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Para la presentación de declaraciones por vía telemática, por medio del servicio

BizkaiBai, será necesaria la utilización de los sistemas informáticos recogidos en el

artículo 5.1 de la Orden Foral 3.623/2000, de 11 de diciembre, por la que se establece

la regulación y funcionamiento del Servicio BizkaiBai, para la utilización de medios

telefónicos y telemáticos en las relaciones con el Departamento de Hacienda y Finanzas.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el

«Boletín Oficial de Bizkaia», y será de aplicación, por primera vez, a las

declaraciones-liquidaciones de pagos fraccionados que se deban efectuar entre el día 1 y 25 de julio de 2002, correspondiente al segundo trimestre del citado año.

Orden Foral 673, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 18 de octubre de 2001, por la que se aprueban los siguientes modelos en euros: 300, 310, 320, 330, 308, 309, 349 y 034 del Impuesto sobre el Valor Añadido; 110, 111, 115-A, 117, 123, 124,

126, 128, 187, 188, 193, 194, 196 y 198 del Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes

(establecimientos permanentes); 560, 561, 562, 563, 564, 565 y 566 de Impuestos

Especiales y por último los modelos 600, 610, 620 y 630 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

(BOTHA de 12 de noviembre de 2001) Orden Foral 283/1995, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 17 de febrero, por la que se aprueban los modelos 110 “Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades

profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios” y 111 “Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del

trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios”. Grandes empresas.

(BOTHA de 17 de marzo de 1995) Orden Foral 801/2001, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 10 de

diciembre de 2001, por la que se aprueba el formato que contiene los programas

informáticos de ayuda para la confección de determinadas declaraciones tributarias. (BOTHA de 28 de diciembre de 2001) Resolución 400/2006, del Director de Hacienda, de 21 de marzo de 2006, por la que se

aprueban las condiciones técnicas y diseño de los soportes magnéticos válidos para

sustituir los modelos en papel correspondientes a las declaraciones-liquidaciones del

Impuesto sobre el Valor Añadido, modelos 300, 310, 320 y 330, así como del Impuesto

sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, modelos 110, 111 y 115-A.

(BOTHA de 5 de abril de 2002) Resolución 1167/2008 del Director de Hacienda de 12 de junio, por la que se aprueban las condiciones técnicas y el diseño de los soportes magnéticos válidos para sustituir el

modelo en papel correspondiente a la declaración-liquidación del Impuesto sobre

Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes

y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con

presencia en el Territorio Histórico de Álava), modelo 200-A

(BOTHA de 20 de junio de 2008) Nota: no se incluyen Anexos.

Decreto Foral 14/2000, del Consejo de Diputados de 29 de febrero, que establece los modelos de declaración para cada clase de renta y determina la forma y el lugar en que deba efectuarse la declaración y el ingreso de las cuotas tributarias.

(BOTHA de 13 de marzo de 2000)

Orden Foral 101 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 22 de febrero de 2000, por la que se aprueba el modelo 128 de declaración-liquidación de retenciones e

ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto

sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a

establecimientos permanentes en relación con las rentas o rendimientos del capital

mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y contratos de seguro de vida o invalidez.

(BOTHA de 3 de marzo de 2000)

Orden Foral 734/2008, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 23 de

diciembre, por la que se aprueba el modelo 196, del Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del

capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en

toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre

activos financieros, declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas en toda clase de instituciones financieras.

(BOTHA de 14 de enero de 2009)

Orden Foral 1394 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 16 de

diciembre de 1999, por la que se aprueba el modelo 188 del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto

sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos

permanentes), en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario

procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o

invalidez, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas

interiores por soporte directamente legible por ordenador.

(BOTHA de 31 de diciembre de 1999) Orden Foral 133/2005, DEL DIPUTADO FOAL DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS, de 9 de

MARZO, por la que se aprueba el modelo 198 de declaración anual de operaciones con

activos financieros y otros valores mobiliarios, así como los diseños físicos y lógicos

para la sustitución de sus hojas interiores por soporte directamente legible por

ordenador.

(BOTHA de 30 de marzo de 2005) Decreto Foral 149/1999, del Consejo de Diputados de 14 de diciembre, que aprueba los modelos 193 y 194 sobre rentas sujetas a retención e ingresos a cuenta por diversos Impuestos.

(BOTHA de 29 de diciembre de 1999)

Orden Foral 41/2000, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 24 de

enero, por la que se aprueba el modelo 187 de resumen anual de retenciones e ingresos a

cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre

Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones a reembolsos de

acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las

Instituciones de Inversión Colectiva, así como los diseños físicos y lógicos para la

presentación obligatoria del citado modelo por soporte directamente legible por

ordenador.

(BOTHA de 9 de febrero de 2000)

Orden Foral 744, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 22 de

noviembre de 2001, por la que se aprueba el modelo 180 en euros, del resumen anual de retenciones a ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no

Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador.

(BOTHA de 21 de diciembre de 2000)

Orden Foral 423/1999, de 30 de marzo, por la que se aprueba el modelo 117 de

declaración-liquidación de retenciones e ingresos a cuenta y del pago a cuenta del

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del

Impuesto sobre la Renta de No Residentes, en relación con las rentas o ganancias

patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva.

(BOTHA de 16 de abril de 1999)

ORDEN FORAL 2.997/2007, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 187, 188, 193 normal y simplificado, 194, 196 y 198.

(BOB de 12 de diciembre de 2007)

ORDEN FORAL 3.891/2003, de 9 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, por la que se aprueba el modelo 196 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos

18Derogada por Orden Foral 2.997/2007, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 187,188,193 normal y simplificado, 194, 196 y 198 de entrada en vigor el mismo día de su publicación en el BOB (12/12/2007)

19Deroga los artículos 2 y 3 de la Orden Foral 3820/1999.

20Modificaciones introducidas por laOrden Foral 1346/2003, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden Foral 37/2000, de 19 de enero, y que será aplicable, por primera vez, a las declaraciones que deban presentarse a partir del 1 de enero de 2004 referidas a información del ejercicio 2003.

21Derogada por Orden Foral 2.997/2007, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 187,188,193 normal y simplificado, 194, 196 y 198 de entrada en vigor el mismo día de su publicación en el BOB (12/12/2007)

22La Orden Foral 4.031/2003 (BOB 02/01/2004) recoge la presentación telemática.

por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros. 18

(BOB de 2 de enero de 2004)

Orden Foral 3769/2002 19 , de 14 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, por la que se aprueban los diseños físicos y lógicos para la presentación por soporte directamente legible por ordenador del modelo 196 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros.

(BOB de 27 de diciembre de 2002)

Orden Foral 3323/2003, de 21 de octubre, del Territorio Histórico de Bizkaia, por la que se regula el procedimiento de presentación telemática de los modelos 124 y 126, rendimientos implícitos de capital mobiliario sujetos al régimen general y rendimientos de capital mobiliario cuentas bancarias.

(BOB de 30 de octubre de 2003) Orden Foral 1201/2002 20 , de 3 de diciembre, por la que se modifica la Orden Foral 37/2000, de 19 de enero, por la que se aprueba el modelo 126, en pesetas y euros, de declaración-documento de ingreso y el modelo 196, en pesetas y euros, de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación del citado modelo 196 en soporte magnético.

(BOG de 17 de diciembre de 2002)

Orden Foral 3698/1999, de 16 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, por la que se aprueba el modelo 188, en pesetas y en euros, de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. 21

(BOB de 23 de febrero de 1999) ORDEN FORAL 1304/2007, de 18 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 188, 193, 194 y 196, todos ellos resúmenes anuales de retenciones e ingresos a cuenta sobre diversas rentas o rendimientos del capital mobiliario.

(BOG de 24 de diciembre de 2077)

Orden Foral 3797/2001, de 27 de noviembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, por la que es aprueba el modelos 110, 111, 115 y 117 de declaración-liquidación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto de No Residentes.

(BOB de 24 de diciembre de 2001) 22

Orden Foral 3/2002, de 9 de enero de 2002, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por la que se aprueba el modelo 115 de declaración-documento de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la renta de no residentes con establecimiento permanente, en relación con rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.

(BOG de 18 de enero de 2002)

Orden Foral 3805/2000, de 22 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 180 de declaración resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho

23La Orden Foral 3964/2002 recoge la presentación telemática. 24Nueva redacción dada por la

25Norma Foral 7/2008, de 10 de diciembre, de por la que se aprueban medidas tributarias para 2009

26Norma Foral 21/2008, de 18 de diciembre, de Ejecución Presupuestaria para 2009 con efectos a partir del 1 de enero de 2009,

27Apartado modificado por la Norma Foral 1/2009, de 17 de marzo, por la que se modifica la Norma Foral 10/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Norma Foral 2/1999, de 26 de abril, del Impuesto sobre la Renta de no residentes y la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria con efectos desde el 24 de marzo de 2009.

modelo por soporte directamente legible por ordenador.

(BOB de 25 de enero de 2000) 23

Orden Foral 2/2002, de 9 de enero de 2002, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por la que se aprueba el modelo 180 de declaración resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes), en relación con los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador.

(BOG de 18 de enero de 2002)

ORDEN FORAL 1306/2007, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 187 de declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones.

(BOG de 24 de diciembre de 2007) CAPÍTULO IV

RENTAS OBTENIDAS SIN MEDICIÓN DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE ARTÍCULO 23.- BASE IMPONIBLE.

1. 24 25 26 27Con carácter general, la base imponible correspondiente a los rendimientos que los contribuyentes por este Impuesto obtengan sin mediación de establecimiento permanente estará constituida por su importe íntegro, determinado de acuerdo con las normas de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

2. En los casos de prestaciones de servicios, asistencia técnica, obras de instalación o montaje derivados de contratos de ingeniería y, en general, de actividades o explotaciones económicas realizadas sin mediación de establecimiento permanente, la base imponible será igual a la diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos de personal, de aprovisionamiento de materiales incorporados a las obras o trabajos, y de suministros, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

3. La base imponible correspondiente a los rendimientos derivados de operaciones de reaseguro estará constituida por los importes de las primas cedidas, en reaseguro, al reasegurador no residente.

4. La base imponible correspondiente a las ganancias patrimoniales se determinará aplicando, a cada alteración patrimonial que se produzca, las normas previstas en la sección 4.ª del Capítulo II del Título III, salvo el artículo 33.2, y en el Título X, salvo el artículo 94.1.a), segundo párrafo, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre las Renta de las Personas Físicas.las normas previstas en la sección 4.ª del Capítulo I del Título II, salvo el artículo 31.2, y en el Título VIII, salvo el artículo 95.1.a), segundo párrafo, del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzolas normas previstas en la Sección 4ª del Capítulo II del Título III, salvo el apartado 2 del artículo 33, y en la Sección 6 del Título X, salvo el artículo 94.1.a), segundo párrafo, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas.

En el caso de entidades no residentes, cuando la ganancia patrimonial provenga de una adquisición a título lucrativo, su importe será el valor normal de mercado del elemento adquirido. Tratándose de ganancias patrimoniales a que se refiere el artículo12.2.k).c’) 12.2.k).c´) 12.Dos.i).b´) de esta Norma Foral procedentes de la transmisión de derechos o participaciones en entidades residentes en países o territorios con los que no exista un efectivo intercambio de información tributaria, de acuerdo con lo dispuesto enla Disposición Adicional vigésimo cuarta de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia el apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscalla Disposición Adicional Decimoquinta de la Norma Foral General Tributaria , el valor de transmisión se determinará atendiendo proporcionalmente al valor de mercado, en el momento de la transmisión, de los bienes inmuebles situados en territoriovizcaínoguipuzcoanoalavés, o de los derechos de disfrute sobre dichos bienes. Tratándose de ganancias patrimoniales a que se

28Nueva redacción dada por laNorma Foral 7/2008, de 10 de diciembre, de por la que se aprueban medidas tributarias para 2009Norma Foral 21/2008, de 18 de diciembre, de Ejecución Presupuestaria para 2009, con efectos a partir del 1 de enero de 2009.

29Apartado modificado por la Norma Foral 1/2009, de 17 de marzo, por la que se modifica la Norma Foral 10/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Norma Foral 2/1999, de 26 de abril, del Impuesto sobre la Renta de no residentes y la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria con efectos desde el 24 de marzo de 2009.

refiere el artículo 12.2.k).c’) de esta Norma Foral procedentes de la transmisión de derechos o participaciones en entidades residentes en países o territorios con los que no exista un efectivo intercambio de información tributaria de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición adicional primera de la Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, el valor de transmisión se determinará atendiendo proporcionalmente al valor de mercado, en el momento de la transmisión, de los bienes inmuebles situados en territorio guipuzcoano, o de los derechos de disfrute sobre dichos bienes.

5. 28 29 En el caso de personas físicas no residentes, la renta imputada de los bienes inmuebles situados en territorio artículo 85 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

CAPÍTULO II

RENTAS OBTENIDAS SIN MEDIACIÓN DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

ARTÍCULO 4.- DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE CORRESPONDIENTE A ACTIVIDADES O

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