Producto de mi inexperiencia, quizá de mi ignorancia, en los orígenes de esta investigación pensaba que la cuestión metodológica no plantearía mayores dificultades, más si cabe teniendo en cuenta el estricto control socio-económico al que estuvo sometida la minoría cristiano nueva tras su destierro del reino de Granada. Recuentos y más recuentos, listas y censos por doquier con los nombres, apellidos e incluso la descripción física de la mayoría de los extrañados del territorio granadino, la obligatoriedad de reseñar su condición de cristiano nuevo de moro o de los nuevamente convertidos del reino de Granada…, en todos y cada uno de los papeles en los que se inscribiesen sus nombres (bautismos, escrituras notariales, matrimonios…), etc., todo, absolutamente todo, hacía presagiar que la investigación de la comunidad morisca sería una mera cuestión de tiempo y de vaciar sistemáticamente el mayor número de fuentes posible. Acostumbrado, además, a trabajar previamente sobre la comunidad judeoconversa, con un altísimo índice de ocultamiento y un complejo problema metodológico por lo dificultoso de su reconstrucción, me resultaba gozoso pasar los legajos a la espera de la indicación oportuna que me señalase la existencia de un morisco/a.
Pronto, afortunadamente, pude comprobar cuán equivocado estaba. La suerte, como digo, inesperada aliada que evitó la pérdida de muchos meses de trabajo, se personificó en forma de una ayuda a la investigación que me concedió el Centro de Estudios Mudéjares (Teruel) para estudiar a los moriscos de la localidad cordobesa de Baena. Una experiencia que me serviría de rito iniciático de lo que posteriormente sería mi beca pre-doctoral a la que se adscribe esta tesis. Gracias a ella pude concretar una línea metodológica de actuación mucho más concreta y eficaz. Veamos cómo.
El estudio de la minoría cristiano nueva de Baena debía servirme de “laboratorio experimental” en el que profundizar sobre los mecanismos de integración y rechazo entre la comunidad disidente y la sociedad cristiano vieja que ahora la cobijaba. La localidad baenense contaba con innumerables ventajas: era una villa señorial de la poderosa Casa de Sessa, el volumen de población era asequible para una investigación de un año y los protocolos notariales se custodiaban en el Archivo Histórico Provincial.
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De Baena poco sabíamos, tan sólo contábamos con un artículo conjunto de Aranda Doncel y Moreno Manzano en el que esbozaban algunos datos sobre la expulsión de los moriscos de esta villa. Fue, precisamente, a través de este artículo cuando tendría conocimiento de la existencia del expediente de la expulsión que ahora custodia el Archivo Municipal de aquella localidad pero que por entonces aún se encontraba en manos privadas. Su digitalización sería clave en todo este proceso79. ¿Por qué? Porque paralelamente al vaciado de los protocolos notariales de esta localidad decidí transcribir por completo el expediente relativo a la expulsión de los cristianos nuevos de los estados del duque de Sessa. Ante las expectativas de poder realizar interesantes reconstrucciones genealógicas de las familias moriscas de cara al futuro, me aprendí de memoria el nombre de casi todos los cristianos nuevos que aparecían en el mencionado documento. Paradójicamente, su utilidad fue totalmente opuesta para lo que se concibió. De hecho, todo esto me permitió certificar, por ejemplo, que las escrituras notariales no eran infalibles a la hora de señalar la presencia o no de un miembro de la minoría. Para no enredarnos más en detalles, veamos algunas muestras.
En agosto de 1583, Juan de Luján, Francisco de Pineda y Pedro de Medina, cristiano nuevo éste, se comprometían a llevar a su costa, riesgo y aventura 150 arrobas de pellejos de carneros y de ovejas con sus bestias hasta la ciudad de Córdoba durante los días que ocupare el negocio. Una vez allí, habían de hacer entrega de la carga a Diego García de Góngora y Alonso de Trujillo, quienes se encargarían de pagar por cada arroba recibida 1 real y 12 maravedíes. Años más tarde, a comienzos de 1587, el mercader, Luis de la Rosa, traspasaba el arrendamiento de una casa e palomar con lo que les pertenece a Miguel Pérez, cristiano nuevo, y que él mismo tenía arrendado de Benito de Luque, vecino de la villa. Desconocemos la situación económica por la que atravesaba Luis de la Rosa, pero ya tres meses antes se había desprendido igualmente de una huerta con árboles frutales que tenía arrendada de don Luis Fernández de Córdoba y que traspasaría esta vez a Pedro García, “el bello”.
Pues bien, hasta aquí todo iría normal si no fuese porque algunos de los apellidos mencionados anteriormente me sonaban sospechosamente a moriscos gracias al manuscrito de la expulsión ya referido, concretamente: Luján y de la Rosa. Y, efectivamente, en las diligencias y censo que se llevaron a cabo para preparar la logística de la expulsión de aquella villa aparecen con estos apellidos los siguientes:
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1. Martín de Luján, que actuaría además como uno de los representantes de la comunidad en los preparativos previos al extrañamiento, y su casa: Beatriz de Medrano, hija a su vez de una Isabel de Luján, y Salvador, hijo bastardo de Martín.
2. Manuel de Luján, su mujer y tres hijos.
3. Y dos matrimonios: María de Luján casada con Agustín de Baeza, y otra María de Luján con su esposo, Diego López de Alhama.
No hay ni rastro de Juan de Luján pero las evidencias para sospechar sobre su origen eran evidentes. Menos contundencia resultaría del apellido de la Rosa pues sólo tendremos noticia de la casa de Juan de la Rosa, su mujer y tres hijos. A partir de aquí es el oficio del historiador el que debe salir a la palestra. ¿Cómo? Vaciando sistemáticamente infinidad de legajos. ¿Por qué? Porque sólo así se podía descubrir la escritura en la que Juan de Luján, señalado como cristiano nuevo, arrendó una casa en la colación de Santa Calina en 1580, o cómo tres años más tarde vendía un asno a Juan Caballero por 13,5 ducados. Más afortunado fue el caso de Luis de la Rosa, hijo de Francisco Ferrero y María de la Rosa, todos cristianos nuevos, gracias a su carta de dote con María Rodríguez, hija ésta de Álvaro Hernández y Elvira de Vallejo, de los que no se nos dicen su filiación si bien todo indica a una más que posible ascendencia morisca. O cómo arrendaba en 1585 la huerta en el término de Albendín que posteriormente traspasaría a Miguel Pérez, como ya hemos señalado más arriba; un año más tarde, indicándose nuevamente su oficio de mercader pero obviando otra vez su etnia, pagaba 14 ducados a Francisca Hernández por la hoja de seis morales y por cuatro paneras de gusanos de seda; en 1588, se conserva el inicio de un protocolo en el que Luis le da licencia a su mujer, María Rodríguez, para alguna transacción que quedó en la parte desaparecida del folio.
Nada en comparación con lo ocurrido el 14 de mayo de 1580, cuando Melchor de Santa Cruz, vecino de Jaén y en nombre de Martín de Pidrula, médico natural de dicha ciudad, vendía a don Gonzalo Fernández de Córdoba y Santillán un esclavo de nación morisco llamado Lorenzo, de 24 años, valorado en la nada desdeñable cantidad de 70 ducados de los que recibiría una primera paga de 30. Los testigos de esta escritura fueron: Miguel de la Rosa, Luis de la Rosa y Juan Pérez de Lastres. Nada se nos dice de la condición social de éstos, ni aún cuando en la escritura inmediatamente posterior Miguel de la Rosa y Luis de la Rosa, a secas, quienes a su vez debían de compartir
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necesariamente algún lazo de consanguinidad no probado documentalmente, aparecían como fiadores e principales pagadores de don Gonzalo Fernández de Córdoba, comprometiéndose a pagarle a éste último los 40 ducados que aún restaban del rescate de Lorenzo. Varios apuntes de importancia al respecto:
1. En primer lugar, el fabuloso mecanismo utilizado por estos moriscos para “rescatar” a Lorenzo, seguramente un pariente cercano. Ante la imposibilidad de reunir los 70 ducados de inmediato, es de suponer que pactaron con don Gonzalo Fernández de Córdoba un mecanismo que fuese beneficioso para las tres partes implicadas: este último adquiriría un esclavo joven por un precio irrisorio (30 ducados), mientras que los deudos moriscos del cautivo conseguían traerlo a la villa, ponerlo al servicio de un señor y todo por un precio más asequible a sus bolsillos. Aunque no lo haya encontrado, es de suponer que con el tiempo debieron de pagar los 30 ducados restantes a don Gonzalo para conseguir la manumisión total de Lorenzo. Mientras tanto, estaría sujeto a servidumbre. Sería lo lógico.
2. Metodológicamente, estas escrituras custodiaban aún alguna sorpresa. Conocida ya la condición social de Luis de la Rosa, supuesta la de Miguel, no podía por menos que indagar sobre la de Juan Pérez de Lastres. Los resultados no tardarían en aparecer. Ya el expediente de expulsión es un poco confuso porque inscribe a, al menos, dos personas con el mismo nombre. No obstante, esta circunstancia nos permite circunscribir a Juan Pérez como miembro de la minoría, aún cuando no podamos saber cuál de los dos es el que pagó 5 ducados por la hoja de 9 morales a Cristóbal López Barrionuevo, o cuál de ellos recibió 2 ducados por la venta de un asno prieto a Pedro Jiménez Muñoz. Y todo ello sin confundirlo con un Juan Pérez de Lastres, vecino de Baena que aparece en el testamento de su mujer, Marina de Alfaro, y del que no tengo ninguna duda sobre su ascendencia cristiano vieja; o para complicar aún más la cosa con el reverendo Juan Pérez de Lastres, presbítero y cura de la iglesia Mayor de la villa, que aparece asimismo como albacea testamentario de doña Beatriz de Aranda, mujer de don Álvaro de Isla, corregidor de Antequera; y en otra escritura de redención de un censo.
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3. Por no dejar el asunto a medias, para Miguel de la Rosa he encontrado hasta 5 escrituras en las que se menciona su condición de cristiano nuevo80.
Pero esto sólo es una muestra que podemos extender ad infinitum. Así ocurriría, por ejemplo, con Miguel Sánchez Reduán, vecino de Lucena, que pagó 30 reales a Francisco Ortiz y Juan López Pardo por la compra de 3 varas de paño de mezcla81. Nada hacía presagiar que estuviésemos ante uno de los cristianos nuevos más destacados a nivel económico de la villa lucentina. Hablaremos de él más detenidamente en otro capítulo. Fijémonos antes en una anotación que puse en mi cuaderno de trabajo el 30 de septiembre de 2009: Estos días atrás has visto a este Juan Martín Reduán pero no lo apunté porque el escribano no decía absolutamente nada. Sigue sin hacerlo pero lo anoto a partir de ahora por si acaso tiene relación con Miguel Sánchez Reduán, al que acabas de descubrir.
Curiosamente, casi cuatrocientos años antes, en septiembre de 1609, Miguel Sánchez Reduán aparecía en una escritura en el que se hacía alusión a su condición de los naturales del reino de Granada. Aún estaban por llegar los verdaderos descubrimientos sobre este individuo, pero antes sus apellidos me alertaron definitivamente sobre otro individuo que me había llamado la atención en documentos anteriores y del que tenía fundadas sospechas aún cuando torpemente no lo apunté. No embargante, tendría suerte porque poco más tarde volvería a encontrar una escritura suya en el mismo legajo arrendando esta vez 13,5 almudes de tierra en la Vega, en el camino de Priego, al licenciado Antón Rodríguez Valdivieso. Nuevamente, sin ninguna mención de consideración. No ocurriría igual, sin embargo, años más tarde cuando no lograría pasar desapercibido para las autoridades civiles puesto que lo encontramos deshaciéndose de sus posesiones en los días previos a la expulsión definitiva. En estos documentos aparece como morisco y vendiendo por 150 reales a Pedro Jiménez la sementera de trigo que tiene sembrado en 34 celemines de tierra, o la sembradura que tiene también en otras dos hazas situadas en el partido de la Matilla, de una fanega y media de tierra de cuerda y otra de cuatro fanegas, a Antón Jiménez por un monto total de 250 reales. La parte negativa reside en los documentos que dejé pasar sin anotarlos.
Creo que estos ejemplos nos están sirviendo para hacernos una idea de lo que pretendo conseguir. Los más avezados ya habrán advertido que hasta ahora todos los
80 AHPC, Protocolos notariales de Baena (varios legajos).
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casos citados son de cristianos nuevos residentes en villas de tamaño medio. Efectivamente. Y ello sólo es posible gracias a un exhaustivo trabajo sobre los protocolos notariales de estas localidades que nos permite controlar más fácilmente el origen de las familias a través de su onomástica. Unido todo ello, por supuesto, con el cruce de fuentes como ya creo haber demostrado. Igualmente, resulta mucho más fácil aprenderse los “típicos” apellidos moriscos de una villa con 200-400 vecinos cristianos nuevos que los de 14.000 miembros de la minoría que vivían entre las capitales de Córdoba y Jaén.
Aún con todo, esto no ha sido óbice para encontrar casos como el de Luis Márquez, panadero, vecino de San Nicolás de la Villa, quien en 1588 se comprometió a devolver los 650 reales que le había prestado otro panadero, Juan Ruiz. Cuatro años antes sí había sido referida su condición de morisco al igual que el de su mujer, Elena de Morales82. Caso parecido ocurre con Rafael Jiménez, cuyo nombre y apellido podría ser de lo más común en una ciudad como Córdoba, aunque unido a su oficio, esterero, he podido conocer su origen morisco aún cuando no se reseñaba en la escritura de arrendamiento de una cámara con parte de todo servicio de casa que hizo con Luis Abarca en 158783. Y así lo podríamos hacer extensivo a tantos otros ejemplos como el de Rafael del Castillo, testigo en hasta cuatro escrituras de moriscos y del que no se nos dice absolutamente nada. Sería gracias al arrendamiento que hizo de una tienda propiedad de Luis del Águila en las Tendillas de Calatrava cuando sería percatado de su pertenencia a la minoría morisca84.
Otro tanto ocurre en Jaén. Veamos un par de casos, de los más curiosos, para no abusar en exceso y pasar a otra cuestión. El 7 de marzo de 1605 se reunían en la escribanía de Baltasar Díaz de Torres, Bartolomé de Mansilla, de los naturales del reino de Granada, y Miguel Sánchez, que debía recibir del primero 60,5 reales de resto de la renta de una viña que le arrendó y que debía recibir en dos pagas: la mitad por Pascua de Espíritu Santo y la otra por Pascua Florida. Lo sorprendente se producirá cuando en la escritura inmediatamente posterior encontramos a este mismo Miguel Sánchez, esta
82 Este caso lo apunté por el oficio del individuo, en ningún caso por la sospecha de su apellido. En otro
capítulo haré referencia a una serie de moriscos dedicados al gremio de la panadería. Ambas escrituras en: AHPC, Protocolos notariales de Córdoba, leg. 11529, s.f. (09-03-1588) y leg. 11528, s.f. (03-11- 1584), respectivamente.
83 El arrendamiento en: AHPC, Protocolos notariales de Córdoba, leg. 11529, f. 210vº (23-05-1587).
Otras escrituras en las que sí se consigna su condición social en: Ibíd., ff. 63-64 y 64-65vº, y en leg. 11528, en dos escrituras sin foliar (06-06-1583 y 27-06-1584, respectivamente).
84 El arrendamiento en: AHPC, Protocolos notariales de Córdoba, leg. 11528, s.f. (29-06-1585). Testigo
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vez de los naturales del reino de Granada, otorgándole poder a un tal Pedro Rodríguez para que pudiese cobrar la deuda anteriormente citada en los plazos convenidos85. ¿Quién debía identificar/se cuando un morisco iba al notario? Desconocemos el patrón o el protocolo de identificación de los miembros de la minoría pero está claro que los “deslices” eran harto frecuentes.
Veamos el último caso, particularmente, el más “surrealista”, el de Juan Alguacil. El 9 de enero de 1588, este cristiano nuevo, se comprometía a devolver los 4 ducados que le había prestado Alonso de Morales por me hacer placer e buena obra. Apenas un mes más tarde, aparecería nuevamente esta vez junto a su hermano, también vecino de la parroquia de San Andrés, Luis Alguacil, pagando 90 reales a Juan de Valenzuela, arrendador de la renta del alcabala de los vientos, ropa vieja y especiería, por las ventas que hiciesen aquel año tanto en nuestras tiendas, como en nuestra casa y en otras partes de esta ciudad. A finales de febrero, Juan, se obligaba a pagar 60 reales a Antón Parral, a fin de rematar una cuentas pendientes entre ellos. En estas dos últimas escrituras no se hace referencia al origen morisco del susodicho, y todas pertenecen al mismo legajo86. ¿Qué hubiera ocurrido entonces de haber sido la sucesión de documentos al revés? Quiero decir, si la consignación de su condición de miembro de la minoría hubiera aparecido en la tercera de la escrituras en lugar de en la primera, no me cabe la menor duda de que hubiera perdido esa información, pues del apellido Alguacil, al menos en aquellos momentos de la investigación, no podía tener la más mínima sospecha para el reino de Jaén, donde es bastante frecuente. Esto es lo que me ocurrió, por ejemplo, con algunas escrituras de Juan Martín Reduán, morisco lucentino de cuyo caso ya hemos hablado anteriormente.
Es evidente que la ocultación, voluntaria o no, de los moriscos en los protocolos notariales es significativa. ¿De qué impacto estamos hablando? Carezco de los medios suficientes para poder siquiera esbozar una estimación aproximada. ¿El 5%, el 10% el 20%...? Lo importante, creo, es haber demostrado que las pruebas son irrefutables y que, por ende, cualquier porcentaje de enmascaramiento, sea cual sea éste, debiera ser considerado como relevante por nuestra parte.
Pero esto no acaba aquí. Trabajando con el primer libro de la serie de testamentos de la parroquia de Santiago, anoté el enterramiento de Ángela de la Cruz por sospechosamente judeoconversa:
85 AHPJ, Protocolos notariales de Jaén, leg. 1076, ff. 135vº y 136vº (ambos el 07-03-1605). 86 AHPJ, Protocolos notariales de Jaén, leg. 816, ff. 70, 80vº y 151vº, respectivamente (1588).
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Ángela de la Cruz. Diecinueve de mayo, murió Ángela de la Cruz. Enterrose en esta iglesia de señor Santiago, hizo testamento ante Alonso García de Medina, cupieron de cuarta seis misas, albacea y el beneficiado Fernando Días y María Muñoz trajeronlo. En 3 de julio del dicho año87.
Por intereses que aquí no vienen al caso, por la brevedad de la nota y porque hacía referencia a un escribano del que aún no había consultado ninguno de sus legajos, decidí, so pretexto del testamento de Ángela de la Cruz, iniciar un vaciado de la escribanía de Alonso García de Medina. De hecho, no fui directamente a las últimas voluntades de la susodicha pensando en su probable origen judeoconverso, sino que esperé a que llegase su escritura. Tampoco tardaría mucho en descubrir otra grave deficiencia de las fuentes: Ángela de la Cruz era de las naturales del reino de Granada88. La sorpresa era mayúscula. No sólo es conocida la ausencia de cristianos nuevos en los libros parroquiales de enterramientos sino que, además, los párrocos eran más laxos de lo que se les presuponía en el control de la minoría. Evidentemente, esto suponía un contratiempo en toda regla. La inversión de horas en los registros parroquiales no iban a tener unos resultados 100% fiables. Con una o con cien ausencias,