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Desde el ejercicio 2002 Gamesa y algunas de sus sociedades dependientes sometidas a normativa foral del Impuesto sobre Sociedades tributan por dicho impuesto acogidas al Régimen Especial de Consolidación Fiscal, siendo Gamesa la Sociedad dominante del grupo fi scal.

Desde el ejercicio 2005, Gamesa Technology Corporation, Inc y sus sociedades dependientes tributan por el impuesto sobre sociedades federal acogidas al régimen de consolidación fi scal en los Estados Unidos, siendo Gamesa Technology Corporation, Inc la Sociedad dominante del Grupo Fiscal.

El resto de sociedades consolidadas presentan sus declaraciones fi scales en régimen individual.

El Grupo Gamesa ha realizado durante el ejercicio diversas operaciones de reestructuración societaria al amparo del régimen de neutralidad fi scal previsto en la normativa fi scal, conteniéndose las menciones obligatorias en las Memorias individuales de las sociedades que han intervenido en las mismas.

La diferencia entre la carga fi scal imputada a cada ejercicio y la que habrá de pagarse por el mismo, registrada en los epígrafes “Impuestos diferidos activos” e “Impuestos diferidos pasivos” del activo o pasivo, según corresponda, del balance de situación consolidado al 31 de diciembre de 2009 y 2008 presenta los siguientes aspectos a destacar:



Diferencias temporarias generadas por la diferencia entre el valor contable de determinados activos y pasivos y su base fi scal. Las más importantes tienen que ver con los activos y pasivos originados por la valoración de los derivados, los fondos de comercio deducibles y el diferente procedimiento de amortización de los activos tangibles e intangibles bajo NIIF que se describe en la Nota 3.



Diferencias temporarias derivadas del acogimiento de elementos afectos a actividades de investigación y desarrollo al benefi cio fi scal de libertad de amortización.



Diferente tratamiento contable y fi scal para el reconocimiento de determinadas provisiones. La composición del Impuesto sobre Sociedades entre impuestos corrientes y diferidos es la siguiente:

MILES DE EUROS

2009 2008

Impuestos corrientes 27.589 18.797

Impuestos diferidos (Nota 25) (20.430) (16.790)

MEMORIA DE L A S CUENTA S ANUALES CONSOLIDADA S

El cuadro que se presenta a continuación establece la determinación del gasto devengado por Impuesto sobre Sociedades en los ejercicios 2009 y 2008, que resulta como sigue:

MILES DE EUROS

2009 2008

Resultado consolidado antes de impuestos 121.738 181.258

Diferencias permanentes:

- Exención de plusvalías (35.800) (57.290)

- Dividendos 73.350 53.000

- Otras diferencias permanentes 8.403 (39.789)

Resultado contable ajustado 167.691 137.179

Impuesto bruto calculado a la tasa impositiva vigente en cada país (*) 38.862 30.628 Deducciones de la cuota por incentivos fi scales y otras (39.732) (22.942)

Ajuste liquidación año anterior 1.972 (5.679)

Efecto fi scal de benefi cios no distribuidos (Nota 2.f) 6.057 -

Gasto devengado por Impuesto sobre Sociedades 7.159 2.007

(*) Las distintas sociedades extranjeras dependientes consolidadas por el método de integración global calculan el gasto por Impuesto sobre Sociedades, así como las cuotas resultantes de los diferentes impuestos que les son de aplicación, de conformidad con sus correspondientes legislaciones, y de acuerdo con los tipos impositivos vigentes en cada país.

Las deducciones activadas durante el ejercicio han sido generadas por el Grupo como consecuencia de los gastos e inversiones realizadas en actividades de Investigación y Desarrollo e innovación tecnológica, las inversiones en activos no corrientes y la creación de empleo.

De acuerdo con la legislación vigente, las bases imponibles negativas podrán compensarse a efectos fi scales con las rentas positivas de los periodos impositivos que previsiblemente se producirán en ejercicios futuros. Por este concepto, las diversas sociedades del Grupo Gamesa mantienen derecho a compensar en futuros ejercicios el efecto fi scal de bases imponibles negativas por importe total de 6.764 miles de euros (32.220 miles de euros al 31 de diciembre de 2008). Asimismo, mantiene deducciones pendientes de aplicación por importe de 94.917 miles de euros (69.602 miles de euros al 31 de diciembre de 2008) (Nota 25).

A 31 de diciembre de 2009, existían impuestos diferidos activos pendientes de registrar por parte de las sociedades del Grupo Gamesa. Así, el Grupo dispone de créditos fi scales sin activar por importe aproximado de 2.240 miles de euros en concepto de bases imponibles negativas (607 miles de euros al 31 de diciembre de 2008), y por importe aproximado de 6.765 miles de euros en concepto de deducciones generadas con anterioridad a su tributación en el régimen especial de consolidación fi scal (mismo importe al 31 de diciembre de 2008). Estos impuestos diferidos activos no se encuentran activados, al entender el Grupo Gamesa que no se cumplen las condiciones para considerar los mismos como recuperables en ejercicios futuros. Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse defi nitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fi scales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. Al cierre del ejercicio 2009 el Grupo de consolidación fi scal del Grupo Gamesa tiene abiertos a inspección los ejercicios 2005 y siguientes del Impuesto sobre Sociedades. Adicionalmente, tiene abiertos a inspección los ejercicios 2006 y siguientes en relación con los demás impuestos que le son de aplicación. Los Administradores de la Sociedad consideran que se han practicado adecuadamente las liquidaciones de los mencionados impuestos, por lo que, aún en caso de que surgieran discrepancias en la interpretación normativa vigente por el tratamiento fi scal otorgado a las operaciones, los eventuales pasivos resultantes, en caso de materializarse, no afectarían de manera signifi cativa a las cuentas anuales adjuntas.

0.8

CUENTA S ANUALES CONSOLIDADA S

La legislación aplicable para la liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2009 es la correspondiente a la Norma Foral 24/1996 de 5 de julio, con las modifi caciones incorporadas por la Norma Foral 13/2007, de 26 de marzo, y la Norma Foral 21/2008, de 18 de diciembre las cuales se encuentran vigentes, que establecen, entre otras medidas, un tipo general de gravamen del 28%.

Con fecha 11 de septiembre de 2008, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se pronunció sobre las peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco mediante autos de septiembre de 2006. En atención a esta sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado en diciembre de 2008 y 2009 diversos recursos contra la normativa foral del Impuesto sobre Sociedades. No obstante, su decisión ha sido objeto de recurso ante el Tribunal Supremo.

El Grupo Gamesa y sus asesores fi scales realizaron los cálculos de los importes asociados con este impuesto para el ejercicio 2008 y aquellos abiertos a inspección de acuerdo con la normativa foral en vigor al cierre de cada ejercicio, por considerar que de la resolución fi nal de las diversas actuaciones judiciales y los recursos planteados al respecto no se derivará un impacto signifi cativo sobre las cuentas anuales tomadas en su conjunto.