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CHAPTER FOUR: REPORTING THE FINDINGS Introduction

Dentro del marco constitucional y jurídico actual donde interviene la comercialización podemos encontrar las siguientes leyes y enunciados:

Respecto a la promoción de la producción sana (agroecológica) y la soberanía alimentaria

En la Constitución de la República de Ecuador se dice:

Artículo 13.- Las personas y colectivi- dades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, sufi- cientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspon- dencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.

“El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria”

De igual forma en el Código de Ordenamiento Territorial (COOTAD): Se precisaron las funciones de

cada nivel de los GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados), para evitar las superposiciones, mejorar la complementariedad. El articulo 135 precisa el ejercicio de la competencia de fomento de las actividades productivas y agropecuarias con el establecimiento de programas y proyectos orientados “al incremento de la productividad, optimización del riego, asistencia técnica, suministro de insumos agropecuarios y transferencia de tecnología, en el marco de la soberanía alimentaria, dirigidos principalmente a los micro y pequeños productores”. En el código de la producción: Libro I.- literal c.- Fomentar la produc- ción nacional, comercio y consumo sustentable de bienes y servicios, con responsabilidad social y ambien- tal, así como su comercialización y uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas; Literal I.- La producción sostenible a través de la implementación de tecnologías y prácticas de produc- ción limpia; y,

Literal b.- Apoyará la soberanía alimentaria del país, por medio del

fomento a la producción de ali- mentos para el consumo nacional, incentivando además de la produc- tividad, la producción de bienes que favorezcan la nutrición adecuada de las familias ecuatorianas, especial- mente de la niñez.

Respecto a la comercialización de los productos

En la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS), aprobada en el 2011, se dice:

Artículo 4. (LOEPS).- Principios.- Las personas amparadas por esta Ley, en el ejercicio de sus actividades, se guiarán por los siguientes principios según corresponda:

e) el comercio justo y consumo ético y responsable

h) redistribución equitativa y solidaria de excedentes

Artículo 5 (LOEPS).- Acto Económico Solidario.- Los actos que efectúen con sus miembros las organizaciones, dentro del ejercicio de las actividades propias de su objeto social, no constituyen actos de comercio o civiles sino actos solidarios. Artículo 139 (LOEPS).- Excedente es la capitalización de las operaciones

económicas entre los mismos socios/as, del sector de la Economía Solidaria. Mientras que utilidades son la capitalización de las operaciones económicas con terceras personas. Artículo 134 (LOEPS).- Construir mercados, centros de acopio, silos y otros equipamientos de apoyo a la producción y comercialización de productos y servicios.

Construir espacios diferenciados para la comercialización de los productores de la Economía solidaria como los SOLIDARIATOS.- que son espacios donde se vende productos de las organizaciones de la ES.

Co-Financiar planes, programas y proyectos para la construcción de los mercados solidarios, estudios de factibilidad, financiamiento de proyectos de pre-inversión

En la Ley Orgánica de Soberanía alimentaria:

Artículo 31.- “El estado creará el siste- ma nacional de comercialización para la soberanía alimentaria y establecerá mecanismos de apoyo a la negociación directa entre productores y consumi- dores, e incentivará la eficiencia y ra- cionalización de las cadenas y canales de comercialización. Además procurará el mejoramiento de la conservación

de los productos alimenticios en los procesos de post cosecha y comer- cialización; fomentará mecanismos asociativos de los microempresarios y productores de alimentos, para prote- gerlos de la imposición de condiciones desfavorables en la comercialización de sus productos”

Artículo 283.- reconoce que el régimen económico en el país es social y soli- dario, y que existen diversas manifesta- ciones del ejercicio de la economía, como las ferias y mercados solidarios, formas alternativas éstas de inter- cambiar productos, bienes, servicios y conocimientos de manera solidaria. En el Código de la Producción: Literal J.- Fortalecer el control estatal para asegurar que las actividades productivas no sean afectadas por prácticas de abuso del poder del mercado, como prácticas monopólicas, oligopólicas y en general, las que afec- ten el funcionamiento de los mercados; Literal S.- Impulsar los mecanismos que posibiliten un comercio justo y un mercado transparente; y,

Libro II literal E.- La implementación de una política comercial al servicio del desarrollo de todos los actores productivos del país, en particular, de los actores de la economía popular

y solidaria y de la micro, pequeñas y medianas empresas, y para garantizar la soberanía alimentaria y energética, las economías de escala y el comercio justo, así como su inserción estratégica en el mundo;

Libro IV.-Procurar la simplificación de los trámites para intervenir como proveedores del Estado; y,

Art. 61.- Del acceso a la tierra y de su fomento integral.-

Literal a.- Incentivará mecanismos de comercialización alternativos para que, a la vez que se procura el mejoramiento de los ingresos de las familias cam- pesinas productoras, se garantice el abastecimiento de los mercados locales y regionales;

Respecto al uso de los espacios públicos

En la COOTAD

Disposiciones especiales de los gobiernos municipales:

5.- El Código unifica y compila todas las leyes existentes de los GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados) como consejos provinciales, municipios, juntas parroquiales razón por la cual se revisó y actualizó para la Ley Orgánica de

Régimen Municipal. Las modificaciones más relevantes de la ley son:

a. se precisó más la competencia exclusiva de los gobiernos municipales de control y uso del suelo, diferenciándole de la competencia concurrente de ordenamiento territorial;

b. se actualizaron las normas sobre las áreas verdes y comunales;

c. se facilita asistencia técnica para garantizar producciones de calidad;

d. se apoya para asegurar pos cose- cha de los productos;

e. se capacita a los productores en la comercialización;

f. se establece normas y estándares de calidad;

g. se crea un sistema de información de productos de la canasta básica.

Reflexionando, ¿En nuestros territorios podemos analizar y observar cuántas de estas leyes se aplican y se cumplen

como se expresa en las leyes expuestas?

PROGRAMAS ESTATALES DE APO-