• No results found

Transponder Current Status

3.3 Setup Menu

3.3.10 Transponder Current Status

Ref.: Expte. Nro. 2193-A-2009.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 2

VISTO la presentación efectuada en autos por ALONSO Martha ( Usufructuaria ) solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con- servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a ALONSO Martha ( Usufructuaria ) con domicilio en Malabia Nro. 20, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 695.084.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 2193-A-2009.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 8314-A-2006 y ag..-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 3

VISTO la presentación efectuada en autos por Juan Carlos ANTOGNOLI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi- gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe impo-

sibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del benefi- cio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2008, 2009 y 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2008, 2009 y 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae bene- ficio alguno, a Juan Carlos ANTOGNOLI con domicilio en Olazabal Nro. 1117, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 620.450.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 8314-A-2006 y ag..--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 7918-G-2008.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 4

VISTO la presentación efectuada en autos por Antonio GAVAZZI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re- construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe impo-

sibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del benefi- cio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Antonio GAVAZZI con domicilio en Barrio San Isidro - Esc. Nro. 75 - 2do.- Piso - Dpto. "C", de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 612.913.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 7918-G-2008.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 2282-C-2009.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 5

VISTO la presentación efectuada en autos por Felipe CONTRERAS solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re- construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe impo-

sibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del benefi- cio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Felipe CONTRERAS con domicilio en Barrio San Isidro - Esc. Nro. 27 - P.B. "D", de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 612.592.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 2282-C-2009.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 6879-M-2003.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 6

VISTO la presentación efectuada en autos por Máxima LESCANO Vda. de MAIDANA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe impo-

sibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del benefi- cio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Máxima LESCANO Vda. de MAIDANA con domicilio en Bartolome Márquez Nro. 856, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 610.072.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 6879-M-2003.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 4895-G-2006.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 7

VISTO la presentación efectuada en autos por Rafael Maria GUEVARA PADILLA ( hijo de la titular fallecida ) solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe impo-

sibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del benefi- cio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Rafael Maria GUEVARA PADILLA ( hijo de la titular fallecida ) con domicilio en Primera Junta Nro. 371, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 120.215.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 4895-G-2006.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 1076-G-2010.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 8

VISTO la presentación efectuada en autos por Guillermo Ignacio GILBERTI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- ción y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe impo-

sibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del benefi- cio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Guillermo Ignacio GILBERTI con domicilio en Bariloche Nro. 1924, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 760.529.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 1076-G-2010.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 3225-F-1988.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 8 9

VISTO la presentación efectuada en autos por Hilda Esther MAYOLINO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi- gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2007 - 2B- 5B - 6A - 6B;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2007 - 2B- 5B - 6A - 6B, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Hilda Esther MAYOLINO con domicilio en Carlos Gardel Nro. 1970, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 641.263.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 3225-F-1988.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 3113-C-2010.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 9 0

VISTO la presentación efectuada en autos por Marta Mabel CLERICI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigen- tes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Marta Mabel CLERICI con domicilio en Carlos Pellegrini Nro. 2131 - P.B. "C", de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 383.615.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 3113-C-2010.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 1548-E-2008.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 9 1

VISTO la presentación efectuada en autos por Gregoria ESPINOSA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re- construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Gregoria ESPINOSA con domicilio en Gral. Piran Nro. 786, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 373.494.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 1548-E-2008.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 7977-G-2010.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 9 2

VISTO la presentación efectuada en autos por Alberto Agustín GOMEZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi- gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alberto Agustín GOMEZ con domicilio en Dean Funes Nro. 26 - P.H. (fondo), de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 552.954.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 7977-G-2010.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

DECRETO NUMERO:

2 3 9 3

A N U L A D O

Ref.: Expte. Nro. 5552-S-2010.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 9 4

VISTO la presentación efectuada en autos por Olga Beatriz SOTO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re- construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Olga Beatriz SOTO con domicilio en Carlos Gardel Nro. 1580, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 640.146.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 5552-S-2010.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 8272-A-2006.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 9 5

VISTO la presentación efectuada en autos por Lujan Ramón PESCE solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Re- construcción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100 %, año/s 2008 - 2009 y 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100 %, año/s 2008 - 2009 y 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae bene- ficio alguno, a Lujan Ramón PESCE con domicilio en Maestra Juana Rueda Nro. 1806, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. 650.983.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 8272-A-2006.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 6565-A-2009.-

SANISIDRO, 06 de Octubre de 2010.-

DECRETO NUMERO:

2 3 9 6

VISTO la presentación efectuada en autos por Angela Carmén ALVAREZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- ción y Reconstrucción de la Vía Pública; y

Considerando:

QUE habiéndose comprobado que existe imposi-

bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado;

QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25 %, año/s 2010;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25 %, año/s 2010, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Angela Carmén ALVAREZ con domicilio en Edison Nro. 1745, de la Ciudad Martínez, ju- risdicción de este Partido, Cta. Cte. 420.175.-

ARTICULO 2º.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas Inmobiliarias.-

Ref.: Expte. Nro. 6565-A-2009.--

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 1544-R-1995.-

Related documents