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PART II – PROGRAM NOTES

PROGRAM 1 – 2 nd YEAR VOICE RECITAL

1.2 Program notes

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

CAPITULO II ARTICULO 284

BENTONITA

1. DEFINICION

Se entiende por bentonita, aquella variedad de arcillas formada principalmente por silicatos de aluminio y otros elementos como magnesio, potasio, sodio y calcio; fácilmente atacable por los ácidos; de aspecto untuoso, se presenta en masas compactas, de color claro y muy blandas; de gran alterabilidad y capacidad de hinchamiento.

2. CARACTERISTICAS TECNICAS

La bentonita a utilizar deberá cumplir las siguientes características:

- A las veinticuatro (24) horas de la excavación o perforación (lodo fresco):

. Viscosidad medida en el cono MARSH: entre treinta y dos (32) y treinta y cinco (35) segundos. . PH: entre ocho y medio (8,5) y once (11).

- Durante la excavación o perforación:

. Peso específico: el necesario para asegurar la estabilidad de la pared. El peso específico mínimo deberá ser fijado por el Director de la Obra a propuesta del Contratista, atendiendo a las características del terreno. - Durante el hormigonado:

. Viscosidad medida en el MARSH: inferior a cuarenta y cinco (45) y superior a la del lodo fresco. . Material retenido en el tamiz 0,080 UNE: inferior al tres por ciento (3%) en peso.

3. CONTROL DE RECEPCION

Si, a criterio de la Dirección de la Obra, la bentonita utilizada, no cumple las características técnicas anteriormente mencionadas, con anterioridad a las operaciones previas al hormigonado y colocación de las armaduras del elemento a construir, se deberá proceder a su regeneración.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

CAPITULO II ARTICULO 286

MADERAS

1. DEFINICION

La madera para entibaciones, apeos, cimbras, andamios, encofrados y demás medios auxiliares deberán cumplir las condiciones indicadas en el apartado 286.1 del PG-3/75.

2. CARACTRISTICAS TECNICAS

2.1 MADERA PARA ENTIBACIONES, APEOS, CIMBRAS, ANDAMIOS Y DEMAS MEDIOS AUXILIARES No se permitirá en ningún caso madera sin descortezar, ni siquiera en las entibaciones o apeos.

Se emplearán maderas sanas, con exclusión de alteraciones por pudrición, aunque serán admisibles alteraciones de color, como el azulado en las coníferas. Deben estar exentas de fracturas por compresión.

Poseerá una durabilidad natural al menos igual a la que presenta el pino “sylvestris”.

En todo aquello que no contradiga lo indicado en el presente Pliego será de aplicación lo indicado en el apartado 286.1 del PG-3/75.

En lo referente a forma y dimensiones será de aplicación lo indicado en el apartado 286.2 del PG-3/75. 2.2 MADERA LAMINADA TRATADA PARA ESTRUCTURAS

La madera laminada tratada utilizada para la fabricación de la lamina encolada será pino rojo, acorde con las normas UNE-EN 385 y UNE-EN 386, u otra de igual o mayor calidad, siempre que ésta sea aceptada por la Dirección de la Obra.

La materia prima será tratada con sales solubles de cobre, cromo y arsénico. Una vez elaboradas las vigas serán tratadas por impregnación para mejorar su aspecto estético, previniéndose contra agentes bióticos (hongos, insectos) y aportándose pigmentos para retrasar la acción decolorante de los mencionados agentes.

La cola será de resorcina de acuerdo con la norma EN 301 para adhesivo tipo 1. El encolado, de acuerdo a la mencionada EN 386 y a las especificaciones del suministrador de la cola, se ejecutara en una sala climatizada a una temperatura de al menos 15 ºC y con humedad controlada. El tiempo abierto de cola será de 90 minutos.

El acabado de las vigas se realizará mediante regrueso-cepillo de alta capacidad que aportará superficies planas. 2.3. MADERA EN TABLÓN PARA PAVIMENTOS

La madera a utilizar para la fabricación de los tablones será la denominada en castellano teca, siendo el nombre botánico Tectona grandis L.f.

El color de la madera de la albura varía del blanco-amarillo al gris claro y el del duramen del marrón-amarillo al marrón oscuro, que se oscurece y presenta reflejos cobrizos al quedar expuesta a la luz. La madera de albura está claramente diferenciada y en la madera en rollo ocupa un espesor de 2 a 6 cm. Algunas veces presenta marcas oscuras debidas a zonas de parénquima oscurecidas por las variaciones climáticas. Los anillos de crecimiento están claramente diferenciados, pero varían considerablemente desde una banda de dos o tres capas de poros grandes a unos pocos poros grandes y esparcidos que no forman una banda definida.

La madera de teca a emplear será sana, con exclusión de alteraciones por pudrición, ataques de insectos, manchas, cortes y defectos superficiales.

3. CONTROL DE RECEPCION

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

CAPITULO II ARTICULO 286

PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE VIAL Y PUENTE DEL ÁMBITO A-8-7.7 IBARRA-SAN PIO, ELORRIO

Página 2 de 2 P1201_PPTP_286_V03 El Contratista controlará la calidad de la madera a emplear en la obra para que cumpla con las características señaladas en los apartados anteriores del presente Pliego.

La Dirección de las Obras deberá autorizar la utilización de la madera destinada a las distintas zonas de la obra. 3.2 MADERA LAMINADA TRATADA PARA ESTRUCTURAS

El fabricante contará con supervisión externa por parte de algún instituto u organismo oficial. Además, y de manera independiente, tendrá un control interno en que levantará actas de producción de todos los elementos fabricados con los siguientes datos:

- Registro, memoria y encolado. - Fecha y número de producción. - Especie de madera.

- Calidad.

- Dimensiones de estructura.

- Contenido de humedad de la madera.

- Tiempo para el inicio de la aplicación del adhesivo. - Tiempo para el inicio y final del proceso de prensado. - Gráfico de temperatura ambiente en la nave de prensado. - Contenido de humedad del ambiente de la nave de prensado. - Presión de la prensa.

- Tiempo de prensa.

- Número de partida de la resina. - Número de partida del endurecedor.

- Gramos por m2 de mezcla (resina+endurecedor).

La madera laminada cumplirá los requisitos exigidos para cada clase en la norma prEN 1194 “Estructuras de madera. Madera laminada encolada. Clases resistentes y determinación de los valores característicos”, dependiendo de las características y requisitos de la estructura a fabricar.

La documentación indicada anteriormente será presentada a la Dirección de la Obra que deberá autorizar la utilización de la madera laminada.

3.3. MADERA EN TABLÓN PARA PAVIMENTOS

La calidad de la madera a emplear será HS según la norma BS 5756-1.980. La clase resistente equivalente será D-40 según pr EN1912 “Madera aserrada. Clases resistentes. Asignación de calidades visuales y especies”.

La madera a emplear en la fabricación de las tablas cumplirá con las características especificadas para la clase HS referentes a :

- Combaduras. - Pendiente de fibra. - Fendas y acebolladuras - Nudos.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

CAPITULO II ARTICULO 291

CANONES

1. DEFINICION Y CLASIFICACION

Se definen como cánones la repercusión económica que se da sobre el metro cúbico de tierras como consecuencia de la utilización de terrenos ajenos a la obra, bien sea en el caso de préstamos de material como de vertido de material sobrante o desechable de obra.

En función del origen de la repercusión económica, se distinguen dos tipos de cánones:

- Canon de Vertido. Se da cuando el Contratista dispone de terrenos alternativos a la obra para el vertido de material sobrante o desechable, bajo su única responsabilidad, y realiza un gasto económico compensatorio a la propiedad de los mismos para proceder a su explotación.

- Canon de Préstamo. Se produce como consecuencia de la búsqueda de préstamos y su abono a los propietarios por cuenta y cargo del Contratista así como las operaciones necesarias para su inicio y explotación.

Las operaciones necesarias para el inicio y explotación de los lugares de extracción y vertido propuestos por el Contratista quedarán bajo la aprobación de la Dirección de Obra.

3. CONTROL DE RECEPCION

El Director de Obra dispondrá de un mes de plazo para aceptar o rehusar los lugares de extracción y vertido propuestos por el Contratista. Este plazo se contará a partir del momento en que el Contratista notifique las escombreras, préstamos y/o canteras que se propone utilizar.

La aceptación por parte del Director de Obra de los lugares de extracción y vertido no limita la responsabilidad del Contratista, tanto en lo que se refiere a la calidad de los materiales como al volumen explotable y a la obtención de las correspondientes licencias y permisos.