II.5.1.1. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN II.5.1.1.1 Contabilidad Presupuestaria
La aprobación del presupuesto por el Consejo Social se produjo el 28.11.2002, y se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma el 14.12.2002, por lo que casi todo el ejercicio 2002 la actividad desarrollada por la Universidad se efectuó con los presupuestos prorrogados del ejercicio 2001, restando al presupuesto de su cualidad planificadora. Con el presupuesto aprobado no se acompaña una relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad, especificando la totalidad de los costes de la misma, tal y como exige el art. 81.4 de la LOU, y la autorización de la Comunidad Autónoma se produjo en la Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma.
Según la liquidación del presupuesto, anexo I.3-1, el total de créditos iniciales ascendían a 97.543 miles de euros, y los créditos finales y las previsiones finales se elevaron a 116.370 miles de euros.
A) Modificaciones de crédito
Las modificaciones presupuestarias netas ascendieron a 18.827 miles de euros, lo que representa el 19% sobre los créditos iniciales.
Por capítulos, las modificaciones más importantes (un 97%) se han realizado en el capítulo VI “Inversiones reales”, por importe de 18.827 miles de euros, produciendo un aumento en los créditos iniciales del 115%: pasa de unos créditos iniciales de 15.876 miles de euros a unos créditos finales de 34.123 miles de euros. Hay que tener en cuenta que sólo se han reconocido obligaciones por importe de 11.638 miles de euros, lo que supone un bajo grado de ejecución (34%).
Por tipos modificativos, un importe de 17.863 miles de euros corresponden a incorporaciones de crédito, tramitado mediante un único expediente, y 964 miles de euros corresponden a generaciones de crédito, que no han sido tramitadas mediante expedientes. Las transferencias de crédito han ascendido 21.416 miles de euros, que representan el 22% de los créditos iniciales, que siendo similar al ejercicio anterior, indica una mala presupuestación. Sobre este tipo modificativo tampoco se han tramitado expedientes, incumpliendo el art, 172 de los Estatutos.
Por lo que se refiere a la financiación de estas modificaciones, indicar que el importe de las incorporaciones ha sido inferior al remanente de tesorería del ejercicio anterior.
B) Ejecución del Presupuesto de Gastos
Las obligaciones reconocidas ascendieron a 91.745 miles de euros con un grado de ejecución sobre los créditos definitivos del 79%, quedando un Remanente de crédito de 24.625 miles de euros.
El mayor volumen de obligaciones reconocidas corresponde a las operaciones corrientes (87% del total reconocido en el ejercicio) destacando el capítulo I “Gastos de personal” en el que se han reconocido obligaciones por importe de 67.879 miles de euros, un 74% sobre el total reconocido, con un grado de ejecución presupuestaria del 98%.
C) Ejecución del Presupuesto de Ingresos
Los derechos reconocidos ascendieron a 91.970 miles de euros con un grado de ejecución sobre las previsiones finales del 79%, como puede observarse en el anexo I.3-2. En el cuadro siguiente se presenta la importancia que tienen las distintas fuentes de financiación.
(miles de euros)
CAPÍTULO IMPORTE % s/ total
- Tasas y Otros ingresos 21.195 23%
- Transferencias corrientes 60.085 65%
- Ingresos patrimoniales 215 -
- Transferencias de capital 10.473 12%
- Activos financieros 2 -
TOTAL 91.970 100
Las transferencias, tanto por operaciones corrientes como de capital, han supuesto el 77% de los recursos.
D) Resultado presupuestario
El resultado presupuestario obtenido de la liquidación presupuestaria ha presentado un superávit por importe de 225 miles de euros, derivado de las operaciones no financieras, con un superávit de 259 miles de euros y de las operaciones con activos financieros con un déficit de 34 mil euros. Como consecuencia de que no han realizado operaciones con pasivos financieros el saldo presupuestario es positivo en 225 miles de euros, tal y como puede observarse en el anexo I-3-3.
II.5.1.1 2. Situación Patrimonial. Balance A) Activo
El importe total del activo ascendió a 216.694 miles de euros y se ha incrementado respecto al ejercicio anterior un 7% como consecuencia del incremento del Inmovilizado (un 3%) y del incremento del Circulante en un 35%. A final de ejercicio, un 85% del total lo componen bienes y derechos del inmovilizado (3 puntos menos que en el ejercicio anterior) y el restante 15% el activo circulante. (Anexo I.3-4).
A.1) Inmovilizado
El importe neto del inmovilizado ascendió a 184.474 miles de euros. El detalle de su composición y la evolución respecto al ejercicio anterior se muestra en el siguiente cuadro.
(miles de euros) EJERCICIO VARIACIÓN CONCEPTO 2002 2001 Importe % - Inmovilizaciones inmateriales 23.904 23.875 29 0 - Inmovilizaciones materiales 160.544 155.400 5.144 3 - Inversiones financieras permanentes 26 93 (67) (72) TOTAL 184.474 179.368 5.106 3
Hay que señalar que continúa existiendo falta de acreditación de los elementos adquiridos antes del ejercicio 1996 y que continúan sin efectuar dotaciones a la amortización del inmovilizado como consecuencia de que el inventario del inmovilizado no está en conexión con el sistema contable.
Asimismo, hay que señalar que, si bien durante el ejercicio no han activado gastos de investigación y desarrollo, permanece un saldo a final de ejercicio de 23.904 miles de euros, cuya activación no está justificada.
Por lo que se refiere al inmovilizado no financiero, hay que señalar que la disminución producida en el ejercicio se debe a la cancelación de depósitos, permaneciendo inalterables en el saldo las inversiones financieras en el capital de una empresa como consecuencia de una cesión gratuita de acciones recibida en el ejercicio anterior.
A.2.) Activo circulante
A final de ejercicio ascendió a 32.220 miles de euros, y se incrementó respecto al ejercicio anterior un 35%. El detalle de su composición y la evolución respecto al ejercicio anterior se muestra en el siguiente cuadro.
(miles de euros)
EJERCICIO VARIACIÓN CONCEPTO
2002 2001 Importe %
- Deudores 28.277 31.802 (3.525) (11)
- Inversiones financieras temporales 35 - 35 100
- Tesorería 3.908 (8.011) 11.919 149
TOTAL 32.220 23.791 8.429 35
Como puede observarse, el activo circulante se ha incrementado un 35% como consecuencia de la contabilización de los pagos a acreedores que venían registrándose incorrectamente en ejercicios anteriores. Por lo que se refiere a los Deudores, un importe de 24.456 miles de euros corresponden a Deudores presupuestarios, 1.543 son no presupuestarios y 2.278 otros deudores. Del conjunto de Deudores presupuestarios, un importe de 15.792 responden a la ejecución del presupuesto del ejercicio y 8.864 a presupuestos cerrados.
En relación con los deudores no presupuestarios hay que destacar, como en el ejercicio anterior, dos partidas de anticipos por un importe global de 777 miles de euros que están pendientes de regularizar al no existir suficiente documentación justificativa. La Universidad no efectúa dotación a la provisión para insolvencias. Otros deudores recogen los anticipos de caja fija concedidos a las cajas pagadoras, soportados en 94 cuentas bancarias que gestionan los Centros, Departamentos e Institutos de la Universidad.
En relación con la Tesorería hay que señalar que permanecen sin incluirse en el saldo los correspondientes a 65 cuentas bancarias antiguas que totalizan un saldo de 3.134 miles de euros, que están pendientes de regularización.
B) Pasivo
El pasivo total de la Universidad ascendió a 216.694 miles de euros, con un incremento respecto al ejercicio anterior del 7%. El 95% del pasivo lo constituyen los Fondos Propios (4 puntos menos que en el ejercicio anterior), y el 5% los Acreedores a corto plazo.
B.1) Fondos propios
Los Fondos Propios a final de ejercicio ascendieron a 205.717 miles de euros, y aumentaron respecto al ejercicio anterior un 3%. El detalle de su composición y la evolución respecto al ejercicio anterior se muestra en el siguiente cuadro. (miles de euros) EJERCICIO VARIACIÓN CONCEPTO 2002 2001 Importe % - Patrimonio 123.200 123.200 - -
- Resultados de ejercicios anteriores 77.088 68.993 8.095 12 - Resultados del ejercicio 5.429 8.095 (2.666) (33)
TOTAL 205.717 200.288 5.429 3
No obstante, hay que señalar que estos fondos propios están sobrevalorados como consecuencia de la falta de contabilización de los compromisos futuros que tiene la Universidad con su personal laboral derivados de los premios de jubilación previstos en su convenio colectivo.
B.2) Acreedores a corto plazo
El conjunto de la deuda a los acreedores a corto plazo ascendió a 10.977 miles de euros y corresponde íntegramente a Acreedores. Aumentó respecto al ejercicio anterior un 282% como consecuencia del cambio de criterio de contabilización a final de ejercicio de los pagos a proveedores, que en el ejercicio anterior imputaban como pagados todos los producidos en el ejercicio.
El siguiente cuadro muestra su composición y su evolución respecto al ejercicio anterior. (miles de euros) EJERCICIO VARIACIÓN CONCEPTO 2002 2001 Importe % - Acreedores presupuestarios 6.758 2.153 4.605 214 - Acreedores no presupuestarios 68 59 9 15 - Administraciones Públicas 4.121 624 3.497 560 - Otros acreedores 30 35 (5) (14) TOTAL 10.977 2.871 8.106 282
Por lo que se refiere a los acreedores presupuestarios, un importe de 5.329 miles de euros se producen por la ejecución del presupuesto del ejercicio, 1.305 miles de euros a presupuestos cerrados, 116 miles de euros a devoluciones de ingresos pendientes de pago y 8 mil están pendientes de aplicar a presupuesto. En relación con los acreedores presupuestarios, el 53% corresponden al capítulo 6 “Inversiones reales”, un 23% al capítulo 2”Gastos corrientes en bienes y servicios”, un 15% al capítulo 1 ”Gastos de personal” y un 8% al capítulo 4 “Transferencias corrientes”.
En cuanto a los acreedores de presupuestos cerrados hay que señalar que permanece un saldo por 1.300 miles de euros cuyas operaciones corresponden a los ejercicios 1996 a 1999, y que continúan estando pendientes de depuración.
II.5.1.1.3. Resultado económico-patrimonial
Como puede observarse en el anexo I.3-5, en este ejercicio la Universidad ha obtenido un ahorro por un importe de 5.429 miles de euros, disminuyendo un 33% respecto obtenido en el ejercicio anterior (8.095 miles de euros). Los ingresos, que totalizaron un importe de 91.968 miles de euros, se incrementaron el 10%, fundamentalmente por las subvenciones recibidas en el ejercicio que ascendieron a 70.559 miles de euros. Los gastos ascendieron a 86.539 miles de euros, se incrementaron en un 15%, y lo conforman los gastos de funcionamiento, un 98%, Transferencias y subvenciones concedidas, un 1%, y Pérdidas y gastos extraordinarios, un 1%.
No obstante, hay que señalar la falta de periodificación de los ingresos por los precios públicos obtenidos de las matrículas como consecuencia de que los cursos se imparten también en el ejercicio siguiente. Tampoco se periodifican las pagas extras devengadas por el personal labora. Asimismo los ingresos de investigación, que se reciben a final de ejercicio, cuyo mayor gasto se realiza en el ejercicio siguiente.
II.5.1.1.4. Memoria
La Memoria rendida por la Universidad, adaptada al PGCP de la Comunidad Autónoma, no contiene información sobre inmovilizado, Contratación administrativa, Transferencias y Subvenciones concedidas, Convenios Transferencias y subvenciones recibidas, Desarrollo de los compromisos de ingreso, Compromisos de ingreso de ejercicios posteriores y Gastos con financiación afectada porque los módulos informáticos que las desarrollan no están preparados. No obstante, hay otros documentos de la Memoria que
se contemplan en el plan de cuentas y no han sido cumplimentados por la Universidad, y que son los relativos a Organización, Personal, Tasas, precios públicos y precios privados y endeudamiento que no han sido cumplimentados por la Universidad. De ello, se deduce la necesidad de la Universidad de adaptar sus sistemas informáticos a las necesidades de información previstas en el PGCP.
II.5.1.2. CONTRATACION ADMINISTRATIVA II.5.1.2.1. Observaciones comunes
II.5.1.2.1.1. Consideraciones generales
De acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 39 de la LFTCu, se han seleccionado y examinado los dos contratos que se relacionan en el Anexo III.2, uno de obras adjudicado mediante concurso con un precio superior a 300.506 euros, y otro de suministro, también adjudicado por concurso con un precio superior a 150.259 euros. El importe total de ambos contratos asciende a 529.155 euros y es representativo del 100% de los contratos adjudicados por la Universidad durante el ejercicio fiscalizado cuyos precios superan las cuantías establecidas en el precitado artículo.
Junto con los contratos, se han enviado los correspondientes extractos de los expedientes administrativos, comprensivos de las diferentes actuaciones practicadas hasta la formalización documental, inclusive, si bien, una vez examinados y a instancias de este Tribunal, se remitió diversa documentación de ejecución, de cuyo examen se han obtenido los resultados que más adelante se exponen.
II.5.1.2.1.2. Procedimiento de contratación
Los dos contratos se adjudicaron con una baja total de 14.848 euros, representativa del 3% de la suma de los respectivos presupuestos de licitación; en su fiscalización, se observa lo siguiente:
a) Justificación de la necesidad de las contrataciones
La justificación de la necesidad del objeto de los contratos para los fines del servicio público, requerida por el artículo 13 del TRLCAP, consta en unos escritos del Vicerrectorado de Infraestructura y Asuntos Económicos fundamentados en consideraciones excesivamente genéricas y que no permiten conocer las necesidades específicas supuestamente existentes (se alude al Programa Operativo Feder de Investigación, Desarrollo e Innovación 2000-2006, en el contrato de obras, y a la distribución por el Consejo Social de la Universidad de los créditos correspondientes a nuevas titulaciones en el de suministro), por lo que estas justificaciones no se consideran suficientes.
b) Criterios de adjudicación de los contratos
b.1.- En el PCAP del contrato de planta piloto para monográfico de industrias agroalimentarias (número 1 del Anexo III.2), no se estableció la forma de valoración de los criterios selectivos ni de asignación de las correspondientes puntuaciones; con posterioridad, la Mesa de contratación estableció dicha forma de valoración.
La determinación de la forma de valoración de los criterios con posterioridad a la apertura de los sobres y al conocimiento de la documentación presentada por los licitadores no es conforme con los principios de objetividad, transparencia y publicidad, rectores de la contratación pública ya que impide que las empresas interesadas en la licitación puedan conocer, de antemano, cómo van a ser valoradas las proposiciones y, en consecuencia, puedan elaborarlas en coherencia con las necesidades de la Administración contratante.
b.2.- En el PCAP del contrato de equipamiento de plató y control de realización de televisión para prácticas (número 2 del Anexo III.2), los criterios de adjudicación no se hallan indicados por orden decreciente de importancia contra lo dispuesto en el párrafo 2º del artículo 86 del TRLCAP12.
b.3.- En el PCAP del contrato de obras examinado, se incluyó, entre otros, un criterio referido a la “relación de equipos, maquinaria y medios auxiliares”, que no debe valorarse para la adjudicación de los contratos por referirse a aspectos relacionados con la solvencia técnica de las empresas (art. 17 del TRLCAP) que constituyen requisitos para contratar con la Administración y, como tales, deben cumplirse por todos los licitadores, sin que puedan entenderse comprendidos entre los criterios para la adjudicación del concurso previstos en el artículo 86 del mismo cuerpo legal
c) Valoración de ofertas
c.1.- No se aplicaron en toda su extensión los baremos que se habían establecido para la valoración de los precios en los respectivos PCAP.
En el PCAP del contrato de obras de la planta piloto para monográfico de industrias agroalimentarias, se estableció para la valoración del precio un baremo de 5 puntos. La Mesa de contratación concedió 5 puntos a la oferta con el precio más bajo y 4,35 puntos a la oferta más cara; en consecuencia, el baremo efectivamente aplicado fue inferior a un punto, sin que esta forma de valoración estuviese prevista en el respectivo Pliego. En el concurso del contrato de equipamiento de plató y control de realización de televisión para prácticas, en cuyo PCAP se estableció la valoración del precio un baremo de hasta tres puntos, se concedieron tres puntos a la oferta económica más baja y 2,91 puntos a la oferta más cara, por lo que el baremo efectivamente aplicado también fue inferior a un punto.
Como consecuencia de estas valoraciones, las bajas ofertadas tuvieron una relevancia prácticamente insignificante, lo que resulta contrario al principio de economía en la gestión de fondos públicos y, en el primero de los contratos citados, además, a los principios de publicidad y transparencia en la contratación pública.
c.2.- En el acta de la Mesa en la que figura la valoración de las ofertas presentadas por los licitadores en el concurso del contrato de obras examinado, aun cuando se los que se atribuyeron las respectivas puntuaciones a cada uno de los licitadores. .
d) Garantías
La constitución de la garantía definitiva y la formalización del contrato de equipamiento de plató y control de realización de televisión para prácticas se realizaron dos meses después de la notificación de la adjudicación, fuera de los plazos establecidos al efecto en los artículos 41 y 54.1 del TRLCAP.
II.5.1.2.2. Contrato de obras
Se ha examinado un contrato de esta naturaleza, que tuvo por objeto la planta piloto para monográfico de industrias agroalimentarias, que se adjudicó con un precio de 361.199 euros (número 1 del Anexo III.2), en el cual, con independencia de lo anteriormente expuesto y en relación con los aspectos peculiares de los contratos de esta naturaleza, se ha observado lo que, a continuación se expone:
12
Contrariamente a lo alegado, en el PCAP no consta ordenación alguna (los criterios no aparecen precedidos de ordinales).
a) En el expediente no consta ni se ha aportado posteriormente el preceptivo informe de supervisión del proyecto, expresamente requerido (art. 128 del TRLCAP).
b) Las obras comenzaron en febrero de 2003 según el acta de comprobación del replanteo; sin embargo, la primera certificación mensual de obras se refiere al mes de mayo de ese mismo año, lo que implica que no se ejecutaron obras desde febrero hasta mayo sin que se haya aportado a este Tribunal expediente de suspensión alguna que justifique esta demora.
En julio de 2003, el contratista y el director de las obras solicitaron una prórroga del plazo hasta noviembre de 2003 y el Vicerrector de Infraestructura y Asuntos Económicos concedió una ampliación del plazo “hasta
el 30 de noviembre de 2004”, de quince meses y medio (258% del plazo), prórroga que estuvo motivada en
la realización del “Nombramiento y Aprobación del Plan de Seguridad y Salud” (circunstancia ininteligible) en las fechas 12 de marzo y 31 de marzo de 2003 y al cambio del Director de las obras, circunstancia que, de por sí, no justifica el retraso, por lo que esta prórroga no se considera justificada.
Estas incidencias son particularmente incongruentes con la circunstancia de haberse alegado la reducción del plazo para justificar la adjudicación de este contrato mediante concurso y de haberse adjudicado a una empresa que había ofrecido una reducción del plazo de ejecución, con expresa valoración de dicha circunstancia.
II.5.1.2.3. Contrato de suministro
Se ha fiscalizado un contrato de esta naturaleza, que tuvo por objeto el equipamiento de plató y control de realización de televisión para prácticas y que se adjudicó con un precio de 167.956 euros (número 2 del Anexo III.2) en el cual, con independencia de lo expuesto en las observaciones comunes y en relación con los aspectos peculiares de los contratos de esta naturaleza, se ha observado lo siguiente:
a) En el expediente, no figura el informe razonado que debió emitirse por el servicio promotor de las adquisiciones sobre la necesidad, características e importe de los bienes, previsto en el artículo 241.2 del RGC.
b) No se ha aportado el acta de recepción de los bienes objeto del contrato, documento preceptivo a tenor de lo establecido en los artículos 110.2 y 185.3 del TRLCAP; en su lugar, se han remitido certificados de conformidad.