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Comparison of Different Preprocessing Approaches

8.5 Interactive Generation With Word Graphs

9.1.5 Comparison of Different Preprocessing Approaches

modalidades A, B, C y D

(Con Aprobación de los Revisores Urbanos)

BASE LEGAL

- Ley N°29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (25.09.2007) y modificatorias. Art. 19.

- Ley N°30494, Ley que modifica la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (02.08.2016). Art. 1 - TUO Ley N° 27444. Arts,33,53y54 - DECRETO SUPREMO Nº 011-2017-

VIVIENDA, (15.05.2017) Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación - Decreto Legislativo Nº 1246 (10.11.16) Art. 4 y 5 - Decreto Legislativo N° 1272 (21.12.16) Art. 36 y 40 - Decreto Legislativo N° 1287 (29.12.2016) Art. 19

01 FUHU debidamente llenado y firmado por triplicado.

FUHU X Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Sub Gerencia de Obras privadas, Catastro y Control Urbano 02

En el caso que el titular del derecho a habilitar sea persona distinta a la que inició el procedimiento de habilitación urbana, la documentación que acredite que cuenta con derecho a habilitar y, de ser el caso, a edificar.

03

En caso el administrado sea una persona jurídica, declaración jurada del representante legal señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma.

04

Declaración jurada de habilitación de los profesionales que interviene en el proyecto y suscriben la documentación técnica.

05

Conformidad de obra de servicios emitidos por las entidades prestadoras de los servicios públicos.

06

Copia legalizada notarialmente de las minutas que acrediten la transferencia de las áreas de aportes a las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la redención de los mismos, de ser el caso.

07

Planos de replanteo de trazado y lotización y de ornamentación de parques, cuando se requiera, y memoria descriptiva, con su respectivo archivo digital

08 Derecho de Tramite 8.69% 364.98

NOTAS PARA EL CIUDADANO

a) El Formulario y sus anexos deben ser visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el propietario o por el solicitante y los profesionales que intervienen. b) Todos los documentos técnicos serán presentados por triplicado y deben estar sellados y firmados por el profesional y responsable de la obra y el solicitante.

c) Si se constatan variaciones que impliquen modificaciones sustanciales, generando la disminución de las áreas del cuadro de aportes que fueran autorizadas en la licencia de habilitación urbana o altere la afectación de vías establecida en el Plan Urbano, se declarará la improcedencia de lo solicitado

d) El administrado se compromete a erradicar los Residuos que genere de las Actividades y procesos de construcción, remodelación, demolición, rehabilitación de edificaciones e infraestructura, y/o de lo contrario será sancionado de conformidad con el CUIS.

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA

Nro de Orden

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL

REQUISITOS DERECHO DE TRAMITE CALIFIACION PLAZO

PARA RESOLVER (en días hábiles) INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCION DE RECURSOS NUMERO Y DENOMINACION FORMULARIO /CODIGO/

UBICACIÓN

% UIT S/. Auto

mático

Evaluación

Previa RECONSIDERACION APELACION

(+) (-) 4.1.3.2 RECEPCIÓN DE OBRAS DE

HABILITACIÓN URBANA SIN VARIACIONES. Para todas las modalidades B, C y D

(Con Aprobación de la Comisión Técnica) BASE

LEGAL

- Ley N°29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (25.09.2007) y modificatorias. Art. 19. - Artículo 132 literal d del Reglamento

General de Registros Públicos - Ley N°30494, Ley que modifica la Ley

29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (02.08.2016). Art. 1

- TUO Ley N° 27444. Arts,36,53y54 - DECRETO SUPREMO Nº 011-2017-

VIVIENDA, (15.05.2017) Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación - Decreto Legislativo Nº 1246 (10.11.16) Art. 4 y 5 - Decreto Legislativo N° 1272 (21.12.16) Art. 36 y 40 - Decreto Legislativo N° 1287 (29.12.2016) Art. 19

01 FUHU debidamente llenado y firmado por triplicado.

FUHU

X días hábiles 10 (Diez)

Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Sub Gerencia de Obras privadas, Catastro y Control Urbano Sub Gerencia de Obras privadas, Catastro y Control Urbano Gerencia de Desarrollo Urbano 02

En el caso que el titular del derecho a habilitar sea persona distinta a la que inició el procedimiento de habilitación urbana, la documentación que acredite que cuenta con derecho a habilitar y, de ser el caso, a edificar.

Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles Plazo máximo para

resolver: 30 días hábiles Plazo máximo para presentar el recurso: 15 días hábiles Plazo máximo para resolver: 30 días hábiles 03

En caso el administrado sea una persona jurídica, declaración jurada del representante legal señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma.

04

Declaración jurada de habilitación de los profesionales que interviene en el proyecto y suscriben la documentación técnica.

05 Conformidad de obra de servicios emitidos por las entidades prestadoras de los servicios públicos.

06

Copia legalizada notarialmente de las minutas que acrediten la transferencia de las áreas de aportes a las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la redención de los mismos, de ser el caso

07

Planos de replanteo de trazado y lotización y de ornamentación de parques, cuando se requiera, y memoria descriptiva, con su respectivo archivo digital

08 Derecho de Tramite 11.11% 466.62

4.1.3.3 RECEPCIÓN DE OBRAS DE HABILITACIÓN URBANA CON VARIACIONES QUE IMPLICAN

MODIFICACIONES NO

SUSTANCIALES. Para todas las modalidades A, B, C y D

(Con Aprobación de los Revisores Urbanos)

BASE LEGAL

- Ley N°29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (25.09.2007) y modificatorias. Art. 19.

01 FUHU debidamente llenado y firmado por triplicado.

FUHU X Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo Sub Gerencia de Obras privadas, Catastro y Control Urbano 02

En el caso que el titular del derecho a habilitar sea persona distinta a la que inició el procedimiento de habilitación urbana, la documentación que acredite que cuenta con derecho a habilitar y, de ser el caso, a edificar.

03

En caso el administrado sea una persona jurídica, declaración jurada del representante legal señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma.

Orden PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL (en días hábiles)

PROCEDIMIENTO PARA

RESOLVER

NUMERO Y DENOMINACION /CODIGO/

UBICACIÓN

% UIT S/. Auto

mático (+) Previa (-) RECONSIDERACION APELACION

- Artículo 132 literal d del Reglamento General de Registros Públicos - Ley N°30494, Ley que modifica la Ley

29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (02.08.2016). Art. 1

- TUO Ley N° 27444. Arts,36,53y54 - DECRETO SUPREMO Nº 011-2017-

VIVIENDA, (15.05.2017) Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación - Decreto Legislativo Nº 1246 (10.11.16) Art. 4 y 5 - Decreto Legislativo N° 1272 (21.12.16) Art. 36 y 40 - Decreto Legislativo N° 1287 (29.12.2016) Art. 19

04 Declaración jurada de habilitación de los profesionales que interviene en el proyecto y suscriben la documentación técnica. 05 Conformidad de obra de servicios emitidos

por las entidades prestadoras de los servicios públicos.

06 Copia legalizada notarialmente de las minutas que acreditan las transferencias de las áreas de aportes a las entidades receptoras de los mismos y/o comprobantes de pago de la redención de los mismos de ser el caso.

07 Derecho de Tramite 10.81% 454.02

08 Documentación técnica

En caso de existir modificaciones al proyecto de Habilitación Urbana que no se consideren sustanciales, se deberá presentar por triplicado, y debidamente suscrito por el profesional responsable de la obra y el solicitante, los documentos siguientes:

8.1 Plano de replanteo de trazado y lotización. 8.2 Plano de ornamentación de parques,

cuando se requiera.

8.3 Memoria descriptiva correspondiente 8.4 Carta del proyectista original autorizando

las modificaciones junto con Declaración Jurada de habilidad del profesional al que suscribe la documentación, de ser el caso. NOTA:

a) Los planos son elaborados en forma georreferenciada al Sistema Geodésico Oficial, según lo establecido en la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios y su Reglamento. b) El Formulario y sus anexos deben ser

visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el propietario o por el solicitante y los profesionales que intervienen. c) Todos los planos y documentos

técnicos serán presentados por triplicado y deben estar sellados y firmados por el profesional responsable de la obra y el solicitante

d) Si se constatan variaciones que impliquen modificaciones sustanciales, generando la disminución de las áreas del cuadro de aportes que fueran autorizadas en la licencia de habilitación urbana o altere la afectación de vías establecida en el Plan Urbano, se declarará la improcedencia de lo solicitado

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA

Nro de

Orden PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL DENOMINACION DEL

REQUISITOS DERECHO DE

TRAMITE CALIFIACION PLAZO PARA

RESOLVER (en días hábiles) INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCION DE RECURSOS NUMERO Y DENOMINACION FORMULARIO /CODIGO/

UBICACIÓN

% UIT S/. Auto

mático

Evaluación

Previa RECONSIDERACION APELACION

(+) (-) 4.1.3.4 RECEPCIÓN DE OBRAS DE

HABILITACIÓN URBANA CON