Los profesionistas indígenas especialistas en lengua y cultura empezaron a ser invitados a ocupar puestos en instituciones del Estado. El primero de ellos fue Natalio Hernández, profesionista nahua de Veracruz, que obtuvo el cargo de subdirector del Programa de Educación Bilingüe Bicultural de la DGEI-SEP (1978-1989). Hernández
106 En el reporte de ANPIBAC sobre los encuentros nacionales de los pueblos indígenas y de la educación bilingüe bicultural se lee: “la educación puede constituirse en un elemento fundamental por donde se puede iniciar el proceso descolonizador y puede serlo, a partir de convertirse en el eje de un proceso de revaloración cultural, de afirmación de la identidad étnica; a partir de ser un proceso colectivo para aprehender nuestra realidad y transformarla; puede liberar y unificar nuestras fuerzas; esto es, reconociendo juntos los obstáculos que impiden nuestro desarrollo, reconociendo entre nosotros lo que nos diferencia y lo que nos es común, establecer la unidad necesaria y estimular un proceso de toma de conciencia para la lucha que modifique la situación opresora que vivimos. Pensamos que la educación puede devolver la memoria histórica robada y oculta por los conquistadores. No debemos olvidar que la educación indígena tradicional que recibimos en la familia y en la comunidad nos ha permitido sobrevivir por más de cuatro siglos de dominación y este hecho nos puede dar idea de la fuerza y de la perspectiva
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había iniciado su carrera en la década de 1960 y había alcanzado una importante visualización como intelectual indígena a finales de la década de 1970107. Profesionistas
indígenas de todo el país empezaron a ocupar posiciones políticas a las que antes habían tenido acceso muy limitado (Mendoza, 2010). En el Valle del Mezquital, maestros bilingües, maestros de educación primaria de origen indígena y maestros especializados en las normales superiores, reconocidos en la estructura de la SEP, se convirtieron en supervisores, auxiliares de supervisión y directores de escuela de la SEP; otros empezaron a trabajar en Radio Mezquital, en el Centro de Educación de Adultos (CEDA) y en la Dirección General de Culturas Populares (Claro y Botho, 1982).
La igualdad de oportunidades en las áreas de la educación y la cultura no se podía postergar porque México fue elegido país sede de la Conferencia Mundial sobre las Políticas Culturales de UNESCO, en 1982. El entonces secretario de Educación de México Fernando Solana (1977-1982), durante la presidencia de López Portillo (1976-1982), al firmar su Declaración, recordó la frase emblemática de Benito Juárez: “Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz”. Solana recomendó y se comprometió con la promoción de la democracia educativa y cultural. Con la creación de políticas culturales para preservar y fomentar la identidad y el patrimonio cultural tangible e intangible y para generar respeto y aprecio por todas las culturas del mundo. Con la revalorización de las lenguas nacionales como transmisoras de conocimientos. Con el establecimiento de la educación integral, que forme la personalidad, la autodisciplina, el respeto y la solidaridad social e internacional y que capacite el pensamiento científico y tecnológico para el “desarrollo del espíritu crítico” acorde a las necesidades de desarrollo particulares. Con la creación artística e intelectual y la educación artística. Con la planificación, administración y financiación de las actividades culturales y la cooperación cultural internacional (Declaración sobre Políticas Culturales, UNESCO, 1982, p. 4). Tras la Conferencia, el presidente Miguel De la Madrid (1982-1988) designó a Cándido Coeto, profesionista indígena bilingüe y miembro de ANPIBAC, como titular de la Dirección General de Educación Indígena (DGEI) de la SEP. El presidente creó en 1986 Comités Comunitarios de Planeación (Cocoplas) dentro del INI, con Fondo Comunitario de Proyectos Productivos con recursos del INI y de las comunidades para que las propias comunidades diseñaran, ejecutaran y evaluaran sus proyectos (Castro, 2009) a través, por
107 Hernández fue promotor bilingüe de educación preescolar desde 1966; Presidente Fundador de OPINAC (1973-1976); fundador de ANPIBAC en 1976.
supuesto, de los profesionistas indígenas representantes locales. El indigenismo participativo, iniciado por Stavenhagen, se había establecido en tan solo algunos años.
Este contexto favoreció la movilización política de los maestros bilingües de la Sierra y de Ixmiquilpan en Pachuca; de Nequeteje, Ixmiquilpan y de la ciudad de Ixmiquilpan en 1981, para que la SEP reconociera el nivel profesional de los cursos de mejoramiento de la Dirección General de Capacitación y Mejoramiento Profesional para los maestros bilingües que se había restablecido en 1979 y que les otorgaba el título de Maestro Técnico Bilingüe de Educación Primaria. Estos maestros bilingües disidentes se unieron al magisterio hidalguense para exigir aumento de sueldo, pagos puntuales y el descongelamiento de sobresueldos. La marcha nacional de 80,000 manisfestantes unió a maestros del Valle de México, Guerrero, Oaxaca, Puebla e Hidalgo principalmente, y la cual creó, en 1981, la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación y Organizaciones Democráticas (CNTE) como una organización alternativa al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) (Claro y Botho, 1982).
En la Huasteca, los esfuerzos de los profesionistas indígenas giraban todavía en torno a los conflictos agrarios que limitaban el desarrollo de los proyectos rurales. La movilización campesina indígena en la Huasteca fue pacificada por el gobernador del estado de Hidalgo, Rojo Lugo, con el Programa Integrado de Habilitación de la Huasteca Hidalguense, en 1981, llevado a cabo por su sobrina, Gabriela Rojo, con apoyo del gobierno federal, la oficina de la Reforma Agraria, los Centros Coordinadores Indigenistas del INI y el PIVMHH. Gabriela Rojo designó al maestro nahua bilingüe y artista Ildefonso Maya, quien había sido nombrado subdirector regional del INI, como intermediario para reducir la desconfianza de la población indígena, especialmente la más educada (Schryer, 1990). Pero el cambio fundamental llegó con la gubernatura de Rossell de la Lama (1981-1987), el “amigo de los indios”, quien inició una nueva relación con las organizaciones campesinas y con la población indígena de la Huasteca. Rossell de la Lama diseñó sus proyectos rurales con la colaboración de Ildefonso Maya, quien recibió al gobernador electo en 1980 con jóvenes mujeres vestidas con trajes típicos nahuas y dirigió un discurso del Pueblo Nahua de la Huasteca. Maya inició la reactivación de la cultura nahua y se convirtió en el símbolo y guardián de la cultura de la Huasteca. Para recuperar la confianza de la población, escribió un calendario de actividades agrícolas y festividades nahuas con
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referencias a la mitología prehispánica clásica. Las políticas indigenistas a través de un profesionista indígena revitalizaron la identidad, la lengua, el vestido, así como algunos ejidos y comunidades nahuas, y, según Schryer, también revitalizaron el sistema de lealtad política clientelista (Schryer, 1990).
Rossell de la Lama se propuso consumar el reparto agrario a través de empoderar directamente a los líderes campesinos en las invasiones de terrenos y de negociar con la Unión Regional de Comunidades y Ejidos de la Huasteca de Hidalgo (URCEH)108
(Schryer, 1990). El gobernador liberó a los presos políticos, líderes de la URCEH que habían iniciado las primeras invasiones en 1968 para la legalización de las tierras. Permitió al Partido Socialista de los Trabajadores y a la URCEH la invasión de más predios y solicitó a los dueños de los ranchos faltantes el envío de documentos a la oficina de la Reforma Agraria para que recibieran sus respectivas compensaciones. Algunas expropiaciones todavía violentas se llevaron a cabo entre 1983 y 1984 (Schryer, 1990). Rossell compensó a los ganaderos económicamente. Algunos invirtieron en ranchos en San Luis Potosí o Veracruz, otros invirtieron en negocios locales tales como bienes raíces urbanos, autobuses o comercios, y otros se retiraron y vivieron de los intereses bancarios. Las organizaciones siguieron invadiendo predios por unos años más, mientras tuvieron el apoyo de Rossell. A la llegada de Lugo Verduzco en 1987, los conflictos agrarios habían terminado (Schryer, 1990).
Las políticas rurales y culturales fueron el tema internacional de la década, lo cual se refleja en la insistencia de UNESCO en la preservación de las lenguas, la educación rural y la educación de la mujer, que muy pronto se empezó a interpretar como una política para la educación rural e indígena, especialmente para las mujeres rurales indígenas; en los resultados de las investigaciones de la OIT sobre las condiciones de vida de los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que se plasmaron en el Convenio 169 en 1989 y en el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de Estados Americanos (OEA, 1989).
Estos discursos internacionales se encontraron con la impopularidad del gobierno de Salinas de Gortari (1988-1994) debido a que las políticas económicas neoliberales habían producido empobrecimiento generalizado y en México se gestaba una creciente
108 En 1984, 97 por ciento de las tierras productivas de Atlapexco, Huautla, Huazalingo, Huejutla, Jaltocán, Orizatlán, Tlanchinol, Xochiatipan, y Yahualica (150,000 de 160,000 hectáreas) eran ejidos o comunidades agrarias (Ávila 2012).
organización de la población en general, y de los campesinos y del movimiento indígena en particular. El presidente necesitaba legitimar su gobierno, así que cr eó la Comisión Nacional de Justicia para los Pueblos Indígenas dentro del INI, el 7 de abril de 1989, para analizar el marco jurídico nacional y formular una propuesta de enmienda del artículo 4o. constitucional (Schüren y Gabbert, 2013). La comisión que analizó y formuló la propuesta de reforma del artículo 4o. constitucional fue invitada por el presidente y estuvo conformada por académicos (antropólogos y juristas) e intelectuales y burócratas indigenistas109 (que estaban debatiendo desde hacía más de
una década sobre el indigenismo oficial y el indigenismo participativo, y que ya trabajaban conjuntamente con los profesionistas indígenas). El artículo 4o. constitucional parafrasea desde 1992 la definición de pueblos indígenas de José Martínez Cobo110, utilizada por la Convención 169 de la OIT111, basada en las
instituciones y sistemas de vida propios, usos y costumbres, lengua, ocupación territorial antes de la colonización y en la autoidentificación, la conciencia, el reconocimiento y la aceptación del grupo de referencia:
“La Nación Mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La Ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la Ley.” (Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, 28 enero 1992).
El presidente ratificó el Convenio 169 en 1990 (Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, 24 enero 1991) y reconoció las recomendaciones sobre el aspecto educativo que en los artículos 26 a 31 recomendó (CDI, 2003, p. 15-17):
1. Adoptar las medidas necesarias para garantizar educación en todos los niveles en condiciones de igualdad con el resto de la población;
2. Realizar un proyecto conjunto que responda a las necesidades particulares considerando la historia, conocimientos y técnicas, sistema de valores y aspiraciones sociales, económicas y culturales;
109 Arturo Warman, Gonzalo Aguirre Beltrán, Fernando Benítez, Guillermo Bonfil Batalla, Julieta Campos, José Carreño Carlón, José Dávalos, Leonel Durán, Gustavo Esteva, Jorge Fernández Souza, León García Soler, Andrés Henestrosa, Miguel Limón Rojas, Jorge Madrazo, Ofelia Medina, Luis Ortiz Monasterio, Salomón Nahmad, Ignacio Ovalle Fernández, Carlos Rojas, Mary Carmen Serra, Rodolfo Stavenhagen, Carlos Tello, José del Val Blanco y Luz María Valdés (Díaz Polanco, 1997, p. 167).
110 Artículo 1o. Convención 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en Países independientes OIT, 1989.
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3. Permitir la participación de la población capacitada para la formulación y ejecución de sus programas, que les serán transferidos progresivamente;
4. Permitir la creación de instituciones y medios de educación propios bajo las normas mínimas establecidas;
5. Garantizar la enseñanza de la propia lengua indígena y de la lengua oficial del país;
6. Tomar medidas para preservar las lenguas indígenas y promover su desarrollo; 7. Tomar medidas educativas para dar a conocer los derechos y obligaciones de
los pueblos y para erradicar los prejuicios que se tengan de ellos.
En la capital del país, el gobierno de Salinas autorizó la presencia de profesionistas indígenas en diferentes puestos directivos de instituciones culturales nacionales. Hernández fue nombrado subdirector del Programa de Lenguas y Literatura Indígenas (1989-1993) de la Dirección General de Culturas Populares del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Hernández 2003). Enrique Ku Herrera, director de la Dirección General de Educación Iindígena (1989-1992 y 2006-2007), desde donde inició un programa federal de becas para promover la permanencia de los jóvenes en los niveles primario y secundario y la elaboración de nuevos proyectos educativos para la población indígena con características culturales regionales112 (Hernández, 2003).
Salinas promovió el Artículo 12 del Convenio 169 de la OIT113 para “tomar medidas
para garantizar que los miembros de dichos pueblos [indígenas] puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles si fuere necesario, intérpretes u otros medios eficaces.” (CDI, 2003, p. 9). Desde 1989 se había iniciado la capacitación de defensores indígenas en un proyecto de Difusión Jurídica de las garantías individuales, el derecho penal y el derecho agrario (Castro, 2009). Pero aunque el reconocimiento jurídico de la población campesina y hablante de lengua indígena era prometedor, la enmienda del artículo 27o. constitucional en 1992 creó un ambiente ambivalente y explosivo. Oficialmente, se reconoció la personalidad jurídica de la población ejidal y comunal, pero el estado se erigió como el protector de la integridad de las tierras de los grupos indígenas, regulador del aprovechamiento de tierras, bosque y aguas de uso común y proveedor de medidas para elevar el nivel de vida de sus pueblos (Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, 6 de enero de 1992).
112 Ver: http://basica.sep.gob.mx/dgi 12.2.2014.
113 La OIT hizo recomendaciones en puntos básicos: la definición de la identidad de los Pueblos Indígenas y Tribales, el territorio, las condiciones de empleo; la formación profesional, artesanía e industrias rurales; la seguridad social y la salud; la educación y los medios de comunicación y los contactos y cooperación a través de las fronteras (CDI 2003).
A la reducción de la autonomía en el control de la propiedad de la tierra se agregó la indignación por la celebración del quinto centenario de la llegada de Colón a América planeada por diversos gobiernos latinoamericanos y estados ex-coloniales (Schüren y Gabbert, 2013). Las organizaciones de la ONU respondieron enviando recomendaciones a los Estados para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población indígena114.
Este ambiente explosivo culminó en México con la visualización del movimiento Neo-Zapatista en el estado de Chiapas el primero de enero de 1994. Dada la importancia de este movimiento y su rápida diseminación en otras regiones del país, sus demandas fueron atendidas de forma inmediata por el gobierno federal (Schüren y Gabbert, 2013). Salinas creó inmediatamente la Comisión Nacional de Desarrollo Integral y Justicia Social para los Pueblos Indígenas para:
“coordinar las acciones y definir las políticas que en el ámbito de la Administración Pública se requieran para promover, proteger y apoyar el desarrollo integral de los pueblos indígenas y el mejoramiento de sus condiciones de vida, especialmente en los aspectos de carácter social, económico, educativo, cultural, de salud y de trabajo; así como para garantizar la plena administración de justicia y el respeto de los derechos individuales y colectivos, en favor de todos los miembros de los pueblos y comunidades indígenas de la Nación mexicana.” (Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, 19 de enero de 1994).
Ernesto Zedillo (1994-2000) legitimó al EZLN como interlocutor de la negociación por los derechos indígenas y promovió la creación de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa). La comisión estaba integrada por miembros de la Comisión Legislativa del Congreso de la Unión para el Diálogo y la Conciliación para el Estado de Chiapas; un representante del Poder Ejecutivo y uno del Poder Legislativo del Estado de Chiapas, para intermediar en las negociaciones (Secretaría de Gobernación, Diario Oficial de la Federación, 11 de marzo de 1995). El 16 de febrero de 1996 se firmaron los Acuerdos de San Andrés Larráinzar sobre Derechos Indígenas entre el gobierno federal y el EZLN115,
114 El Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, ONU (Madrid, 1992); el Proyecto de Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas ONU, 1985-1993; la Iniciativa de Salud de los Pueblos Indígenas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) (Winnipeg, 1993); la Resolución sobre la Declaración del Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo en 1993, el Día Internacional de los Pueblos Indígenas 1994 y el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas 1995-2004 (ONU); y la Declaración de las Mujeres Indígenas del Mundo en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, China 1995).
115 Se reconocieron derechos jurídicos, políticos, sociales, culturales, económicos de los pueblos indígenas: 1. Reconocer a los pueblos indígenas en la Constitución general; 2. Ampliar participación y representación políticas; 3. Garantizar acceso pleno a la justicia; 4. Promover las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas; 5. Asegurar educación y capacitación; 6. Garantizar la satisfacción de necesidades básicas; 7. Impulsar la producción y el empleo y 8. Proteger a los indígenas migrantes
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pero estos acuerdos no fueron incluidos en la Constitución tal y como el EZLN los planteó, por lo cual se retiró de las negociaciones.
Zedillo promovió y dirigió la Encuesta Nacional sobre Derechos Indígenas en 1996 (Schüren y Gabbert, 2013), de donde se crearon diversos proyectos. El Programa de Lengua y Literatura Indígenas de la Dirección General de Culturas Populares116 (creado en
1978) impulsó diversos proyectos para diferentes áreas y municipios indígenas del país. En Ixmiquilpan, Valle del Mezquital, Hidalgo la Dirección de Culturas Populares apoyó el Encuentro Nacional de la Asociación de Escritores en Lenguas Indígenas (AELI) en 1992. Asimismo, el INI inició el proyecto cultural de radiodifusión “La Voz del Pueblo Hñahñu”, en 1998, proyecto desarrollado en 1990 (CDI, 2012). Las regiones rurales del estado de Hidalgo se reconocían crecientemente como espacios de educación técnica con una identidad cultural claramente indígena.
El gobierno de Vicente Fox (2000-2006) impulsó la reforma constitucional en materia indígena en 2001, a través de la Oficina de Representación para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de la Presidencia de la República y en coordinación con el INI, bajo las recomendaciones del académico mexicano Rodolfo Stavenhagen, quien había sido elegido como el primer reportero especial para analizar la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos indígenas de la ONU de 2001 a 2008. El artículo 1o. constitucional prohibe desde entonces la discriminación por origen social y personal, incluyendo el origen étnico. El artículo 2o. establece los derechos de salud, bienestar y educación en un proyecto conjunto del estado y de los pueblos para incidir en el desarrollo económico y social. El apartado A “reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para” (IV) “preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.” (Secretaría de Gobernación. Diario Oficial de la Federación, Martes 14 de agosto de 2001, p. 2-3). El apartado B-II promueve la igualdad de oportunidades de los indígenas, la eliminación de prácticas discriminatorias, el establecimiento de instituciones y políticas para garantizar los derechos y el desarrollo de los pueblos indígenas. La Federación, los estados y los municipios “tienen obligación de garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación
productiva y la educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos