• No results found

3. RIDX Design & Architecture

3.4 Modules & general work of RIDX

3.4.3 Authentication in RIDX

SUPERINTENDENCIA GENERAL

DE ELECTRICIDAD

Y

TELECOMUNICACIONES

DIARIO

OFICIAL

SOLO

PARA

CONSULTA

NO

TIENE

VALIDEZ LEGAL

(Registro No. F024999)

DIARIO

OFICIAL

SOLO

PARA

CONSULTA

NO

TIENE

VALIDEZ LEGAL

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO

DE AGUA POTABLE, SALUD, MEDIO AMBIENTE Y SANEAMIENTO BASICO, QUE SE DENOMINA: “ASOCIACION DE AGUA, BENDICION DE DIOS” PARA EL

DESARROLLO DEL CANTON SAN SEBASTIAN DEL MUNICIPIO DE NUEVO EDEN DE SAN JUAN, EN EL

DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

TITULO I

DE LA NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y FINES.

CAPITULO I

CONSTITUCION, NATURALEZA, DENOMINACION Y DOMICILIO.

Art. 1.- Constitúyese la Asociación Comunal Administradora del sistema de abastecimiento de agua Potable, Salud, medio ambiente y Sa- neamiento básico para el desarrollo de la comunidad Cantón San Sebastián y que se denominará: “ASOCIACION DE AGUA, BENDICION DE DIOS” y que se podrá abreviar: ASOCDABED con participación directa de los Asociados(as) abastecidos por el sistema de agua potable, con autonomía y patrimonio propio, de utilidad pública, sin fi nes de lucro, apolítica partidista, de carácter no religioso y que en el texto de los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.

Art. 2.- La Asociación estará regida por la Constitución Política de la República de El Salvador, el Código Municipal, estos Estatutos, Reglamento Interno y otras leyes que se apliquen a los fi nes para lo que fue creada.

Art. 3.- La Asociación establece su domicilio en el Municipio de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel, por tiempo indefi nido. La cobertura geográfi ca de su gestión inicial comprende el Cantón San Sebastián previo estudio socioeconómico y el diseño técnico. Quedando facultada para ampliar su cobertura geográfi ca de su gestión a otras comunidades.

CAPITULO II FINES

Art. 4.- La fi nalidad de la Asociación es la gestión integral del recurso hídrico, incluyendo entre sus responsabilidades: administrar el sistema de abastecimiento de agua potable, promover acciones en salud, protección y sostenibilidad del medio ambiente, la educación de su población y el saneamiento básico; así como también la gestión y administración de otros recursos para fortalecer la inversión social, en benefi cio de la población que reside en el área geográfi ca de su domici- lio.

Art. 5.- Para lograr el fi n propuesto, se plantean los siguientes objetivos específi cos:

a) Administrar, operar y mantener efi cientemente los recursos de la Asociación con transparencia y sostenibilidad de la misma.

b) Suministrar efi cientemente el servicio de agua potable a los usuarios bajo normas de calidad y cantidad, establecidas y reconocidas por las instancias reguladoras de país y por estándares de calidad universales.

c) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica hidráulica, legal, social, económica y ambiental.

d) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría social en la administración y los servicios que presta la Aso- ciación.

e) Proponer al Concejo Municipal de Nuevo Edén de San Juan, la emisión y aprobación de ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas de infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde se abastece el o los sistemas administrados por la Asociación.

f) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de educación y otros relacionados con los fi nes de la Asocia- ción.

g) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos y disposición de excretas.

h) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la niñez en el acceso a la salud y a la educación.

i) Constituir y mantener un fondo con recursos propios y otros generados a través de la gestión administrativa, destinados exclusivamente a acciones de salud, medio ambiente y educación, orientados a la población que reside en el área geográfi ca de los proyectos bajo su administración.

ALCALDÍAS MUNICIPALES

DIARIO

OFICIAL

SOLO

PARA

CONSULTA

NO

TIENE

VALIDEZ LEGAL

j) Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la gestión de la Asociación para la sostenibilidad de los servicios prestados y de la Asociación misma.

k) Participar en los planes de desarrollo en el ámbito local y regional, para establecer alianzas y/o convenios con gobiernos locales y otras instituciones gubernamentales, no gubernamen- tales e instituciones internacionales que promuevan acciones afi nes a sus objetivos.

l) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en- caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún nivel de vulnerabilidad.

m) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma de decisiones y acciones, así como promover la participación equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la Asociación.

n) Hacer alianzas con otras organizaciones que operan sistemas de agua en el municipio o fuera de éste, a fi n de fortalecer la capacidad de gestión a nivel local o regional.

o) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno de la Asociación y Planes de Trabajo.

TITULO II

DE LOS(AS) ASOCIADOS(AS), CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

CAPITULO I

CALIDAD DE LOS(AS) ASOCIADOS(AS)

Art. 6.- Los Asociados(as) podrán ser:

a. Fundadores(as): Son Asociados(as) Fundadores(as): Todas aquellas personas que conformaron la Primera Acta de Constitución de La Asociación.

b. Activos(as): Son Asociados(as) Activos(as): Todas aquellas personas usuarias, propietarias de por lo menos una acometida domiciliar del sistema de agua potable, que por su voluntad estén registradas en el Libro de Asociados(as) que la Asocia- ción lleva para tal fi n y hayan cumplido los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno.

c. Honorarios(as): Son Asociados Honorarios todas aquellas personas que por reconocimiento de la Asamblea General, se les otorgue esa calidad de asociado.

CAPITULO II

DERECHOS DE LOS(AS) ASOCIADOS(AS) FUNDADORES Y/O ACTIVOS

Art. 7.- Son Derechos de los(as) Asociados(as):

a) Participar con voz y voto en Asambleas Generales. b) Presentar Iniciativas y sugerencias a la Asamblea General,

Junta Directiva y Junta de Vigilancia; en lo referente a la gestión de la Asociación.

c) Retirarse voluntariamente como asociado(a) cuando así lo solicitare por escrito, sin perder el derecho como usuario(a) del sistema de agua.

d) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

e) Convocar a la Asamblea General para exponer sus inquietudes o hechos que les estén afectando, siempre que su petición esté respaldada al menos por un 30% de los asociados(as), canalizando dicha convocatoria por escrito a través de la Junta Directiva.

f) Recurrir ante la Junta Directiva o la Junta de Vigilancia, Asamblea General, Gobierno Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como asociado(a) les sean violentados por procedimientos previstos y no previstos en los presentes Estatutos.

g) Solicitar ante la Administración de la Asociación y recibir oportunamente, información de su situación como asociado(a) y/o usuario(a).

h) Emitir un solo voto, aun cuando posean más de una acome- tida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de decisiones.

Art. 8.- Son Deberes de los(as) Asociados(as):

a) Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas por la Junta Directiva.

b) Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos naturales.

c) Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.

d) Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva o Junta de Vigilancia, cualquier daño a la infraestructura del sistema de abastecimiento de agua potable.

e) Participar activamente en las actividades de salud u otros proyectos que impulse la Junta Directiva.

f) Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en riesgo la gestión de la Asociación y especialmente la salud de la población.

g) Aceptar y cumplir acuerdos tomados por Junta Directiva, y Asamblea General.

h) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con la Asociación.

i) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos.

DIARIO

OFICIAL

SOLO

PARA

CONSULTA

NO

TIENE

VALIDEZ LEGAL

CAPITULO III

USUARIOS(AS) NO ASOCIADOS

Art. 9.- Usuarios(as) No Asociados: Es aquella persona que hace uso del servicio de agua y que no desea estar registrado(a) como Asociado(a); teniendo derecho a voz y no así a voto en la toma de decisiones de la Asociación.

Art. 10.- Son Derechos de los(as) Usuarios(as) No Asociados: a) Ser admitido(a) previa solicitud ante la Junta Directiva

como Asociado(a) después de cumplir los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación. b) Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que el

prestado a los asociados.

c) Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación como usuario(a).

d) Participar activamente en las actividades de salud y medio ambiente u otros proyectos que impulse la Junta Directiva. e) Hacer reclamos a la administración de la Asociación por

insatisfacción en el servicio de agua que recibe.

Art. 11.- Son Deberes de los(as) Usuarios(as) no Asociados: a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Regla-

mento Interno.

b) Proteger y hacer uso racional del Agua y recursos natura- les.

c) Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.

d) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con la Asociación.

CAPITULO IV

DEL RETIRO DE LA CALIDAD DE ASOCIADO(A)

Art. 12.- Los(as) Asociados(as) podrán ser suspendidos(as) de su calidad de Asociados(as) por acuerdo emitido por mayoría simple de votos en Asamblea General y previa audiencia de el(la) Asociado(a) ante la Junta Directiva.

Se consideran causales de retiro temporal o defi nitivo como Asociado(a), las siguientes:

a) Por incumplimiento de los presentes Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

b) Mala conducta y acciones de el(la) Asociado(a) que se traduzca en perjuicio grave de la Asociación o del sistema de abaste- cimiento de agua potable, la salud y el medio ambiente. c) Obtener por medios fraudulentos, benefi cio de la Asociación,

o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros. d) Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en

el libre desempeño como ciudadano.

Art. 13.- Los Asociados(as) tienen derecho al recurso de apelación cuando se les retira su calidad de Asociado(a) temporal o defi nitivamente. Podrá apelar a la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal no esté prevista en los presentes estatutos ni en el reglamento interno; sin perjuicio que tiene el asociado(a) de acudir a otras instancias com- petentes.

TITULO III

DE LA ORGANIZACION, DIRECCION, VIGILANCIA Y OPERACION DE LA ASOCIACION

CAPITULO I DE LA ORGANIZACION

Art. 14.- La Organización de la Asociación, estará conformada por: La Asamblea General, la Junta Directiva, la Junta de Vigilancia y la Unidad Administrativa - Operativa.

CAPITULO II

Related documents