• No results found

Chapter Three – Ethnography and the Study of Religion

El universo de la indagación alcanzó a los colegios profesionales correspondientes a las 24 jurisdicciones del país y las 11 profesiones de la salud seleccionadas, así como a las dependencias guberna- mentales encargadas de los RRHH de la salud.

La obtención de las respuestas resultó sumamente dificultosa y requirió innumerables contactos telefónicos, vía correo electró- nico y personales. Los mejores niveles de respuesta se lograron en aquellas jurisdicciones en las que fue posible aplicar personal- mente los cuestionarios.

Se obtuvieron respuestas de 47 Colegios profesionales y 10 dependencias de RRHH. A partir de estos datos, se examinaron los flujos que recorre la información producida por estos organismos.

En primer lugar, se analizaron los datos que se requieren en el acto de matriculación. La casi totalidad de las instituciones rele- vadas indica que registran al menos, los siguientes: DNI, apellido y nombre, domicilio particular, domicilio profesional y fecha de inscripción. En algunas ocasiones, se aclaró que también se soli- cita el título universitario y certificado de ética y buena conducta, acorde con lo estipulado en las normativas.

Es preciso recordar, que el interés del presente estudio radica en el uso que se confiere a esta información. Al respecto, 9 de cada 10 entidades manifestó, efectivamente, utilizar la información relevada sobre los matriculados. En casi todos los casos se realiza un seguimiento de ingresos y egresos. A pesar de ello, las entida- des reconocen tener muchas dificultades para contabilizar bajas.

La mayoría conoce la obligatoriedad de la comunicación de los datos, aunque en lo que se refiere a su actualización un tercio de las entidades no la realiza, y en muchos casos se manifiesta desconocer este aspecto. Los que encaran las actualizaciones, lo hacen con diferente frecuencia ya sea trimestral o semestralmente. De este modo, la información sobre matrícula, si bien consti- tuye una fuente valiosa para realizar estimaciones sobre dotación de RRHH, presenta algunas limitaciones. Por un lado, parece haber matrículas activas que deben ser dadas de baja (por ejem- plo en caso de defunción del afiliado o de no pago prolongado de la matrícula) y por el otro, existen situaciones de no registro, debido a la falta de matriculación, a pesar de que el profesional está en ejercicio y el proceso es obligatorio, y a la imposibilidad de captar a aquellos profesionales que residen en la jurisdicción pero ejercen en otra.

En cuanto a la estimación de recursos y necesidades, el 75% reveló no contemplarla, situación que estaría expresando una falta de aprovechamiento de la información sobre RRHH valiosa para generar estadísticas actualizadas de la dotación por jurisdicción y profesión.

Otro aspecto a considerar son las vías de difusión de esta informa- ción. La difusión pública de los datos por los colegios profesionales sólo es consignada por el 10% de las instituciones. Estos registros suelen ser comunicados, en mayor medida, al Ministerio de Salud de la Provincia y/o Nación y la Caja de Previsión Social y, en menor medida, otros colegios profesionales, al Poder Judicial, a la Dirección Provincial de Rentas, al Registro de Prestadores de Salud, a Farmacias, etc.

En consonancia con los avances tecnológicos que podrían es- tar contribuyendo favorablemente para conformar un sistema de salud integral se observó que en la casi totalidad de las respuestas se indica que los datos se encuentran en soporte informático, aún cuando la recolección se produzca o no en papel.

En síntesis, los principales resultados acerca del análisis del marco normativo y el uso de la información de datos muestran que:

• El análisis del marco normativo da cuenta que no se pueden establecer regularidades vinculadas a las razones de la de- legación de la matrícula en las distintas jurisdicciones. Esta situación podría deberse, entre otros factores, a la capacidad de lobby que poseen los Colegios en los niveles locales, a la hora de custodiar sus intereses profesionales y constituirse ellos mismos en los reguladores del mercado laboral. Las profesiones de reciente desarrollo aún no se han constituido en un actor con protagonismo para negociar ante el Estado sus condiciones

• La mayor parte de la normativa que regula el ejercicio de las profesiones en el campo de la salud está orientada por los lineamientos de la profesión médica, que es la trazadora de las prácticas profesionales. Por ello las profesiones de reciente desarrollo autónomo se encuentran menos reguladas. • A partir de la década del 90, en concordancia con los cambios

operados en las prácticas profesionales, se observa una mayor participación del Estado a través de Ministerios/Secretarías en la formulación de las normativas relacionadas con el ejercicio de las especialidades.

• Los resultados sobre la producción de los datos muestran que cada dependencia posee un manejo diferenciado de la actuali- zación de la información. Mientras los Ministerios-Secretarías mayormente indicaban no actualizar información, no contes- taban o desconocían la frecuencia de actualización de datos, los Colegios-Consejos decían actualizar frecuentemente. • La información emanada de la matriculación es utilizada tanto

por Ministerios-Secretarías como por Colegios-Consejos para el seguimiento de ingresos y egresos. En cambio se refiere que se usa escasamente para la estimación de recursos y necesidades. • La mayoría de los Colegios-Consejos refirió la obligatoriedad

por ley de la comunicación de la información a otras institu- ciones y/u organismos. Sin embargo, se han identificado pocas situaciones en las que la legislación prevé mecanismos de san- ciones efectivas y autoridades de aplicación que se pusieran en funcionamiento cuando no se cumpliera con este punto en la dinámica de la información. Existe un vacío legal no sólo en relación con los tiempos, sino a quién se envía y cómo se ejerce el control de la remisión de la información producida. • Se verifica que se realiza un importante acopio de información pero no se contempla su circulación y usufructo por parte de los otros posibles actores interesados. Al no preverse la obligatoriedad de la comunicación se pierden oportunidades ya que la disponibilidad de esta información en las depen- dencias de RRHH del Estado permitiría a este actor formular e implementar políticas públicas en este campo con mayor sustentabilidad.