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CHAPTER 2 – PROJECT BACKGROUND

2.3 Developing Analogues

2.3.1 Chemical Space

JOSE SANTACREU BAIDAL, TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL e INTERVENTOR ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, en relación con el cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) en el presupuesto de 2014, para conocimiento del Pleno emite el siguiente INFORME:

1.- Normativa de aplicación.

• Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), de aplicación a la Administración Local de conformidad con su art. 2.1.c).

• Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales (RLEP), vigente en lo que no se oponga a LOEPSF

2.- Marco de Estabilidad Presupuestaria. 2.1.- Regulación.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), de aplicación a la Administración Local establece lo siguiente:

Artículo 3. Principio de estabilidad presupuestaria.

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad

presupuestaria, coherente con la normativa europea.

2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas la situación de equilibrio o superávit estructural.

A su vez, el art. 29 establece lo siguiente:

1. Las Administraciones Públicas elaborarán un marco presupuestario a medio plazo en el que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales y a través del cual se garantizará una programación presupuestaria coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública.

2. Los marcos presupuestarios a medio plazo abarcarán un periodo mínimo de tres años y contendrán, entre otros parámetros:

a) Los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública de las respectivas Administraciones Públicas.

b) Las proyecciones de las principales partidas de ingresos y gastos teniendo en cuenta tanto su evolución tendencial, es decir basada en políticas no

periodo considerado.

c) Los principales supuestos en los que se basan dichas proyecciones de ingresos y gastos.

3. Los marcos presupuestarios servirán de base para la elaboración del Programa de Estabilidad.

2.2.- Marco presupuestario aprobado.

El resultado de la comparación entre el presupuesto formado, y el marco presupuestario aprobado por el Pleno de 29 de septiembre de 2013, es el siguiente:

-- -- 2014 2014 2014

-- ESTADO DE INGRESOS prev iniciales presupuestariomarco diferencias

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00 30.305.595,00 -179.065,00

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00 15.765.600,00 -90.490,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 437.840,00 -42.535,00

3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 6.645.460,00 6.791.765,00 -146.305,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00 5.791.190,00 53.605,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00 1.519.200,00 46.660,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00 479.970,00 175.355,00

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 0,00 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00 458.150,00 7.200,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00 21.820,00 0,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00 0,00 168.155,00

-- totales 30.781.855,00 30.785.565,00 -3.710,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales marco presupuestario

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00 26.483.675,00 -625,00

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00 12.855.950,00 46.150,00

2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.105.750,00 11.092.975,00 12.775,00

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00 1.291.200,00 -8.050,00 4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00 1.243.550,00 -51.500,00 -- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00 4.017.300,00 96.850,00 6 INVERSIONES REALES 958.900,00 862.475,00 96.425,00 7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00 18.600,00 425,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00 3.136.225,00 0,00 -- totales 30.597.200,00 30.500.975,00 96.225,00

-- déf (-) / sup (+) en presup anual 184.655,00 284.590,00 -99.935,00

En la memoria de la Alcaldía del presupuesto formado se señala que “Las diferencias

con el marco presupuestario son el resultado del estudio individualizado de gastos e ingresos realizado.”

estabilidad presupuestario, como más adelante se precisará. 3.- Plan de Ajuste 2012

El presupuesto de 2014 desarrolla la tercera anualidad del Plan de Ajuste aprobado por el Pleno en fecha 30/03/2012, y que ha obtenido informe favorable de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local), y que supuso la concertación de un préstamo con el Fondo de Financiación para Pago a Proveedores por importe total de 18.060.310,65 euros, formalizado parcialmente por distintas entidades bancarias en representación del FFPP, y cuya amortización se inicia en el presente ejercicio.

El resultado de la comparación entre el presupuesto formado, y el Plan de Ajuste aprobado por el Pleno de 30 de marzo de 2012, es el siguiente:

-- -- 2.014 2.014 2.014

-- ESTADO DE INGRESOS prev iniciales plan de ajuste diferencias

CAPº A) OPERACIONES CORRIENTES 30.126.530,00 29.043.400,00 1.083.130,00

1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00 15.487.150,00 187.960,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00 447.750,00 -52.445,00

3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 6.645.460,00 6.457.250,00 188.210,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.844.795,00 5.459.800,00 384.995,00

5 INGRESOS PATRIMONIALES 1.565.860,00 1.191.450,00 374.410,00

-- B) OPERACIONES DE CAPITAL 655.325,00 14.100,00 641.225,00

6 ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 0,00 0,00 0,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 465.350,00 0,00 465.350,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 21.820,00 14.100,00 7.720,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 168.155,00 0,00 168.155,00

-- totales 30.781.855,00 29.057.500,00 1.724.355,00

-- ESTADO DE GASTOS prev iniciales plan de ajuste plan de ajuste

-- A) GASTOS CORRIENTES 26.483.050,00 25.888.575,00 594.475,00

1 GASTOS DE PERSONAL 12.902.100,00 13.018.000,00 -115.900,00

2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERV. 11.105.750,00 10.238.250,00 867.500,00

3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00 1.791.150,00 -508.000,00 4 TRANSF. CORRIENTES 1.192.050,00 841.175,00 350.875,00 -- B) OPERACIONES DE CAPITAL 4.114.150,00 2.904.875,00 1.209.275,00 6 INVERSIONES REALES 958.900,00 232.950,00 725.950,00 7 TRANSF. DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 19.025,00 18.150,00 875,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 3.136.225,00 2.653.775,00 482.450,00 -- totales 30.597.200,00 28.793.450,00 1.803.750,00

entre las previsiones del Plan de Ajuste 2012 y el presupuesto proyectado derivan de la nueva realidad que supuso la liquidación del ejercicio de 2012 con un remanente de tesorería para gastos generales (RTGG) positivo.”

Así, frente a un superávit ingresos-gastos previsto en el Plan de Ajuste de 264.050,00 euros, en el presupuesto se va a un superávit de 185.455,00 euros, minoración que se justifica en dicha memoria por el resultado del RTGG 2012.

Es lo cierto que el plan de ajuste de 2012 debería revisarse, tanto por no recoger debidamente el importe final de los préstamos concertados para el pago a proveedores, superior al tomado para el cálculo, como por ser un plan atípico que pretendía absorber el fuerte RTGG 2011 a lo largo de un periodo de 10 años, remanente que resulta modificado cada año por el resultado de la liquidación del presupuesto y que en la liquidación de 2012 fue positivo.

Como quiera que el Ayuntamiento no se ha acogida las fases segunda (RD-Ley 4/2013) y tercera (RD-Ley 8/2013) del plan de pago a proveedores, no ha existido cauce administrativo frente al MINHAP para la revisión de dicho plan.

3.- Límite de gasto no financiero.

3.1.- Regulación.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) establece en su art. 30 como una obligación de las Corporaciones Locales la aprobación de un límite máximo de gasto no financiero, en los términos siguientes:

1. El Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus Presupuestos.

El límite de gasto no financiero excluirá las transferencias vinculadas a los sistemas de financiación de Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

2. Antes del 1 de agosto de cada año el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas informará al Consejo de Política Fiscal y Financiera sobre el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado.

3. Antes del 1 de agosto de cada año las Comunidades Autónomas remitirán al Consejo de Política Fiscal y Financiera información sobre el límite de gasto no financiero que cada una de ellas haya aprobado.

3.2.- Estabilidad presupuestaria

3.2.1.- Normativa general

Artículo 3. Principio de estabilidad presupuestaria.

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea.

2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas la situación de equilibrio o superávit estructural.

…/...

Artículo 10. Disposiciones para la aplicación efectiva de la Ley y mecanismos de coordinación.

a establecer en sus normas reguladoras en materia presupuestaria los instrumentos y procedimientos necesarios para adecuarlas a la aplicación de los principios contenidos en esta Ley.

Artículo 11. Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria.

1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Administraciones Públicas y demás entidades que forman parte del sector público se someterá al principio de estabilidad presupuestaria.

2. Ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales y temporales. No obstante, en caso de reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo, de acuerdo con la normativa europea, podrá alcanzarse en el conjunto de Administraciones Públicas un déficit estructural del 0,4 por ciento del Producto Interior Bruto nacional expresado en términos nominales, o el establecido en la normativa europea cuando este fuera inferior.

…/..

4. Las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.

…/..

6. Para el cálculo del déficit estructural se aplicará la metodología utilizada por la Comisión Europea en el marco de la normativa de estabilidad presupuestaria.

3.2.2.- Cálculo de la estabilidad presupuestaria sobre las previsiones contenidas en el proyecto de presupuesto para 2014 para aprobación inicial.

Factores de ajuste de ingresos

-- LIQUIDACIÓN 2012 2.012 2.012 2.012 2.012 2.012 2.012 2.012 Capº denominación Prev. Iniciales DRN 2012 DRN 2012

ajustes extraord

Recaud líqu

2012 Recaud cdos(2011 y ant) % recauds/DRN % recauds/prev inic 1 IMPUESTOS DIRECTOS 13.817.606,00 15.411.002,68 0,00 12.680.807,21 838.861,37 87,73 97,84 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 437.837,00 637.463,78 0,00 389.116,08 207.027,09 93,52 136,16 3 TASAS Y OTROS INGR. 5.986.326,00 16.246.356,50 9.316.809,93 6.192.332,46 355.520,08 94,49 109,38 -- -- INGRESOS 2.014

% ajuste Capº denominación Prev. Iniciales

87,73 1 IMPUESTOS DIRECTOS 15.675.110,00

93,52 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 395.305,00

94,49 3 TASAS Y OTROS INGR. 6.645.460,00

-- 4 TRANSF. CORRIENTES 5.844.795,00

-- 5 INGRESOS PATRIMON. 1.565.860,00

-- 6 ENAJ. INVERS. REALES 0,00

-- 7 TRANSF. DE CAPITAL 465.350,00

-- -- GASTOS 2.014

-- Capº denominación Prev. Iniciales

-- 1 GASTOS DE PERSONAL 12.924.600,00

-- 2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 11.083.250,00

-- 3 GASTOS FINANCIEROS 1.283.150,00

-- 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.192.050,00

-- 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 0,00

-- 6 INVERSIONES REALES 958.900,00

-- 7 TRANSFENCIAS DE CAPITAL 0,00

-- -- cap. 1 a 7 27.441.950,00

-- -- AJUSTES

---- -- Ajustes para relacionar el saldo resultante de Ingresos y Gastos delPresupuesto con la capacidad o necesidad de financiacion calculada conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas.

0

-- -- -- 2.014

-- -- Concepto (Prevision de ajuste a aplicar a los importes deingresos y gastos) Importe Ajuste

-- -- Ajuste por recaudacion ingresos Capitulo 1 -1.923.746,99 -- -- Ajuste por recaudacion ingresos Capitulo 2 -25.623,80 -- -- Ajuste por recaudacion ingresos Capitulo 3 -366.045,94

-- -- (+)Ajuste por liquidacion PTE - 2008 20.683,24

-- -- (+)Ajuste por liquidacion PTE - 2009 147.469,82

-- -- Intereses 0,00

-- -- Diferencias de cambio 0,00

-- -- Inejecucion 0,00

-- -- Inversiones realizadas por Cuenta de la Corporación Local (2) 0,00 -- -- Ingresos por Ventas de Acciones (privatizaciones) 0,00

-- -- Dividendos y Participacion en beneficios 0,00

-- -- Ingresos obtenidos del presupuesto de la Union Europea 0,00

-- -- Operaciones de permuta financiera (SWAPS) 0,00

-- -- Operaciones de reintegro y ejecucion de avales 0,00

-- -- Aportaciones de Capital 0,00

-- -- Asunción y cancelacion de deudas 0,00

-- -- Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar a presupuesto 105.000,00

-- -- Adquisiciones con pago aplazado 0,00

-- -- Arrendamiento financiero 0,00

-- -- Contratos de asociacion publico privada (APPs) 0,00 -- -- Inversiones realizadas por la corporación local por cuenta de otra Administracion Publica (3) 0,00

-- -- Prestamos 0,00

-- -- Otros (1) 0,00

-- -- Total de ajustes a Presupuesto de la Entidad -2.042.263,68

-- -- --

---- -- ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA 1.107.666,32

3.3.1.- Normativa de aplicación

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) establece lo siguiente:

Artículo 12. Regla de gasto.

1. La variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española.

No obstante, cuando exista un desequilibrio estructural en las cuentas públicas o una deuda pública superior al objetivo establecido, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en los respectivos planes económico-financieros y de reequilibrio previstos en los artículos 21 y 22 de esta Ley.

2. Se entenderá por gasto computable a los efectos previstos en el apartado anterior, los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas y las transferencias a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de financiación.

3. Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad calcular la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española, de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea en aplicación de su normativa. Esta tasa se publicará en el informe de situación de la economía española al que se refiere el artículo 15.5 de esta Ley. Será la referencia a tener en cuenta por la Administración Central y cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus respectivos Presupuestos.

4. Cuando se aprueben cambios normativos que supongan aumentos permanentes de la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla en los años en que se obtengan los aumentos de recaudación podrá aumentar en la cuantía equivalente.

Cuando se aprueben cambios normativos que supongan disminuciones de la recaudación, el nivel de gasto computable resultante de la aplicación de la regla en los años en que se produzcan las disminuciones de recaudación deberá disminuirse en la cuantía equivalente.

5. Los ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinarán íntegramente a reducir el nivel de deuda pública.

El acuerdo del Gobierno Acuerdo del Gobierno por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de Deuda Pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2014-2016 (Boletín Oficial de las Cortes Generales, Senado, de 05/07/2013) fija la tasa de referencia (tasa nominal) de crecimiento de la economía española, para el periodo 2014-2016, en los valores siguientes:

2014 2015 2016

1,5 1,7 1,9

Señalando que no obstante, para aquellas administraciones públicas que tengan un plan económico-financiero en vigor, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en el correspondiente plan.

-- O' a fecha elab Cred tot -- Cred inic GRADO SEC DE EJECUCIÓN DEL

PRESUPUESTO (Regla Gasto) 2.013 2.013 -- 2.014

cap 1 a 7 (+) 19.397.720,31 37.645.989,03 -- 27.441.950,00 cap 3 (-) -1.176.587,86 -1.443.250,00 -- -1.283.150,00 cap 3, gtos concepto 31100 (+) 0,00 6.000,00 -- 6.000,00 cred tot 18.221.132,45 36.208.739,03 -- 26.164.800,00 % realiz s/cred tot (s/ult ej liquid) 66,36 24.029.388,07

--ajuste por 'O' en cta 4130 COLSUR SL 2.326.231,46 --factor de ajuste previsión a 31/12 1,10 28.991.181,48 total empleos no financieros para cálculo

prev liquid 2013 -- 31.317.412,94 ---- 2.013 2.013 2013--2014 2.014 Concepto Liquidacion Ejercicio anterior (1) Liquidacion Ejercicio anterior (1) aux Presupuesto Ejercicio actual

Suma de los capitulos 1 a 7 de

gastos (2) -- 31.317.412,94 26.164.800,00

AJUSTES Calculo empleos no

financieros según el SEC -- -3.248.737,92 -- 787.967,32

(-) Enajenación de terrenos y

demás inversiones reales -- 0,00 -- 0,00

(+/-) Inversiones realizadas por

cuenta de la Corporación Local (6) -- 0,00 -- 0,00

(+/-) Ejecución de Avales -- 0,00 -- 0,00

(+) Aportaciones de capital -- 0,00 -- 0,00

(+/-) Asunción y cancelación de

deudas -- 0,00 -- 0,00

(+/-) Gastos realizados en el ejercicio

pendientes de aplicar a presupuesto -- -3.248.737,92 -- 60.000,00 (+/-) Pagos a socios privados

realizados en el marco de las Asociaciones público privadas

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Adquisiciones con pago

aplazado -- 0,00 -- 0,00

(+/-) Arrendamiento financiero -- 0,00 -- 0,00

(+) Préstamos -- 0,00 -- 0,00

(-) Mecanismo extraordinario de

pago proveedores 2012 -- 0,00 -- 0,00

(-) Inversiones realizadas por la Corporación local por cuenta de otra Administración Pública (7)

-- 0,00 -- 0,00

(+/-) Ajuste por grado de ejecución

del gasto -- 0,00 % 727.967,32