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C1. Se admitirá el uso Hogar y Centro de Día para la Parcela 12-, siendo un uso conforme y compatible con el uso residencial, debiéndose tramitar el Permiso de Localización correspondiente según Ordenanza Nº 8057 Decreto Nº 1979/05, a fin de establecer condiciones de funcionamiento, capacidad, etc.

C2. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación.

C3. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de funcionamiento.

D- Condiciones Administrativas

D1.Presentar Plano de Demolición y de Permiso de Construcción con destino “Hogar – Centro de Día”, ante la Dirección General de Obras Particulares.

D2.Presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción.

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Ref. Expte: Nº 16055-F-2017.-

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La Dirección de Obras Particulares verificara la propuesta de instalaciones contra incendio. D3. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden nacional, provincial, y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro, entre otros: Medios de Salida - sentido de apertura y ancho de puertas, anchos mínimos de circulación, caja de escalera, ascensor, etc./ insta- laciones eléctricas, según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. La implementa ción de vidrios en aberturas deberá cumplimentar con el artículo 3.10.2.1. del Código de Edificación.

D4. Cumplimentará las demás disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden Nacional, provincial y/o Municipal resulten de aplicación.

D5. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Conforme a Obra todos los condicionantes, constructivos, ambientales de funcionamiento y administrativos.

ARTÍCULO 3º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General ************* de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24, Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que ************* dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya

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Ref. Expte: Nº 16055-F-2017.-

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presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref. Expte: Nº 15519-M-2017

SAN ISIDRO, 22 de febrero de 2018

DECRETO NÚMERO:

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VISTO la presentación efectuada por la Sra. Lucía Liliana Magnino, en su carácter de propietaria, y el M.M.O. Darío Andres Romero, en su carácter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de realizar Demolición, Modificaciones Internas, Regularización y Cambio de Destino, en el Inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección E, Manzana 86, Parcela 21, ubicado con frente a la calles Von Wernicke Nº 3044, de la ciudad de San Isidro, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Rmb1 – Radio 9 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo los destinos solicitados de tratamiento particular como Uso Puntual por las Oficinas Técnicas en el marco de los Artículos 1.2.2.5 y 1.2.4.3 y Punto 2.12 de la Hoja de Zona;

QUE se trata de un inmueble que cuenta con Plano Aprobado según Expediente Nº 6733/87 con destino Caballeriza y dos Viviendas, proponiéndose el cambio de destino a Galería Comercial y Vivienda, lo que se consolidaría el uso comercial en la zona;

QUE el reciclaje propuesto no modifica la estructura y conformación original del inmueble, reduciéndose el FOS y manteniéndose el FOT del último Plano Aprobado;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos que elaboraron los Informes de Fojas 17/18, opinan que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que el Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

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Ref. Expte: Nº 15519-M-2017

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POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber a la Sra. Lucía Liliana Magnino, en su carácter de ************* propietaria, que se autoriza la realización de Demolición, Modificaciones Internas, Regularización y Cambio de Destino, del inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección E, Manzana 86, Parcela 21, ubicado con frente a la calle Von Wernicke Nº 3044, de la Localidad de San Isidro, según documentación de fojas 4, convenientemente corregida.

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al ************* cumplimiento de las condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

A. Condiciones Urbanísticas

A1. Los índices de ocupación máximos quedaran establecidos en: FOS = 0,64 y FOT = 1.03 A2. Retiro de frente: 2.70 metros. Se mantiene el aprobado s/ expediente N° 6733-87. Se admite la ocupación con 1 módulo de estacionamiento de 2,50 metros x 5,00 metros, verificando lo establecido en el Artículo 1.2.2.1 incisos 4 y 5 del Código de Ordenamiento Urbano. El resto del Retiro deberá parquizarse.

A3. Terreno / Superficie Absorbente: deberá verificarse como mínimo el 50% de la superficie libre según FOS establecido = 0.64. Corresponde el 18% de la superficie de la parcela = 81 m2.

A4. Estacionamiento: El inmueble contará con 1 módulo de estacionamiento para la unidad vivienda, ubicada en Planta Alta y 1 módulo de carga y descarga para los locales

comerciales.

A5. El edificio contará con accesibilidad y sanitarios para ambos sexos, para personas con capacidades diferentes en cumplimiento con el artículo 1.2.4.4. del Código de Ordenamiento Urbano - Ordenanza Nº 6631.

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Ref. Expte: Nº 15519-M-2017

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A6. Cumplimiento de los artículos 3.10.2.1 y 4.2.3.5 y concordantes del Código de Edificación, en relación a vidrios de seguridad y medios de salida.

A7. Cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.2.2.2 del Código de Ordenamiento Urbano, relativo a Galerías Comerciales, y lo dispuesto en los artículos 4.3.1.1 y 6.2 del Código de Edificación, en relación a dimensiones mínimas de locales, medios de salidas, servicios de salubridad, iluminación y ventilación.

B- Condiciones Ambientales:

B1. Tratamiento Urbano Exterior: las veredas se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación y no perderán su continuidad en correspondencia de los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias, señalizadas. En los planos de Permiso de Construcción se indicarán detalles, cotas y niveles.

Se deberá cumplir con lo establecido el artículo 1.2.2.1 - Inciso 4), la sumatoria de los accesos vehiculares que no superará el 50% del ancho del predio sobre Línea Municipal. B2. Residuos: deberá contar con un recinto dentro del predio y próximo al acceso, apto para mantener los deshechos del conjunto previo a su recolección.

B3. El cerco de frente verificará lo establecido en el 1.2.1.6 del Código de Ordenamiento Urbano.

B4. Forestación: no presentan relevamiento de la forestación. Como principio general deberán conservarse todas las especies arbóreas ubicadas en la vereda y en el interior del predio. De ser necesaria la extracción, los mismos deberán ser reemplazados con ejemplares de similar o mayor valor forestal, para lo cual quedará a evaluación de la Dirección general de Arbolado Urbano el proyecto de forestación, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 6610 y el Decreto Reglamentario Nº 501/10, debiendo iniciar Expediente para tal fin.

B5. Se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1.2.2.25.2 del Código de Ordenamiento Urbano, relativo a sistemas retardadores, reguladores y/o reservorios de aguas pluviales, para compensar la impermeabilización del terreno propio. Se indicarán en Planos de Permiso de Construcción ubicación y cálculo.

B6. Consideraciones generales para la etapa de Obra:

Durante la etapa de construcción deberá cumplimentarse con lo establecido en los Decretos Nº 1617/14 y 1618/14.

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Ref. Expte: Nº 15519-M-2017

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C- Condiciones de Funcionamiento:

C1. Habilitación: los usos a desarrollar deberán ajustarse a las normativas de la zona, considerando especialmente la ubicación del inmueble y su entorno, el mantenimiento de las condiciones que surgen del presente informe, la publicidad, la concurrencia y la modalidad de carga y descarga de mercaderías, entre otros aspectos.

C2. Horario de funcionamiento: la limitación de horarios será definida por la Subsecretaría de Inspección General, atento a las características de la zona.

C3. La publicidad será la mínima necesaria para el anuncio de la actividad y contará con aprobación previa a su colocación. La misma deberá colocarse dentro del predio.

D. Condiciones Administrativas:

D1. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edificación, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permiso de Construcción.

D2. Cumplimiento de todas las reglamentaciones edilicias y de seguridad contenidas en el Código de Edificación y Ordenanza Nº 8367, entre otros: medios de salida, anchos mínimos de paso, sentidos de apertura y anchos de puertas, escaleras principales y secundarias, instalaciones eléctricas, etc.; siendo de aplicación supletoria el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

D3. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial o Municipal resulten de aplicación.

D4. Se transcribirán en el Permiso de Construcción todas las condicionantes Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas.

D5. Una vez finalizada la obra y aprobado el Plano Conforme a Obra, se tramitarán los correspondientes Permisos de Habilitación Comercial.

ARTÍCULO 3º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General ************* de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24, Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.

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Ref. Expte: Nº 15519-M-2017

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ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que ************* dentro de los Ciento Veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref.: Expte .Nro. 1520-D-2018.-

SAN ISIDRO, 22 de febrero de 2018.-

DECRETO NÚMERO

:3 6 0

VISTO el Pedido de Suministro Nº 500-23/2018 elaborado por la Subsecretaría de Acción Social; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 20/2018, autorizado mediante Decreto Nº 198/2018.-

QUE realizada la apertura de las ofertas presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 128, aconsejando la Subsecretaría de Acción Social a fojas 130 la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a fojas 132, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a GUARDAPOLVOS ARGENTINOS S.R.L., C.U.I.T. N° ************* 33-55079325-9, la adquisición de “GUARDAPOLVOS ESCOLARES” por un monto total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 290.250,00).

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 37, Objeto del Gasto 5.1.4.08, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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Ref.: Expte .Nro. 1520-D-2018.-

//...

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

100

Ref.: Expte. Nro. 2493-D-2018.-

SAN ISIDRO, 22 de febrero de 2018.-

DECRETO NÚMERO

: 3 6 1

VISTO el pedido de Suministro Nro. 649- 96/2018; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 42/2018, para la adquisición ************* de “CONTENEDORES DE 1.000 LTS POLIETILENO DE ALTA

DENSIDAD”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 26 de febrero de 2018, a las ************* 09:45 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000.5, Categoría Programática 01.01, Objeto del Gasto 2.5.8, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

101

Ref.: Expte. Nro. 16591-R-2017.-

SAN ISIDRO, 22 de febrero de 2018.-

DECRETO NÚMERO

: 3 6 2

VISTO lo actuado en el presente expediente administrativo; y

Considerando:

QUE el contribuyente manifiesta que adquirió la propiedad en cuotas en el año 1995, cuando trabajaba en el Jockey Club, ya que quedó desocupado entre los años 2000 y 2005;

QUE se separó de su esposa y obtuvo la tenencia de sus dos hijos menores;

QUE el juicio de divorcio fue muy oneroso por lo que le llevó mucho tiempo cancelar los costos;

QUE sus hijos estudian y trabajan, ayudándolo económicamente;

QUE desea regularizar su situación fiscal con la Comuna para poder iniciar el trámite de escrituración;

QUE abonó el total del importe origen a resultas del presente;

QUE en virtud de las facultades delegadas en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, el cual faculta al Departamento Ejecutivo a disponer descuentos sobre los accesorios por mora cuando las causas lo justifiquen, por tal motivo corresponde proyectar el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar a la reducción del 50% de los recargos por mora y el 100% ************* de la multa por omisión generados en la deuda de la Cuenta Corriente N° 690.462 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 1995/4A hasta 2017/5A inclusive, que recae sobre el inmueble sito en Uruguay N° 5360 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

102

Ref.: Expte. Nro. 16591-R-2017.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El beneficiario de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá ************* regularizar el pago del porcentaje no eximido dentro de los diez (10) días de notificado al valor de la cancelación de la deuda origen.-

ARTÍCULO 3º.- En caso de no cumplimentar lo indicado en el término previsto en el ************* artículo anterior, el beneficio otorgado por el presente se conservará desde el día posterior al vencimiento de dicho plazo hasta el término de los sesenta (60) días corridos posteriores, debiendo abonar los accesorios con los valores correspondientes al día de su efectiva cancelación.-

ARTÍCULO 4º.- Transcurridos los plazos previstos en los artículos precedentes sin ************* haberse realizado la cancelación, el monto abonado “a resultas”, se acreditará a la deuda con el total de los accesorios sin descuentos, calculados a la fecha del pago de la deuda origen.-

ARTÍCULO 5º.- Tome intervención a las oficinas competentes de la Dirección General ************* de Rentas para su conocimiento.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref.: Expte .Nro. 1110-D-2018.-

SAN ISIDRO, 22 de febrero de 2018.-

DECRETO NÚMERO

:3 6 3

VISTO el Pedido de Suministro Nº 99-23/2018 elaborado por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 15/2018, autorizado mediante Decreto Nº 120/2018.-

QUE realizada la apertura de las ofertas presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 221, aconsejando la Subsecretaría de Planeamiento Urbano a fojas 223 la adjudicación a la más

conveniente para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a fojas 235, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a BRICA CONSTRUCCIONES S.R.L., C.U.I.T. N° ************* 30-65472417-9, la contratación del servicio de “REMODELACION DE

BAÑOS Y COCINA EN EL CENTRO MUNICIPAL DE EXPOSICIONES” por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 1.165.665,00).

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, Categoría Programática 01.54, Objeto del Gasto 4.2.1.01, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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Ref.: Expte .Nro. 1110-D-2018.-

//...

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

105

Ref.: Expte. Nro. 1493-D-2018.-

SAN ISIDRO, 22 de febrero de 2018.-

DECRETO NÚMERO

: 3 6 4

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600- 3/2018; y

Considerando:

QUE el importe de los trabajos a contratarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 43/2018, para la contratación de ************* trabajos de “RETIRO Y COLOCACIÓN DE LUMINARIAS LED EN JARDINES MUNICIPALES, E.R.I.P.L.A Y ESCUELA MALVINAS ARGENTINAS”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 2 de marzo de 2018, a las ************* 10:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000.3, Categoría Programática 21, Objeto del Gasto 5.1.4.31, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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