El uso de los términos infallibilis e infallibilitas resulta en santo Tomás de Aquino más frecuente que en el pasado y es señal de que ambos términos ya son objeto de un uso más corriente. Con todo, si bien adquieren importancia en Tomás, jamás intervienen formalmente en el “dossier» de la autoridad doctrinal de la Iglesia, y el Aquinate no afirma jamás que el papa sea infalible. ¿A propósito de qué hace uso de estos términos?
1. A propósito de nuestros conocimientos naturales y cósmicos y de la ciencia
natural: el sol saldrá mañana (In II Sent. d. 4, q.1, art. 2, corpus); «los filósofos tenían
por infalible el que un cuerpo compuesto de contrarios se corrompe por naturaleza» (In
IV Sent. d. 44, q. 3, a. 1, qa 2, resp. ad 1um); a propósito asimismo de las evidencias
infaliblemente», por ejemplo; «el conocimiento sensible demuestra infaliblemente que los accidentes del pan y el vino permanecen» (CG IV, 65, 1, a propósito de la eucaristía).
Lo que se conoce naturalmente es infaliblemente verdadero; «el conocimiento natural es infalible» (ST IIa
IIae
q. 95, a. 7, ad 2um); «la naturaleza obra infaliblemente» (In III Sent. d. 26, q.2, a 4, corpus ); «las leyes humanas no pueden tener la infalibilidad que poseen las conclusiones demostrativas de las ciencias» (Ia IIae q. 91, a. 3, ad 3um
[bis]; q. 105, a. 2 ad 8um); la infalibilidad de la verdad ligada a los primeros principios (Ia
85, a. 6, corpus); la infalibilidad del movimiento natural (Ia
IIae
, q. 57, a. 5, ad 3m), y del poder del conocimiento que se mueve infaliblemente hacia su fin (Ia
IIae
q. 18, a. 4, corpus); «la razón procede a partir de conocimientos naturales que son infaliblemente verdaderos» (IIa
IIae
89, a. 1, corpus).
2. A propósito de todo cuanto concierne al razonamiento lógico y formal: una «razón infalible» (In III Sent. d. 23, q., a. 4, qa 1 ad 2um); una conclusión que se sigue infaliblemente de sus premisas (In Arist. Libros, Peri hermeneias, L. I, l. 14, n 12, 21;
CG III, 94,12); una «verdad infalible» (In III Sent, d. 39, q. 1, a. 1, corpus); una medida
ciertamente infalible (In III Sent. d. 37, q. 1, a. 4, sed contra 2); una conclusión geométrica deducida «infaliblemente» (In IV Sent. d. 44, q. 2, a. 2, qa 3, ad 2um); «un conocimiento que no puede ser infaliblemente cierto» (CG III, 154, 11); «la infalibilidad de la verdad, según la certeza de la ciencia» ( Ia
q. 85, a. 6. corpus; Ia
IIae
q. 40, a. 2, ad 3m); «nuestra mente no puede configurarse con la realidad de manera infalible más que en las cosas necesarias» (Ia IIae, q. 57, a. 5, Ad 3m); «no hay ordenación infalible al fin
para el espíritu humano, pero en el estado de inocencia la firmeza del orden era infalible» (Ia
IIae
qa. 89, a. 3, corpus); «una prueba demostrativa e infalible» (Ia
IIae, q. 105, a. 2, ad 8um); «una opinión infalible» imposible (CG IV, 54, 7); «una certeza infalible», posible o imposible (IIa
IIae
q. 70, a. 2, ad 1um; a. 3 corpus).
3. A propósito del conocimiento propio de Dios: «que conoce los futuros contingentes de una manera infalible» (CG I, 64,1; 67,2, 3; III 154, 11; In IV Sent. d. 46, q 2, a 2, qa 2, ad 3um; Ia q. 14, a. 13, corpus; IIa
IIae
q. 1, a. 3 ad 2um; IIa
IIae
, q. 172, a. 1, corpus); que «conoce infaliblemente todo lo que pasa en el tiempo» (Expositio libri
Peri hermeneias, I, lectio 14, n. 21; In IV Sent. D. 46, q. 2, a. 2, qa 2, ad 1um; CG I,
63, perícopa 4; del «orden divino ordinario e infalible» (CG IV, 36, perícopa 10); de una «disposición infalible de Dios» (IIa IIae q. 89, a. 10, ad 4um); «el conocimiento de Dios
es el más cierto e infalible» (CG I, 63, 4; 67,1); del conocimiento infalible que el Hijo tiene del Padre; del testimonio infalible dado por la vida de Juan el Bautista; «la invocación del testimonio infalible de la verdad» divina «que es totalmente infalible» (In
III Sent. d 39, q. 1 a 2, qa 1,corpus; IIa
IIae
q. 89, a. 1, ad. 2um; a. 2, corpus); «llega infalible y necesariamente lo que la providencia divina dispone que llegue infalible y necesariamente, y llega de manera contingente lo que la razón de la divina providencia desea ver llegar de manera contingente» (Ia
q. 22, a 4, ad 1um); la predestinación y la ciencia divina (Ia
q. 23, a. 6, corpus); «la verdad infalible de las personas divinas» (Ia
q. 105, a. 2, ad 8um); el Espíritu Santo, que realiza infaliblemente todo lo que quiere» (IIa
IIae
q. 24, a. 11, corpus).
4. A propósito de la verdad divina: «la verdad primera es infalible» (In III Sent. d 24, q. 1, a 1, qa 3, corpus; d. 29, q. 1, a. 1, ad 4um); «el orden divino infalible» (CG IV, 36,10); «lo que está ordenado por Dios, no por vía de apremio, sino de infalibilidad» (Ia IIae q. 112, a. 3, corpus); «la razón que inclina a la voluntad a creer en los artículos de fe
es ella misma la verdad primera, que es infalible; pero la razón que inclina a la voluntad a creer otras cosas es, o bien algún signo falible, o bien la palabra de alguien que lo sabe y que puede engañarse y engañar. Por eso la voluntad no proporciona una verdad infalible a la inteligencia que cree otros datos de fe, como ella proporciona la verdad infalible para creer los artículos de fe; por eso esta fe es una virtud, y no la otra» (In III Sent. d. 23, q. 2, a. 4, qa 1, ad 2um). «La virtud del Espíritu Santo, que realiza infaliblemente lo que quiere» (IIa
IIae
q. 24 a. 11, corpus); «la fe se adhiere a la verdad infalible» (Ia
a. 1, a. 8, corpus); «la ordenación de las cosas a su fin no es infalible, mientras que en el estado de inocencia la firmeza del orden era infalible» (Ia
IIae
q. 89, a. 3, corpus [bis]).
5. A propósito de la verdad infalible de la conciencia: que no se aparta del juicio divino (In II Sent. d. 39, q. 3, a. 2, arg. 1); del don de la sabiduría «que juzga y aprueba infalible y rectamente todo lo que se le somete, y en eso se manifiesta una cierta semejanza de la divinidad en el hombre» (In 3 Sent. d 34, q. 1, a. 4, corpus). La voluntad natural está «dirigida infaliblemente a un solo fin» (CG III 23,10). «Una cosa es que la inteligencia tienda infaliblemente hacia su bien, y otra que esté infaliblemente ordenada a su fin último, a causa del cual se adhiere a lo verdadero» (IIa IIae q.4, a. 5, corpus; q. 18, a. 4., corpus).
6. A propósito de la predestinación: que «obtiene su objeto infaliblemente» (Ia
q. 23, a. 6, corpus, ter): «si el hombre cuyo corazón mueve Dios obtiene la gracia, la obtiene infaliblemente» (Ia
IIae
q. 112, a. 3, corpus; q. 114, a. 8, ad 3um); «aquel que persevera en la gracia obtendrá la vida eterna de manera totalmente infalible» (IIa
IIae
q. 1, a. 3, ad 1um); Lo que cae bajo la presciencia divina posee «una cierta necesidad de infalibilidad» (IIa IIae, q. 1, a. 3, ad 2m).
7. A propósito de las «autoridades de la sagrada Escritura, que contiene una verdad infalible» (CG III, 95, 19). A propósito, finalmente, de la fe, que responde a una verdad
infalible: «Dado que el creer es un acto del entendimiento que se adhiere a la verdad
bajo el impulso de la voluntad, para que ese acto sea perfecto se requieren dos cosas: Primera, que el entendimiento tienda de manera infalible a su propio bien, que es la verdad. Segunda, que se ordene también infaliblemente al fin último en virtud del cual asiente la voluntad a la verdad. Esas dos cosas se dan en el acto de fe formada» (IIa IIae,
q. 4, a. 5, corpus); «la fe se apoya en la verdad divina, que es infalible» (Ia IIae, q. 4, a.
5, ad 2um).
La infalibilidad sigue siendo un atributo divino, pero se desborda en la doctrina de la Iglesia, debidamente garantizada por la verdad divina. Por eso «el que se adhiere a la
doctrina de la Iglesia como a una regla infalible consiente a todo lo que enseña la Iglesia» (Ia
IIae
, q. 5, a 3 corpus, ter, con una afirmación positiva y una afirmación negativa). La doctrina de la Iglesia se convierte aquí, en sí misma, en una regla infalible: la atribución del calificativo a la Iglesia como tal va progresando.
Nos acercamos a nuestro tema cuando se trata de «la verdad infalible» (CG III, 95, perícopa 19), es decir, divina, en la que se apoya la fe (Ia, q. 1, a. 8, corpus; IIa IIae, q. 5,
a. 3, corpus); o de «la doctrina de la Iglesia, que procede de la verdad primera manifestada en las Escrituras» y que es presentada como «una regla infalible y divina» (IIa IIae q. 5, a. 3 corpus).
Conclusión: el vocabulario de la infalibilidad entra con frecuencia en la
consideración de Tomás de Aquino. La infalibilidad es del orden de la necesidad de los conocimientos naturales y de las leyes cósmicas, de la lógica que respeta sus reglas. No interviene en el orden del derecho. Es también un atributo divino según el conocimiento, la providencia, la verdad primera y la manera de gobernar las cosas. Por vía de consecuencia, la verdad divina fundamenta la verdad del contenido de la fe. Tomás habla también una vez de la Iglesia, cuya doctrina se convierte en una «regla infalible». Se trata de esta doctrina tomada en su conjunto, no de una determinación particular. Se trata de
la Iglesia que no puede errar. Tomás no enseñó, pues, la infalibilidad del papa, como sí
se hará más tarde en su escuela. Tampoco emplea la fórmula Papa non potest errare. En suma, la infalibilidad no interviene nunca en el plano jurídico en santo Tomás. Esta pertenece al orden de la necesidad: infalibilidad de Dios, de la providencia, de las conclusiones lógicas, etc. No interviene en el orden del derecho. Es del orden de la ley física, cósmica, o intelectual.