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250.20 Sistemas de corriente alterna que se deben poner a tierra. Los sistemas de corriente alterna se deben poner a tierra como se prevé en las secciones 250.20(A), (B), (C) o (D). Debe permitirse poner a tierra otros sistemas. Si dichos sistemas están puestos a tierra, deben cumplir con las disposiciones aplicables de este artículo.

NOTA INFORMATIVA Un ejemplo de un sistema que se permite poner a tierra es una conexión de transformador en delta con una esquina puesta a tierra. Ver la sección 250.26(4), relativa al conductor que se debe poner a tierra.

(A) Sistemas de corriente alterna de menos de 50 V. Los sistemas de corriente alterna de menos de 50 V se deben poner a tierra si se presenta bajo alguna de las siguientes condiciones:

(1) Cuando son alimentados por transformadores, si el sistema de alimentación del transformador supera los 150 V a tierra.

(2) Cuando son alimentados por transformadores, si el sistema de alimentación del transformador no está puesto a tierra.

(3) Cuando están instalados en exteriores como conductores aéreos.

(B) Sistemas de corriente alterna de 50 V a 1 000 V. Los sistemas de corriente alterna de 50 V a 1 000 V que alimentan el alambrado de los predios y los sistemas de alambrado de éstos, se deben poner a tierra si se presenta alguna de las siguientes condiciones:

(1) Cuando el sistema se puede poner a tierra, de manera que la tensión máxima a tierra en los conductores no puestos a tierra no supere los 150 V.

(2) Cuando el sistema es trifásico, tetrafilar y conectado en estrella, y cuyo conductor neutro se utiliza como un conductor de circuito.

(3) Cuando el sistema es trifásico, tetrafilar y conectado en delta, en el cual el punto medio del devanado de una fase se usa como un conductor de circuito.

(C) Sistemas de corriente alterna de más de 1 000 V. Los sistemas de corriente alterna que alimentan equipos móviles o portátiles deben ser puestos a tierra según lo especificado en la sección 250.188. Donde se alimenten equipos que no sean móviles ni portátiles, debe permitirse que dichos sistemas sean puestos a tierra.

(D) Sistemas con neutro puesto a tierra con impedancia. Los sistemas con neutro puesto a tierra con impedancia se deben poner a tierra según lo indicado en la sección 250.36 o 250.187.

250.21 Sistemas de corriente alterna de 50 V a 1 000 V a los que no se les exige estar puestos a tierra.

(A) Generalidades. Debe permitirse, pero no debe exigirse que los siguientes sistemas de c.a. de 50 V a 1 000 V estén puestos a tierra.

(1) Los sistemas eléctricos usados exclusivamente para alimentar hornos eléctricos industriales para fusión, refinación, templado y similares.

(2) Los sistemas derivados independientes usados exclusivamente para rectificadores que alimentan solamente accionamientos industriales de velocidad ajustable.

(3) Los sistemas derivados independientes, alimentados por transformadores con una tensión nominal en el primario de 1 000 V o menos, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:

a. El sistema se usa exclusivamente para circuitos de control.

b. Las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguran que solamente personal calificado realizará el servicio técnico a la instalación.

c. Se requiere continuidad de la potencia de control.

(4) Otros sistemas a los que no se exige estar puestos a tierra, según los requisitos de la sección 250.20(B).

(B) Detectores a tierra. Los detectores a tierra se deben instalar de conformidad con la sección 250.21(B)(1) y (B)(2).

(1) Los sistemas de corriente alterna no puestos a tierra según lo permitido en las secciones 250.21(A)(1) hasta (A)(4), que funcionan a no menos de 120 V y a 1 000 V o menos deben tener detectores de tierra instalados en el sistema.

(2) El equipo sensor de detección a tierra debe estar conectado lo más prácticamente cercano posible al punto donde el sistema recibe su alimentación.

(C) Marcado. Los sistemas no puestos a tierra deben estar legiblemente marcados así: “Precaución: Sistema no puesto a tierra en funcionamiento — _____ V entre

conductores" en la fuente o en el primer medio de desconexión del sistema. El

marcado debe ser suficientemente durable para resistir las condiciones ambientales involucradas.

250.22 Circuitos que no se deben poner a tierra. Los siguientes circuitos no se deben poner a tierra:

(1) Circuitos para grúas eléctricas que operan sobre fibras combustibles en sitios Clase III, como se establece en la sección 503.155.

(2) Circuitos en instituciones de asistencia médica, como se establece en las secciones 517.61 y 517.160.

(3) Circuitos para equipo dentro de las zonas de trabajo de líneas de celdas electrolíticas, como se establecen en el Artículo 668.

(4) Circuitos secundarios de sistemas de iluminación, como se establece en la sección 411.6(A).

(5) Circuitos secundarios de sistemas de iluminación, como se establece en la sección 680.23(A)(2).

(6) Circuitos laterales de carga Clase 2 para sistemas de distribución de red eléctrica de baja tensión de cielo raso suspendido, como se establece en la sección 393.60 (B)

250.24 Puesta a tierra de acometidas en sistemas de corriente alterna

(A) Conexiones de puesta a tierra del sistema. Un sistema de alambrado de un predio, que es alimentado por una acometida de c.a. que está puesta a tierra, debe tener en cada acometida un conductor del electrodo de puesta a tierra conectado al conductor puesto a tierra de la acometida, según las secciones 250.24(A)(1) hasta (A)(5).

(1) Generalidades. La conexión del conductor del electrodo de puesta a tierra se debe hacer en cualquier punto accesible desde el extremo de carga de los conductores de acometida aérea, bajada de la acometida, conductores de acometida subterránea o acometida lateral hasta el terminal o barraje, inclusive a los cuales está conectado el conductor puesto a tierra de la acometida en los medios de desconexión de la acometida.

NOTA INFORMATIVA Ver definiciones de Conductores de acometida aéreos;

Conductores de acometida subterráneos; Bajada de la acometida y Acometida lateral en

el Artículo 100.

(2) Transformador exterior. Cuando el transformador que alimenta la acometida está localizado fuera del edificio, se debe hacer al menos una conexión de puesta a tierra adicional desde el conductor de la acometida puesto a tierra hasta un electrodo de puesta a tierra, ya sea en el transformador o en cualquier otra parte fuera del edificio.

EXCEPCIÓN La conexión del conductor del electrodo de puesta a tierra adicional no se debe hacer en sistemas con neutro puesto a tierra por medio de una impedancia alta. El sistema debe cumplir los requisitos de la sección 250.36.

(3) Acometidas con alimentación doble. Para acometidas que son de alimentación doble (doble terminación) en un encerramiento común o agrupadas en encerramientos separados y que emplean una conexión al secundario debe permitirse la conexión de un solo conductor del electrodo de puesta a tierra al punto de conexión de los conductores puestos a tierra desde cada fuente de alimentación.

(4) Puente de conexión equipotencial principal como conductor o barraje. Cuando el puente de conexión equipotencial principal especificado en la sección 250.28 es un cable o barraje, y está instalado desde el bus o barraje terminal del conductor puesto a tierra hasta el bus o barraje terminal de puesta de tierra del equipo en el equipo de acometida, debe permitirse que el conductor del electrodo de puesta a tierra esté conectado al bus o barraje del terminal de puesta a tierra del equipo al cual está conectado el puente de conexión equipotencial principal.

(5) Conexiones de puesta a tierra del lado de la carga. No se debe conectar un conductor puesto a tierra a las partes metálicas del equipo que normalmente no transportan corriente, al(os) conductor(es) de puesta a tierra del equipo, ni se debe reconectar a tierra en el lado de carga del medio de desconexión de la acometida, excepto que se permita otra cosa en este artículo.

250.142, para el uso del conductor puesto a tierra del circuito para puesta a tierra de los equipos.

(B) Puente principal de conexión equipotencial. Para un sistema puesto a tierra, se debe usar un puente principal de conexión equipotencial sin empalmes para conectar el(los) conductor(es) de puesta a tierra del equipo y el encerramiento del desconectador de la acometida, al conductor puesto a tierra dentro del encerramiento para cada desconectador de la acometida según la sección 250.28.

EXCEPCIÓN Nro. 1: Cuando más de un medio de desconexión de la acometida está ubicado en un ensamble certificado para uso como equipo de acometida, un puente principal de conexión equipotencial sin empalmes debe conectar el(los) conductor(es) puesto(s) a tierra al encerramiento del ensamble.

EXCEPCIÓN Nro. 2: Debe permitirse la conexión de los sistemas con neutro puesto a tierra a través de impedancia como se establece en las secciones 250.36 y 250.187.

(C) Conductor puesto a tierra llevado al equipo de acometida. Donde un sistema de corriente alterna que funciona a 1 000 V o menos se ponga a tierra en cualquier punto, el/los conductor/es puesto/s a tierra se deben llevar con los conductores no puestos a tierra hasta cada medio de desconexión de la acometida, y se debe/n conectar a cada terminal o barraje del/los conductor/es puesto/s a tierra de los medios de desconexión. Un puente de conexión equipotencial principal debe conectar el/los conductor/es puesto/s a tierra a cada encerramiento de los medios de desconexión de la acometida. El/los conductor/es puesto/s a tierra debe/n instalarse, de acuerdo con lo establecido en las secciones 250.24(C)(1) hasta (C)(4).

EXCEPCIÓN Cuando dos o más medios de desconexión de la acometida están localizados en un solo ensamble certificado para uso como equipo de acometida, debe permitirse conectar el(los) conductor(es) puesto(s) a tierra hasta el terminal o barraje común del(los) conductor(es) puesto(s) a tierra del ensamble. El ensamble debe incluir un puente principal de conexión equipotencial para conectar el(los) conductor(es) puesto(s) a tierra al encerramiento del ensamble.

(1) Dimensionamiento de una sola canalización o cable. El conductor puesto a tierra no debe ser menor que el especificado en la Tabla 250.102(C)(1).

(2) Conductores en paralelo en dos o más canalizaciones. Si los conductores de entrada de la acometida no puestos a tierra están instalados en paralelo en dos o más canalizaciones o cables, el conductor puesto a tierra también se debe instalar en paralelo. El calibre del conductor puesto a tierra en cada canalización o cable se debe basar en el área total, en circular mils, de los conductores en paralelo no puestos a tierra en la canalización o cable, tal como se indica en la sección 250.24(C)(1), pero no debe ser inferior a 53,50 mm2 (1/0 AWG).

NOTA INFORMATIVA Ver la sección 310.10(H) para conductores puestos a tierra conectados en paralelo.

(3) Acometida conectada en delta. El conductor puesto a tierra de una acometida trifásica trifilar conectada en delta debe tener una capacidad de corriente (ampacity) no menor a la de los conductores no puestos a tierra.

(4) Impedancia alta. El conductor puesto a tierra en un sistema con neutro puesto a tierra a través de alta impedancia, se debe poner a tierra de acuerdo con la sección 250.36.

(D) Conductor del electrodo de puesta a tierra. Se debe usar un conductor del electrodo de puesta a tierra para conectar los conductores de puesta a tierra del equipo, los encerramientos del equipo de acometida y, si el sistema está puesto a tierra, el conductor puesto a tierra de la acometida, al (los) electrodo(s) de puesta a tierra exigidos en la parte III de este artículo. Este conductor se debe dimensionar de acuerdo con la sección 250.66.

Las conexiones de un sistema con neutro puesto a tierra a través de alta impedancia se deben hacer como se indica en la sección 250.36.

(E) Conexiones de puesta a tierra de un sistema no puesto a tierra. El sistema de alambrado de los predios que sean alimentados por acometidas de corriente alterna no puestas a tierra debe tener, en cada acometida, un conductor del electrodo de puesta a tierra conectado al(los) electrodo(s) de puesta a tierra requerido(s) en la Parte III de este artículo. El conductor del electrodo de puesta a tierra se debe conectar al encerramiento metálico de los conductores de acometida, en cualquier punto accesible desde el extremo de conexión de los conductores de acometida aérea, bajada de la acometida o conductores de acometida subterránea hasta el medio de desconexión de ésta.250.26 Conductor que se debe poner a tierra - Sistemas de corriente alterna. Para sistemas de c.a. de alambrado de predios, el conductor que se debe poner a tierra debe ser como se especifica en seguida:

(1) Monofásico, bifilar un conductor

(2) Monofásico, trifilar el conductor del neutro

(3) Sistemas polifásicos con un cable común a todas las fases — el conductor del neutro

(4) Sistemas polifásicos en los que una fase está puesta a tierra un conductor de fase

(5) Sistemas polifásicos en los que se usa una fase como en (2) el conductor del neutro

250.28 Puente de conexión equipotencial principal y puente de conexión equipotencial del sistema. Para un sistema puesto a tierra, los puentes de conexión equipotencial principal y los puentes de conexión equipotencial del sistema se deben instalar de la siguiente manera:

(A) Materiales. Los puentes de conexión equipotencial principales y los puentes de conexión equipotencial del sistema deben ser de cobre u otro material resistente a la corrosión. Un puente de conexión equipotencial principal y un puente de conexión equipotencial del sistema deben ser un conductor, un barraje, un tornillo o un conductor similar adecuado.

(B) Construcción. Cuando un puente de conexión equipotencial principal o un puente de conexión equipotencial del sistema es un tornillo solamente, este

tornillo se debe identificar con un acabado verde que sea visible una vez instalado el tornillo.

(C) Fijación. Los puentes de conexión equipotencial principales y los puentes de conexión equipotencial del sistema se deben conectar de la manera especificada en las disposiciones aplicables de la sección 250.8.

(D) Calibre. Las dimensiones de los puentes de conexión equipotencial principales y los puentes de conexión equipotencial del sistema se deben determinar según las secciones 250.28(D)(1) hasta (D)(3).

(1) Generalidades. Los puentes de conexión equipotencial principales y los puentes de conexión equipotencial del sistema no deben tener un calibre menor que el especificado en la Tabla 250.102(C)(1).

(2) Puente de conexión equipotencial principal para acometidas con más de un encerramiento. Cuando una acometida tiene más de un encerramiento, tal como lo permite la sección 230.71(A), las dimensiones del puente de conexión equipotencial principal para cada encerramiento se deben determinar, según la sección 250.28(D)(1), con base en el mayor conductor de acometida no puesto a tierra que alimenta a dicho encerramiento.

(3) Sistemas derivados separadamente con más de un encerramiento. Cuando un sistema derivado separadamente alimenta a más de un encerramiento, las dimensiones del puente de conexión equipotencial del sistema para cada encerramiento se debe dimensionar, según la sección 250.28(D)(1), con base en el mayor conductor del alimentador no puesto a tierra que sirve a ese encerramiento, o se debe instalar un solo puente de conexión equipotencial del sistema en la fuente de alimentación, y este debe ser dimensionado de acuerdo con lo indicado en la sección 250.28(D)(1), con base en el calibre equivalente del mayor conductor de alimentación determinado por la suma mayor de las áreas de los conductores correspondientes para cada conjunto.

250.30 Puesta a tierra de sistemas de corriente alterna derivados separadamente. Además de cumplir lo establecido en la sección 250.30(A) para los sistemas puestos a tierra, o de acuerdo con las disposiciones de la sección 250.30(B) para sistemas no puestos a tierra, los sistemas derivados separadamente deben cumplir con lo descripto en 250.20, 250.21, 250.22 o 250.26, según corresponda. Los sistemas múltiples derivados separadamente que estén conectados en paralelo deben instalarse de acuerdo con lo establecido en la sección 250.30.

NOTA INFORMATIVA Nro. 1: Una fuente alterna de potencia de c.a., tal como un generador en el sitio, no es un sistema derivado separadamente si el conductor puesto a tierra está interconectado sólidamente a un conductor puesto a tierra del sistema alimentado por la acometida. Un ejemplo de tal situación es cuando el equipo de transferencia de la fuente alterna no incluye un medio de interrupción en el conductor puesto a tierra y le permite permanecer conectado sólidamente al conductor puesto a tierra alimentado por la acometida, cuando la fuente alterna está operativa y alimenta la carga servida.

NOTA INFORMATIVA Nro. 2: Consulte la sección 445.13 para el calibre mínimo de conductores que transportan corriente de falla.

(A) Sistemas puestos a tierra. Un sistema de c.a. derivado separadamente que está puesto a tierra, debe cumplir con lo que se establece en las secciones 250.30(A)(1) hasta (A)(8). A menos que se permita algo diferente en este

artículo, un conductor puesto a tierra no se debe conectar a las partes metálicas del equipo que normalmente no transportan corriente, conectarse a los conductores de puesta a tierra del equipo ni se debe reconectar a tierra en el lado de carga del puente de conexión equipotencial del sistema.

NOTA INFORMATIVA Ver la sección 250.32 respecto a las conexiones en edificios o estructuras separadas y la 250.142 sobre el uso del conductor del circuito puesto a tierra para el equipo de puesta a tierra.

EXCEPCIÓN Las conexiones de puesta a tierra de un sistema con neutro puesto a tierra a través de impedancia se deben hacer como se especifica en las secciones 250.36 o 250.187, según corresponda

(1) Puente de conexión equipotencial del sistema. Un puente de conexión equipotencial sin empalmes del sistema debe cumplir con la sección 250.28(A) a (D). Esta conexión se debe hacer en cualquier punto único en el sistema derivado separadamente, desde la fuente hasta el primer medio de desconexión del sistema o dispositivo de protección contra sobrecorriente, o se debe hacer en la fuente de un sistema derivado separadamente que no tenga medio de desconexión ni dispositivos de protección contra sobrecorriente, de conformidad con la sección 250.30(A)(1)(a) o (b). El puente de conexión equipotencial del sistema debe permanecer dentro del encerramiento donde se origina. Si la fuente está localizada fuera del edificio o estructura suministrada, se debe instalar un puente de conexión equipotencial del sistema en la conexión del electrodo de puesta a tierra de conformidad con la sección 250.30(C).

EXCEPCIÓN Nro. 1 Para sistemas instalados de acuerdo con la sección 450.6 debe permitirse la conexión de un solo puente de conexión equipotencial del sistema al punto de conexión equipotencial de los conductores del circuito puestos a tierra desde cada fuente de alimentación.

EXCEPCIÓN Nro. 2 Si un edificio o estructura es alimenta a través de un sistema derivado separadamente ubicado en exteriores, debe permitirse un puente de conexión equipotencial del sistema tanto en la fuente como en el primer medio de desconexión si al hacerlo no se establece una trayectoria paralela para el conductor puesto a tierra. Si un conductor puesto a tierra se usa de esta manera, su calibre no debe ser menor que el especificado para el puente de conexión equipotencial del sistema, pero no debe requerirse que sea mayor que el del/los conductor/es no puesto/s a tierra. Para los propósitos de esta excepción, no debe considerarse que la conexión a través de la tierra brinde una trayectoria paralela.

EXCEPCIÓN Nro. 3 El calibre del puente de conexión equipotencial para un sistema que alimenta un circuito Clase 1, Clase 2 ó Clase 3, y que se deriva de un transformador con un valor nominal máxima de 1 000 VA, no debe ser inferior a los conductores no puestos a tierra derivados y tampoco debe ser inferior a 2,08 mm2 (14 AWG) de cobre, o 3,30 mm2 (12 AWG) de aluminio.

(a) Instalado en la fuente. El puente de conexión equipotencial del

sistema debe conectar el conductor puesto a tierra al puente de conexión equipotencial del lado de la alimentación y al encerramiento de metal que normalmente no transporta corriente.

(b) Instalado en el primer medio de desconexión. El puente de

conexión equipotencial del sistema debe conectar el conductor puesto a tierra al puente de conexión equipotencial del lado de la alimentación, al encerramiento de los medios de desconexión y al (los) conductor(es) de puesta a tierra del equipo.

(2) Puente de conexión equipotencial del lado de la alimentación. Si la fuente de un sistema derivado separadamente y el primer medio de desconexión están localizados en encerramientos separados, se debe instalar el puente de conexión equipotencial del lado de la alimentación con los conductores del circuito desde el encerramiento de la fuente hasta el primer medio de desconexión. No debe requerirse que el puente de conexión equipotencial del lado de la alimentación sea más grande que los conductores derivados no puestos a tierra. Debe permitirse que el puente de conexión equipotencial del lado de la alimentación sea del tipo de canalización de metal no flexible o del tipo de cable o barraje como

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