14.1 Chasis: El diseño, tipo y materiales del chasis es libre. Por lo tanto se admiten chasis de:
· Estructura tubular de acero · Estructura monocasco de acero · Estructura monocasco de aluminio
· Estructura monocasco de fibra de carbono. · Estructuras mixtas
La jaula de seguridad debe ser parte estructural del chasis. No se admiten autos de tracción integral.
14.2 Motor: Están permitidos los siguientes motores:
· Motores de pistón de aspiración natural de hasta 5000 CC. · Motores rotativos atmosféricos MAZDA 12 A y 13B.
· Motores de pistón y rotativos con turbo y/o turbo cargados cuya cilindrada nominal deberá multiplicarse por un factor de 1,7 con el valor resultante deberá establecer el peso mínimo según la tabla 4. 14.3 Peso y Restrictor: Los vehículos de esta categoría deberán cumplir con el peso mínimo y diámetro máximo de restrictor de admisión de la tabla 4: TABLA 4
PESOS CATEGORÍA P
MOTOR TIPO CILINDRADA PESO MÍNIMO DIÁMETRO
MÁXIMO DEL RESTRICTOR DE ADMISIÓN cm3 kg mm ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE MOTO HASTA 1000 500 33 ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE MOTO 1001 HASTA 1400 650 37,6 ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE MOTO 1401 HASTA 1650 680 38,5 ATMOSFÉRICO , DERIVADO HASTA 1600 580 35,5
57 DE AUTO DE SERIE ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE AUTO DE SERIE 1601 HASTA 1800 640 37,3 ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE AUTO DE SERIE 1801 HASTA 2050 660 37,9 ROTATIVO 12 A, CUALQUIER PREPARACIÓN NA 540 39,0 ROTATIVO 13B, BRIDGE PORT NA 580 40,5 ROTATIVO 13B, PERIFERICO NA 680 43,9 ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE MOTO 1650 HASTA 3200 770 40,9 ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE MOTO 1650 HASTA 3200 960 45,7 ATMOSFÉRICO , DERIVADO DE AUTO DE SERIE 2051 HASTA 5000 830 42,5
La relación peso/potencia establecida referencialmente para esta categoría es:
· Motores atmosféricos con la potencia medida bajo condiciones ISO, es de 3,14 kg/HP.
· Motores turbo, con la potencia real medida en Quito, es de 4,67 kg/HP
· Motores turbo, con la potencia real medida en Yahuarcocha, es de 4,17 kg/HP
Para más detalles ver los puntos 15.3 al 15.8. 14.4 Aros: Libre.
14.4.1Para aquellos vehículos de la categoría P, que utilicen RIN 13” está permitido disminuir su peso mínimo en 3%.
14.5 Llantas: Las llantas permitidas son marca CONTINENTAL o Hossier de las siguientes especificaciones:
58 § 22 x 9.0 - 13 R35A § 20 x 7.5 – 13 R45B § 22.5 x 10 – 13 R45B § 23 x 9.5 – 15 R25B § 23.5 x 13 – 15 R25B § 200 x 580 x R15 R35A § 265 x 605 x R16 R35A § 200 x 580 x R15 R45B § 265 x 605 x R16 R45B
15. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: Para todas las categorías: Se establecen disposiciones complementarias relativas a:
15.1 Tipo de vehículo: Cualquier vehículo que no esté contemplado en las características establecidas en este reglamento, y solicite ser incluido en alguna de las categorías, deberá realizar la solicitud a la FEDAK, con la suficiente anticipación al evento, anexando toda la información técnica necesaria para evaluarlo y será la FEDAK quien establecerá las restricciones de ser el caso.
15.2 Cajas secuenciales: Para todas las categorías, aquellos vehículos que incorporen cajas o mecanismos secuenciales aplicará penalidad de la siguiente forma:
1) Mando manual NO penaliza y conserva el peso mínimo o a la relación peso/potencia.
2) Mando a través de palancas al volante (padle shift) penaliza 3% adicional al peso mínimo.
15.3 Relación Peso/Potencia: En este reglamento se ha establecido para cada categoría un valor referencial de la relación peso/potencia. Este valor referencial, es considerado como mínimo y se lo utiliza para que los comisarios técnicos de la FEDAK, en este mismo reglamento y en posteriores adendums para todos los participantes o para algún participante en particular, puedan definir el peso mínimo y el diámetro máximo del restrictor de admisión. Por lo tanto, para el control de pista, los comisarios de pista deberán verificar el peso y el diámetro del restrictor.
15.4 Modificaciones al peso mínimo y al diámetro de los restrictores: Aquellos participantes del campeonato, a lo largo del año y previo a las competencias, no les sea posible establecer el peso mínimo del auto en los siguientes casos:
a) Le falta peso y no es posible agregar peso al vehículo porque afecta estructuralmente al vehículo o es riesgoso para el participante,
b) Tiene demasiado peso y no es posible alivianar el vehículo para llegar al peso mínimo.
Por lo tanto en cualquiera de los dos casos indicados, si el participante requiere sea establecido una nuevo peso mínimo acorde
59 con sus reales posibilidades, entonces deberá solicitar a la FEDAK con la debida anticipación la autorización respectiva, indicando las especificaciones generales del auto donde conste además, la categoría en la que quiere participar y el peso mínimo que desee sea considerado en su vehículo. Entonces la FEDAK le establecerá el nuevo “diámetro máximo del restrictor de admisión” que aplica a este vehículo en particular.
Adicionalmente, si los comisarios técnicos de la FEDAK creen pertinente realizar la verificación de la relación peso/potencia, lo podrán realizar conforme los procedimientos técnicos establecidos en el ANEXO A.
Para cualquier participante, una vez establecido el peso mínimo, sea a través de las tablas 1,2,3 o 4, o de la reconsideración indicadas en los párrafos precedentes, el participante deberá cumplir con el peso mínimo y el diámetro máximo del restrictor establecidos.
15.5 Incumplimiento al peso mínimo: Si en el momento de la medición del peso después de la prueba o competencia no llega al peso mínimo, entonces implica la descalificación automática de la misma (manga) y la pérdida de los puntos obtenidos. En competencias de una sola manga pierde los puntos de toda la competencia.
Es aceptable una tolerancia de –1 kg al peso mínimo establecido en este reglamento.
15.6 Restrictores: Las tablas 1, 2, 3 y 4, han sido desarrolladas para que preferentemente se instale un solo restrictor antes del ingreso a la(s) mariposa(s) de los sistemas de admisión, para facilitar la medición por parte de los comisarios de pista. La utilización de varios restrictores será permitida bajo solicitud expresa con la debida anticipación, dirigida a la FEDAK. En esta solicitud deberá constar las razones técnicas con los argumentos y fotos de ser necesario, por lo cual no se puede adaptar un solo restrictor, e indicando además, la propuesta de instalación de múltiples restrictores. Entonces la FEDAK evaluará el caso y de ser pertinente, notificará al participante el diámetro máximo de cada restrictor.
15.7 Incumplimiento en el diámetro del restrictor: La única sección geométricamente aceptable para los restrictores será la circular, y cada participante deberá cumplir con la medición de los diámetros máximos establecidos en las respectivas tablas de este reglamento o adendums posteriores. Está prohibido utilizar secciones geométricas de restrictores ovaladas, cuadradas, rectangulares, estrella, octogonales, irregulares no definidas o cualquier otra que no sea la estrictamente circular.
Para verificar el cumplimiento del restrictor, los comisarios técnicos deberán medir diámetro interno del restrictor, para lo cual podrán
60 utilizar útiles precalibrados tipo pasa/no pasa. También se podrán utilizar calibradores con una precisión mínima de +/- 0,05 mm.
En la medición del restrictor es aceptable una tolerancia de + 0,1 mm. En el evento de que el participante incumpla con el diámetro máximo o incumpla con la forma circular de la sección, entonces implica la descalificación automática de la misma (manga) y la pérdida de los puntos obtenidos. En competencias de una sola manga pierde los puntos de toda la competencia.
15.8 Hermeticidad del ducto de admisión: El “restrictor de admisión” que estará instalado previo a las mariposas o guillotinas del sistema de admisión del motor, deberá conectarse hacia la cámara común de ingreso a las toberas de admisión a través de un ducto hermético el cual no debe permitir el ingreso extra de aire de aquel que ingresa por el restrictor. Por lo tanto, para comprobar la hermeticidad del ducto, el comisario técnico encargado, además, de la inspección visual, solicitará al piloto encender el motor y dejarlo en ralentí, luego de lo cual el comisario deberá tapar el ducto de admisión con la mano o algún otro elemento, impidiendo que ingrese aire al motor a través del restrictor, logrando que el motor se apague bajo situación normal. Para aquellos casos, en que el motor no se apague, se considerará como incumplimiento del reglamento, por lo tanto serán los comisarios técnicos quienes deberán evaluar la magnitud del incumplimiento, en cuyo caso la sanción mínima será una penalidad de 30 segundos y pudiendo llegar hasta la descalificación de la manga o competencia según corresponda la gravedad del incumplimiento.
16 DISPOSICION TRANSITORIA. 16.1Aros y llantas:
16.1.1 En las dos primeras válidas del campeonato FEDAK 2015, los participantes de las categorías TN, TE y P podrán optar por aros y llantas de otras marcas y modelos diferentes a las establecidas en este reglamento. A partir de la 4ta válida se aplicarán las disposiciones establecidas en este reglamento en cuanto se refiere a restricciones de AROS y LLANTAS.
16.1.2 Para la categoría de prototipos P, podrán utilizar otras marcas y modelos de llantas cuando el proveedor oficial de llantas, que es Continental, no disponga en su stock, en cuyo caso si las llantas que utilice el participante son de mejor rendimiento que las homologadas, entonces los comisarios técnicos de la FEDAK podrán establecer un lastre extra que podrá ser de máximo 5% del peso mínimo establecido para ese vehículo.
61 17.1 Si durante el desarrollo de los eventos a lo largo del año 2015, los comisarios técnicos de la FEDAK a su juicio, observan falta de competitividad en ciertos vehículos, entonces podrán modificar los pesos mínimos y/o relaciones peso/potencia y/o diámetros de restrictores de admisión, que puede aplicar a un participante en particular, varios participantes o para toda la categoría. Las correcciones podrán ser hacia arriba o abajo de los valores referenciales del peso, peso/potencia y diámetro del restrictor de admisión establecidos en este reglamento.
17.2 Durante el desarrollo de los eventos, los comisarios técnicos de la FEDAK, podrán utilizar herramientas y/o procedimientos alternativos para evaluar el rendimiento de los vehículos relativos a peso/potencia, como por ejemplo GPS, acelerómetros, tiempos parciales y/o pruebas excepcionales con otros pilotos, todo lo cual servirá para establecer criterios de modificación de pesos mínimos, cuyo objetivo coincida con el objetivo principal de este reglamento que es igualar la aceleración de los vehículos en las rectas del circuito.
17.3 Para los participantes de los eventos, aun cuando cumplan con este reglamento, y crean que ellos u otros participantes tienen desventajas o ventajas sobre los otros competidores, relativos a la aceleración de los vehículos en las rectas del circuito, entonces podrán solicitar a los comisarios de la FEDAK, la revisión de los pesos y restrictores, de los suyos propios o de los otros participantes.
18 REQUISITOS MINIMOS DE SEGURIDAD: Para todas las categorías. 18.1 Extinguidor: Mínimo de dos kilogramos de peso con la instalación de repartidores de cañería hacia el motor y hacia el piloto en el habitáculo debiendo activarse por el piloto sentado en el asiento con los cinturones de seguridad puestos y ajustados. Deberá estar señalado en el vehículo el lugar donde está el botón de accionamiento con una letra E de color rojo sobre un círculo blanco y una flecha que indique su ubicación.
18.2 Protector de cuello: El uso de un dispositivo de protección cervical es fundamental en caso de accidentes. Para lo cual será obligatorio la utilización por parte de los pilotos participantes EN TODAS LAS CATEGORIAS, de un dispositivo de seguridad protector del cuello. Este dispositivo deberá ser al menos una CUELLERA DE ESPONJA. Sin embargo la organización recomienda la utilización del HANS DEVICE o el LEAD BRACE o NECK BRACE o similares debidamente homologados CON NORMA FIA, SFI, SNELL, que aplique a vehículos de estas categorías. 18.3 Cinturones de seguridad: Deben ser mínimo de 4 puntos de anclaje tipo arnés y Homologados. Norma FIA, SFI o SNELL y deberá estar vigente la fecha de utilización.
62 18.5 Casco: Homologado. NORMA FIA, SFI o SNELL, no se acepta la norma DOT porque no es norma para competición.
18.6 Espejos Retrovisores: Mínimo 3 en los vehículos de categorías TP, TN y TE y 2 en los vehículos de categoría P.
18.7 Gancho de remolque: Todos los vehículos deben tener un gancho de remolque AMARILLO en la parte delantera. Para los prototipos el gancho o el punto de anclaje podrá estar en el roll bar donde se puede templar un cable para remolque, este parte del roll bar deberá identificado de color AMARILLO.
18.8 Asiento: En los vehículos de las categorías TP, TN y TE, el asiento del CONDUCTOR debe ser de una sola pieza homologado sin tomar en cuenta su fecha de caducidad y con respaldo para la nuca. Debe tener mínimo 4 anclajes al piso del vehículo, debidamente fijados con pernos de mínimo diámetro de 8 mm.. Los asientos no homologados, cualquiera que sea su procedencia, no están permitidos.
18.9 Malla: En todos los vehículos de las categorías TP, TN y TE, es obligatorio el uso de la MALLA o RED de seguridad en la puerta del conductor, que impida que el o los brazos del Piloto se salgan por la ventana en caso de accidente o volcamiento. Esta malla tiene que ser de material textil rígido únicamente y no puede ser metálica. El Ancho de las tiras que conforman la red debe ser de ancho mínimo 20 mm y 2 mm de espesor. Las aberturas libres de los cuadros deben ser de 25 mm x 25 mm como mínimo y de 60 mm x 60 mm como máximo.
18.10 Otros: Todos los dispositivos como Bombas de Combustible, Batería, depósitos de Líquidos, deberán estar perfectamente aislados del piloto y en caso de ubicarse dentro del habitáculo del piloto deberán tener tapas o cajas metálicas únicamente.
18.11 Jaula de seguridad (roll bar), son obligatorias para todos los vehículos que quieran ser admitidos en los eventos de este campeonato, cuyo propósito es proteger al piloto. Deberán ser construidas de acuerdo a lo siguientes disposiciones mínimas de seguridad:
18.11.1) Material: Debe ser como mínimo de acero estructural de 2 mm de espesor. El arco central deberá ser de diámetro mínimo 1-7/8” pulg.
18.11.2) Instalación: La jaula de seguridad deberá tener como mínimo 6 anclajes de fijación al piso con placas de espesor mínimo de 3 mm de espesor y con mínimo 3 pernos de fijación al piso por cada placa. Todos los pernos de la jaula deberán ser de acero grado 8 como mínimo y todas las tuercas de sujeción deberán ser tuercas de seguridad.
En las puertas delanteras debe tener el tubo lateral de protección para las piernas y cadera en ambos lados del vehículo, con la finalidad de garantizar la resistencia estructural al impacto lateral y proteger al piloto.
63 En el arco central de la jaula deberá tener un orificio de 4 mm de diámetro en uno de los costados del mismo, con la finalidad de permitir verificar el espesor del material.
18.12 Capot: deberán incorporar seguros del capot y puerta posterior de pasadores metálicos. Se prohíben las correas y los pulpos elásticos.
18.13 Tanque de Combustible: Debe ir de preferencia en la posición original y en caso de estar en el habitáculo debe estar perfectamente asegurado con soportes o abrazaderas metálicas y separadas del habitáculo del piloto por una placa de metal que lo cubra íntegramente. La tapa del tanque DE COMBUSTIBLE OBLIGATORIAMENTE debe estar en el exterior del vehículo y los desfogues del mismo deben salir al exterior del habitáculo.
Capacidad máxima de combustible para todas las categorías. · TP hasta 15 galones.
· TN hasta 20 galones. · TE Hasta 25 galones. · P hasta 25 galones.
18.14 Recuperador de aceite: Se debe instalar un recuperador de aceite que recupere gases y condensados de aceite desde los desfogues de las tapas de válvulas, cárter y recipiente del cárter seco en caso de tenerlo, con una capacidad mínima de 1 litro.
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ANEXO 4. Fotografías de construcción del múltiple de escape
79 ANEXO 5. Fotografías de adaptación de pedales y palanca de cambios
80 ANEXO 6. Fotografías del Motor implementado junto con sistemas auxiliares