3.4. Managing a domain name
3.4.8. Checking a domain availability
DESIGNACIÓN DE DIRECTORES
En Asamblea General Ordinaria de fecha 18 de Octubre de 2018 se designaron Directores Titulares a los señores Isabel Inés Larrea, Alberto José Grimaldi, Hugo Enrique Pastorino, Faustino Luis Marsili y Guillermo José Bulleri; y Directores Suplentes a los señores Ariel Fernando Ferreyra, Matías Germán Daglio, Roberto Armado De Rocco, Marcelo Aldo Giordano y Mario Arturo Rubino. Y en reunión de Directorio de fecha 19 de Octubre de 2018 se distribuyeron los cargos, quedando constituido el Directorio para el ejercicio 2018/2019 de la siguiente manera: Presidente: Isabel Inés Larrea; Vicepresidente: Alberto José Grimaldi; Directores Titulares: Hugo Enrique Pastorino, Roberto Faustino Luis Marsili y Guillermo José Bulleri; Directores Suplentes: Ariel Fernando Ferreyra, Matías Germán Daglio, Roberto Armado De Rocco, Marcelo Aldo Giordano y Mario Arturo Rubino. Todos los directores aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial. Las partes pertinentes de las actas de Asamblea y de Directorio se transcribieron para su inscripción en escritura N° 18 de fecha 28 de marzo de 2019, autorizada por el Escribano Enrique E. Filippini (Titular del Registro N° 288).
$ 50 387490 Abr. 30
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LA MANEA S.A.
INSCRIPCIÓN DE DIRECTORIO
Por disposición de la Secretaría del Registro Público de Comercio a cargo de la Dra. María Julia Petracco, y la Sra. Jueza María Celeste Rosso, se hace saber que según Resolución de fecha 29/03/2019, se ordena la siguiente publicación de edictos. Por Acta de Asamblea General Ordinaria N° 41 de fecha 18/03/2019 y Acta de Directorio N° 27 de fecha 18/03/2019 se aprobó la designación de un nuevo Directorio de LA MANEA SA con domicilio legal en Roca N° 125 de Venado Tuerto (SF), por un período de tres ejercicios con la siguiente distribución de cargos: Presidente: Roberto Antonio Baldomá, argentino, comerciante, D.N.I. 4.989.914, nacido el 29/01/1949, casado en primeras nupcias con Angela Celestina Muñoz, constituye domicilio especial en calle Roca 125 de la Ciudad de Venado Tuerto. Vicepresidente: Angela Celestina Muñoz, argentina, comerciante, D.N.I. 5.320.689, nacida el 18/06/1948, casada en primeras nupcias con Roberto Antonio Baldomá, constituye domicilio especial en calle Roca 125 de la Ciudad de Venado Tuerto. Director Suplente: Carolina Baldomá, argentina, licenciada en economía agropecuaria, D.N.I. 22.704.407, nacida el 09/01/1973, casada en primeras nupcias con Eduardo Wenceslao Herbín, constituye domicilio especial en calle Roca 125 de la Ciudad de Venado Tuerto. Director Suplente: Marisol Baldomá, argentina, licenciada en turismo y hotelería, D.N.I. 23.356.615, nacida el 09/12/1973, casada en primeras nupcias con Miguel Cristóbal O’Farell, constituye domicilio especial en calle Roca 125 de la Ciudad de Venado Tuerto.
Venado Tuerto, de Abril de 2019. $ 175 387106 Abr. 30 May.3
LEINAD S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por resolución unánime de todos los socios de LEINAD S.R.L. (inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario), de fecha 09 de febrero de 2018, se decidió prorrogar el plazo de duración de la sociedad, el aumento del capital social, la revocación de la designación del gerente Rodolfo Alberto Annes y la designación como gerente del socio Daniel Omar Biglieri; la adecuación de la disolución y liquidación de la sociedad al Código Civil y Comercial de la Nación, y la aprobación del texto ordenado del contrato social tras esas modificaciones. Dichas modificaciones afectan las cláusulas segunda, cuarta, quinta y decimosegunda del contrato constitutivo; cuyos nuevos textos son los siguientes: SEGUNDA: Duración: El término de duración de la sociedad se fija en treinta (30) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. CUARTA: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Doscientos Mil Pesos ($ 200.000) dividido en veinte mil (20.000) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) valor nominal cada una. Cada uno de los socios suscribe diez mil cuotas sociales; o sea la suma de cien mil pesos ($ 100.000), que integra del siguiente modo: 1) con anterioridad al 09 de febrero de 2018, cada uno de esos socios ha integrado en efectivo dos mil quinientas (2.500) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) valor nominal cada cuota; o sea veinticinco mil pesos ($ 25.000). 2) el 09 de febrero de 2018 cada uno de los socios integra en efectivo mil ochocientos setenta (1870) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) valor nominal cada una; o sea dieciocho mil setecientos pesos ($ 18.700). 3) se obliga cada uno de los socios a integrar cinco mil seiscientas treinta (5.630) cuotas sociales de diez pesos ($ 10) valor nominal cada una; o sea cincuenta y seis trescientos pesos ($ 56.300), en efectivo, dentro del término de dos años contados a partir de la fecha de celebración del presente acto. QUINTA: Administración, Dirección y Representación: La administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo del socio Daniel Omar Biglieri como gerente. A tal fin usará su firma propia con el aditamento de “Socio Gerente” precedida de la denominación social. En principio el gerente podrá representar a la sociedad en los actos ordinarios necesarios para la consecución del objeto social sin autorización previa otorgada en reunión de socios. Se requerirá la mencionada autorización previa otorgada en reunión de socios para representar a la sociedad en actos que importen un incremento de las obligaciones de la sociedad. En caso de duda sobre si un acto a realizarse corresponde al giro normal de la sociedad o pueda ocasionar un incremento de las obligaciones de la sociedad se requerirá la mencionada autorización. Queda expresamente aclarado que la firma social no podrá ser usada en negocios ajenos al objeto social ni en prestaciones a títulos gratuitos ni para otorgar fianzas o garantías a favor de terceros. DÉCIMO SEGUNDA: Disolución y Liquidación: La sociedad no se disolverá por muerte, interdicción o quiebra de alguna de los socios ni por dimisión de algunos de los gerentes designados o que se designen en el futuro. La sociedad se disolverá por cualquier otra causa prevista en el artículo 940 de la ley o en el artículo 163 del Código Civil y Comercial de la Nación. La liquidación de la sociedad deberá ser realizada por unanimidad de los socios, quienes actuarán dentro de las prescripciones que establecen los artículos 101 y subsiguientes de la ley 19.950 y el artículo 167 del Código Civil y Comercial de la Nación. A los efectos de la liquidación, realizado el activo y cancelado el pasivo, el remanente si lo hubiere será distribuido entre los socios en proporción al capital efectivamente integrado por cada uno de ellos.
$ 118,50 387596 Abr. 30
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