Chapter 6 Investigation of Post-localization Behavior
6.3 Behavior outside the localization region
Los pronombres clíticos son aquellos pronombres personales átonos que se apoyan morfofonológicamente en el verbo. Son enclíticos los que siguen a la base verbal a la que se adjuntan y forman con ella una sola palabra (leerlo, dándosela), y proclíticos los que preceden a esta base verbal (lo leí, se la dio). En
el español, los pronombres proclíticos preceden a las formas personales de los verbos, con separación en la grafía (lo dijo). Los pronombres enclíticos aparecen cuando se adjuntan a los infinitivos (comprarlo), los gerundios (comprándolo), y los imperativos afirmativos (cómpralo tú), sin separación en la grafía. La colocación es la misma con las formas de imperativo afirmativo que coinciden con las de subjuntivo (cómprelo usted) (RAE, 2009).
Alarcos (1995), señala que la función de estos pronombres personales adosados al verbo se reduce a indicar que este comporta adyacentes de objeto directo o indirecto, o ambos a la vez, cuando la mención explícita de éstos es innecesaria por desprenderse su referencia de la situación en que se habla. Los pronombres clíticos indican, al unirse al verbo, que éste posee un objeto directo o indirecto de primera, segunda o tercera persona, el cual no se especifica con otra palabra dada su referencia consabida por los interlocutores.
En relación con lo anterior, los pronombres personales átonos de la 3° persona singular son lo, la, que siempre cumple función de objeto directo y, le que cumple función de objeto indirecto, aunque a veces se usa como objeto directo. Los pronombres personales de la 3° persona plural son los, las, que siempre cumplen función de objeto directo y, les que es siempre objeto indirecto.
Pronombres Clíticos Objeto Directo Objeto Indirecto
Masculino Lo (s) Le (s)
Femenino La (s) Le (s)
Tabla 2.4. Pronombres clíticos del español para la 3° persona singular y plural (Fuentes de la Corte, 1988).
Tal como se observa en la tabla anterior, los pronombres clíticos varían en cuanto al número, que depende del que ostente la unidad a que se refieren y, del género que sólo se refleja en algunos de los pronombres de tercera persona. En principio, lo y los reproducen el masculino que comparte el sustantivo eliminado; la y las, el femenino que represente a éste. La unidad lo, además sirve para la referencia de segmentos no marcados por el género (como son los llamados neutros y las unidades complejas sustantivadas). Por último, las unidades le y les son indiferentes a las cuestiones de género (Alarcos, 1995).
En algunas ocasiones, las unidades de tercera persona ofrecen en su uso una situación poco clara y vacilante. En muchos hablantes se producen confusiones de los géneros, de los números y de las funciones propias de cada una de las formas. Son los fenómenos conocidos como leísmo, laísmo y loísmo. El leísmo consiste en el empleo de le, y con menor frecuencia de su plural les, como referentes de la función de objeto directo o de acusativo. Suelen distinguirse tres tipos de leísmo:
a) Leísmo de persona masculino: uso del pronombre le como acusativo con sustantivos masculinos de persona: A Mario le premiaron en el colegio.
b) Leísmo de persona femenino: uso del pronombre le como acusativo con sustantivos femeninos de persona: A Laura le premiaron en el colegio.
c) Leísmo de cosa: Uso del pronombre le como acusativo con sustantivos de cosa: te devuelvo el libro porque ya le he leído.
Las variantes de los tipos a y b son llamadas leísmo de cortesía3, en tanto, el leísmo de persona masculino (tipo a) es el más frecuente en el español antiguo como en el moderno. El leísmo de persona femenino (tipo b) está mucho menos extendido, carece de prestigio y se considera incorrecto La valoración del leísmo está en función de las alternancias entre dativo y acusativo. Es decir, unos
3 El leísmo de cortesía consiste en limitar el leísmo a los usos en que le concuerda con la forma usted. Esta forma de leísmo se ha atestiguado en hablantes que no practican otras formas de leísmo (RAE, 2010).
hablantes construyen ciertos verbos con objeto directo, mientras que otros lo hacen con objeto indirecto (RAE, 2010).
El laísmo es el uso de las formas femeninas de acusativo por las de dativo. Puede ser, como el leísmo, de persona (La dije la verdad) o de cosa (No te puedes poner esta camisa porque tengo que pegarla un par de botones). Este último es el menos frecuente. Se recomienda evitar en todos los contextos tanto el laísmo de persona como el de cosa. El laísmo es particularmente frecuente con los verbos que pueden construirse con un complemento indirecto de persona, o con este complemento más un complemento directo de cosa: Ábrele a Ana – Ábrele la puerta a Ana. El cruce entre las dos estructuras puede producir secuencias con laísmo: Ábrela a Ana (RAE, 2010).
El Loísmo consiste en que las formas masculinas de acusativo se usan en lugar del dativo. Este fenómeno es paralelo al laísmo, por lo que puede ser de persona (No lo dieron tiempo a reaccionar) o de cosa (El asunto es como es y no hay que darlo más vueltas). Es fuertemente desprestigiado por lo que se recomienda evitarlo en todos los niveles de la lengua (RAE, 2010).
Existen otros fenómenos relacionados con los pronombres clíticos que son necesarios de mencionar. La duplicación del pronominal o doblaje es uno de ellos, el cual consiste en la aparición conjunta en una misma oración del pronombre átono de acusativo o dativo con su variante tónica, o junto con el grupo nominal al que se refiere. No hay acuerdo sobre cuál es el elemento doblado y cuál el que dobla. La duplicación es obligatoria en español con los pronombres personales tónicos (Eso no le interesa a él), con excepción de los interrogativos, con los que es opcional, es obligatoria con el objeto indirecto de verbos de afección (Le duelen las muelas al niño), y con objetos definidos y/o específicos tematizados y desplazados a la izquierda del verbo, siempre que sea información conocida (A Juana la eligieron presidenta) (Gómez, 2012).
Gómez (2012), a su vez plantea que la duplicación del objeto directo es un fenómeno relativamente frecuente pero poco común en el español de Chile. En
cuanto a la duplicación del relativo, en el pronombre, el adjetivo o adverbio, consiste en la repetición de la función del relativo con la función de objeto directo (El atracador, a quien algunos testigos aseguraron haberlo visto por la zona anteriormente, entró en el banco a cara descubierta). Aunque la norma del español tiende a considerar este tipo de oraciones como incorrectas, este doblado es de carácter panhispánico y se conoce como pronombre reasuntivo o de retoma. Ciertos factores lingüísticos parecen influir en la elección de los hablantes entre las relativas sin pronombres y con pronombre, a considerar entre ellos, la distancia entre el antecedente y el relativo y, entre el relativo y el pronombre de retoma, así como la existencia de elementos lingüísticos entre ellos.
Así también, Gómez (2012) menciona los fenómenos de omisión del pronombre de objeto directo, la invariabilidad y la marca de plural del objeto indirecto en el directo. El primer caso, se refiere a un fenómeno que podría explicarse a partir de factores internos del sistema relacionados con las jerarquías de animación y definitud: si el referente es un pronombre tónico, un nombre propio o un sintagma definido o indefinido específico, la presencia de pronombre es obligatoria; por el contrario, si el referente es indefinido inespecífico, existen varias posibilidades: el objeto nulo o el pronombre de acusativo.
El segundo caso, la invariabilidad le por les y lo por la/ os/as, hace referencia a la falta de concordancia entre el referente y el pronombre átono, lo que supone para el pronombre átono la pérdida de sus capacidades anafóricas o deícticas, y por tanto, su progresiva conversión en una marca de función sintáctica o afijo verbal, que anticipa que en la cláusula en la que se encuentra existe otro argumento. Este fenómeno es llamado despronominalización.
El tercer caso, se los por se lo, constituye otro ejemplo de transgresión en el pronombre de las reglas de concordancia entre el referente y el pronombre átono. El fenómeno se produce en construcciones bitransitivas con los dos objetos en forma pronominal – dativo se y acusativo lo/a/os/as –, siendo el referente del objeto indirecto plural y el del directo, singular.