4.7 EV charging industry development
5.1.2 Competition drivers
La conveniencia de utilizar datos de encuesta, en lugar de cifras de registro, para estudiar el proceso de reagrupación familiar de los inmigrantes parece clara teniendo en cuenta la exposición realizada hasta ahora. Dada la inexistencia de una fuente diseñada para tal fin, hemos optado por explotar al menos la información disponible en la Encuesta de Población Activa, como vía alternativa y complementaria a la interpretación de las cifras oficiales comentadas en los epígrafes anteriores.
Una de las primeras cuestiones que deseamos explorar a través de la información de la EPA2tr2006 es en qué medida podemos afirmar que la reagrupación familiar es un fenómeno relativamente nuevo en España, que crece en progresión geométrica, que marca el inicio de una nueva fase en el proceso migratorio por parte de quienes han logrado una integración social y económica en la sociedad española y, en consecuencia, han decidido establecerse.
Sin duda, la EPA no constituye la fuente ideal para el examen de estas cuestiones pero dada la escasez de información estadística adecuada en este ámbito presenta unas ventajas mínimas que deben ser explotadas. Entre sus limitaciones más importantes hemos de citar las siguientes: en primer lugar, la EPA sólo localiza y entrevista aproximadamente a 1 de cada 2,4 extranjeros que se supone que debería encontrar; en segundo lugar, la EPA carece de información sobre la fecha en que contrajeron matrimonio los encuestados, lo que nos impide separar de entrada a las parejas que se han constituido con carácter previo a la migración de sus miembros -las únicas que realmente pueden practicar la reagrupación-, de aquellas parejas que se han formado en España entre inmigrantes que estaban solteros al momento de su llegada; por último, la EPA no pregunta el año de llegada a individuos que, a pesar de haber nacido en el extranjero, poseen la nacionalidad española en el momento de ser encuestados -como si la condición de inmigrante si extinguiera automáticamente a través del proceso de naturalización- lo que obliga a utilizar la categoría de la “nacionalidad” y, por tanto, de “extranjeros” en la mayoría de los análisis, frente a la posibilidad más atractiva de haber utilizado la información sobre lugar de nacimiento y,
de este modo, extender los análisis verdaderamente a la población de origen inmigrante, y no sólo a parte de ella59.
Pero dicho esto, es importante destacar que la EPA es una de las pocas fuentes que hoy día nos permite examinar con algún grado de detalle la composición y características de los hogares en los que vive al menos una persona inmigrante, y con muestras lo suficientemente amplias para llevar a cabo análisis estadísticos medianamente fiables60. Por tanto, es nuestro deber como investigadores utilizar los datos al alcance destacando sus limitaciones pero también aprovechando al máximo sus potencialidades para poner de manifiesto la necesidad de mejorar algunos aspectos de bases de datos como la EPA que, por un coste adicional limitado, podrían permitir un conocimiento mucho más acertado de la realidad de la inmigración en España.
5.3.1. ¿Cuántos extranjeros residentes en España han reagrupado ya a su cónyuge?
De los 6642 individuos mayores de 15 años y que ostentan una nacionalidad extranjera -incluyendo los que tienen doble nacionalidad, española y otra, 762- incluidos en la EPA2tr2006, el 54,5 por ciento (3.619 individuos) estaban casados, el 2,4 por ciento viudo, el 5,8 por ciento separados o divorciados, y el resto solteros. De entre los casados, una proporción importante tenían por cónyuge a una persona de nacionalidad española, es decir, formaban parte de parejas mixtas. En concreto el 33 por ciento del total de parejas con al menos un cónyuge extranjero en la EPA2tr2006 podían consignarse como parejas mixtas, porcentaje sólo algo superior al 28 por ciento que se registraba el Censo de 2001 para el conjunto del territorio español -ver más adelante. Evidentemente el porcentaje de casados con españoles es menor entre los que sólo tienen nacionalidad extranjera -el 16,8 por ciento- que entre los que tienen doble
59 Nos parece oportuno señalar el escasísimo coste que se derivaría de realizar la pregunta sobre el año de
llegada a España para aquellos que poseen nacionalidad española y otra extranjera, así como de incluir una pregunta sobre la fecha de matrimonio para los que se declaran casados. A pesar de que ello nos dejaría aún sin información sobre la fecha de adquisición de la nacionalidad española, y sobre la fecha de inicio de la convivencia para los que viven en pareja sin estar casados, la mejora conseguida mediante esas dos leves modificaciones en la forma de aplicar el cuestionario sería sustancial a los efectos que nos preocupan.
60
La nueva metodología aplicada a partir de 2005, que incluyó la adecuación de la encuesta a una nueva base muestral, la derivada del Censo 2001, permitió una mejor cobertura de los extranjeros residentes en España. Aún así, es evidente que los extranjeros siguen siendo uno de los colectivos que presenta mayores dificultades de localización y respuesta, por lo que no debe descartarse la presencia de sesgos de distinta índole en la sub-muestra de extranjeros que contiene la EPA.
nacionalidad -el 56,3 por ciento-, entre otros motivos porque el contraer matrimonio con un español es una de las vías más sencillas de acceso a la nacionalidad española61.
Si restringimos nuestra muestra a los extranjeros casados con extranjeros y eliminamos a los mayores de 60 años, en torno al 80 por ciento ya vivían con su cónyuge en España62. De acuerdo con estas cifras, resulta difícil de aceptar la idea de que estamos entrando en una fase del proceso migratorio dominada por la reagrupación familiar; más bien diera la impresión de que la reagrupación familiar, al menos la de los cónyuges, ya hace tiempo que ha comenzado con independencia de que no se haya practicado por los cauces legales en principio establecidos a tal efecto. Antes de descartar completamente la idea de que la reagrupación familiar recién comienza y marca la transición hacia una segunda etapa del proceso inmigratorio en España, vamos a analizar dos aspectos más de la reagrupación familiar: a) el tiempo que ha transcurrido entre la llegada de un cónyuge y su pareja y, b) la medida en que la reagrupación de los hijos se ha producido ya o se está produciendo.
5.3.2. ¿Cuánto tiempo han tardado en reagruparse las parejas extranjeras en España?
Entre las parejas constituidas por dos personas con nacionalidad extranjera -882 en nuestra muestra63-, el tiempo medio transcurrido desde la llegada de un cónyuge a
61 Art. 22.2.d) del Código civil establece que “Bastará el tiempo de residencia de un año para el que al
tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho”.
62
Podría alegarse, en todo caso, que las cifras de la EPA no son nada fiables para extraer conclusiones de este tipo pues al no constar la fecha en que contrajeron matrimonio los cónyuges, podemos estar contabilizando como parejas reagrupadas a parejas que, de hecho, se han constituido en España entre dos personas solteras que llegaron aquí sin conocerse previamente. A fin de despejar esta sospecha, hemos realizado la siguiente operación: de entre las parejas que calificamos inicialmente como reagrupadas (sin saber a ciencia cierta si todas de verdad lo son) hemos identificado a las que tienen ya en España hijos que nacieron en el extranjero con anterioridad a la migración de sus padres (es decir personas que tenían ya hijos antes de emigrar a España y, por tanto, es muy probable que estuviesen casados en su mayoría con la misma persona con la que conviven en España). El 65 por ciento de la muestra inicial de parejas que nosotros hemos considerado reagrupadas están en dicha situación. Si ceñimos nuestro cálculo a esta sub-muestra de personas que ya tenían hijos antes de emigrar junto con los que, aunque casados/as, aún no conviven en España con su cónyuge, el porcentaje de parejas reagrupadas desciende del 80 por ciento al 74 por ciento lo que indica que, aunque estamos incluyendo algunas personas que conviven con su cónyuge en España pero que posiblemente emigraron solteras y se casaron aquí en España, esto no varía sustancialmente los resultados. De todos modos, para evitar dudas, se mostrarán los resultados obtenidos también cuando restringimos la muestra a quienes sabemos seguro que estaban casados entre sí antes de emigrar.
63 La reagrupación familiar puede estudiarse también para aquellos matrimonios en los que uno de los
cónyuges es extranjero y otro tiene doble nacionalidad, asumiendo que se trata de un extranjero que ha adquirido la nacionalidad española después de llegar a España. Sin embargo, para estas parejas que están incluidas en nuestro análisis de la reagrupación no podemos calcular el tiempo en que tardaron en
España hasta la reagrupación de su pareja es de 2,1 años -con una desviación típica de 3,6- y, de hecho, sólo el 10 por ciento del total de parejas extranjeras reagrupadas en la EPA habían tardado más de 5 años en reagruparse64. Con estos datos en la mano, y pese a sus limitaciones, parece difícil aceptar la idea de que quienes traen a sus familiares -en este caso, al cónyuge- son personas que han consolidado su proyecto migratorio, es decir, que han alcanzado una estabilidad económica y una integración social y se han establecido. Más bien, estas cifras parecen indicar que la reagrupación del cónyuge se produce casi de inmediato y que, por tanto, en gran medida forma parte de la estrategia migratoria familiar seguramente porque permite, dada la enorme demanda de mano de obra experimentada en España en la última década en sectores tanto masculinos como femeninos, mayor acumulación de ahorros y envío de remesas que una migración en solitario.
Podríamos pensar que el hecho de que las parejas reagrupadas en nuestra muestra de la EPA se hayan reunido en España con tanta rapidez podría deberse a que nuestra muestra sobre-representa a los ciudadanos originarios de la UE-15 que, desde hace mucho, han disfrutado de condiciones muy favorables en relación con la reagrupación de sus familiares, en virtud de la aplicación del R.D. 178/2003 recientemente derogado por el R.D. 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en vigor desde el 2 de abril de 2007. A fin de determinar si ello es así, calculamos el tiempo medio de separación que habían sufrido los matrimonios formados por extranjeros no originarios de la UE-15 que convivían en España en 2006, siempre según la información de la EPA, y los resultados apenas varían: 2,3 años de separación -con una desviación típica de 3,465.
Por nacionalidades, los que más tardan en reagruparse con su pareja son los extranjeros procedentes del Magreb -fundamentalmente marroquíes y argelinos-, con un tiempo medio de separación hasta la reagrupación en España de 5,1 años -desviación
reagruparse los cónyuges porque, como hemos mencionado, para las personas con doble nacionalidad (española y otra) la EPA no recoge la información sobre el momento de la llegada a España.
64 El tiempo medio de separación de los extranjeros casados que ya tenían hijos antes de emigrar y que,
por tanto, con casi total seguridad contrajeron matrimonio con su pareja antes de emigrar, es de 2 años (con una desviación típica de 3,3).
65 El tiempo medio de separación de los extranjeros casados que ya tenían hijos antes de emigrar y que,
por tanto, con casi total seguridad contrajeron matrimonio con su pareja antes de emigrar, después de excluir a las parejas formadas por ciudadanos de la EU-15, es de 2,2 años (con una desviación típica de 3,4).
típica de 4,5. En cambio, los argentinos ya reagrupados son los que menos tiempo tardaron en hacerlo -en media 0,1 años-, seguidos de los rumanos y ecuatorianos que en media tardan en torno a un año.
La velocidad de reconstitución de los matrimonios extranjeros en España resulta sorprendente y, desde luego, no encaja muy bien con la idea de que el aumento reciente de la reagrupación familiar refleja una maduración del proceso migratorio a nuestro país, ni la transformación de temporal a permanente del proyecto migratorio de los extranjeros que inicialmente dejaron a sus cónyuges en origen. Es más, no son los colectivos que llevan más tiempo establecidos en nuestro país como los marroquíes los que menos tardan en reagrupar sino al contrario, lo cual seguramente se relaciona con los diferentes regímenes jurídicos aplicables a distintos colectivos según su origen nacional, distintos proyectos migratorios y distintos grados de integración socio-laboral de los primo-migrantes.
Hemos explorado un poco más cuáles son los factores que pueden explicar una reagrupación más rápida o más lenta por parte de los extranjeros que conviven con sus esposos/as en España -la tabla A.5.1 que se presenta en el apéndice estadístico resume los resultados.
Quienes llegaron hace más tiempo son los que han tardado más en reagrupar a su cónyuge. Se nos ocurren dos posibles explicaciones de este hecho. Por un lado, el procedimiento para proceder a la reagrupación legal del cónyuge se ha ido facilitando desde mediados de los años ochenta cuando la reagrupación familiar no era ni reconocida como derecho en nuestra Ley de Extranjería. Por otro lado, sin embargo, los resultados indicarían también que los cónyuges de nuestros inmigrantes más antiguos fueron menos proclives a practicar la reagrupación no sólo legal sino incluso “de facto”, por vías irregulares. Ello pudiera deberse al cambio en la composición nacional de los flujos en la última década, y las mayores facilidades para eludir el requisito del visado que han encontrado los inmigrantes latinoamericanos en su llegada a España en comparación a los marroquíes desde que el mismo les fuera impuesto como requisito para la entrada en España en 1991. Por ello, hemos añadido variables de control como el origen geográfico-nacional. Los resultados muestran que quienes menos tardan en traer a su cónyuge son los ciudadanos comunitarios, lo cual encaja perfectamente con la mayor generosidad del régimen jurídico que se les aplica; después de ellos, sólo los ecuatorianos han traído a sus parejas con mayor rapidez que la categoría residual de referencia -extranjeros que no son ni comunitarios, ni africanos, ni rumanos-, mientras
que tanto los magrebíes como los procedentes del resto de África tardan sustancialmente más que otros extranjeros. Ahora bien, incluso controlando estas diferencias en función del origen, el efecto del tiempo de residencia ni se reduce ni deja de ser significativo, lo que quiere decir que el hecho de que los que vinieron hace más tiempo tardaran más en reagrupar a su cónyuge no se debe sólo a que hace una década los inmigrantes eran hombres marroquíes y los que vienen ahora son latinos. Por último, las mujeres, en el caso de ser pioneras de la migración familiar, reagrupan antes a sus maridos que a la inversa, y ello con independencia de si tenían ya hijos o no antes de emigrar.
5.3.3. ¿Cuáles son los factores que explican la mayor o menor propensión a reagrupar familiares (cónyuge e hijos) en España?. Un análisis multivariante a partir de la EPA
Una vez descrita la magnitud del fenómeno y sus principales características, resulta interesante determinar cuáles son los principales factores asociados a la reagrupación del cónyuge, mediante un análisis multivariante. Los resultados de dicho análisis se presentan en la tabla A.5.2 que se presenta en el apéndice estadístico, de la que podemos extraer las siguientes conclusiones.
En primer lugar, no existe una diferente propensión entre hombres y mujeres a reagrupar a su cónyuge, al menos considerando a todos los grupos nacionales conjuntamente; sin embargo, si eliminamos de nuestra muestra de potenciales reagrupantes a los extranjeros procedentes de la UE-25 y otros países desarrollados, el hecho de que la primera migrante de la pareja sea la mujer sí que aparece asociado con una menor probabilidad de haber reagrupado al cónyuge en España66. Por tanto, las mujeres inmigrantes no comunitarias parecen reagrupar menos a su cónyuge que los hombres pero, de acuerdo con el análisis del epígrafe anterior, si lo reagrupan lo hacen más rápido. En cuanto al efecto de la edad del reagrupante, aquellos inmigrantes casados y con pareja por reagrupar pero menores de 25 años son los que menos han logrado reagruparla en España; a partir de los 25 no aparecen diferencias significativas por edad. Por origen, los resultados resultan interesantes: los africanos son los que tienen claramente una probabilidad menor de haber reagrupado a sus parejas en España (y además quienes más tardaban en hacerlo, según los resultados comentados en el apartado anterior), mientras que los rumanos son los que mayor probabilidad presentan,
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Lamentablemente el tamaño de la muestra no permite realizar análisis separados para cada uno de los grupos nacionales.
y ello a pesar de lo reciente de su llegada. Es evidente en este caso que la perspectiva de convertirse en ciudadanos de la UE ha facilitado en este caso la reagrupación de hecho. Por el contrario, no aparecen diferencias significativas entre los originarios del Magreb, de Ecuador y de los países desarrollados, lo que resulta chocante teniendo en cuenta las condiciones legales tan distintas que regulan la posibilidad de reagrupar al cónyuge entre los ciudadanos comunitarios y los extranjeros procedentes de terceros países.
Por otra parte, los resultados confirman la relativa rapidez con que se está produciendo la reagrupación de los inmigrantes con sus parejas en España (véanse columnas 3 y 4 de la tabla A.5.2. del apéndice). La probabilidad de haber reagrupado al cónyuge aumenta para aquellos que llevan en España entre uno y dos años, respecto a aquéllos que llevan menos de un año; sin embargo, no existen diferencias significativas entre los que llevan dos años en España y los que llevan más de dos, tres o siete.
De acuerdo con estos resultados, no parece existir base empírica para afirmar, como se hace con frecuencia, que la reagrupación familiar es realizada por personas que han consolidado su proyecto migratorio o que han alcanzado una estabilidad económica y una integración social, al menos en lo que a la reagrupación del cónyuge se refiere; salvo que creamos que individuos que llevan como máximo dos años en España pueden haber alcanzado dicha estabilidad económica e integración social. Del mismo modo, por tanto, la idea de que las reagrupaciones familiares marcan el inicio de una nueva fase inmigratoria en España no deja de resultar un tanto ingenua pues, a la vista de los resultados, mucho más adecuado parece entender que la migración internacional tal y como se plantea hacia España en la actualidad es una decisión y proyecto familiar en el que a menudo participan desde muy temprano al menos los dos miembros de la pareja.
Vista la rapidez con que parece estar produciéndose la reagrupación de los cónyuges en tiempos recientes parece de la máxima relevancia preguntarse sobre cuál puede ser el efecto sobre el mercado laboral de estos recién llegados que, aunque sólo son autorizados inicialmente para residir y no para trabajar – en el caso de que hayan