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4.3 Performance Evaluation

4.3.4 Performance Results

RESOLUCIÓN N.° 1561/MSGC/14

Buenos Aires, 23 de octubre de 2014

VISTO:

El E.E. Nº 14304883/2014, (DGAYDRH), y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 660/2011 y modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, del Ministerio de Salud, peticiona a partir del 1 de octubre de 2014, la designación de la señora Laura Vanesa Zarate, D.N.I. 26.943.948, CUIL. 27-26943948-9, como Personal de su Planta de Gabinete;

Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorios;

Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.

Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase a partir del 1 de octubre de 2014, a la señora Laura Vanesa Zarate, D.N.I. 26.943.948, CUIL. 27-26943948-9, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, del Ministerio de Salud, con 3200 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.

Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1567/MSGC/14

Buenos Aires, 23 de octubre de 2014

VISTO:

Que el Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", dependiente del Ministerio de Salud, oportunamente solicitó la designación con carácter de suplente, de la señora Florencia Uzubiaga, D.N.I. 32.291.151, CUIL. 27-32291151-9, como Profesional de Guardia Psicóloga, para los días Jueves;

Que dicha designación resulta imprescindible, dado que la involucrada será convocada para cubrir las guardias por ausencias debidamente justificadas;

Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias;

Que el establecimiento asistencial en cuestión hace saber al respecto que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA).

Que por otra parte es de hacer notar, que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), del Ministerio que nos ocupa, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia;

Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase con carácter de suplente, a la señora Florencia Uzubiaga, D.N.I. 32.291.151, CUIL. 27-32291151-9, como Profesional de Guardia Psicóloga, para los días Jueves, en el Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.1306.Z.25.958, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias.

Artículo 2.-Dejase establecido que la presente designación se ajustará a los términos de la Resolución Nº 1657/MSGC/2013, del Régimen de Suplencias de Guardia.

Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1571/MSGC/14

Buenos Aires, 23 de octubre de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 3.328, N° 153, la Ley Nacional N° 22.990, Resolución N° 679/MSGC/2009, el Expediente Electrónico N° 04832365/MGEYA-DGRYPS/2013, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 3.328 se sancionó el régimen regulatorio de sangre, sus componentes y hemoderivados, estableciendo como Autoridad de Aplicación el Ministerio de Salud, a través del órgano rector en Medicina Transfusional e Inmunohematología;

Que, con el objeto de promover medidas de buenas prácticas en el marco de la Gestión de Calidad Total y de la Bioseguridad del personal de los Bancos de Sangre, en concordancia con la Ley Nacional de Sangre, su Decreto Reglamentario, y conforme lo establece la Ley N° 153, debe establecerse un estándar de procedimientos;

Que, conforme la Ley Nacional N° 22.990, que regula las actividades relacionadas con la sangre humana, sus componentes y derivados, en su artículo 23° determina al Banco de Sangre como ente técnico administrativo que debe asegurar que los procesos se desarrollen de conformidad con principios de Buenas Prácticas de Fabricación bajo un Sistema de Aseguramiento de Calidad;

Que, la bioseguridad debe entenderse como una doctrina de comportamiento; siendo su objetivo, lograr actitudes y conductas, individuales y en conjunto, que disminuyan el riesgo de adquirir infecciones o de lesionarse en el medio laboral;

Que, en función de la Gestión de Calidad Total de los procesos, se redactó un Manual de Bioseguridad a los fines de dar el marco de referencia y aplicación en los Bancos de Sangre pertenecientes a los Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a efectos de su implementación corresponde el dictado del presente acto administrativo.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese, en el marco de la Gestión de Calidad Total de los Bancos de Sangre pertenecientes a los Hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la aplicación como normativa de referencia el Manual de Bioseguridad de los Bancos de Sangre, que como Anexo Nº IF-8446857-DGRYPS-2014, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento, demás fines, pase a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, a la Dirección General Redes y Programas de Salud, a las Direcciones Programas Centrales y Redes de Servicios de Salud y a las Direcciones Generales Región Sanitaria I, II, III y IV. Cumplido, archívese. Reybaud