122
Ref.: Expte. Nro. 2964-D-2017
SAN ISIDRO, 8 de Junio de 2017
DECRETO NÚMERO
: 1427
VISTO el Pedido de Suministro Nro. 99- 49/2016; y
Considerando:
QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1381/2017
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 188/2017, para la “PROVISIÓN ************* DE ROPA DE TRABAJO PARA INSPECTORES DE TRANSITO”.-
ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 16 de junio de 2017, a las ************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.03.000-2, Categoría Programática 18.01, Objeto del Gasto 2.2.2, del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
LF
A/C DEPARTAMENTO EJECUTIVO Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk
123
Ref.: Expte. Nro. 5809-D-2017.-
SAN ISIDRO, 8 de Junio de 2017 DECRETO NÚMERO
:1 4 2 8
VISTO el pedido de Suministros Nro. 307- 574/2017; y
Considerando:
QUE como consecuencia de aquel se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 179/2017, autorizado mediante Decreto Nro.1269/2017.-
QUE se efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 125 aconsejando la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1381/2017
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase a las firmas que a continuación se detallan, los ítems que ************* rigieron la Licitación Privada Nro. 179/2017, referente a la “ADQUISICION DE EQUIPOS DE COMUNICACIONES, ANTENAS Y ACCESORIOS Y MANO DE OBRA PARA LA INSTALACION EN MOVILES DE PREVENCION CIUDADANA”:
FERRAZZUOLO RODOLFO ANGEL SISTEMAS DE SEGURIDAD ASTECO, con domicilio en Timoteo Gordillo nº 15, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los renglones: 1-2, por un monto total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE ($ 1.000.120).-
SEMENZATO MARCOS DANIEL SMD ELECTRONICA, con domicilio en José María Moreno nº 1848, de la localidad de Villa Adelina, Jurisdicción de este Partido, el renglón: 3, por un monto total de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 117.400).-
124
Ref.: Expte. Nro. 5809-D-2017
//…
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.03.000-2, Categoría Programática 19.01, Objeto del Gasto 5.1.4.33.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
L.F
A/C DEPARTAMENTO EJECUTIVO Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk
125
Ref.: Expte. Nro. 5810-D-2017.-
SAN ISIDRO, 8 Junio de 2017 DECRETO NÚMERO
:1 4 2 9
VISTO el pedido de Suministros Nro. 307- 575/2017; y
Considerando:
QUE como consecuencia de aquel se efectuó el
pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 180/2017, autorizado mediante Decreto Nro.1268/2017
QUE se efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 127 aconsejando la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nº 1381/2017
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase a las firmas que a continuación se detallan, los ítems que ************* rigieron la Licitación Privada Nro. 180/2017, referente a la “PROVISION DE DOMOS PROFESIONALES HI - SPEED SISTEMA IP”:
AGUFEC S.R.L., con domicilio en José Ingenieros nº 334 de la ciudad de Beccar el renglón: 1, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 644.580).-
FERRAZZUOLO RODOLFO ANGEL SISTEMAS DE SEGURIDAD ASTECO, con domicilio en Timoteo Gordillo nº 15, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el renglón: 2, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS ($ 339.700).-
RIVEIRO ANGELICA ESTER HIVISION ELECTRONICA, con domicilio en Tandil nº 4557, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el renglón: 3, por un monto total de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 176.860).-
126
Ref.: Expte. Nro. 5810-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.03.000-2, Categoría Programática 19.01, Objeto del Gasto 5.1.4.33.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
L.F
A/C DEPARTAMENTO EJECUTIVO Dr. Carlos Castellano Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk
127
Ref.: Expte. N° 6920-S-2017.-
SAN ISIDRO, 8 de junio de 2017
DECRETO NÚMERO:
1 4 3 0
VISTO, los Protocolos obrantes a fojas 1/5, firmados en relación al Convenio Marco de Intercambio y Cooperación Académica y Extensión Cultural de la Universidad Católica de Santiago del Estero; y
Considerando:
QUE corresponde registrar los mismos, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL CONCEJAL DESIGNADO A CARGO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL POR DECRETO Nro. 1381/2017,
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- REGISTRESE el Protocolo (Beneficio Arancelario), celebrado entre la ************* Municipalidad de San Isidro y el Departamento Académico Buenos Aires de la Universidad Católica de Santiago del Estero, (UCSE), mediante cual la mencionada universidad otorgará un beneficio arancelario a los empleados municipales y sus familiares directos para el cursado del primer y segundo año de las carreras de grado y posgrado que formen parte de la propuesta académica, y, cuyo texto que pasa a formar parte del presente decreto.-
ARTÍCULO 2º.- REGISTRESE el Protocolo celebrado entre la Municipalidad de San ************* Isidro y el Departamento Académico Buenos Aires de la Universidad Católica de Santiago del Estero, (UCSE), por medio del cual organizarán actividades de capacitación, cursos, seminarios, talleres, para personal de éste municipio en pos del convenio celebrado con la citada institución, y cuyo texto forma parte integrante del presente.-
128
Ref.: Expte. N° 6920-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
ec
A/C DEPARTAMENTO EJECUTIVO Dr. Carlos Castellano Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
129
PROTOCOLO Beneficios Arancelarios
Entre la Municipalidad de San Isidro, en adelante, LA MUNICIPALIDAD representado en este acto por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, y el Departamento Académico Buenos Aires de la Universidad Católica de Santiago del Estero (UCSE) representada por su Rector, Ing. Luis Eugenio Lucena, en adelante UCSE-DABA, acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO en el marco del Convenio Marco de Intercambio y Cooperación Académica y de Extensión Cultural suscripto el 17 de Septiembre de 2013, con arreglo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La UCSE-DABA otorgará un beneficio arancelario del 15% (quince por ciento) a los empleados de LA MUNICIPALIDAD y sus familiares directos para el cursado del primer año, y del 10% (diez por ciento) para el cursado del 2° año en adelante, de las carreras de grado y posgrado que formen parte de la oferta académica de la UCSE-DABA.---
Los cursantes deberán entregar en tiempo y forma la documentación que acredite su vinculación laboral con LA MUNICIPALIDAD o la relación de parentesco con un empleado de la misma. Esta última certificará a la UCSE-DABA la naturaleza de la relación laboral existente o el vínculo de parentesco entre la persona que solicite el beneficio arancelario a la Universidad y la MUNICIPALIDAD. La Matrícula Anual quedará exceptuada del beneficio arancelario. Ante la falta de algunos de los requisitos antes mencionados, la UCSE-DABA negará automáticamente el beneficio acordado hasta que se cumplan los extremos solicitados.---
SEGUNDA: Los beneficiarios de las rebajas arancelarias perderán el beneficio automáticamente ante el incumplimiento en el pago de la cuota mensual.---
TERCERA: El porcentaje de beneficio arancelario acordado entre UCSE-DABA y LA MUNICIPALIDAD y las condiciones del mismo tendrán efecto durante el tiempo que perdure el presente Protocolo. En caso de rescindirse por cualquier motivo el presente convenio, UCSE-DABA deberá respetar los beneficios otorgados hasta completar el año académico en curso.---
130
CUARTA: Este Protocolo podrá ser rescindido sin causa por las partes, notificando por escrito previamente a la otra con una anticipación no menor de sesenta (60) días.---
QUINTA: a los efectos del presente protocolo, la UCSE-DABA fija domicilio en calle Rivadavia 578, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, mientras que LA MUNICIPALIDAD fija domicilio en 9 de Julio 526, San Isidro, Provincia de Buenos Aires.---
Se firman tres ejemplares de un solo tenor y contenido y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro a los 27 días del mes de Abril de 2017.---
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Rector Universidad Católica de Santiago del Estero (UCSE), Ing. Luis Eugenio Lucena
131
PROTOCOLO
Entre la Municipalidad de San Isidro, en adelante, LA MUNICIPALIDAD representado en este acto por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, y el Departamento Académico Buenos Aires de la Universidad Católica de Santiago del Estero (UCSE) representada por su Rector, Ing. Luis Eugenio Lucena, en adelante UCSE-DABA, acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO en el marco del Convenio Marco de Intercambio y Cooperación Académica y de Extensión Cultural suscripto el 17 de Septiembre de 2013, con arreglo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La UCSE-DABA y LA MUNICIPALIDAD organizarán actividades de capacitación (cursos, seminarios, talleres) para personal de LA MUNICIPALIDAD en las temáticas que sean de su interés.--- SEGUNDO: Las partes firmantes, dentro de las finalidades previstas en este protocolo, ponen a disposición de la otra, sus instalaciones y equipamientos para la realización de eventos académicos, técnicos y culturales, cuyas condiciones de uso se acordará entre las partes en cada caso especial.--- TERCERO: En lo que respecta a la implementación y efectiva realización de las actividades de capacitación, LA MUNICIPALIDAD elevará una propuesta de temas y áreas en lo que se requieran dichas capacitaciones. La UCSE-DABA remitirá en un plazo razonable a LA MUNICIPALIDAD un listado de cursos, talleres y seminarios diseñados de acuerdo a las necesidades exclusivas de LA MUNICIPALIDAD para su realización. La UCSE-DABA se hará cargo del costo de diseño, contenido y selección de docentes del curso, taller o seminario en cuestión, mientras que LA MUNICIPALIDAD se hará cargo de los honorarios docentes de quienes efectivamente dicten las actividades de capacitación. El valor de la hora de capacitación docente se fijará en cada caso particular.--- CUARTO: Este Protocolo podrá ser rescindido sin causa por las partes, notificando previamente a la otra con una anticipación no menor de sesenta (60) días.--- SEXTO: a los efectos del presente protocolo, la UCSE-DABA fija domicilio en calle Rivadavia 578, San Isidro, Pcia. de Buenos Aires, mientras que LA MUNICIPALIDAD fija domicilio en calle 9 de Julio 596, San Isidro, Pcia. de Buenos Aires.---
Se firman dos ejemplares de un mismo tenor y contenido y a un solo efecto en los lugares y fechas que a continuación se indican.
132