4 Delivery of the Activity Agreement Pilots (AAP)
4.3 Eligibility and application processes
4.3.3 Caseload sizes
Un primer acercamiento a tal punto nos sugiere que “La violencia puede ser categorizada dependiendo de quién la ejerce: un padre, un desconocido, otro niño, el niño mismo o una entidad política”. (Duque, 2008, pág. 115). De allí que esta tesis se ocupe de identificar los actores que intervienen en el castigo, a fin de clarificar y entender, de mejor manera, la forma cómo se da esta práctica. Si bien el castigo está relacionado con la ejecución de una acción violenta o humillante, la proveniencia de la violencia contra el niño, determina el carácter de la misma, lo que desde el principio del presente marco teórico se presentó como la diferencia fundamental entre el maltrato y el castigo; ya que el maltrato del que puede ser objeto el niño puede provenir desde su cuidador o cuidadoras, sus tutores, hasta sus hermanos, compañeros de colegio, etc. El fin de la violencia es el que determina el carácter de castigo, ya que el castigo, como medida disciplinaria y disciplinadora, como veíamos, tiene detrás la concepción del niño como actor pasivo y a moldear.
De este modo, “La violencia contra los niños puede ser ejercida por un individuo o por medio de prácticas colectivas, ya sean ritos o prácticas disciplinarias, o también estructurales, como resultado de la pobreza y las inequidades.” (Duque- Páramo, 2008, pág. 115). Esta acotación tiene gran relevancia si tenemos en cuenta que se está tratando la cuestión del castigo. Así, las prácticas de violencia estructural de las que son víctimas los niños, en el marco de los derechos humanos, vendrían a dar una visión más amplia de lo que es el castigo, pero también problematizarían tal cuestión. Por lo que es menester identificar los actores que, específicamente intervienen en el castigo físico y humillante, y en las formas de castigo. De allí que se haya anotado que, a partir de la crianza de la que fueron sujetos, los padres replicaran o no cierto tipo de crianza, y con ella, ciertos tipos de castigo. Entonces, los padres, al igual que los niños, son los primeros actores que podemos identificar están involucrados en tal prácticas y, por lo menos, de los segundo no se puede prescindir cuando se habla de tal tema, ya que son ellos objeto del castigo.
Ahora bien, dentro del núcleo familiar podemos, según la propuesta que se hizo de la magnitud del castigo, diferenciar al padre de la madre por intensidad y frecuencia respectivamente, en lo que se refiere al castigo. Algo similar se puede señalar de los cuidadores de los niño, tanto en instituciones educativas como en hogares de cuidado, etc, Así, los actores del castigo, en general, se dan en dos vías: el que aplica el castigo y el que lo recibe, sin que esto implique, como se viene diciendo, que quien lo recibe es un actor pasivo. Tal anotación nos la recuerda Duque-Páramo quien, bajo una perspectiva poco desarrollada en la literatura sobre el castigo, aborda su investigación de una manera participante y descubre que
Los estudios sobre los niños como actores violentos generalmente han sido hechos con base en la observación de los niños y en entrevistas con
los niños raramente se han buscado como propósito central de las investigaciones. Por esta razón, sabemos muy poco sobre el papel que juegan los niños más allá de ser reconocidos como víctimas y sobre su agencia como fuerza mediadora entre la violencia que ejerce el agresor y su impacto en la vida del niño. (Duque, 2008, pág.: 117)
Aquí se encuentra una visión innovadora sobre el niño como actor del castigo: la autora se decide por llamarlo agente, y con ello, le da un papel activo en la construcción cultural y en el ámbito social. Pero además, sobre la base de la iniciativa para acabar con todas las formas de castigo, que impulsa una organización como “Save the Children”, recuerda que el infante también es sujeto de los derechos humanos, y por tal, merece respeto y dignidad en la aplicación y cumplimiento de sus derechos. La preocupación por el castigo, y el reconocimiento de los actores que están involucrados en él se enmarca, como vemos, en el impacto que genera para la vida adulta. De allí, que se recalque los impactos de los distintos tipos de castigos en la etapa madura, y sus repercusiones en la crianza de nuevos infantes.
Se reconoce, pues, que actores como profesores de escuela son participes de esta forma de corrección ya que ven, según lo que se decía en el apartado de la relación que mantiene el castigo con las prácticas culturales, en el castigo la solución para lograr la disciplina en los alumnos. Tales motivos mueven a pensar que es importante, como se ha recalcado, hacer énfasis en la reflexión en los actores del castigo, con el fin de mejorar el apenamiento que genera el castigo en cada escenario de interacción del niño (hogar, jardines, colegios, etc.).
6.6. Experiencias del castigo-
Como se ha señalado, la experiencia del castigo se constituye como un referente simbólico, y por tal, como una experiencia que trasciende de la educación recibida a la crianza de los propios hijos. De allí que, considerar la experiencia que significa
el castigo sea de especial importancia, en tanto que configura una práctica, a partir de la decisión que se tome en el presente. Si bien, en su estudio, Duque-Páramo señale que su investigación, como otras, sea de tipo exploratorio por el poco desarrollo que se le ha dado al tema, y con ello, señala el alcance de sus conclusiones, porque se rigen a escenarios contextualizados y bien delimitados, sin pretender hacer generalizaciones logra dar ciertos trazos para explorar, bajo estas hipótesis, otras localidades.
Por ello, aquí se asume, desde este marco conceptual, que el niño es un agente y no un actor pasivo:
Las niñas y los niños son actores sociales que construyen activamente mundos culturales y la diversidad de representaciones que tienen sobre castigo se relaciona con sus propias vivencias, con el contexto familiar, escolar y barrial en el que viven y con particularidades individuales. (Duque, 2008, pág.: 129)
Los niños, como agentes constructores de su mundo, experimentan el castigo de manera personal, y la pretensión última del castigo, es decir, el motivo por el que fue impuesto, no siempre condiciona la forma como asume el niño el castigo. Así las cosas, el castigo es relacionado, si seguimos a la autora, con las propias vivencias del niño que van calando en su formación como persona, y que tendrán alguna repercusión en el modo como se relacionen con el entorno social (es decir, consigo mismo, con el territorio y con otros), así como en su comportamiento adulto.
Así mismo, los hallazgos muestran cómo ellos al tiempo que rechazan el castigo, lo aceptan como algo inevitable que forma parte del control y la disciplina de los niños. Estas ideas permiten suponer que, de no producirse cambios, estos niños cuando sean jóvenes o adultos castigarán a sus hijos y
Con ello, la autora quiere hacer algún énfasis en la paradójica situación en la que se ven envueltos, no sólo los niños como objeto del castigo, sino que también todos los actores del castigo, en cuanto a su experiencia del mismo. Los actores, a partir de lo que siente, piensan y cómo actúan cuando se da el castigo, partirán a asumir una actitud parecida sobre a la que mantienen hoy gran parte de los cuidadores frente al castigo, legitimándolo como práctica educativa y como medio de corrección de la conducta.
6.7. Consecuencias del castigo –
Existen, principalmente dos consecuencias que ya se han esbozado: por un lado, se trata de una práctica “institucionalizada”, es decir acostumbrada y practicada por muchos de los que son cuidadores; por otro lado, y más grave aún, aumenta las tasa de infanticidio, a consecuencia de la falta de cuidados, o, de aplicación de castigos físicos extremos. (Muñoz y Pachón en Duque, 2008, pág.: 116).
Sin embargo, existe otra cara del castigo. Según un autor como Gershoff, la literatura sobre el castigo ha tenido un sesgo sobre las consecuencias y el fin del castigo. Para éste, los castigos no sólo constituyen efectos negativos sobre el infante y en su crianza. Argumenta que el castigo físico, específicamente, genera efectos deseables como el servir de medida inmediata que logra corregir una conducta “errónea”. Además, según este autor, ayuda a la internalización de conducta morales y a la contención de conductas agresivas. Empero, estudios recientes, y el desarrollo de las reflexiones en torno al castigo han demostrado que este tipo de castigo, en vez de contener conductas agresivas, pueden potenciarlas en la juventud o en la adultez, lo que repetiría el ciclo de violencia, o, simplemente de castigo victimizante, en tanto que vuelve víctima al niño y reforzaría o, mejor, sería un factor etiológico de conductas delincuentes, criminales y antisociales. (Gershoff, 2002)
Otros efectos del castigo corporal son su impacto negativo sobre la calidad de la relación padres-hijos; en problemas de salud mental, como depresión, estrés y sentimientos de humillación e impotencia; en el desarrollo de conductas agresivas durante la adultez, incluyendo el abuso de su cónyuge e hijos. Un último efecto descrito es que el niño se convierte en un adulto víctima del abuso físico (37). (Duque, 2008, pág.: 126,127)
Asimismo, la corte reconoce, en la Sentencia C – 371 del 25 de agosto de 1994, que:
El uso de la fuerza bruta para sancionar a un niño constituye grave atentado contra su dignidad, ataque a su integridad corporal y daño, muchas veces irremediable, a su estabilidad emocional y afectiva. Genera, en el menor, reacciones contra quien le aplica el castigo físico y contra la sociedad. Ocasiona invariablemente el progresivo endurecimiento de su espíritu, la pérdida paulatina de sus más nobles sentimientos y la búsqueda consciente o inconsciente de retaliación posterior, de la cual muy seguramente hará victimas a sus propios hijos, dando lugar a un interminable proceso de violencia, que necesariamente altera la pacífica convivencia social5.
En otras palabras, este tipo de castigo se va constituyendo en un problema de carácter social, no sólo porque afecte a la célula fundamenta de la sociedad, la familia, sino porque lo pone en situación de vulnerabilidad, y replica tal situación con generaciones futuras. El ciclo de violencia, de esta forma, en vez de ser roto, es continuado y hasta ampliado, lo que genera graves efectos en los índices sociales generales. Tanto su actividad emocional, como su formación como sujeto se ven marcadas por eventos que pueden ser traumáticos.
6.8. La Iniciativa para acabar con todas las formas de castigo, en el marco de la legislación y la jurisprudencia colombianas
Según la ponencia de la subcomisión primera, presentada a la comisión V en la asamblea nacional constituyente: “la sociedad debe rodear y salvar a los niños, si pretende mejorar sus futuras generaciones” (Corte Constitucional).
En este marco que se hizo una realidad jurídica, es que se hace “necesario desarrollar estrategias de concientización, reflexión y de postura crítica (Gómez, 1988) frente a estas prácticas en diferentes niveles de la sociedad orientadas a la erradicación del castigo corporal y de las formas humillantes de castigo, así como al cuestionamiento del castigo como forma de control y disciplina hacia los niños.” (Duque, 2008, pág.: 129).
Así, según la Iniciativa impulsada por Save the Children Suecia Programa Regional para América Latina y el Caribe, se cree que acabar con todo castigo corporal es fundamental para mejorar la situación de los niños y para hacer realidad sus derechos al respeto por su dignidad humana e integridad física, y a la igual protección ante la ley.
Los niños tienen los mismos derechos humanos que los adultos y por tanto están protegidos contra la violencia de cualquier clase, por ejemplo los golpes y la humillación: tal es el mensaje de la nueva Iniciativa mundial que tiene como objetivo acelerar la abolición de toda clase de castigo corporal de niños.
Prohibir toda forma de violencia, incluyendo todo castigo corporal por ligero que fuese, en la crianza de los niños en su hogar, la escuela, las instituciones de cuidado, el sistema penal y en todo en otros ámbitos. ·
Emprender, al mismo tiempo, campañas de educación y concientización para informar a los padres y otros sobre el derecho de los niños a la protección y sobre métodos no violentos de disciplinar y formar a los niños. (Save the Children Suecia, 2005, pág. 4), son objetivos que persigue la iniciativa en la que se enmarca la presente tesis, y que, por lo ya señalado, es inexorable su impulso para el cumplimiento efectivo y el goce pleno de los derechos que asegura la declaración universal de los derechos humanos.
Los derechos al respeto a la dignidad humana y a igual protección ante la ley son válidos para todas las personas — incluidos los niños y niñas — en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) enfatiza nuevamente que los niños son también sujetos de derechos humanos. La Convención exige asimismo a los Estados proteger a los niños contra toda forma de violencia física y mental mientras están al cuidado de sus padres y otras personas (artículo 19). (Save the Children Suecia, 2005, pág. 5).
7. METODOLOGÍA