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Sample Overview and Data Description

2.3 Main Empirical Tests

2.3.2 Sample Overview and Data Description

Visto el escrito presentado por DÑA. ZAHIRA TRILLO HERNÁNDEZ, Licencia de Obras núm. 523/14, para DESPLAZAMIENTO DE PUERTA DE ACCESO EN

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CERRAMIENTO DE PARCELA Y RECONSTRUCCIÓN DEL MISMO, DEMOLICIÓN Y ACDMTO. DE PAVIMENTO EXT. EN ESPACIO LIBRE PRIVADO Y DEMOLICIÓN DE PÉRGOLA CON OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la C/ PEÑA DE FRANCIA Nº 88, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 16 de enero de 2015 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

Examinada la solicitud de Licencia presentada, las obras descritas tienen la consideración de obra menor según el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes, aptdo. D.-“Obras en las parcelas y en la vía pública”, en este caso consistentes en el “DESPLAZAMIENTO DE PUERTA DE ACCESO EN CERRAMIENTO DE PARCELA Y RECONSTRUCCIÓN DEL MISMO, DEMOLICIÓN Y ACDMTO. DE PAVIMENTO EXT. EN ESPACIO LIBRE PRIVADO Y DEMOLICIÓN DE PÉRGOLA CON OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO”.

Dicha actuación se encuentra contemplada en los supuestos de obra menor tramitadas mediante procedimiento ordinario según la Ordenanza Municipal (ORTPSTLU, B.O.C.M. de 26/12/2011), por tratarse de modificación de cerramientos de solares y ocupación de terrenos de uso público.

Las obras descritas son conformes a las Ordenanzas urbanísticas, por lo que se informa favorablemente la concesión de Licencia, debiéndose observar las siguientes condiciones:

Cerramiento:

- Las características y el color de las carpinterías será igual que la cerrajería existente en continuidad de fachada.

- Acceso: La apertura de las hojas se efectuará hacia el interior de la parcela, para asegurar que, en ningún caso, la apertura “barra” el espacio público. - En su ejecución se ofrecerán las suficientes garantías de estabilidad frente a

impactos horizontales y acciones horizontales continuas.

- Los materiales utilizados, su aspecto y calidad, cuidarán su buen aspecto, una reducida conservación y una coloración adecuada al entorno en donde se sitúen - Se prohíbe expresamente la incorporación de materiales potencialmente

peligrosos, tales como filos, puntas, espinas etc.

Pavimento:

- Se garantizará la recogida de aguas pluviales y su correcta evacuación mediante la conexión a la red de saneamiento.

Ocupación de la vía pública:

- Deberá mantenerse limpio el dominio público, atendiéndose a las condiciones de ocupación de la vía pública y señalización de la Ordenanza Municipal.

- El contenedor se colocará exclusivamente en aquellas zonas donde esté

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autorizado el aparcamiento de vehículos, cumpliendo los condicionantes temporales de las mismas.

RESUMEN DE TASAS:

► Tasa por Licencia (procedimiento ordinario): 60,00 € (ABONADO).

► Ocupación de la vía pública (ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MERCANCÍAS, ESCOMBROS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, GRUAS PLUMAS Y OTROS ANÁLOGOS, Art. 3. IV.):

Contenedor (cuota mínima): 50,00 € (ABONADO).

► Fianza en garantía de la gestión de residuos de construcción según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Comunidad de Madrid: 150,00 € (ABONADO).”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 214/2011, de fecha 13 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (3 de los 4 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, a DÑA. ZAHIRA TRILLO HERNÁNDEZ, para la realización de obras consistentes en DESPLAZAMIENTO DE PUERTA DE ACCESO EN CERRAMIENTO DE PARCELA Y RECONSTRUCCIÓN DEL MISMO, DEMOLICIÓN Y ACDMTO. DE PAVIMENTO EXT. EN ESPACIO LIBRE PRIVADO Y DEMOLICIÓN DE PÉRGOLA CON OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR UN CONTENEDOR DE ESCOMBRO, en la finca sita en la C/ PEÑA DE FRANCIA Nº 88, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de SESENTA EUROS (60,00 Euros).

TERCERO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público, que asciende a la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 Euros)

CUARTO.- Aprobar la necesaria constitución de garantía para la gestión de residuos de construcción, según Orden 2726/2009 de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA EUROS (150,00 Euros).

QUINTO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con

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indicación de los recursos que procedan. LICENCIA DE OBRAS Nº 509/2014

Visto el escrito presentado por D. Jose Luis Muñoz Yebra en representación de la empresa INTERMARKET, S.L., Licencia de Obras núm. 509.14, para TALA DE ÁRBOLES, en la C/ POLÍGONO 1 152, en este término municipal.

Atendido el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 16 de enero de 2015 que a continuación se transcribe, y que se ha seguido el procedimiento previsto en la normativa vigente:

La obra solicitada está considerada como obra menor a los efectos previstos en el capítulo 5.11. del Anexo Normativo de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes, consistiendo en la TALA DE ÁRBOLES.

Los árboles para los que se solicita permiso de tala, se localizan en la parcela de

referencia catastral 1383403VK7718S0001YU

Los árboles presentes son acacias en alineación. En esta zona, existía un área de

aparcamiento para dar servicio a las antiguas construcciones existentes en las parcelas limítrofes.

Actualmente, debido a antiguas podas agresivas, más de un 50% de los

árboles se han secado.

En consecuencia, el informe técnico ES FAVORABLE PARA LA TALA DE LOS ÁRBOLES SECOS. La autorización de la Licencia estará sujeta a las siguientes condiciones:

En caso de ser necesario deberá solicitarse la correspondiente autorización de ocupación de vía pública.

Debido al volumen de la madera resultante, los trabajos de retirada de restos a vertedero serán por cuenta del propietario.

Sólo se autoriza la eliminación de los árboles secos. El resto, sólo se podrán podar para eliminar ramas secas.

RESUMEN DE TASAS

Tasa por licencia:…...60,00 € (ABONADO, S/ autoliquidación adjunta)”

De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto núm. 214/2011, de fecha 13 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (3 de los 4 que componen la Junta), se acuerda:

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PRIMERO.- Conceder Licencia Municipal de Obras, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el informe técnico mencionado, a INTERMARKET, S.L., para la realización de obras consistentes en TALA DE ÁRBOLES SECOS, en la C/ POLÍGONO 1 152, previo abono de las tasas a que hubiere lugar. No obstante, dicha licencia no adquirirá eficacia sino tras la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas establecidas por la legislación sectorial.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la Tasa por Tramitación de Licencias urbanísticas que asciende a la cantidad de SESENTA EUROS (60,00 Euros).

TERCERO.- Notifíquese la presente resolución al interesado en legal forma, con indicación de los recursos que procedan.

Visto el expediente administrativo nº 1268/2013 para la tramitación de la concesión de licencia urbanística, iniciado el 04 de octubre de 2013, a instancia de D. JOSE BERNABEU SÁNCHEZ, para llevar a cabo obras consistentes en reforma y ampliación de vivienda unifamiliar aislada en AVD. ROBLEDAL Nº 7, en este término municipal,

Visto el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 18 de diciembre de 2014, relativo al inicio de expediente para la declaración de caducidad del expediente administrativo nº 1268/2013, y de cuya notificación al interesado existe constancia en el expediente,

Visto que a dicha resolución, notificada al interesado y existiendo constancia de su recepción con fecha 02 de enero de 2015, no se han presentado alegaciones al respecto, una vez transcurrido el plazo de diez días desde su recepción,

Visto el art. 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común establece que la Administración tiene obligación de dictar resolución expresa en todos lo procedimientos, incluidos los casos en los que la terminación de los mismos se produzca por prescripción, renuncia al derecho, desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, desistimiento de la solicitud o caducidad del procedimiento, siendo éste último el caso que nos ocupa,

En todos estos supuestos en los que la finalización del procedimiento no supone una valoración del fondo del asunto, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables,

Visto el artículo 92 de la mencionada Ley 30/92, y habiéndose verificado la consumición del plazo de tres meses, transcurrido el cual, se procederá a declarar la caducidad de las actuaciones, por medio del presente,

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De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 214/2011, de fecha 13 de junio, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, Por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (3 de los 4 que componen la Junta), se acuerda:

PRIMERO.- Declarar la CADUCIDAD del expediente administrativo nº 1268/2013 abierto a instancia de D. JOSE BERNABEU SÁNCHEZ, para la tramitación de concesión de licencia urbanística en calle AVD. ROBLEDAL Nº 7 para realizar obras consistentes en reforma y ampliación de vivienda unifamiliar aislada, en este término municipal.

SEGUNDO.- Procédase al archivo de las actuaciones y comuníquese al interesado esta declaración de caducidad con indicación de los recursos que procedan.