• No results found

Appendix A: HILT IV: High-Level Mapping Study – UNESCO to DDC

La legislación actual sobre los sistemas de especialidades otorga un papel preponderante a las Comisiones Nacionales de Especialidades. Se crean también mediante el Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista. En su artículo 13 se normaliza su composición y en el artículo 16 las diferentes funciones que asume. Estas Comisiones Nacionales de Especialidades están formadas por especialistas de probado relieve y se componen de:

• Tres vocales designados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, entre profesores de las Facultades de Medicina.

• Tres vocales designados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, entre personal facultativo de las instituciones sanitarias con unidades docentes acreditadas.

• Dos vocales en representación de las entidades y sociedades científicas de ámbito estatal legalmente constituidas, elegidos de entre sus miembros.

• Dos vocales en representación de los Médicos Residentes de la especialidad correspondiente, elegidos por ellos mismos, entre los que estén en tercer año de formación en las especialidades de cinco años y en el segundo año en las especialidades de tres o cuatro.

• Un representante del Consejo General de Colegios Médicos.

Cumplen funciones muy importantes: La primera, dirigida al Médico en formación, consiste en la elaboración de un programa formativo que le permita la correcta adquisición de unos conocimientos, habilidades y actitudes que le capaciten para una correcta actuación profesional. Incluye el procedimiento básico para su evaluación y seguimiento. La segunda, participando en el diseño de los planes integrales de implementación y desarrollo dentro del ámbito de la

correspondiente especialidad. La tercera, supervisando y acreditando a los Tutores de los MIR, quienes velarán por la correcta formación de los aspirantes a especialista que les sean asignados.

3 3 3

3.... LA FORMACIÓN MEDICA ESPECIALIZADA DE LA FORMACIÓN MEDICA ESPECIALIZADA DE LA FORMACIÓN MEDICA ESPECIALIZADA DE LA FORMACIÓN MEDICA ESPECIALIZADA DE MEDICINAMEDICINAMEDICINAMEDICINA FAMILIAR Y FAMILIAR Y FAMILIAR Y FAMILIAR Y COMUNITARIA

COMUNITARIA COMUNITARIA COMUNITARIA

Dentro de los Programas de Formación Sanitaria Especializada de nuestro país, el de Medicina, incluye una serie de especialidades, dentro de las cuales se encuentra la Medicina Familiar y Comunitaria, especialidad en la que nos centraremos por ser el marco concreto de formación en torno al cual gira este estudio. En el año 1978, mediante la publicación del Real Decreto 3303/78, se crea la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria (en adelante MFyC). Este Real Decreto, entre otras disposiciones introduce un aspecto novedoso y que constituiría un elemento de enorme importancia de cara al reconocimiento de esta especialidad; la necesidad de un examen de acceso (examen MIR). Del mismo modo, regulaba las condiciones en las que debía desarrollarse el periodo formativo de forma integrada en el sistema MIR de formación. Todo ello mediante un entrenamiento especializado, en un principio, durante tres años; 33 meses en total teniendo en cuenta la excepción de un mes de vacaciones por año. De éstos, diecisiete se harían en servicios de hospital y dieciseis en los centros de salud y otros servicios adicionales (Centro de Asitencia a Drogodependientes, Salud Mental, etc.). Más adelante, veremos que el periodo de formación aumenta de tres a cuatro años con la implantación del nuevo programa de la especialidad de reciente implantación. A partir de este momento, son muchos los acontecimientos normativo – históricos que han propiciado el desarrollo de la especialidad. Alguno de ellos se muestra en la siguiente tabla:

Tabla Tabla Tabla

Tabla 2 2 2.... Desarrollo de la 2 Desarrollo de la Desarrollo de la Desarrollo de la especialidad de especialidad de especialidad de especialidad de MFyCMFyCMFyCMFyC....

AÑO AÑO AÑO

AÑO ACONTECIMIENTOACONTECIMIENTOACONTECIMIENTO ACONTECIMIENTO

1978 1978 1978 1978

---- Publicación del Real Decreto 2.015/1978 de 15 de junio (BOE: 29 Publicación del Real Decreto 2.015/1978 de 15 de junio (BOE: 29 Publicación del Real Decreto 2.015/1978 de 15 de junio (BOE: 29 Publicación del Real Decreto 2.015/1978 de 15 de junio (BOE: 29----VIIIVIIIVIII----1978) por el que se regulaVIII1978) por el que se regula1978) por el que se regula la obtención de títulos 1978) por el que se regula la obtención de títulos la obtención de títulos la obtención de títulos de especialidades médicas y donde, por primera vez, se reconoce la MFyC como especialidad médica.

de especialidades médicas y donde, por primera vez, se reconoce la MFyC como especialidad médica.de especialidades médicas y donde, por primera vez, se reconoce la MFyC como especialidad médica. de especialidades médicas y donde, por primera vez, se reconoce la MFyC como especialidad médica.

---- Publicación del Real Decreto 3.303/1978 de 29 de diciembre (BOE: 29 Publicación del Real Decreto 3.303/1978 de 29 de diciembre (BOE: 29 Publicación del Real Decreto 3.303/1978 de 29 de diciembre (BOE: 29 Publicación del Real Decreto 3.303/1978 de 29 de diciembre (BOE: 29----1979) por el que se regula la MFyC como 1979) por el que se regula la MFyC como 1979) por el que se regula la MFyC como 1979) por el que se regula la MFyC como formación médica especi

formación médica especiformación médica especi

formación médica especializada. En él se describen las grandes líneas que guiarán el proceso formativo.alizada. En él se describen las grandes líneas que guiarán el proceso formativo.alizada. En él se describen las grandes líneas que guiarán el proceso formativo. alizada. En él se describen las grandes líneas que guiarán el proceso formativo. 1979

1979 1979

1979 ---- Primera promoción MIR de MFyC Primera promoción MIR de MFyC Primera promoción MIR de MFyC Primera promoción MIR de MFyC 1980

1980 1980

1980 ---- Publicación del Primer Programa Formativo Oficial de la especialidad Publicación del Primer Programa Formativo Oficial de la especialidad Publicación del Primer Programa Formativo Oficial de la especialidad Publicación del Primer Programa Formativo Oficial de la especialidad 1981

1981 1981

1981 ---- Creación de las primeras estructuras docentes extra Creación de las primeras estructuras docentes extra Creación de las primeras estructuras docentes extra Creación de las primeras estructuras docentes extrahospitalarias para el tercer año de residencia.hospitalarias para el tercer año de residencia.hospitalarias para el tercer año de residencia.hospitalarias para el tercer año de residencia. 1982

1982 1982

1982 ---- Publicación del Real Decreto 2392/82 de creación de las Unidades Docentes Pilotos de MFyC. Publicación del Real Decreto 2392/82 de creación de las Unidades Docentes Pilotos de MFyC. Publicación del Real Decreto 2392/82 de creación de las Unidades Docentes Pilotos de MFyC. Publicación del Real Decreto 2392/82 de creación de las Unidades Docentes Pilotos de MFyC.

---- Publicación de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1982 (BOE: 22 Publicación de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1982 (BOE: 22 Publicación de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1982 (BOE: 22 Publicación de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1982 (BOE: 22----XIIXIIXIIXII----1983) por la que se regula el d1983) por la que se regula el d1983) por la que se regula el d1983) por la que se regula el desarrollo de esarrollo de esarrollo de esarrollo de la formación de la especialidad de MFyC en Atención Primaria de Salud.

la formación de la especialidad de MFyC en Atención Primaria de Salud. la formación de la especialidad de MFyC en Atención Primaria de Salud. la formación de la especialidad de MFyC en Atención Primaria de Salud.

---- La Sociedad Española de MFYC (en adelante, semfyc) inicia su andadura como una evolución del movimiento asableario La Sociedad Española de MFYC (en adelante, semfyc) inicia su andadura como una evolución del movimiento asableario La Sociedad Española de MFYC (en adelante, semfyc) inicia su andadura como una evolución del movimiento asableario La Sociedad Española de MFYC (en adelante, semfyc) inicia su andadura como una evolución del movimiento asableario de la Coordinadora de Médicos Residentes de MFyC.

de la Coordinadora de Médicos Residentes de MFyC.de la Coordinadora de Médicos Residentes de MFyC. de la Coordinadora de Médicos Residentes de MFyC. 198

198 198

1984444 ---- Publicación del Real Decreto 137/84, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud. Publicación del Real Decreto 137/84, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud. Publicación del Real Decreto 137/84, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud. Publicación del Real Decreto 137/84, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud.

---- Publicación del Real Decreto 127/84 de 11 de enero (BOE: 31 Publicación del Real Decreto 127/84 de 11 de enero (BOE: 31 Publicación del Real Decreto 127/84 de 11 de enero (BOE: 31 Publicación del Real Decreto 127/84 de 11 de enero (BOE: 31----111----1984) por el que se regula la formación médica 11984) por el que se regula la formación médica 1984) por el que se regula la formación médica 1984) por el que se regula la formación médica postgraduada y la obtención del título de especialis

postgraduada y la obtención del título de especialispostgraduada y la obtención del título de especialis postgraduada y la obtención del título de especialista.ta.ta. ta.

---- Constitución de la semFYC como Sociedad Federada y su legalización como sociedad científica. Constitución de la semFYC como Sociedad Federada y su legalización como sociedad científica. Constitución de la semFYC como Sociedad Federada y su legalización como sociedad científica. Constitución de la semFYC como Sociedad Federada y su legalización como sociedad científica. 1985

1985 1985

1985 ---- Publicación del primer Programa Oficial de la Especialidad. Publicación del primer Programa Oficial de la Especialidad. Publicación del primer Programa Oficial de la Especialidad. Publicación del primer Programa Oficial de la Especialidad. 1989

1989 1989

1989 ---- Creación de la Vía Extraordinaria para el acceso al título de MFyC. Creación de la Vía Extraordinaria para el acceso al título de MFyC. Creación de la Vía Extraordinaria para el acceso al título de MFyC. Creación de la Vía Extraordinaria para el acceso al título de MFyC. ---- Publicación Publicación Publicación Publicación del Real Decreto 264/89. del Real Decreto 264/89. del Real Decreto 264/89. del Real Decreto 264/89.

---- El Ministerio de Sanidad comunica a la Unión Europea la denominación y programa de MFyC como propio del estado El Ministerio de Sanidad comunica a la Unión Europea la denominación y programa de MFyC como propio del estado El Ministerio de Sanidad comunica a la Unión Europea la denominación y programa de MFyC como propio del estado El Ministerio de Sanidad comunica a la Unión Europea la denominación y programa de MFyC como propio del estado español para ejercicio de la Medicina de Familia.

español para ejercicio de la Medicina de Familia.español para ejercicio de la Medicina de Familia. español para ejercicio de la Medicina de Familia. 1995

1995 1995

1995 ---- Entra en vigor la normativa europea CEE 264 /89 que obliga Entra en vigor la normativa europea CEE 264 /89 que obliga Entra en vigor la normativa europea CEE 264 /89 que obliga Entra en vigor la normativa europea CEE 264 /89 que obliga a la formación postgrado para el ejercicio como Medico a la formación postgrado para el ejercicio como Medico a la formación postgrado para el ejercicio como Medico a la formación postgrado para el ejercicio como Medico General / de Familia.

General / de Familia. General / de Familia. General / de Familia. 1996 1996 1996 1996

---- Publicación de la Orden Ministerial de 22 de Junio de 1996 (BOE: 30 Publicación de la Orden Ministerial de 22 de Junio de 1996 (BOE: 30 Publicación de la Orden Ministerial de 22 de Junio de 1996 (BOE: 30 Publicación de la Orden Ministerial de 22 de Junio de 1996 (BOE: 30----JunioJunioJunio----1995) por la que se regulan las Comisiones Junio1995) por la que se regulan las Comisiones 1995) por la que se regulan las Comisiones 1995) por la que se regulan las Comisiones de Docencia y los sistemas de evaluación de la forma

de Docencia y los sistemas de evaluación de la formade Docencia y los sistemas de evaluación de la forma

de Docencia y los sistemas de evaluación de la formación de Médicos y Farmacéuticos especialistas.ción de Médicos y Farmacéuticos especialistas.ción de Médicos y Farmacéuticos especialistas. ción de Médicos y Farmacéuticos especialistas.

1997 1997 1997 1997

---- Realización del Acuerdo del Consejo Interterritorial sobre medidas para la normalización de la Medicina de Familia en Realización del Acuerdo del Consejo Interterritorial sobre medidas para la normalización de la Medicina de Familia en Realización del Acuerdo del Consejo Interterritorial sobre medidas para la normalización de la Medicina de Familia en Realización del Acuerdo del Consejo Interterritorial sobre medidas para la normalización de la Medicina de Familia en España.

España.España. España.

---- Establecimiento del pacto normativo de Tres Patas: Establecimiento del pacto normativo de Tres Patas: Establecimiento del pacto normativo de Tres Patas: Establecimiento del pacto normativo de Tres Patas:

1. Reconocimiento d1. Reconocimiento d1. Reconocimiento d1. Reconocimiento de la denominación de la Medicina de Familia.e la denominación de la Medicina de Familia.e la denominación de la Medicina de Familia. e la denominación de la Medicina de Familia.

2. Equivalencia en baremos del MIR de MFyC a 62. Equivalencia en baremos del MIR de MFyC a 62. Equivalencia en baremos del MIR de MFyC a 62. Equivalencia en baremos del MIR de MFyC a 6----8 años de experiencia profesional.8 años de experiencia profesional.8 años de experiencia profesional.8 años de experiencia profesional. 3. Vía de acceso excepcional y última al título de Medicina de Familia.3. Vía de acceso excepcional y última al título de Medicina de Familia.3. Vía de acceso excepcional y última al título de Medicina de Familia.3. Vía de acceso excepcional y última al título de Medicina de Familia.

Actualmente, la formación de Médicos Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria, se rige por el Programa Oficial de la Especialidad vigente desde su aprobación el 20 de noviembre de 200211, por la Comisión Nacional de la Especialidad de MFyC, refrendado por la Comisión de Recursos Humanos del

Sistema Nacional de Salud, el 16 de septiembre de 2004 y publicado en el BOE nº 105 de 3 de mayo de 2005 (Orden SCO/1198/2005 de 3 de marzo). Aunque su publicación data de esa fecha, su puesta en práctica se hizo efectiva para los Residentes de la promoción 2005/2006.

3 3 3

3....111....1 El programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y ComunitariaEl programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y ComunitariaEl programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y ComunitariaEl programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria Como vimos anteriormente, en 1978 se crea formalmente la Especialidad de MFyC y desde entonces, han sido muchos los cambios y mejoras que se han ido realizando para contribuir al perfeccionamiento de la formación de los futuros Médicos de familia y consecuentemente, para la mejora de la Atención Primaria de Salud en España donde ejercen principalmente su labor profesional12. Según algunos autores, el Programa Formativo de esta Especialidad actualmente vigente, es el documento que recoge esa evolución, constituyéndose así, en un referente a tener muy en cuenta para comprender cuáles son los fundamentos sobre los que descansa la formación en esta especialidad médica13. Su elaboración, como corresponde según la legislación vigente, estuvo a cargo de la Comisión Nacional de la Especialidad, algunos Jefes de Estudio, Tutores, Residentes de la propia especialidad y la Sociedad Española de MFyC. Siendo el papel de esta última, la de ofrecer apoyo logístico; facilitando las reuniones de grupo de trabajo de expertos. El desarrollo del Programa Formativo indica la necesidad de que el Residente en formación desarrolle cinco áreas de competencia profesional: 1) el área de competencias esenciales: comunicación, razonamiento clínico, gestión de la atención y bioética, 2) el área de competencias relacionadas con la atención al individuo (paciente), 3) el área de competencias relacionadas con la atención a la familia, con la atención a la comunidad, 4)la formación continuada y 5) la investigación. Los contenidos que desarrollan estas áreas de competencia profesional constituyen los principales apartados de este Programa Formativo y

11

Ministerio De Sanidad y Consumo (2002) Comisión Nacional de la Especialidad (CNE): Programa de la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. Madrid.

12

Ortún, V. y Gervás, J. (1996) Fundamentos y eficiencia de la atención médica primaria. Barcelona: Med Clin: 106: 97-102.

13

comportan, en definitiva, las características que definen el proceso de formación del Médico de Familia. A continuación, profundizamos en aquellos aspectos que son más importantes en aras a poder definir este proceso formativo. De entre estos aspectos, podemos destacar:

1. 1. 1.

1. El diseño El diseño El diseño El diseño del propio Programa Formativo del propio Programa Formativo del propio Programa Formativo del propio Programa Formativo y la metodoy la metodologíay la metodoy la metodologíalogíalogía docente docente docente docente que propone. que propone. que propone. que propone.

2. 2. 2.

2. LLLLos valores profesos valores profesos valores profesionalesos valores profesionalesionalesionales que constituyen el que constituyen el que constituyen el perfil profesional que constituyen el perfil profesional del perfil profesional perfil profesional del del del MédicoMédicoMédicoMédico de Familia de Familia de Familia.... de Familia 3.

3. 3.

3. La La La La duración de duración de duración de duración del periodo de l periodo de l periodo de l periodo de formaciónformaciónformaciónformación....

3 3 3

3....1111....1111....El diseño y la metodología docente en el programa oficial de la especialidad de MFyCEl diseño y la metodología docente en el programa oficial de la especialidad de MFyCEl diseño y la metodología docente en el programa oficial de la especialidad de MFyCEl diseño y la metodología docente en el programa oficial de la especialidad de MFyC

El Programa Oficial de la Especialidad, desarrolla en su introducción un breve análisis de la situación de la MFyC como especialidad médica en la actualidad. En este se destaca especialmente la evolución del sentido de la especialidad hacia un carácter de servicio público, centrada en el paciente. De esta manera lo expresa literalmente: “La Atención Primaria de Salud debe ser la base del sistema sanitario por lo que es fundamental la buena preparación de los futuros Médicos de familia, a fin de que sean capaces de dar una mejor atención al usuario, más accesible, más humana, más integral y más eficiente. Este sigue siendo el reto del colectivo de Médicos de familia como formadores, compartido con la preocupación por las futuras condiciones de trabajo, la carrera profesional, la formación continuada, la certificación y recertificación de competencias, el apoyo a los Tutores, el desarrollo de nuevas metodologías docentes, etc., que forman un todo indivisible para garantizar la calidad de la formación y la correcta atención a los ciudadanos”. Seguidamente, precisa aquellos valores profesionales que se desea que adquieran los residentes tras su paso por la formación y que, por tanto, define el perfil profesional del Médico especialista en MFyC: “En la actualidad, la sociedad civil tiene nuevas demandas en salud derivadas de los profundos cambios y nuevos fenómenos que en la misma se están produciendo a los que no puede ser ajeno el Médico de Familia y frente a los que su función en el conjunto social no sólo puede centrarse en elevar su nivel de formación y dar

respuesta a los servicios que se le requieren sino también en potenciar los valores que legitiman su papel en la sociedad”. En este sentido, enumera una serie de áreas de competencias profesionales y responsabilidades deseables en el Médico de familia: “Los Médicos tienen unos valores que definen sus compromisos profesionales con la sociedad, el aprendizaje, la interiorización de estos valores es imprescindible para una adecuada actividad profesional. Enseñar, transmitir estos valores, forma parte del trabajo de un Tutor; aprenderlos y asimilarlos es esencial para que un Residente llegue a ser un buen Médico de Familia. Podemos agrupar los valores del Médico de Familia en cinco compromisos: con las personas, con la sociedad en general, con la mejora continua de su trabajo, con la propia especialidad y con la ética”. Dentro de cada una de éstas áreas competenciales y responsabilidades a asumir, define cuáles son los objetivos que se pretenden alcanzar durante el proceso formativo así como las actividades, la metodología docente, los tiempos y lugares de aprendizaje, la evaluación y la bibliografía recomendada para conseguirlo. Con relación a este conjunto de competencias que el Residente debe adquirir durante su periplo formativo, el Programa de la especialidad define tres niveles diferentes de prioridad en su consecución:

---- El nivel de El nivel de El nivel de El nivel de Prioridad I:Prioridad I:Prioridad I: Que hace referencia a las competencias consideradas indispensables de ser Prioridad I: adquiridas por todos los Residentes. Así, considera que su ausencia cuestionaría su aptitud para el ejercicio de la especialidad médica.

---- El nivel de El nivel de El nivel de El nivel de PriPriPriPrioridad II:oridad II:oridad II:oridad II: Que recoge aquellas competencias que son importantes y deben ser adquiridas por la mayoría de los Residentes.

---- El nivel de El nivel de El nivel de Prioridad III:El nivel de Prioridad III:Prioridad III: Que se compone de aquellas competencias cuya adquisición está Prioridad III: subordinada a las anteriores, llegando a convertirse en un criterio de excelencia.

Además de establecer los diversos niveles de prioridad que se apuntan anteriormente, el Programa Formativo propone tres niveles diferentes de responsabilidad que el Residente debe asumir durante su estancia formativa, estos son:

---- El nivel PEl nivel PEl nivel PrimarioEl nivel Primariorimariorimario de Responsabilidad de Responsabilidad de Responsabilidad de Responsabilidad: : : : En el que el Médico de familia debe ser capaz de identificar, evaluar y tratar un 90% de los problemas sin consultar con otro nivel asistencial.

---- El nivel Secundario de Responsabilidad:El nivel Secundario de Responsabilidad:El nivel Secundario de Responsabilidad: En el que el Médico, habitualmente requiere una consulta médica a otro nivel en el El nivel Secundario de Responsabilidad: curso de la evaluación o del tratamiento de problemas Médicos.