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SIMATIC Route Control Engineering SIMATIC PCS 7 supports multi-user systems with up to

4.2.1. Cementos

4.2.1.1. Definición

Se definen como cementos a los conglomerantes hidráulicos que, finamente molidos y convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa de las reacciones de hidrólisis e hidratación de sus constituyentes, dando lugar a productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo agua.

4.2.1.2. Condiciones generales

Las denominaciones y especificaciones de los cementos y sus componentes son las que figuran en las siguientes normas UNE:

80301:96 Cemento: Cementos comunes. Composición, especificaciones y

criterios de conformidad.

80303:96 Cementos resistentes a los sulfatos y/o al agua de mar.

80305:96 Cementos blancos.

80306:96 Cementos de bajo calor de hidratación. 80307:96 Cementos para usos especiales. 80310:96 Cementos de aluminato de calcio.

Asimismo, será de aplicación todo lo dispuesto en la vigente “Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)” o normativa que la sustituya.

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE PASARELA PEATONAL

EN LA PLAYA DEL CHARCÓN FRENTE AL CENTRO COMERCIAL COSMÓPOLIS. MIJAS (MÁLAGA)

PLIEGO DE CONDICIONES

El Contratista propondrá a la Dirección de Obra la marca, clase resistente y características del cemento a emplear en las diferentes unidades de obra.

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en su artículo 9.

4.2.1.3. Transporte y almacenamiento

El cemento será transportado en cisternas presurizadas y dotadas de medios neumáticos o mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los silos de almacenamiento.

El cemento se almacenará en uno o varios silos, adecuadamente aislados contra la humedad y provistos de sistemas de filtros. El cemento no llegará a obra excesivamente caliente. Si su manipulación se realizara por medios neumáticos o mecánicos, su temperatura no excederá de 70 ºC, y si se realizara a mano, no excederá de los dos límites siguientes:

- 40 ºC.

- Temperatura ambiente más 5 ºC.

Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno de falso fraguado, deberá comprobarse, con anterioridad al empleo del cemento, que éste no presenta tendencia a experimentar dicho fenómeno, realizándose esta determinación según la UNE 80 114.

Excepcionalmente, en obras de pequeño volumen y a juicio del Director de las Obras, para el suministro, transporte y almacenamiento de cemento se podrán emplear sacos de acuerdo con lo indicado al respecto en la vigente “Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)” o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras podrá comprobar, con la frecuencia que crea necesaria, las condiciones de almacenamiento, así como los sistemas de transporte y trasiego en todo cuanto pudiera afectar a la calidad del material; y de no ser de su conformidad, suspenderá la utilización del contenido del saco, silo o cisterna correspondiente hasta la comprobación de las características que estima convenientes de las exigidas en la “Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)”.

4.2.1.4. Suministro e identificación

4.2.1.4.1. Suministro

Para el suministro del cemento será de aplicación lo dispuesto en el artículo 9 de la “Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)”.

4.2.1.4.2. Identificación

Cada remesa de cemento que llegue a obra irá acompañada de un albarán con documentación anexa conteniendo los datos que se indican en el apartado 9 de la “Instrucción para la recepción de cementos (RC-08)”. Adicionalmente, contendrá también la siguiente información:

- Resultados de análisis y ensayos correspondientes a la producción a la que pertenezca, según la UNE 80 403.

- Fecha de expedición del cemento desde la fábrica. En el caso de proceder el cemento de un centro de distribución se deberá añadir también la fecha de expedición desde dicho centro de distribución.

4.2.1.5. Control de calidad.

Cada entrega de cemento en obra, vendrá acompañada del documento de garantía de la fábrica, en el que figurará su designación, por el que se garantiza que cumple las prescripciones relativas a las características físicas y mecánicas y a la composición química establecida.

Si la partida resulta identificable a juicio del Director de las Obras, al documento de garantía se agregarán otros con los resultados de los ensayos realizados en el laboratorio de la fábrica. Para comprobación de la garantía, el Ingeniero Director de las obras ordenará la toma de muestras y realización de ensayos.

El número de muestras a tomar será:

- Uno por cada cien (100) toneladas, si la partida resulta identificable.

- Uno por cada veinticinco (25) toneladas o por cada embarque, en caso contrario. Sobre cada muestra se realizarán los siguientes ensayos:

- Químicos: Pérdida al fuego, residuo insoluble, óxido magnésico y trióxido de azufre.

- Físicos: Finura de molino, tiempos de fraguado, expansión y resistencia a flexo-tracción y compresión.

Si se adjunta certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, no será obligatorio realizar el control de recepción del mismo.

Si el periodo de almacenamiento de un cemento es superior a un mes, antes de su empleo, se comprobará que sus características continúan siendo adecuadas, realizando el ensayo de fraguado, el de resistencia a flexo-tracción y a compresión a tres y siete días, sobre muestras representativas que incluyan terrones si se hubiesen formado.

4.2.1.6. Medición y abono

La medición y abono del cemento se realizará de acuerdo con lo indicado en el Presupuesto para la unidad de obra de la que forme parte.

En acopios, el cemento se abonará por toneladas realmente acopiadas.

4.2.1.7. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad

A los efectos del reconocimiento de marcas, sellos o distintivos de calidad se estará a lo dispuesto en la vigente Instrucción para la recepción de cementos.

4.2.2. Áridos.

Será de APLICACIÓN lo especificado en el artículo 230 del PG-3 vigente.

4.2.2.1. Definiciones

Se definen como áridos los materiales compuestos por una mezcla de partículas, ninguna, alguna o todas trituradas, constituidas por substancias naturales o sintéticas, y que han sido obtenidos por alguna manipulación o proceso industrial (cribado, trituración, lavado, etc.).

4.2.2.2. Características petrográficas

4.2.2.2.1. Procedencia

Los materiales procederán de cantera o yacimiento o depósito natural o artificial, o una mezcla de éstos.

Es conveniente realizar un análisis petrográfico, para determinar los minerales componentes, su naturaleza, estructura, modo de ensamblaje, discontinuidades, fisuración y porosidad y estado de alteración.

4.2.2.2.2. Inalterabilidad

- La pérdida media después de cinco ciclos bajo la acción de sulfato sódico ó magnésico, según la Norma NLT-158, será inferior al diez por ciento (10%) o al quince por ciento (15%) en masa, respectivamente.

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE PASARELA PEATONAL

EN LA PLAYA DEL CHARCÓN FRENTE AL CENTRO COMERCIAL COSMÓPOLIS. MIJAS (MÁLAGA)

PLIEGO DE CONDICIONES

- La pérdida de masa después de sometido el material a inmersión en agua oxigenada a 60º durante 48 horas será inferior al diez por ciento (10%).

- No existirá hinchamiento determinado según la Norma NLT-111 después de la inmersión durante 48 horas.

- Determinación de elementos, como plomo, cobre, mercurio, etc., solubles en el agua después de la inmersión del árido pulverizado durante 2, 7, 28, 90 y 180 días en agua a 20º Celsius.

4.2.2.2.3. Limpieza

Los materiales estarán exentos de materia vegetal, terrones de arcilla de tamaño igual o superior a 5 mm, margas u otras materias extrañas.

La proporción en masa de terrones de arcilla de tamaño inferior a 5 mm, según la Norma UNE 7.133, no excederá del medio por ciento (0,5%).

La proporción de materia orgánica, de acuerdo con la Norma NLT-117, será inferior al cinco por mil (0,5%).

En función del tipo de unidad de obra, situación de la capa en el firme, los valores límites de los resultados de algunos ó todos los ensayos vigentes serán los recogidos en la Tabla 1: Limpieza y Plasticidad.

- El mínimo valor del Coeficiente de Equivalente de Arena (EA), según la Norma NLT-113.

- El máximo valor del Índice de Azul de Metileno, según la Norma NLT-171, para los áridos con Equivalente de Arena inferior a 35.

- El máximo valor del coeficiente de limpieza superficial de la fracción retenida por el tamiz UNE 2 mm, según la Norma NLT-172.

- Se aceptarán valores del equivalente de arena (EA) inferiores hasta en cinco (5) unidades a los establecidos, si su índice de azul de Metileno es inferior a uno (1).

4.2.2.3. Características geométricas

4.2.2.3.1. Granulometría

La serie de los tamices UNE 7.050 a emplear en la definición del huso granulométrico y en el análisis granulométrico, según la Norma NLT-150, será la denominada normal de la Tabla 2: Serie de tamices incluida en el PG-3.

4.2.2.3.2. Forma

- El máximo valor del Índice de Lajas, según la Norma NLT-354.

- La proporción mínima, en masa, de partículas trituradas del árido rechazado por el tamiz UNE 5 mm, según la Norma NLT-358.

4.2.2.4. Características mecánicas

4.2.2.4.1. Dureza

El valor máximo de la degradación granulométrica por compactación será igual o inferior a los indicados en la tabla 3: Pureza y forma del artículo 230 del PG-3 en función del tipo de unidad de obra y situación de la capa en el firme.

4.2.2.4.2. Resistencia al pulimento

Para áridos empleados en capas de rodadura el mínimo valor del Coeficiente de Pulimento Acelerado del árido retenido por el tamiz UNE 2,5 mm, según la Norma NLT-174 será cuarenta centésimas (0,40).

4.2.2.5. Valores de las características

Los valores de las características exigidas al árido, no definidos en el presente artículo, se fijarán para cada unidad de obra en la que se emplee, en los artículos del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales.

4.2.2.6. Suministros

4.2.2.6.1. Estudios previos

El contratista propondrá los materiales a emplear aportando las muestras en cantidad suficiente para realizar los estudios necesarios a fin de determinar su idoneidad, teniendo en cuenta que de cada tipo de árido o fracción propuesto y aceptado deberá emplear al menos el 20% del volumen previsto para ese tipo en una determinada unidad de obra.

4.2.2.6.2. Características de referencia del material

Una vez comprobado que el material cumple todas las condiciones establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el Director de las Obras aprobará el material y fijará las características de referencia.

4.2.3. Arenas

4.2.3.1. Condiciones generales.

Podrán proceder de yacimientos naturales o de machaqueo de rocas calizas. Serán limpias y estarán exentas de arcilla, polvo sulfato y de materia orgánica. Las arenas empleadas en la fabricación de morteros tendrán un tamaño máximo de 3 mm., Y las que se utilicen para la confección de hormigones, de 5 mm.

4.2.3.2. Control. Criterios de aceptación y rechazo

Cuando se presenten dudas sobre la calidad de las arenas a emplear, la D.F. podrá ordenar la realización de los ensayos oportunos, a fin de determinar las cantidades de elementos perjudiciales que pueden contener. Se rechazarán aquellas arenas que sobrepasen los siguientes límites expresados en tanto por ciento de peso total de la muestra:

- Terrones de arcilla (UNE 7133) 1.0 - Finos que pasan por el tamiz 0.080 (UNE 7135) 5.0 - Material retenido por el tamiz 0.063 y que flota en un líquido de peso específico 2.0 (UNE 7244)

0.5

- Compuestos de azufre expresados en S04, y referidos a la arena seca (UNE 7245) 1.2

4.2.3.3. Medición y abono.

La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forme parte.

4.2.4. Agua

4.2.4.1. Definición.

Se denomina agua para emplear en el amasado o en el curado de morteros y hormigones, tanto a la natural como a la depurada, sea o no potable, que cumpla los requisitos que se señalan en el apartado correspondiente de este pliego.

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/92 (modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación, en aplicación de la Directiva 89/106 CE. En particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9 del mencionado Real Decreto.

Deberá cumplir todas las condiciones especificadas en el Artículo 27º "Agua" de la Instrucción EHE-08.

4.2.4.2. Equipos.

Con la maquinaria y equipos utilizados en el amasado deberá conseguirse una mezcla adecuada de todos los componentes con el agua.

4.2.4.3. Criterios de aceptación y rechazo.

En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como aceptables.

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE PASARELA PEATONAL

EN LA PLAYA DEL CHARCÓN FRENTE AL CENTRO COMERCIAL COSMÓPOLIS. MIJAS (MÁLAGA)

PLIEGO DE CONDICIONES

En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas deberán ser analizadas. En ese caso, se rechazarán !as aguas que no cumplan alguno de los requisitos indicados en el de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08)" o los indicados en este pliego, salvo justificación especial de que su empleo no altera de forma apreciable las propiedades exigibles a los morteros y hormigones con ellas fabricados.

Los ensayos indicados se realizarán en los siguientes casos:

- Antes de comenzar la obra, si no se tienen antecedentes del agua que vaya a utilizarse.

- Siempre que varíen las condiciones de suministro, si no se tienen antecedentes del agua que vaya a utilizarse. - Cuando así lo indique el Director.

Cuando no posean antecedentes de su utilización, o en caso de duda, se rechazarán las que no cumplan las siguientes condiciones:

- Exponente de hidrógeno pH (UNE 7234) <5

- Sustancias disueltas (UNE 7130) < 15gr/1

- Sulfatos expresados en ión S04 (UNE 7131) < 1 gr/I

- lón cloro CI- (UNE 7178) < 6 gr/I

- Hidratos de carbono (UNE 7132) 0

- Sustancias orgánicas solubles en éter (UNE 7235) < 15gr/1

Los criterios de aceptación o rechazo se definirán por el Director de obra, pero, en cualquier caso, el no cumplimiento de las condiciones especificadas en el apartado , será razón suficiente para calificar el agua como no apta para fabricación de hormigones o morteros, y al rechazo del material y de la obra con al ejecutada.

4.2.4.4. Recepción.

El control de calidad de recepción se efectuará de acuerdo con el artículo 85.5 y 27 de la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08)" o normativa que la sustituya.

El Director de las Obras exigirá la acreditación documental del cumplimiento de los criterios de aceptación y, si procede, la justificación especial de inalterabilidad mencionada.

4.2.4.5. Medición y abono.

La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de que forme parte.

4.2.5. Barras corrugadas para hormigón estructural

4.2.5.1. Definición

Se denominan barras corrugadas para hormigón estructural aquellos productos de acero de forma sensiblemente cilíndrica que presentan en su superficie resaltos o estrías con objeto de mejorar su adherencia al hormigón.

Los distintos elementos que conforman la geometría exterior de estas barras (tales como corrugas, aletas y núcleo) se definen según se especifica en la UNE 36 068 y UNE 36 065.

Los diámetros nominales de las barras corrugadas se ajustarán a la serie siguiente: 6 – 8 – 10 – 12 – 14 – 16 – 20 – 25 – 32 y 40 mm.

La designación simbólica de estos productos se hará de acuerdo con lo indicado en la UNE 36 068.

4.2.5.2. Materiales

Las características de las barras corrugadas para hormigón estructural cumplirán con las especificaciones indicadas en la vigente “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”, así como la UNE 36 068 y UNE 36 065.

Las barras no presentarán defectos superficiales, grietas ni sopladuras. La sección equivalente no será inferior al 95,5% de su sección nominal.

4.2.5.3. Suministro

La calidad de las barras corrugadas estará garantizada por el fabricante a través del Contratista de acuerdo con lo indicado en la vigente “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”. La garantía de calidad de las barras corrugadas será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras.

4.2.5.4. Almacenamiento

Serán de aplicación las prescripciones recogidas en la vigente “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

4.2.5.5. Recepción

Para efectuar la recepción de las barras corrugadas será necesario realizar ensayos de control de calidad de acuerdo con las prescripciones recogidas en la vigente “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

Serán de aplicación las condiciones de aceptación o rechazo de los aceros indicados en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

El Director de las Obras podrá, siempre que lo considera oportuno, identificar y verificar la calidad y homogeneidad de los materiales que se encuentren acopiados.

4.2.5.6. Medición y abono

La medición y abono de las barras corrugadas para hormigón estructural se realizará según lo indicado específicamente en la unidad de obra de la que formen parte.

En acopios, las barras corrugadas para hormigón estructural se abonarán por kilogramos realmente acopiados, medidos por pesada directa en báscula contrastada.

4.2.5.7. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad

A efectos del reconocimiento de marcas, sellos o distintivos de calidad, se estará a lo dispuesto en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

4.2.6. Mallas electrosoldadas

4.2.6.1. Definición

Se denominan mallas electrosoldadas a los productos de acero formados por dos sistemas de elementos que se cruzan entre sí ortogonalmente y cuyos puntos de contacto están unidos mediante soldadura eléctrica, según un proceso de producción en serie en instalaciones fijas.

Los diámetros nominales de los alambres corrugados que forman las mallas electrosoldadas se ajustarán a la serie siguiente: 5 – 5,5 – 6 – 6,5 – 7 – 7,5 – 8 – 8,5 – 9 – 9,5 – 10 – 10,5 – 11 – 11,5 – 12 y 14 mm.

La designación de las mallas electrosoldadas se hará de acuerdo con lo indicado en la UNE 36 092.

4.2.6.2. Materiales

Los elementos que componen las mallas electrosoldadas pueden ser barras corrugadas o alambres corrugados. Ambas cumplirán las especificaciones recogidas en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”, así como las condiciones de adherencia especificadas en dicha instrucción.

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE PASARELA PEATONAL

EN LA PLAYA DEL CHARCÓN FRENTE AL CENTRO COMERCIAL COSMÓPOLIS. MIJAS (MÁLAGA)

PLIEGO DE CONDICIONES

La sección equivalente de los alambres y barras corrugadas no será inferior al 95,5% de su sección nominal.

Las características de las mallas electrosoldadas cumplirán con lo indicado en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE- 08)”, así como las especificaciones de la UNE 36 092.

4.2.6.3. Suministro

Cada paquete debe llegar al punto de suministro con una etiqueta de identificación conforme a lo especificado en la norma UNE 36 092 y a la vigente “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

La calidad de las mallas electrosoldadas estará garantizada por el fabricante a través del Contratista de acuerdo con lo indicado en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”. La garantía de calidad de las mallas electrosoldadas será exigible en cualquier cicunstancia al Contratista adjudicatario de las obras.

4.2.6.4. Almacenamiento

Serán de aplicación las prescripciones recogidas en la vigente “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

4.2.6.5. Recepción

Para efectuar la recepción de las mallas electrosoldadas será necesario realizar ensayos de control de calidad de acuerdo con las prescripciones recogidas en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

Serán de aplicación las condiciones de aceptación o rechazo de los aceros indicados en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

El Director de las Obras podrá, siempre que lo considera oportuno, identificar y verificar la calidad y homogeneidad de los materiales que se encuentren acopiados.

4.2.6.6. Medición y abono

La medición y abono de las mallas electrosoldadas para hormigón armado se realizará según lo indicado específicamente en la unidad de obra de la que formen parte.

En acopios, las mallas electrosoldadas se abonarán por kilogramos realmente acopiados, medidos por pesada directa en báscula contrastada.

4.2.67. Especificaciones técnicas y distintivos de calidad

A efectos del reconocimiento de marcas, sellos o distintivos de calidad, se estará a lo dispuesto en la “Instrucción del Hormigón Estructural (EHE-08)”.

4.2.7. Adiciones a emplear en hormigones

4.2.7.1. Definición

Se denominan adiciones aquellos materiales inorgánicos, puzolánicos o con hidraulicidad latente que, finamente divididos pueden ser añadidos al hormigón con el fin de mejorar alguna de sus propiedades o conferirle propiedades especiales.

Sólo podrán utilizarse como adiciones al hormigón, en el momento de su fabricación, el humo de sílice y las cenizas volantes, estando estas últimas prohibidas en el caso del hormigón pretensado.

4.2.7.2. Materiales

4.2.7.2.1. Humo de sílice

El humo de sílice, también denominado microsílice, es un subproducto que se origina en la reducción de cuarzo de elevada