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Altering Entity Liability and Structure

El vínculo entre los Principios Éticos y los Valores de la empresa SOLIGUER marcará las pautas de conducta de sus profesionales, definiendo las bases del comportamiento ético común de socios y empleados en su práctica laboral en aras a la consecución de los objetivos generales de productividad.

Por ello, bajo la referencia de dichos principios y Valores recogidos en el presente Código, los empleados de SOLIGUER nos comprometemos a desempeñar nuestro trabajo en virtud de las siguientes pautas de comportamiento:

Diligencia con cliente

Los clientes son la razón de ser de nuestra empresa, el motivo por el que existimos y seguimos creciendo. Es por ello por lo que nuestro comportamiento debe ir dirigido a prestarles el servicio que de nosotros esperan y requieren.

Es nuestra aspiración que dicho servicio sea de máxima calidad, proporcionando un nivel de atención excelente. Esa calidad y excelencia deben confluir siempre en un marco de mejora continua e innovación.

En definitiva, nos comprometemos a conseguir la plena confianza y satisfacción de nuestros clientes, poniendo a su disposición todas las herramientas de las que disponemos para proporcionar un servicio acorde a nuestros valores y principios.

Gestión eficiente de recursos

La eficiente utilización de los recursos que la empresa pone a nuestra disposición nos beneficia a todos. Por eso nos comprometemos a hacer un uso de los mismos responsable y racional, a fin de que la optimización de los mismos genere ratios de productividad positivos.

INGENIERÍA Y MONTAJESSOLIGUER S.L - C/ LAS MELIAS Nº 7, 41016 SEVILLA - CIF: B – 90060658 TLF: 0034 954 06 86 66 [email protected] - www.soliguer.com

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Todos prestamos la dedicación que exija el desempeño de nuestras funciones y procuramos para ello rentabilizar rigurosamente el tiempo del que disponemos. No participamos en actividades personales durante el horario laboral que interfieran o le impidan cumplir con las responsabilidades laborales.

Hacemos un uso responsable y productivo de los sistemas de comunicación que la empresa pone a nuestra disposición, como son los teléfonos, dispositivos móviles, correo electrónico y acceso a internet. También de los recursos para el transporte, como vehículos de empresa y combustible. Además, el uso de los mismos está exclusivamente destinado a fines laborales, quedando expresamente prohibida su utilización para uso personal. No obstante, autorizamos expresamente a SOLIGUER a controlar el uso de estos.

Cuidamos y protegemos las instalaciones y los equipos tecnológicos de la empresa, incluyendo los datos que contienen y el software con el que operan, manteniendo las medidas de seguridad necesarias. En materia de seguridad en el trabajo y salud profesional, cumpliremos con las medidas preventivas, utilizando los medios de protección individuales y colectivos que la empresa tiene a disposición. En el caso de disponer de un equipo a su cargo, los responsables se asegurarán de que los miembros de dicho equipo realicen su actividad en condiciones de seguridad.

Trabajo en equipo

Los trabajadores de SOLIGUER sabemos que debemos trabajar juntos para la consecución de objetivos comunes, por lo que fomentamos el trabajo en equipo y reconocemos la aportación de otros en la obtención de resultados comunes.

Nuestro compromiso con la empresa predomina ante cualquier actuación individual, por lo que siempre debe primar el interés general.

Actuamos con espíritu de cooperación poniendo a disposición de las demás áreas y departamentos de la entidad los conocimientos y recursos que faciliten la consecución de los objetivos de la empresa.

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Velar por la imagen de la empresa

Consideramos la imagen y la reputación de la compañía como uno de sus activos más valiosos para mantener la confianza de sus clientes.

Vigilamos el respeto y uso correcto de la imagen y reputación corporativa, por parte de todas las personas en el entorno de la empresa.

La imagen de marca se plasma visualmente con nuestro logo de compañía, del cual existen unas normas de utilización que protegen su uso y que debemos respetar, comprometiéndonos a no usar el logo o material timbrado o corporativo de la empresa para actividades que no estén relacionadas con el ámbito laboral.

Todos somos parte de la imagen corporativa y por tanto asumimos una conducta ética y responsable que permite preservar la imagen y la reputación de SOLIGUER.

En ningún momento actuaremos poniendo de manifiesto comportamientos que puedan dañar la imagen. Nuestra forma de comunicarnos, conducirnos y nuestra propia imagen personal estará en consonancia con el contexto profesional en el que nos desenvolvemos.

Desarrollo profesional

Nos comprometemos a poner los medios para continuar creciendo profesionalmente, ya que nuestro crecimiento va íntimamente ligado al de la empresa.

Para ello, es nuestra responsabilidad estar continuamente actualizados respecto a conocimientos o nuevos métodos que faciliten el desempeño de nuestro trabajo

Procuramos estar continuamente en formación, y fomentarla en personas que se encuentren a nuestro cargo. También les brindaremos oportunidades para desarrollarse profesionalmente, motivándolos y reconociendo sus méritos y aportaciones personales cuando la ocasión lo requiera.

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El Código de Conducta Ética entró en vigor tras su aprobación el día 21 de noviembre de 2016. Se ha implantado y se ha procedido a la aprobación del Código de Ética presente, siendo este ratificado y aprobado por los socios en la misma fecha.

El Código se comunicará a todos los miembros de la SOLIGUER. Estará vigente en tanto no se apruebe su modificación o anulación, que será debidamente comunicada.

Cada uno de nosotros asumimos la tarea de revisar y seguir este Código, y cumplimos todas las leyes aplicables, políticas y directrices. Este Código intenta contemplar muchas de las situaciones a las que nos enfrentamos en el día a día, pero no puede considerar todas las circunstancias.

Procura obtener ayuda de:

 Responsable Sistema: D. Rafael Soriano  Responsable de RR. HH.: D. Manuel Limones

Todos los profesionales debemos informar a nuestro responsable sobre cualquier conducta que creamos, de buena fe, que es una vulneración del Código de Conducta Ética.

Si cualquiera de los dos anteriores está implicado en la situación que deseamos informar o no puede o no ha resuelto adecuadamente nuestras preocupaciones, informaremos coordinador de servicio externo, el letrado D. Joaquín Ruiz Baena al encargado de cumplimiento penal de la empresa.

Se informa a todo el personal el día 21 de noviembre de 2016 de la existencia y sentido de este Código ético, así como de que tienen a su disposición un Canal Ético mediante el cual es posible notificar, de forma totalmente confidencial, comportamientos o hechos contrarios a la ética, a la legalidad vigente, al presente Código de Conducta Ética o a las prácticas de buen gobierno corporativo que rigen nuestra Compañía, con especial énfasis en aquellas que pudieran tener trascendencia penal.

No realizamos discriminación alguna ni tomamos represalias contra empleados por el hecho de haber informado, de buena fe, sobre infracciones reales y probadas. El encargado de este Código velará por el cumplimiento del presente Código, resolverá incidencias o dudas sobre su interpretación y adoptará las medidas adecuadas para su mejor cumplimiento.

El incumplimiento de este código puede dar lugar a la adopción de medidas disciplinarias, incluyendo la posibilidad de despido y, en su caso, el ejercicio de las acciones legales oportunas.

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Por todo, yo, ………….. (NOMBRE EMPLEADO), declaro haber leído y comprometerme a cumplir este código de buen gobierno corporativo.

En Sevilla, a ……….. (FECHA)

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ANEXO II

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