SEGUROS PARA EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ. Por los Servicios Técnicos del Departamento de Hacienda y Economía, se ha elaborado el proyecto de SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN COBERTURA DE RIESGOS Y SEGUROS PARA EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, en el que se justifica la necesidad de la misma por los siguientes motivos:
El objeto del presente Pliego de Condiciones es regular las condiciones que han de regir en la contratación de los servicios de mediación y asesoramiento preparatorios de la formalización de los contratos de Seguros Privados de este Ayuntamiento, así como la posterior asistencia al Ayuntamiento en los términos y condiciones recogidas en la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
Los riesgos y seguros objeto del citado contrato son los derivados del ejercicio de las competencias, potestades, actividades y prestación de servicios contemplados en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ya sean éstas las atribuidas directamente a las Entidades Locales, las delegadas de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas u otras Entidades locales, o las complementarias propias de otras Administraciones Públicas.
A efectos de la adjudicación el objeto del contrato es único, de forma que el único licitador que sea contratado deberá prestar sus servicios sobre la totalidad de los seguros privados del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
Los servicios descritos en los puntos anteriores se referirán a los siguientes grupos de riesgos:
a) Riesgos derivados de la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, sus Organismos Autónomos, ya sea en razón de sus bienes, por su actividad o por cualquier otra circunstancia relevante.
b) Riesgos patrimoniales (continente y contenido) de todos los bienes que integran el patrimonio del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
c) Riesgos personales referidos a accidentes y vida del personal.
d) Riesgos referidos a accidentes de usuarios y participantes en actividades organizadas por el Ayuntamiento.
e) Riesgos referidos a accidentes de conductores y ocupantes de vehículos.
g) Riesgos derivados de los festejos taurinos celebrados en el municipio (Responsabilidad Civil y accidentes, en todas sus coberturas).
h) Otros riesgos que puedan derivarse de la actividad local que precisen ser cubiertos.
Asimismo, se entienden incluidos en la prestación de los servicios anteriores aquellos otros que tienen por objeto las siguientes actividades:
- Promoción y asesoramiento preparatorio de la formalización de contratos de seguros.
- Selección y proposición de las soluciones aseguradoras más adecuadas a las necesidades de esta Administración y con la relación: cobertura de los riesgos/ costes más competitiva.
- Gestión y administración ágil y eficaz de las pólizas de seguros, desde su contratación hasta la liquidación de los siniestros.
A efectos del contrato de prestación de los servicios de mediación se considerará tomador del seguro, asegurado y beneficiario de la cobertura de riesgos, el fijado a tal efecto en la póliza de seguro.
La prestación del servicio de mediación en seguros por parte del adjudicatario, en los términos indicados en los puntos 2 y 3 anteriores, estará sujeta a la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación en Seguros y Reaseguros Privados y restante normativa en vigor y de aplicación.”
Se solicita su tramitación por el procedimiento de urgencia ya que el contrato tiene que comenzar el 1 de enero de 2010
El presente contrato no genera gasto alguno para el Ayuntamiento ya que, de acuerdo con la legislación aplicable, el mediador adjudicatario del presente contrato será retribuido a través de las primas netas satisfechas a las Entidades aseguradoras con las que se contrate las pólizas de seguro, entendiéndose por prima neta la prima total menos los impuestos, recargos y tasas del consorcio de Compensación de Seguros.
La duración prevista del contrato será de dos años, más una posible prórroga de dos años.
En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen los siguientes criterios de valoración de ofertas:
La valoración de las ofertas se atenderá a la documentación presentada y se regulará sobre la base de una puntuación fundamentada en los siguientes aspectos (máximo 100 puntos):
1. Diseño de Plan de Seguros de los diferentes riesgos: responsabilidad patrimonial, multirriesgo, vida, accidentes y flota, analizando los contratos y cualquier otro aspecto que según la situación del mercado asegurador, entiende el licitador necesario para la colocación de los citados riesgos del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz:: máximo de 15 puntos.
Este apartado no podrá tener una extensión superior a 20 hojas.(Se admite doble cara).
2. Programa de trabajo y adecuación de la estructura de licitador a las necesidades del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz: máximo de 20 puntos, conforme al siguiente desglose:
i. Se valorará la metodología a seguir en la gestión de los riesgos y en el desarrollo de los restantes trabajos previstos en el Pliego de condiciones: máximo 10 puntos.
ii. Adecuación de la estructura del licitador a las necesidades del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz: máximo 10 puntos.
Calidad en el servicio, metodología, medios técnicos ofertados que permitan el impulso o la iniciativa en la tramitación y seguimiento de expediente y detección de errores y su inmediata corrección. La calidad se acreditará mediante certificado para el funcionamiento de toda la Correduría.
Este apartado no podrá tener una extensión superior a 20 hojas. (Se admitirá doble cara).
3. Mejoras: prestación de otros servicios que no hallándose incluidos en el pliego de prescripciones técnicas, se encuentren relacionados con el objeto del contrato y lo mejoren sustancialmente (máximo 5 puntos).
En cuanto a las mejoras, se valorarán las propuestas ofertadas por los licitadores en la prestación del servicio que no sean exigidas en este Pliego, las cuales tendrán carácter contractual para la adjudicataria, resultando, por tanto de obligado cumplimiento para la adjudicataria en caso de adjudicación de su oferta y su incumplimiento derivará en responsabilidad para la empresa.
4. Oferta económica o porcentaje de comisión que el ofertante pretende percibir de las Compañías Aseguradoras que resulten adjudicatarias de los contratos de seguros del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y sus Organismos Autónomos: máximo 60 puntos.
La oferta económica o cuadro de comisiones o corretajes ofertado por el licitador no podrán ser inferiores ni superiores a los porcentajes que se detallan a continuación para cada tipo de ramo o tipo de seguro:
1. Seguros de Responsabilidad Civil / Patrimonial (10% - 12%).
2. Seguros patrimoniales (continente y contenido) (10% - 12%).
3. Seguros de vida y accidentes (5% - 8%). 4. Seguros de uso de vehículos (5% - 8%). 5. Otros (5% - 8%).
Todos los porcentajes se consideran sobre la prima neta del coste del seguro, entendiéndose por prima neta la prima total menos impuestos, recargos, y Consorcio de Compensación de Seguros.
En caso de igualdad de puntos entre dos o más licitadores, el contrato se adjudicará al licitador que haya obtenido mayor puntuación en el apartado 2 (programa de trabajo):
Habiéndose incorporado al expediente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el informe del titular de la Asesoría Jurídica.
Visto el artículo 94 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de contratos del Sector Público.
Vista la Disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la Concejala-Delegada del Área de Hacienda y Presupuestos a la Junta de Gobierno Local presenta la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
− Aprobar el expediente de contratación de SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN COBERTURA DE RIESGOS Y SEGUROS PARA EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, que comprende la aprobación de los pliegos de Claúsulas Administrativas y Técnicas Particulares que obran en el expediente.
− Aprobar como forma de adjudicación el Procedimiento ABIERTO con varios criterios de adjudicación
− Declarar la tramitación de URGENCIA, con la reducción de los plazos establecidos por el artículo 96 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para la licitación y adjudicación del contrato.
− Ordenar la publicación del pliego de condiciones aprobado y su exposición al público y la apertura del procedimiento de adjudicación ABIERTO a cuyos efectos deberá publicarse en los Boletines Oficiales.
No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen. Vitoria-Gasteiz, a 27 de noviembre de 2009
LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS