Ley General de Sociedades – Artículo 223
Los Estados Financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país, se precisa que los PCGA bajo los cuales se deben elaborar los Estados Financieros, son las NIC oficializadas por el CNC y las normas establecidas por Organismos de Supervisión y Control (SMV o la SBS) para las entidades de su competencia siempre y cuando se encuentren dentro del Marco Teórico en que se apoyan las NIC, y que por excepción y en aquellas circunstancias que no estén normadas, se aplicarán los principios de contabilidad aplicados en los Estados Unidos de América (USGAAP).
Ley N° 29720 (Junio 2011)
En el siglo que vivimos, de economía global y cada día más independiente, se hace importante e indispensable la información financiera transparente y fidedigna de las empresas que asegure su confiabilidad y además ofrezca a las compañías opciones viables para su continuo desarrollo y optimización.
Todos los negocios, grandes o pequeños, operan en el mercado global. Los inversionistas y proveedores de capitales globales requieren la información financiera comprensible y digna de crédito.
La auditoría financiera es una herramienta que permite asegurar la confiablidad de la información financiera frente a terceros mediante la emisión de un dictamen a los estados financieros.
Las compañías, grandes o pequeñas, deben realizar auditorías financieras como una buena práctica empresarial que asegure la veracidad de su información y a la vez para que ayude a la optimización de sus procesos y controles y porque no, a corregir deficiencias que puedan estar existiendo en la compañía y que no son detectadas.
Si bien es cierto, las auditorías financieras deberían ser realizadas por decisión de los órganos ejecutivos de las compañías, mediante la Ley N° 29720 (2011) se estableció la obligatoriedad de presentar estados financieros auditados ante la Superintendencia de Mercados y Valores (SMV) a partir del ejercicio 2012, por parte de las sociedades que no se encuentren bajo supervisión de la SMV y cuyos ingresos anuales o activos totales sean iguales o superen las 3,000 UIT (S/. 11.1 millones para el presente año), disponiendo además que dichos estados financieros deben prepararse bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).
La información que debe presentarse en las condiciones y formatos electrónicos establecidos por la SMV es la siguiente:
Estado de Situación Financiera,
Estado de Resultados del periodo y Resultado Integral,
Estado de Flujos de Efectivo,
Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, y
Notas a los estados financieros (es opcional)
Vale acotar que la información financiera debe ser auditada por sociedades de auditoría debidamente habilitadas. La Unidad impositiva tributaria (UIT) a aplicar es la que se encuentre vigente al 1° de enero del año siguiente del cierre del respectivo ejercicio económico.
Resolución SMV No 011-2012-SMV/01
Por otro lado, con la finalidad de permitir que las empresas puedan planificar adecuadamente el cumplimiento de esta obligación, la SMV estableció su implementación gradual. Para tal efecto, en mayo 2012 publicó la Resolución N° 011-2012-SMV/01 que establece en su Primera Disposición Complementaria Transitoria que por el ejercicio 2012 únicamente deben presentar dicha información las empresas cuyos ingresos o activos totales superen o igualen a 30,000 UIT (S/. 111 millones actuales).
A partir del ejercicio 2013 estarán obligadas a presentar sus estados financieros auditados todas las empresas con ingresos o activos totales a partir de 3,000 UIT (S/. 11.1 millones) en la misma formas y condiciones vigentes.
1.10. MARCO CONCEPTUAL: AUDITAR:
El Grupo Océano7 presenta el concepto de Arens&Loebbecke (1980), quienes manifiestan que auditar es el proceso de acumular y evaluar evidencia, realizado por una persona independiente y competente acerca
de la información cuantificable de una entidad económica específica, con el propósito de determinar e informar sobre el grado de correspondencia existente entre la información cuantificable y los criterios establecidos.
La enciclopedia, agrega, que un concepto de auditoría más comprensible sería el considerar la auditoría como un examen sistemático de los estados financieros, registros y transacciones relacionadas para determinar la adherencia a los principios de contabilidad generalmente aceptados, a las políticas de dirección y a los requerimientos establecidos.
AUDITORÍA:
Según Panéz Meza8, Presidente del Comité Consultivo del Consejo Normativo de Contabilidad, en sus inicios el concepto de auditoría se limitó a considerarla como una técnica de verificación de los registros contables con la documentación sustentadora, la corrección de las operaciones registradas y la corrección de las operaciones aritméticas. Ese concepto de método de actuación pasiva continuó por mucho tiempo y aún existe en el sentido de aquel objeto remoto, o sea de observar la veracidad y exactitud de los registros. Continúa el autor indicando, que por mucho tiempo se conceptuó a la auditoría como el proceso de revisión, intervención contable y censura de cuenta.
Así, escribió Holmes: "La auditoría es el examen de las demostraciones y registros administrativos. El auditor observa la exactitud, integridad y autenticidad de tales demostraciones, registro y documentos".
El Instituto Americano de Contadores Públicos de los Estados Unidos de Norteamérica en uno de sus iniciales pronunciamientos expresaba: "La auditoría es el examen de los libros contables, comprobantes y demás
registros de un organismo público, corporación, firma o persona, con el objeto de establecer la corrección o incorrección de los registros examinados y, al mismo tiempo operando sobre los documentos revisados, conscientemente en forma de certificado".
El comité de Terminología del Instituto Americano de Contables Públicos (AICP) expresó: "el objetivo de un examen normal de estados financieros por un auditor independiente, es la expresión de una opinión sobre la razonabilidad con que presentan la situación financiera, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. El dictamen del auditor es el medio por el cual expresa su opinión o, si las circunstancias lo requieren, la niega".
EMPRESA:
Una empresa es una unidad productiva dedicada y agrupada para desarrollar una actividad económica y tienen ánimo de lucro. En general, se puede definir como una unidad formada por un grupo de personas, bienes materiales y financieros, con el objetivo de producir algo o prestar un servicio que cubra una necesidad y, por el que se obtengan beneficios.
Analizando a Benito9[5], la empresa es un sistema generador de valor añadido que, fundamentalmente emite facturas a sus clientes y abona facturas a sus proveedores. La diferencia entre ambas es el valor añadido generado y con él se retribuye a los trabajadores y al capital. También dice que la empresa es un universo inmenso y complejo, por lo que, con mucha frecuencia, es difícil determinar el efecto de una determinada decisión. Por ello, es preciso articular un sistema de referencias más próximas a la naturaleza de cada una de las decisiones. Surge así un sin número de 9Arcenegui J.Antonio & Gómez -Horacio Molina Isabel. (2003).MANUAL DE AUDITORÍA FINANCIERA.
"referentes interpuestos", que conforman la contabilidad interna y que permiten una cuantificación, con rapidez y criterio, del impacto que sobre ellos tendrá cualquier decisión a tomar en el campo de la gestión empresarial.
EMPRESA AGROINDUSTRIAL:
Se puede decir que agroindustrias o empresa agroindustrial es una organización que participa directamente o como intermediaria en la producción agraria, procesamiento industrial o comercialización nacional y exterior de bienes comestibles o de fibra.
EXISTENCIAS:
La NIC 2 Existencias establece en su párrafo 6, que:
Valor Neto Realizable es el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la operación menos los costos estimados para terminar su producción y los necesarios para llevar a cabo la venta.
Valor razonable es el precio que sería percibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción no forzada entre participantes del mercado en la fecha de medición.
La diferencia entre ambos conceptos son las siguientes:
- Valor neto realizable tiene en cuenta el importe por el cual se esperan realizar los inventarios a través de contratos o acuerdos con los clientes; valor razonable tiene en consideración los valores de mercado y no necesariamente los acuerdos contractuales con los clientes.
- El valor neto realizable se puede determinar sobre la base de los precios generales de ventas y es un importe propio de las condiciones de la entidad; el valor razonable es un valor relacionado con el mercado y la forma como este determina los precios de venta.
REVALUACIÓN DE ACTIVOS FIJOS:
La revalorización de activos fijos es una práctica contable que permite incrementar el valor en libros de los activos fijos a valores de mercado, también podemos decir, que es el proceso de aumentar su valor en libros en caso de grandes cambios en el valor justo de mercado. Las Normas Internacionales Información Financiera (NIIF) requieren que los activos fijos se registren al costo, pero permiten dos modelos para la contabilidad de los activos fijos, lo cuales son: el modelo del costo y el modelo de revaluación.
Modelo de Costo:
En este modelo se presentan los activos fijos a su costo histórico menos la depreciación acumulada y las pérdidas acumuladas por deterioro de valor. No hay ningún ajuste al alza de valor debido a las circunstancias cambiantes.
Esto significa que el activo es cargado al costo menos la depreciación acumulada y el deterioro.
Modelo de Revaluación:
El activo es cargado a la cantidad revaluada, siendo éste su valor razonable a la fecha de revaluación, menos la depreciación subsiguiente, provisto que el valor razonable se puede medir confiablemente.
En el modelo de revaluación, el activo se registra inicialmente al costo, pero posteriormente su valor en libros se incrementa para dar cuenta de cualquier apreciación en el valor. La diferencia entre el modelo de costos y modelo de revaluación, es que el modelo de revaluación permite un ajuste tanto a la baja y al alza en el valor de un activo, mientras que el modelo de costos permite sólo ajuste a la baja debido a la pérdida por deterioro.
Bajo el modelo de revaluación, las revaluaciones se realizan de manera regular, de manera que la cantidad cargada del activo no difiera materialmente de su valor razonable a la fecha del balance.
Si la revaluación resulta en un incremento en el valor, se debe acreditar el patrimonio bajo el encabezamiento ‘superávit por revaluación’ a menos que represente la reversa de un decremento en la revaluación del mismo activo que anteriormente se reconoció como gasto, caso en el cual se debe reconocer como ingresos (resultados).
INCOTERMS:
Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional.
Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada término permite determinar los elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye sobre el costo del contrato.
El propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretación de los términos más usados en el Comercio internacional.
Los Incoterms determinan:
El alcance del precio.
En qué momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercadería del vendedor hacia el comprador.
El lugar de entrega de la mercadería.
Quién contrata y paga el transporte
Quién contrata y paga el seguro
Los principales incoterms son:
CFR (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido)
Para el vendedor los alcances son los mismos que la cotización FOB con la única diferencia de que la empresa debe encargarse de contratar la bodega del barco y pagar el flete hasta destino.
El riesgo de pérdida o daño de las mercaderías así como cualquier coste adicional debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador.
El término CFR exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.
CIF (Cost, Insurance and Freight) - Costo, Seguro y Flete (puerto de destino convenido)
Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino convenido.
En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la mercadería durante el transporte.
El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional.
El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.
DAF (Delivered At Frontier) - Entregadas en Frontera (lugar convenido)
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar cuando ha puesto la mercancía despachada en la Aduana para la exportación en el punto y lugar convenidos de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país comprador.
Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte cuando las mercaderías deban entregarse en una frontera terrestre.
DDP (Delivered Duty Paid) - Entregadas Derechos Pagados (lugar de destino convenido)
Significa que el vendedor entrega las mercaderías al comprador, despachadas para la importación, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el lugar de destino acordado.
El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos ocasionados al llevar las mercaderías hasta aquel lugar, incluyendo los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas para la importación al país de destino.
FOB (Free OnBoard) - Libre a Bordo (puerto de carga convenido)
La responsabilidad del vendedor termina cuando las mercaderías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
El comprador debe soportar todos los costos y riesgos de la pérdida y el daño de las mercaderías desde aquel punto.
El término FOB exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.
Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.
1.11. FORMULACIÓN DE LA HIPÓTESIS
- La Auditoría Financiera contribuye con la optimización de la gestión de las empresas agroindustriales del departamento de La Libertad, llevando a cabo en forma eficiente el proceso de su trabajo, realizando el monitoreo de sus recomendaciones y facilitando la asesoría y
consultoría que requieran estas entidades para competir
ventajosamente.
- La evaluación del Sistema de Control Interno permite llegar a conclusiones y formular recomendaciones que son fundamentales para facilitar la gestión de las empresas agroindustriales del departamento de La Libertad.
- El proceso eficiente de la auditoría Financiera permite determinar la razonabilidad de la información financiera, económica y patrimonial de las empresas agroindustriales del departamento de La Libertad, la misma que será de utilidad para la planeación, toma de decisiones y control, en un contexto de mejora continua y competitividad.
DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN
2.1. POBLACIÓN Unidad de análisis
Sociedades del rubro agroindustrial
Población
La población o universo de la investigación está representada por las empresas del rubro agroindustrial del departamento de La Libertad cuyos ingresos anuales o activos totales sean iguales o excedan a tres mil unidades impositivas tributarias (UIT - 2013) y se encuentren bajo el ámbito de la Resolución SMV N° 011-2012-SMV/01.
2.2. MUESTRA
La muestra es no probabilística y está determinada por una empresa del sector agroindustrial representativa y promedio del departamento de La Libertad.
Sociedad Agrícola Virú S.A.
2.3. LIMITACIONES A LA INVESTIGACIÓN
En la presente investigación se tomó como muestra no probabilística a la
empresa agroindustrial Sociedad Agrícola Virú S.A. por su
representatividad a nivel regional en comparación con otras empresas del sector como se muestra en los gráficos estadísticos mostrados en nuestra realidad problemática(ver figura 2 pág. 10 y figura 4 pág. 12).
2.4. TIPO DE INVESTIGACIÓN
2.4.1. De acuerdo al fin que se persigue: Aplicada
Se busca determinar si las empresas agroindustriales, tomando como muestra a Sociedad Agrícola Virú S.A., logran optimizar su gestión mediante la realización de una auditoría a sus estados financieros para el ejercicio 2013.
2.4.2. De acuerdo a la técnica de contrastación: Descriptiva
La técnica de investigaciones de tipo descriptiva. Mediante esta técnica se presenta la realidad concreta de la auditoría financiera en la gestión empresarial.
Esta técnica de investigación, está orientado a lograr los objetivos planteados en la investigación.