipal;--- II. Realizar la publicación fiel y oportuna de los Bandos, Reglamentos, Decretos, Acuerdos, Circu- lares y demás disposiciones administrativas de observancia general, que le sean remitidos para tal efecto;--- III. Proponer al Presidente Municipal, la celebración de acuerdos ó convenios necesarios para hacer eficaz y eficiente las publicaciones en la Gaceta Municipal;--- IV. Conservar y organizar las publicaciones;--- V. Informar al Presidente Municipal cuando hubiere necesidad de realizar las erratas a los textos publi- cados cuando afecte la sustancia de éstos; así como corregirlos cuando lo justifique plenamente el propio Secretario del Ayuntamiento ó lo determine el Ayuntamiento; y--- VI. Las demás que le señalen las disposiciones

II. Los Decretos, Acuerdos, Circulares y demás disposiciones administrativas de observancia gene- ral que emita el Ayuntamiento;--- III. Los Convenios, Contratos ó cualquier otro com- promiso de interés para el Municipio y sus habitan- tes;--- IV. El Informe Anual de Gobierno; la Ley de Ingre- sos y el Presupuesto de Egresos; un condensado del informe mensual de los estados financieros del ejercicio presupuestal y del informe trimestral de la cuenta pública, de acuerdo a la periodicidad de la publicación; y--- V. Aquellos actos que por su propia importancia, lo determine el Ayuntamiento.---

ARTÍCULO 6.- La Gaceta Municipal deberá conte- ner, cuando menos, los siguientes datos:--- I. El nombre “Gaceta Municipal de San Juan del Río, Querétaro”;--- II. El escudo oficial del Municipio de San Juan del Río, Querétaro;--- III. Día, mes y año de publicación;--- IV. Número de publicación;--- V. Índice de contenido, separado en a) Normativi- dad, b) Asuntos del Ayuntamiento, c) Asuntos de particulares; y --- VI. Directorio de funcionarios---

ARTÍCULO 7.- La Gaceta Municipal se editará en la Ciudad de San Juan del Río, Querétaro, y su publi- cación será realizada al menos de manera bimes- tral.---

ARTÍCULO 8.- Las publicaciones deberán realizar- se preferentemente en días hábiles y por excepción en días inhábiles.---

CAPÍTULO TERCERO--- DEL PROCEDIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE PUBLICACIONES--- ARTÍCULO 9.- Las disposiciones normativas muni-

cipales de observancia general aprobadas por el Ayuntamiento y señaladas en las fracciones I y II del artículo 5º del presente Reglamento, así como lo concerniente a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, serán publicadas además en el Perió- dico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”.---

ARTÍCULO 10.- Para dar cumplimiento al artículo

anterior, el Presidente Municipal remitirá dentro de los cinco días siguientes a su aprobación, copia

publicarse en lugares visibles de la Presidencia Municipal, sin perjuicio de su publicación en el Pe- riódico Oficial del Gobierno del Estado de Queréta- ro “La Sombra de Arteaga” y la Gaceta Municipal.--

ARTÍCULO 12.- Siempre que se publique en la

Gaceta Municipal algún Bando, Reglamento, Decre- to, Acuerdo, Circular ó demás disposiciones admi- nistrativas de observancia general, deberá remitirse un ejemplar a la Biblioteca del Congreso, a la Di- rección Jurídica y Consultiva de la Secretaría de Gobierno del Estado, y al archivo municipal.---

ARTÍCULO 13.- Los errores contenidos en las pu-

blicaciones, serán corregidos con la errata respecti- va, previo oficio al Secretario del Ayuntamiento y siempre que se constate que existe discrepancia entre el texto del dictamen aprobado y la publica- ción efectuada tanto en el Periódico Oficial del Go- bierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” y la Gaceta Municipal.---

ARTÍCULO 14.- La Gaceta Municipal se tendrá a

disposición del público en la Secretaría del Ayun- tamiento, previo pago de conformidad a lo dispues- to en la Ley de Ingresos del Municipio; en casos excepcionales el Presidente Municipal dispondrá de la distribución gratuita.---

ARTÍCULO 15.- Por las inserciones de los particu- lares que se efectúen en la Gaceta Municipal, se cobrarán los derechos conforme a las cuotas de- terminadas por la Ley de Ingresos del Municipio de San Juan del Río Querétaro.---

ARTÍCULO 16.- El Secretario del Ayuntamiento

instrumentará lo concerniente para lograr la oportu- na distribución de la Gaceta Municipal.---

RESOLUTIVO SEGUNDO.- Una vez aprobado el presente dictamen la Presidenta Municipal de San Juan del Río, Qro., deberá promulgar el “Reglamen- to de la Gaceta Municipal de San Juan del Río, Querétaro”, mismo que deberá de publicarse en la Gaceta Municipal y lugares visibles de la Presiden- cia Municipal. La Presidenta Municipal, deberá re- mitir dentro de los 5 días siguientes de su aproba- ción copia certificada del acuerdo que apruebe el Reglamento de la Gaceta Municipal de San Juan del Río, Querétaro, al Ejecutivo para su publicación en el periódico Oficial del Gobierno del Estado, “La Sombra de Arteaga”.---

RESOLUTIVO TERCERO.- Se instruye al Secreta-

rio del Ayuntamiento para que publique en el próxi- mo número de la Gaceta Municipal, el Reglamento de la Gaceta Municipal de San Juan del Río, Querétaro.--- ----

TRANSITORIOS---

SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones

Municipales que contravengan el presente regla- mento.---

TERCERO.- Una vez aprobado el presente Dicta-

men remítase el expediente a la Secretaría del Ayuntamiento como asunto totalmente concluido.---

SEGUNDO.- SE INSTRUYE AL SECRETARIO DEL

H. AYUNTAMIENTO, PARA QUE DE CONFORMI- DAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCU- LOS 130, 131 Y 132 DEL REGLAMENTO INTER- IOR DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO., PUBLIQUE EL PRESENTE ACUER- DO, ASÍ COMO EL “REGLAMENTO DE LA GACE- TA MUNICIPAL DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉ- TARO”, PARA CONOCIMIENTO Y OBSERVANCIA GENERAL, POR UNA SOLA OCASIÓN, ASÍ CO- MO EN LUGARES VISIBLES DE LA PRESIDEN- CIA MUNICIPAL.---

TERCERO.- SE INSTRUYE AL SECRETARIO DEL

H. AYUNTAMIENTO, PARA QUE, DE CONFOR- MIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNI- CIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, REMITA EL PRESENTE ACUERDO AL EJECUTIVO DEL ESTADO, LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA DE GO- BIERNO DEL ESTADO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO., ORDENE SU PUBLICA- CIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO “LA SOMBRA DE ARTEAGA”.---

CUARTO.- EL PRESENTE REGLAMENTO EN- TRARA EN VIGOR AL DÍA SIGUIENTE DE QUE SE HAYAN CUMPLIMENTADO LAS DOS PUBLI- CACIONES REFERIDAS.---

QUINTO.- SE DEROGAN TODAS LAS DISPOSI- CIONES MUNICIPALES QUE CONTRAVENGAN EL PRESENTE REGLAMENTO.---

SEXTO.- EL PRESENTE ACUERDO SURTIRÁ

SUS EFECTOS EL MISMO DÍA DE SU APROBA- CIÓN.---

SÉPTIMO.- SE REMITE EL EXPEDIENTE A LA

SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO.--- SE EXPIDE LA PRESENTE EN LA CIUDAD DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO., PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CINCO.---

AVISOS JUDICIALES Y OFICIALES