• No results found

Building Index Tables

7. DESIGN AND IMPLEMENTATION

7.2. Database Structure

7.2.2. Building Index Tables

1. La Junta Directiva establecerá en cada momento el libre acceso a las instalaciones sociales con ocasión de eventos deportivos, sociales y otros de análoga naturaleza, sin que esté permitido a las personas no socias el uso de instalaciones distintas de la cafetería, sidrería y parque infantil salvo, a los deportistas participantes en los referidos eventos.

2. El empleado de portería podrá requerir a la persona no socia cualquier documentación (DNI, carné de conducir, etc.) que acredite su identidad.

3. Fuera de los casos a que hace referencia el apartado 1, las personas no socias deberán acceder al Club provistos del correspondiente pase.

4. Pase de Visita:

a) Los socios de número mayores de 18 años podrán, una vez cada mes y en el horario y fechas que fije la Junta Directiva, invitar a visitar las instalaciones sociales a personas ajenas al Club, de conformidad con lo establecido artículo 6 de este Reglamento.

b) Este derecho puede ser ejercido por los socios de número una vez cada treinta días. c) El pase se tramitará en la Portería Norte, donde el socio anfitrión dejará en depósito

su carné de socio, retirándolo una vez terminada la visita.

d) Los invitados al acceder deberán acreditarse mediante el DNI o documentación similar (carnet de conducir, pasaporte,…) y estarán acompañados en todo momento por el socio anfitrión y accederán y abandonarán las instalaciones en su compañía.

e) El socio anfitrión se hace responsable del cumplimiento de estas normas, así como del comportamiento de sus invitados que, en todo caso deberá ser respetuoso con el personal del Club, con el resto de socios y con la integridad de las instalaciones y bienes del Club. La Junta Directiva podrá denegar la concesión de nuevos pases a personas que hayan infringido estas normas.

5. Pase-tarjeta de acompañante de cursillista:

a) Los socios menores hasta los 12 años de edad, que estén inscritos en cursillos, podrán acudir acompañados por una persona no socia para ayudarles con el cambio de ropa.

b) El progenitor, tutor o adulto a cargo del socio cursillista solicitará en las Oficinas Generales la concesión del pase mediante la cumplimentación de la correspondiente solicitud. En dicha solicitud deberá hacer constar las personas no socias que se acreditarán para acompañar al cursillista.

c) Se acompañara la fotocopia del DNI (pasaporte, tarjeta residencia,..) de los no socios hasta un máximo de 4 personas.

d) Cada tarjeta es personal e intransferible y se le aplicará el coste de emisión de la tarjeta. Dicha tarjeta funcionará igual que el carné social, por lo que podrán acceder por los tornos de entrada al Club. Solo podrá acceder un no socio acompañando al cursillista. Podrán entrar al Club 30 minutos antes de la hora de inicio del curso. Durante el tiempo que dure el cursillo podrán esperar al menor dentro del Club, no haciendo uso de las instalaciones deportivas y hacer uso sólo de la cafetería. Finalizado el cursillo, disponen de 60 minutos para abandonar las instalaciones sociales, debiendo de efectuar el fichaje de salida, por cualquiera de las puertas de acceso al Grupo, con lo que se controlará que no se haya excedido en el tiempo autorizado.

e) Si se excede en el tiempo autorizado de permanencia dentro de las instalaciones por tres veces consecutivas o alternas, el pase quedaría anulado automáticamente y se debería volver a activar. Esta activación tendrá una penalización equivalente al coste de la tarjeta.

f) La tarjeta quedará automáticamente desactivada cuando el menor deje de estar inscrito en algún cursillo o bien cumpla 12 años.

así como del comportamiento del acompañante del cursillista, que en todo caso deberá ser respetuoso con el personal del Club, con el resto de socios y con la integridad de las instalaciones y bienes del Club. La Junta Directiva podrá denegar la concesión de nuevos pases a personas que hayan infringido estas normas.

6. Pase-tarjeta de acompañante de deportista:

a) Los deportistas hasta 12 años de edad pertenecientes a cualquiera de las Secciones deportivas del Club o que acrediten residir fuera del municipio de Gijón podrán acudir acompañados por una persona no socia.

b) Los responsables de sección serán los competentes para solicitar el pase-tarjeta a la Junta Directiva, quien a su vez podrá delegar su concesión en la Comisión Deportiva. c) Cada tarjeta es personal e intransferible y se le aplicará el coste de emisión de la

tarjeta. Dicha tarjeta funcionará igual que el carné social, por lo que podrán acceder por los tornos de entrada al Club. Se facilitara a sus titulares, por escrito, las instrucciones de uso de la tarjeta, debiendo acusar recibo a su recepción mediante su firma. Se habilitará el sistema informático adecuado para su reutilización.

d) El acompañante podrá acceder junto con el menor, hasta media hora antes del inicio del entrenamiento o competición. Durante el tiempo que dure el entreno podrán esperar al menor dentro del Club, no haciendo uso de las instalaciones deportivas y hacer sólo uso de la cafetería. Finalizado el entrenamiento o competición disponen de 60 minutos para abandonar las instalaciones sociales, debiendo de efectuar el fichaje de salida con lo que se controlará que no se haya excedido en el tiempo autorizado.

e) El pase es personal e intransferible y no tendrá validez en caso de acudir el menor acompañado por un socio (padre, madre, tutor u otro socio adulto a cargo).

7. Pase de colegio:

a) Los cursillistas no socios pertenecientes a colegios con acuerdo de colaboración con el Club, hasta los 12 años de edad, podrán acudir acompañados por una persona no socia para ayudarles con el cambio de ropa, además de por la persona responsable de su grupo.

b) El pase correspondiente les será facilitado por el Colegio y el mismo se consignará el nombre del Colegio, el del cursillista, el curso y el año escolar.

c) Los acompañantes accederán a la llegada de los cursillistas por la Portería Norte donde depositarán el pase. Durante el tiempo que dure el cursillo podrán esperar al menor dentro del Club y hacer uso de la cafetería. Finalizado el cursillo abandonarán el Club en el momento que lo hagan los cursillistas y la persona responsable del grupo.

8. Pase para fiestas de cumpleaños:

a) Los socios menores, hasta los 14 años de edad, que deseen celebrar su fiesta de cumpleaños en el Grupo-Las Mestas, bien en la cafetería o bien en la Ludoteca contratando la fiesta con la empresa que gestiona el servicio de Ludoteca, podrán invitar como máximo a 8 menores de 14 años no socios.

b) En las fiestas de cumpleaños celebradas en las instalaciones de Mareo, bien sea en el comedor de la cafetería o bien a través de la empresa que gestiona estas fiestas de cumpleaños, deberán solicitar la autorización para todas las personas no socias (niños y adultos) que vayan a acceder a dicha fiesta. Todas las personas no socias estarán identificadas con una pulsera de color.

c) El progenitor, tutor o adulto a cargo del menor solicitará en las Oficinas Generales la correspondiente autorización para sus invitados con una antelación mínima de cuatro días a la fecha de la fiesta debiendo así mismo firmar la solicitud y los compromisos normalizados al efecto.

d) El horario de entrada será como máximo una hora antes de la hora prevista en la solicitud para el comienzo del cumpleaños y la salida una hora después como máximo.

e) El socio solicitante del pase se hace responsable del cumplimiento de estas normas, así como del comportamiento de los invitados no socios, que en todo caso deberá ser respetuoso con el personal del Club, con el de las empresas contratistas de los servicios, con el resto de socios o invitados y con la integridad de las instalaciones y bienes del Club. La Junta Directiva podrá denegar la concesión de nuevos pases a personas que hayan infringido estas normas.

a) Los socios de número podrán invitar a asistir a las actividades de las Fiestas Sociales a una persona no socia el día que se fije por la Junta Directiva y previa cumplimentación de la solicitud correspondiente en las Oficinas sociales. El pase será mostrado en el momento de la entrada por la Portería Norte y siempre que le sea requerido por personal del Club.

b) El socio solicitante del pase se hace responsable del cumplimiento de estas normas, así como del comportamiento de los invitados no socios, que en todo caso deberá ser respetuoso con el personal del Club, con el resto de socios y con la integridad de las instalaciones y bienes del Club. La Junta Directiva podrá denegar la concesión de nuevos pases a personas que hayan infringido estas normas.

10. Otros pases:

a) Pase de honor: La Junta Directiva podrá establecer qué personas pueden tener un pase de honor. Este pase caducará el último día del año. El pase es personal e intransferible y da derecho al uso de las instalaciones.

b) Pase para acompañantes auxiliares: Los socios que por razones de edad, minusvalía o movilidad, necesiten la asistencia de un acompañante no socio, podrán solicitar un pase de entrada con las siguientes condiciones:

I. Dirigir su solicitud a la Comisión Social, explicando las razones por las cuales requiere la asistencia del acompañante auxiliar.

II. Consignar los datos de esta persona, a quien el Club podrá requerir su identificación, siempre que lo considere necesario.

III. Solo se le permitirá el acceso al Club cuando acompañe al socio, con quien deberá estar en todo momento.

IV. El socio solicitante del pase se hace responsable del cumplimiento de estas normas, así como del comportamiento de su auxiliar, que en todo caso deberá ser respetuoso con el personal del Club, con el resto de socios y con la integridad de las instalaciones y bienes del Club. La Junta Directiva podrá denegar la concesión de nuevos pases a personas que hayan infringido estas normas.

V. El pase será temporal y su duración se establecerá en el propio pase teniendo en cuenta las especiales circunstancias que presente y acredite el socio solicitante.

c) Pase para menores en situación de intercambio o acogida: La Junta Directiva podrá permitir el acceso a menores de edad, no socios, que se encuentren integrados temporalmente en familias de socios, siempre que cumplan las siguientes condiciones:

I. Dirigir su solicitud a la Comisión Social, detallando datos personales de los niños o estudiantes y sus periodos de estancia.

II. Estos menores, disfrutarán de una bonificación del 25 % sobre la cuota social vigente en cada momento para los “socios transeúntes”.

III. El socio solicitante del pase se hace responsable del cumplimiento de estas normas, así como del comportamiento de los menores, que en todo caso deberá ser respetuoso con el personal del Club, con el resto de socios y con la integridad de las instalaciones y bienes del Club. La Junta Directiva podrá denegar la concesión de nuevos pases a personas que hayan infringido estas normas.

IV. El pase será temporal y su duración se establecerá en el propio pase teniendo en cuenta las especiales circunstancias que presente y acredite el socio solicitante.

Related documents