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(40) En la elaboración del estado de Flujos de Efectivo consolidado, deben eliminarse los Flujos de Efectivo que ocurrieron en el periodo entre las Instituciones y Sociedades Mutualistas que forman parte de la entidad económica que consolida. Por ejemplo, los Flujos de Efectivo derivados de operaciones intercompañías, de aportaciones de capital y de dividendos pagados.

(41) En los casos en los que una entidad controladora compra o venda acciones de una subsidiaria a la participación no controladora, los Flujos de Efectivo asociados con dicha operación deben presentarse como actividades de financiamiento, dentro del estado de Flujos de Efectivo consolidado. Lo anterior, debido a que se considera que esta operación es una transacción entre accionistas. NOMBRE DE LA INSTITUCION, SOCIEDAD MUTUALISTA O SOCIEDAD CONTROLADORA

DEL __ DE __________ AL __ DE __________ DE ____

EXPRESADOS EN MONEDA DE PODER ADQUISITIVO DE ________ DE _______ (1) (1) Este renglón se omitirá si el entorno económico es "no inflacionario”. Resultado neto

Ajustes por partidas que no implican flujo de efectivo: $

Utilidad o pérdida por valorización asociada a actividades de inversión y financiamiento "

Estimación para Castigo o difícil cobro "

Pérdidas por deterioro o efecto por reversión del deterioro asociados a actividades de inversión y financiamiento

"

Depreciaciones y amortizaciones "

Ajuste o incremento a las reservas técnicas

Provisiones "

Impuestos a la utilidad causados y diferidos "

Participación en el resultado de subsidiarias no consolidadas y asociadas "

Operaciones discontinuadas " $

Actividades de operación

Cambio en cuentas de margen $

Cambio en inversiones en valores "

Cambio en deudores por reporto "

Cambio en préstamo de valores (activo) "

Cambio en derivados (activo) "

Cambio en primas por cobrar Cambio en deudores

Cambio en reaseguradores y reafianzadores

Cambio en Bienes Adjudicados "

Cambio en otros activos operativos "

Cambios en obligaciones contractuales y gastos asociados a la siniestralidad

Cambio en derivados (pasivo) "

Cambio en otros pasivos operativos "

Cambio en instrumentos de cobertura (de partidas cubiertas relacionadas con actividades de operación) "

Flujos netos de efectivo de actividades de operación "

Actividades de inversión

Cobros por disposición de inmuebles, mobiliario y equipo $

Pagos por adquisición de inmuebles, mobiliario y equipo "

Cobros por disposición de subsidiarias y asociadas "

Pagos por adquisición de subsidiarias y asociadas "

Cobros por disposición de otras inversiones permanentes "

Pagos por adquisición de otras inversiones permanentes "

Cobros de dividendos en efectivo "

Pagos por adquisición de activos intangibles "

Cobros por disposición de activos de larga duración disponibles para la venta "

Cobros por disposición de otros activos de larga duración "

Pagos por adquisición de otros activos de larga duración "

Flujos netos de efectivo de actividades de inversión "

Actividades de financiamiento

Cobros por emisión de acciones $

Pagos por reembolsos de capital social "

Pagos de dividendos en efectivo "

Pagos asociados a la recompra de acciones propias "

Cobros por la emisión de obligaciones subordinadas con características de capital "

Pagos asociados a obligaciones subordinadas con características de capital "

Flujos netos de efectivo de actividades de financiamiento "

Incremento o disminución neta de efectivo $

Efectos por cambios en el valor del efectivo "

Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo "

Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo $

(42) En atención a las Disposiciones 23.1.14. Fracción V y 38.1.8. Fracción III, inciso e), en el caso del Estado de Flujos de Efectivo, se deberán incluir las siguientes leyendas:

“El presente Estado de Flujos de Efectivo Consolidado se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejadas todas las entradas y salidas de efectivo que ocurrieron en la Institución (o en su caso, Sociedad Mutualista o Sociedad Controladora) y sus subsidiarias por el período arriba mencionado, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables.

“El presente Estado de Flujos de Efectivo Consolidado fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.”

e) Estado de Cambios en el Capital Contable y Patrimonio (C-5)

(1) Esta sección tiene por objeto dar a conocer la estructura básica y la metodología para la elaboración del Estado de Cambios en el Capital Contable a que se refiere el Capítulo 24.1 de las presentes Disposiciones.

Antecedentes

(2) La información de carácter financiero debe cumplir, entre otros, con el fin de reportar las modificaciones en la inversión de los propietarios durante un periodo contable definido, requiriéndose el establecimiento, mediante criterios específicos, de los objetivos y estructura general que debe tener el estado de Cambios en el capital contable.

Objetivo y alcance

(3) El presente criterio tiene por objetivo establecer las características generales, así como la estructura que debe tener el estado de Cambios en el capital contable de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, los cuales deberá apegarse a lo previsto en este criterio. Asimismo, se establecen lineamientos mínimos con el propósito de homologar la presentación de este estado financiero entre las entidades antes citadas, y de esta forma, facilitar la comparabilidad del mismo. Objetivo del estado de Cambios en el capital contable

(4) El estado de Cambios en el capital contable tiene por objetivo presentar información sobre los movimientos en la inversión de los propietarios de las Instituciones y Sociedades Mutualistas durante un periodo determinado.

(5) Por consiguiente, dicho estado financiero mostrará el incremento o decremento en el patrimonio de las entidades ya citadas, derivado de dos tipos de movimientos: inherentes a las decisiones de los propietarios y al reconocimiento de la utilidad integral.

(6) El presente criterio no tiene como finalidad establecer la mecánica mediante la cual se determinan los movimientos antes mencionados, ya que son objeto de los criterios de contabilidad para Instituciones y Sociedades Mutualistas o NIF específicos establecidos al respecto.

Conceptos que integran el estado de Cambios en el capital contable

(7) En un contexto general, los conceptos por los cuales se presentan modificaciones al capital contable son los siguientes:

(8) Movimientos inherentes a las decisiones de los propietarios.- Dentro de este tipo de movimientos se encuentran aquéllos directamente relacionados con las decisiones que toman los propietarios respecto a su inversión en la entidad. Algunos ejemplos de este tipo de movimientos son los siguientes:

1) Suscripción de acciones; 2) Capitalización de utilidades; 3) Constitución de reservas;

4) Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios anteriores, y 5) Pago de dividendos.

(9) Movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral.- Se refieren a los incrementos o disminuciones durante un periodo, derivados de transacciones, otros eventos y circunstancias, provenientes de fuentes no vinculadas con las decisiones de los propietarios. El propósito de reportar este tipo de movimientos es el de medir el desempeño de la entidad mostrando las Cambios en el capital contable que se derivan del resultado neto del periodo, así como de aquellas partidas cuyo efecto por disposiciones específicas de algunos criterios de contabilidad para Instituciones y Sociedades Mutualistas o NIF, se reflejan directamente en el capital contable y no

constituyen aportaciones, reducciones o distribuciones de capital, tales como, para las Instituciones y Sociedades Mutualistas:

1) Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta;

2) Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de Flujos de Efectivo; 3) Efecto acumulado por conversión, y

4) Resultado por tenencia de activos no monetarios.

Estructura del estado de Cambios en el capital contable de las Instituciones y Sociedades Mutualistas.

(10) El estado de Cambios en el capital contable incluirá la totalidad de los conceptos que integran el capital contable; la valuación de los mismos se efectuará de conformidad con los criterios de contabilidad para Instituciones y Sociedades Mutualistas correspondientes. Dichos conceptos se enuncian a continuación:

1) Capital o fondo social pagado;

2) Aportaciones para futuros aumentos de capital formalizadas por su órgano de gobierno; 3) Prima en venta de acciones;

4) Obligaciones subordinadas en circulación; 5) Reservas de capital;

6) Resultado de ejercicios anteriores;

7) Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta;

8) Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de Flujos de Efectivo; 9) Efecto acumulado por conversión;

10) Resultado por tenencia de activos no monetarios, y 11) Resultado neto.

Presentación del estado de Cambios en el capital contable

(11) Los conceptos descritos anteriormente, corresponden a los mínimos requeridos para la presentación del estado de Cambios en el capital contable, sin embargo, las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán desglosar, ya sea en el citado estado de Cambios en el capital contable o mediante notas a los estados financieros, el contenido de los conceptos que consideren necesarios para mostrar la situación financiera de la entidad al usuario de la información financiera. En la parte final del presente criterio se muestra un estado de Cambios en el capital contable preparado con los conceptos mínimos a que se refiere el párrafo anterior.

Características de los conceptos que componen la estructura del estado de Cambios en el capital contable

(12) Se deberán incorporar los movimientos a los conceptos descritos en la estructura del estado de Cambios en el capital contable, ya citados, de acuerdo al orden cronológico en el cual se presentaron los eventos:

1) Movimientos inherentes a las decisiones de los propietarios.- Se deberán separar cada uno de los conceptos relativos a este tipo de decisiones, de conformidad con lo establecido en el párrafo de “movimientos inherentes a las decisiones de los propietarios” del presente criterio, describiendo el concepto y la fecha en la cual fueron generados, y

2) Movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral.- Se deberán separar de acuerdo al evento o criterio específico que los origina, de conformidad con los conceptos mencionados en el párrafo de “movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral” del presente criterio.

Consideraciones generales

(13) El estado de Cambios en el capital contable deberá indicar las variaciones de los periodos que se reportan; lo anterior implica partir de los saldos que integran el capital contable del periodo inicial, analizando los movimientos ocurridos a partir de esa fecha.

(14) Asimismo, en caso de existir un entorno inflacionario todos los saldos y los movimientos incorporados en el estado de Cambios en el capital contable deberán mostrarse expresados en unidades monetarias de poder adquisitivo relativo a la fecha de presentación de los estados financieros.

Ju ev es 1 4 d e ju n io d e 2 0 1 8 DIA RIO OF ICIAL (P rime ra S ec ció n )

NOMBRE DE LA INSTITUCION, SOCIEDAD MUTUALISTA O SOCIEDAD CONTROLADORA ESTADO DE CAMBIOS EN EL CAPITAL CONTABLE

DEL 31 DE DICIEMBRE DE ____ AL 31 DE DICIEMBRE DE ____

CIFRAS EXPRESADAS EN MONEDA DE PODER ADQUISITIVO DEL 31 DE DICIEMBRE DE ___ (1) (1) Este renglón se omitirá si el entorno económico es "no inflacionario”.

Capital contribuido Capital Ganado

Inversiones Permanentes Resultado por Tenencia de Activos No Monetarios Superávit o Déficit por Valuación Concepto Capital o Fondo Social pagado Obligaciones Subordinadas de conversión Reservas de capital Resultado de ejercicios anteriores Resultado del ejercicio Participación en Otras Cuentas de Capital Contable Resultado por Tenencia de Activos No Monetarios

De Inversiones Total capital contable

Saldo al 31 de diciembre de _________

MOVIMIENTOS INHERENTES A LAS DECISIONES DE LOS ACCIONISTAS

Suscripción de acciones Capitalización de utilidades Constitución de Reservas Pago de dividendos

Traspaso de resultados de ejercicios anteriores Otros

Total

MOVIMIENTOS INHERENTES AL RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD INTEGRAL

Utilidad integral

Resultado del Ejercicio

Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta Resultado por tenencia de activos no monetarios Otros

Total

(15) En atención a las Disposiciones 23.1.14. Fracción IV y 38.1.8. Fracción III, inciso e), para el Estado de Cambios en el Capital Contable y Patrimonio Consolidado deberá incorporar una columna relativa a “Participación No Controladora” y al calce se deberán incluir las siguientes leyendas:

“El presente Estado de Cambios en el Capital Contable o Patrimonio Consolidado se formuló de conformidad con las disposiciones en materia de contabilidad emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aplicadas de manera consistente, encontrándose reflejados todos los movimientos en las cuentas de capital contable derivados de las operaciones efectuadas por la institución (o en su caso, Sociedad Mutualista o Sociedad Controladora) y sus subsidiarias por el período arriba mencionado, las cuales se realizaron y valuaron con apego a las sanas prácticas institucionales y a las disposiciones legales y administrativas aplicables. “El presente Estado de Cambios en el Capital Contable o Patrimonio Consolidado fue aprobado por el Consejo de Administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.” (16) Los estados financieros, así como las Notas de Revelación deberán estar suscritos cuando menos por el director general y el contador general, o sus equivalentes, así como por el responsable de llevar a cabo las funciones de auditoría interna.

(17) Para los efectos a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 105 de la LISF, se considerará concluida la revisión de los estados financieros, si dentro de los 180 días naturales siguientes a su publicación en términos de la Disposición 14.2.3, la Comisión no comunica a la Institución o Sociedad Mutualista observaciones al respecto.

(18) De acuerdo con lo establecido en las presentes Disposiciones, las Instituciones y Sociedades Mutualistas podrán hacerse acreedoras a una o más de las sanciones establecidas en la LISF por las siguientes causas:

1) Por la falta de presentación de la información solicitada en términos del presente Capítulo, o por la presentación extemporánea de dicha información, y

2) Por la presentación incorrecta, incompleta o inadecuada de la información a que se refiere el presente Capítulo, no obstante se haya presentado en tiempo y forma.

f) Estados Financieros de Sociedades Controladoras de Grupos Financieros (C-6)

(1) Para la elaboración de los Estados Financieros Consolidados de Sociedades Controladoras de Grupos Financieros a que se refiere el Capítulo 25.1 de las presentes Disposiciones, dichas sociedades deberán apegarse en la estructura de los mismos a lo establecido en los criterios C-1 Catálogo mínimo, C-2 Balance general, C-3 Estado de resultados, C-4 Estado de flujo de efectivo y C-5 Estado de cambios en el capital contable, del presente Anexo, y en atención a la Disposición 25.1.2 deberán anotar al calce de los estados financieros básicos consolidados las leyendas que en dicha Disposición se mencionan.