• No results found

Plasmada en la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, que en sus primeros artículos desarrolla los derechos más relevantes para tener en cuenta en nuestra investigación; estamos hablando de que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado (Art. 2).

Etimológicamente la palabra Educación proviene del Latín “Educere: guiar,

conducir” o educare: “formar, instruir”. Es un proceso multidimensional de vinculación

y conocimiento cultural, moral y conductual de formas de ver el mundo de generaciones anteriores. A través de ella se trasmiten conocimientos, valores, costumbres y formas de actuar. La educación no solo se produce a través de las palabras, sino que está presente en todas nuestras acciones, sentimientos y actitudes porque es también un proceso de socialización formal de los individuos de una sociedad.

Según el documento curricular Provincial de Mendoza, Nivel Inicial, Primer y segundo Ciclo de la Educación General Básica: la Educación es: “proceso individual y

social de transmisión de conocimientos, consolidación y creación de la cultura de una nación y de la comunidad y sus valores, se desarrolla en el perfil del educando

40

sustentado en su dignidad y libertad de la persona humana atendiendo a sus dimensiones físicas, psíquicas éticas y espirituales, se incluyen en la educación pública a todos los servicios de gestión estatal y privada de la provincia” (Dirección General de

Escuelas, 1998: 23).

La Educación se tipifica de la siguiente manera:

• Formal: hace referencia al ámbito de la escuela.

• No formal: Cursos, academias.

• Informal: educación que se adquiere a lo largo de la vida, abarca a las anteriores.

La educación en la Argentina tiene objetivos comunes a todos los alumnos y alumnas, plasmados en la vigente ley 26.206, orientados a asegurar una educación de calidad con igualdad, mediante la inclusión educativa a través de políticas universales, garantizando una educación integral, impulsando la identidad nacional, respetando la cultura y las particularidad de cada localidad, favoreciendo el desarrollo armónico de todos/as los/as educandos/as y su inserción activa en la sociedad.

Los objetivos mencionados en la Ley de Educación, son adaptados a la realidad de cada escuela1, de esta forma se respeta la diversidad cultural y las particularidades de cada comunidad educativa, de las localidades en las que están insertas y la realidad de la población que concurre a los distintos establecimientos educativos. Son objetivos amplios ya que considera a los sujetos en todos los ámbitos de su vida; de esta manera, no quedan limitados al proceso de enseñanza-aprendizaje.

Los objetivos de la política educativa citados en el artículo 11 de la Ley Nacional de Educación N° 26.206 están orientados a garantizar: “calidad con igualdad de

oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales; una educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona; la formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural” (Ley Nacional de Educación; 2006: inc. b, c).

1

41

Asimismo, buscan fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales; la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas; asegurar condiciones de igualdad; el respeto a los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la Ley Nº 26.061; el acceso, la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo; la participación democrática de toda la comunidad educativa; oportunidades de estudio y aprendizaje necesarias para la educación a lo largo de toda la vida” (Ley Nacional de Educación; 2006: art. 11 inc: d, e, f, g, h, i, j,).

Como así también, la mencionada Ley Nacional de Educación plantea, “(…) la

centralidad de la lectura y la escritura, desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación; a las personas con discapacidades, temporales o permanentes, una propuesta pedagógica que les permita el desarrollo de sus posibilidades, la integración y el pleno ejercicio de sus derechos; a los pueblos indígenas el respeto a su identidad cultural; conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación integral; una formación corporal, motriz y deportiva que favorezca el desarrollo armónico de todos/as los/as educandos/as y su inserción activa en la sociedad; el aprendizaje de saberes científicos fundamentales para comprender y participar reflexivamente en la sociedad contemporánea; la coordinación de políticas de educación, ciencia y tecnología con las de cultura, salud, trabajo, desarrollo social, deportes y comunicaciones, para atender integralmente las necesidades de la población, aprovechando al máximo los recursos estatales, sociales y comunitarios; en todos los niveles educativos y modalidades la comprensión del concepto de eliminación de todas las formas de discriminación” (Ley Nacional de Educación; 2006: Art. 11, inc. k, l, m, n,

ñ, o, p, q, r, s, t, u, v).

La Educación Argentina se propone la formación integral de los alumnos para la vida social, así como también para su inserción laboral, teniendo en cuenta todas las dimensiones de la persona, su contexto particular, su cultura, asumiendo el alumnado un papel activo en su propia formación, ya que los forma para la participación democrática; basada en valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, garantizándoles el respeto a su dignidad, e inculcándoles estos valores

42 para que ellos y ellas en su medio social promuevan el respeto a la diversidad, la cultura, la integración y la igualdad.

Related documents