Es la máxima autoridad para la orientación, dirección, supervisión y evaluación de la acción del PLACEA, está conformado por la representación de todos los Puntos Focales en cada uno de los países participantes en el PLACEA.
Las funciones del Pleno serán las siguientes:
a) Promover la articulación y consolidación de la educación ambiental en el marco del desarrollo sostenible en todos los países de la región.
b) Aprobar el Marco Institucional, los Términos de Referencia o Estatutos del PLACEA.
c) Definir las políticas y orientaciones para el desarrollo de los Planes de Acción en cada período.
d) Elegir al país que formará parte de la Coordinación Regional en cada período. e) Designar a las coordinaciones Sub-Regionales.
f) Aprobar el Plan de Acción Regional (PAR) que le sea presentado por la Coordinación Regional.
g) Convocar a través de la Coordinación Regional a las reuniones y actividades necesarias para el diseño e implementación del Plan de Acción Regional. h) El Pleno sesionará cada dos años por convocatoria de la Coordinación
Regional o por otro mecanismo que se establezca en los Estatutos de funcionamiento del Programa.
i) Sin prejuicio de lo establecido en los puntos anteriores, los mecanismos de trabajo del Pleno, su convocatoria y vías de acción serán definidos en unos Términos de Referencia o Estatutos de funcionamiento que deberán ser establecidas en los próximos meses.
4.4.1.2. La Coordinación Regional
Está integrada por el Coordinador de la Red de Formación Ambiental del PNUMA / ORPALC y un país miembro elegido por el Pleno: Es la máxima autoridad entre los períodos en que sesione el Pleno. Las partes se reunirán cuando lo estimen conveniente sus miembros
Las funciones de la Coordinación Regional serán las siguientes:
a) Coordinar la ejecución de las actividades del PLACEA en los períodos entre las reuniones del Pleno;
b) Promover la permanente comunicación, cooperación e integración entre los países de la región en materia de educación ambiental;
c) Promover mecanismos para la discusión y difusión de un pensamiento latinoamericano y caribeño en materia de conceptualización y metodología de la educación ambiental. Para la cual podrán apoyarse en asesores o grupos de asesores ad hoc;
d) Promover la articulación del PLACEA con otros Programas, iniciativas y proyectos en materia de educación ambiental y gestión ambiental existentes en la región;
e) Establecer las orientaciones, lineamientos y metodologías para el diseño y ejecución del PAR;
f) Realizar el seguimiento y evaluación del PAR a través de las coordinaciones Sub-Regionales y Nacionales;
g) Informar al Pleno y los gobiernos regionales los resultados de la gestión de la Coordinación Regional;
h) Asegurar fuentes de financiamiento para el cumplimiento de las actividades del PLACEA;
i) Garantizar el manejo adecuado de los recursos destinados para la ejecución del Plan;
j) Los países que conformen la Coordinación Regional durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos; y
k) Sin prejuicio de lo establecido en los puntos anteriores, los mecanismos de trabajo de la Coordinación Regional, convocatoria y vías de acción serán definidos en unos estatutos de funcionamiento o términos de referencia que deberán ser establecidas en los próximos meses.
4.4.1.3. Coordinaciones sub-regionales
La Coordinación Sub-Regional estará integrada por las 5 coordinaciones de las Sub- Regiones siguientes:
a) Cono Sur (Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay). b) Andes Norte (Bolivia, Ecuador, Perú).
c) Norte de América del Sur (Colombia, Guyana, Suriname y Venezuela).
d) Mesoamérica (Belice, México, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y Panamá).
e) Antillas (Cuba, República Dominicana, Bahamas, Barbados, Jamaica, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago).
Se aprueba elegir a los siguientes países para asumir las coordinaciones sub- regionales: Cono Sur: Chile; Andes Norte: Perú, Norte de América del Sur: (diferida su decisión hasta realizar consultas con los países que no asistieron a la reunión); Mesoamérica: Guatemala; Antillas: Cuba.
Jamaica fue nombrado como enlace entre el PLACEA y los países caribeños de habla inglesa.El PLACEA, también define ámbitos y temáticas de acción y medidas a corto, mediano y largo plazo, así como la elaboración de un Plan de Acción Regional.
Las funciones de las Coordinaciones Sub-Regionales serán las siguientes:Coordinar la ejecución de las actividades del PLACEA en cada una de las sub-regiones.
a) Promover la permanente comunicación, cooperación e integración entre los países de la sub-región en materia de educación ambiental.
b) Promover y coordinar el diseño y ejecución de los Planes de Acción Sub- Regionales de acuerdo con las orientaciones suministradas por la Coordinación Regional.
c) Apoyar y divulgar los procesos de discusión y difusión del pensamiento latinoamericano y caribeño en materia de educación ambiental. Para la cual podrán apoyarse en asesores o grupos de asesores ad hoc.
d) Realizar el seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Sub-Regionales a través de las coordinaciones Nacionales.
e) Informar sobre los resultados de su gestión a la Coordinación Regional.
f) Asegurar fuentes de financiamiento para el cumplimiento del Plan Sub- Regional
g) Garantizar el manejo adecuado de los recursos destinados para la ejecución de los Planes Sub-regionales y otras actividades aprobadas.
4.4.1.4. Las Coordinaciones Nacionales
Está constituida por los puntos focales de la Red de Formación Ambiental seleccionados en cada país de la región.
Las funciones de las Coordinaciones Nacionales serán las siguientes:
a) Coordinar la ejecución de las actividades del PLACEA en cada una de los países de la Región.
b) Establecer mecanismos de comunicación permanentes entre los países de la región con la Sub-Región y de ésta con la Coordinación Regional.
c) De acuerdo a las características, necesidades y posibilidades de cada país definir, ejecutar y evaluar un Plan Nacional de Educación Ambiental apoyándose en las orientaciones suministradas por la Coordinación Regional.
d) Apoyar y divulgar los procesos de discusión y difusión del pensamiento latinoamericano y caribeño en materia de educación ambiental. Para la cual podrán apoyarse en asesores o grupos de asesores ad hoc.
e) Incorporar los actores y sectores que cada país considere prioritarios para el desarrollo de los Planes Nacionales de Educación Ambiental.
f) Informar periódicamente a la Coordinación Sub-Regional de los resultados alcanzados en la gestión de la Coordinación Nacional.
g) Asegurar fuentes de financiamiento para el cumplimiento del Plan Nacional de Educación Ambiental.
h) Garantizar el manejo adecuado de los recursos que puedan ser destinados para la ejecución de los planes nacionales y otras actividades acordadas. i) Se acuerda recomendar que los puntos focales estén representados en las
instancias de Educación Ambiental de los Ministerios de Ambiente de cada país; o en su defecto, en el organismo gubernamental en que se adscriben estas funciones. Esto debido a las funciones y responsabilidades que deberán asumir las Coordinaciones nacionales del PLACEA.
j) Se solicita a la Red de Formación Ambiental del PNUMA, informar a la Coordinación Regional del PLACEA el estatus actual de los puntos focales de los países que la conforman.
Cada uno de los niveles anteriormente definidos podrá constituir grupos o comités asesores que los apoyen en las tomas de decisiones y desarrollo de sus actividades inherentes
4.5. Tratado sobre Educación Ambiental para Sociedades Sustentablesy Responsabilidad Global
Dicho tratado, como sucede con la educación, es un proceso dinámico en permanente construcción. Debe por tanto propiciar la reflexión, el debate y las
diferencias. Este es un tratado firmado por personas de todas partes del mundo, no por países sino por su propia población, reconociendo el papel central de la educación en la formación de valores y la acción social. Los firmantes de este tratado consideran la educación ambiental necesaria para formar una sociedad sustentablemente equitativa que afirma los valores y acciones que contribuyen con la transformación humana y social y con la preservación ecológica; estimulando a la formación de sociedades socialmente justas y ecológicamente equilibradas, que conserven entre sí una relación de interdependencia y diversidad; requiriendo responsabilidad individual y colectiva a nivel local, nacional e internacional.
Este tratado considera necesaria la abolición de los programas de desarrollo, ajustes y reformas económicas que mantienen el actual modelo de crecimiento, con efectos devastadores sobre el medio ambiente y la diversidad de especies, entre ellas la humana, debiendo generar con urgencia a través de la educación ambiental cambios en la calidad de vida y mayor conciencia en la conducta personal, así como armonía entre los seres humanos y de éstos con otras formas de vida.
4.5.1. Principios
1. La educación es un derecho de todos; todos son educandos y educadores.
2. La educación ambiental debe tener como base el pensamiento crítico e innovador, en cualquier tiempo y lugar, en sus expresiones formal no formal e informal, promoviendo la transformación y la construcción de la sociedad.
3. La educación ambiental es individual y colectiva. Tiene el propósito de formar ciudadanos con conciencia local y planetaria, que respeten la autodeterminación de los pueblos y la soberanía de las naciones.
4. La educación ambiental no es neutra, sino ideológica. Es un acto político, basado en valores para la transformación social.
5. La educación ambiental debe tener una perspectiva holística, enfocando la relación entre el ser humano, la naturaleza y el universo de forma interdisciplinaria.
6. La educación ambiental debe estimular la solidaridad, la igualdad y el respeto a los derechos humanos, valiéndose de estrategias democráticas e interacción entre las culturas.
7. La educación ambiental debe tratar las cuestiones mundiales críticas, sus causas e interrelaciones en una perspectiva sistémica, en su contexto social e histórico. Aspectos primordiales relacionados con su desarrollo y su medio ambiente tales como, población, paz, derechos humanos, democracia, salud, hambre, deterioro de la flora y fauna deben ser abordados de esta manera.
8. La educación ambiental debe facilitar la cooperación mutua y equitativa en los procesos de decisión en todos los niveles y etapas.
9. La educación ambiental debe recuperar, reconocer, respetar, reflejar y utilizar la historia indígena y culturas locales, así como promover la diversidad cultural, lingüística y ecológica. Esto implica una revisión histórica de los pueblos nativos para modificar los enfoques etnocéntricos, además de estimular la educación bilingüe.
10. La educación ambiental debe estimular y potencializar el poder de las diversas poblaciones, promover oportunidades para los cambios democráticos de base que estimulen a los sectores populares de la sociedad. Esto implica que las comunidades deben retomar la conducción de sus propios destinos.
11. La educación ambiental valoriza las diferentes formas de conocimientos. Este es diversificado, acumulado y producido socialmente, y no deberá ser patentado ni monopolizado.
12. La educación ambiental debe ser planificada para capacitar a las personas para resolver conflictos de manera justa y humana.
13. La educación ambiental debe promover la cooperación y el diálogo entre individuos e instituciones, con la finalidad de crear nuevos modos de vida, fundados en la comprensión de las necesidades básicas de todos, sin distinciones étnicas, físicas, de género, edad, religión, clase, mentales, entre otros.
14. La educación ambiental requiere la democratización de los medios de comunicación masivos y su compromiso con los intereses de todos los sectores de la sociedad. La comunicación es un derecho inalienable y los medios de comunicación deben transformarse en un canal privilegiado de educación, no solamente divulgando informaciones con bases igualitarias, sino también promoviendo el intercambio de experiencias, métodos y valores.
15. La educación ambiental debe integrar conocimientos, aptitudes, valores, actitudes y acciones. Debe convertir cada oportunidad en experiencias educativas para sociedades sustentables.
16. La educación ambiental debe ayudar a desarrollar una conciencia ética sobre todas las formas de vida con las cuales compartimos este planeta; respetar sus ciclos vitales e imponer límites a la explotación de esas formas de vida por los seres humanos.
4.5.2. Planes de Acción
Las organizaciones y personas que firmaron, se proponen instrumentar las siguientes directrices:
1. Transformar las declaraciones de este tratado y las de los demás producidos por la Conferencia de la Sociedad Civil, durante el proceso de Río 92 en documentos a ser utilizados en los sistemas de enseñanza formal y en programas educativos de los movimientos sociales y sus organizaciones.
2. Trabajar en educación ambiental para sociedades sustentables conjuntamente con los grupos que elaboraron los demás tratados aprobados durante RIO 92.
3. Realizar estudios comparativos entre los tratados de la sociedad civil y los producidos por la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Desarrollo-CNUMAD; utilizar las conclusiones en tareas educativas.
4. Trabajar los principios de este tratado a partir de las realidades locales, estableciendo las debidas conexiones con la realidad del planeta, generando conciencia para la transformación.
5. Incentivar la producción de conocimientos, políticas, metodologías y prácticas de Educación Ambiental en todos los espacios de educación formal, informal y no formal, para todas las edades.
6. Promover y apoyar la capacitación de recursos humanos para preservar, conservar y administrar el ambiente, como parte del ejercicio de la ciudadanía local y mundial.
7. Incentivar a individuos y grupos para que adopten posiciones y políticas institucionales que revisen permanentemente la coherencia entre lo que se
dice y lo que se hace, así como los valores de nuestras culturas, tradiciones e historia.
8. Hacer circular la información sobre el saber y la memoria popular y sobre las iniciativas y tecnologías apropiadas para el uso de los recursos naturales.
9. Promover la co- responsabilidad de los géneros femenino y masculino sobre la producción, reproducción y mantenimiento de la vida.
10. Estimular y apoyar la creación y el fortalecimiento de las asociaciones de productores, consumidores y redes decomercialización para que sean ecológicamente responsables.
11. Sensibilizar a las poblaciones para que constituyan Consejos Populares de Acción Ecológica y Gestión del Ambiente con el objetivo de investigar, informar, debatir y decidir sobre problemas y políticas ambientales.
12. Crear condiciones educativas, jurídicas, organizacionales y políticas para exigir a los gobiernos que destinen un porcentaje significativo de sus presupuestos a educación y medio ambiente.
13. Promover relaciones de trabajo conjunto y cooperación entre las ONGs, Movimientos Sociales y organismos de la ONU (UNESCO, PNUMA, FAO, entre otros), a nivel nacional, regional, e internacional, a fin de establecer en conjunto las prioridades de acción para educación, medio ambiente y desarrollo.
14. Promover la acción y el fortalecimiento de redes nacionales, regionales y mundiales para la realización de actividades conjuntas entre organizaciones del Norte, Sur, Este, Oeste con perspectiva mundial (ejemplos: deuda externa, derechos humanos, paz, calentamiento del planeta, población, productos contaminados, entre otros.).
15. Garantizar que los medios de comunicación se transformen en instrumentos educativos para preservar y conservar los recursos naturales, presentando la pluralidad de versiones con fidelidad y contextualizando esas informaciones. Estimular la transmisión de programas generados por las comunidades locales.
16. Promover un entendimiento de las causas de los hábitos consumistas y actuar para transformar los sistemas que los sustentan, así como transformar las prácticas personales.
17. Buscar alternativas de autogestión en la producción, apropiadas económica y ecológicamente que contribuyan a mejorar la calidad de vida.
18. Actuar para erradicar el racismo, el sexismo y otros prejuicios; y contribuir a un proceso de reconocimiento de la diversidad cultural, de los derechos territoriales y de la autodeterminación de los pueblos.
19. Movilizar instituciones formales y no formales de educación superior para el apoyo a la enseñanza, investigación y extensión en educación ambiental, a la formación en cada universidad, de centros interdisciplinarios para el medio ambiente.
20. Fortalecer las organizaciones y movimientos sociales como espacios privilegiados para el ejercicio de la ciudadanía y para mejorar la calidad de vida y del ambiente.
21. Asegurar que los grupos ecologistas popularicen sus actividades y que las comunidades incorporen en su vida cotidiana la cuestión ambiental.
22. Establecer criterios para la aprobación de proyectos de educación para sociedades sustentables, discutiendo prioridades sociales junto a los organismos financiadores.