3.3 Data Reduction
3.3.3 Completeness
RESOLUCIÓN N.º 25/SGCBA/13
Buenos Aires, 28 de Febrero de 2013 VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 24-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.869), 123-SGCBA/12 (BOCBA N° 4.039), el Expediente Electrónico N° 578.153-MGEYA-SGCBA/13, y CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que esta Sindicatura General es el órgano rector de las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que asimismo, la calidad de órgano rector del sistema de control interno que el mencionado artículo de la Constitución de la Ciudad ha otorgado a esta Sindicatura General, comporta la facultad de dictar las normas que permitan la estructuración y mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno;
Que el artículo 123, inciso 12) y el artículo 130, inciso 7) de la Ley N° 70, establecen que es atribución de esta Sindicatura General aprobar los planes anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados; Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Que el mencionado Plan Anual de Trabajo ha sido elaborado en consonancia con la Resolución N° 123-SGCBA/12 para la elaboración del planeamiento de Auditoría;
Que del citado Expediente surge que se ha prestado conformidad a la Planificación Anual de la Unidad de Auditoría Interna del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y en consecuencia, se ha recomendado su aprobación;
Que la Subgerencia Normativa, ha tomado la intervención correspondiente en virtud a las misiones y funciones establecidas por la Resolución N° 24-SGCBA/12;
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen IF N' 596.757-SGCBA/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 123 inciso 12), y el artículo 130 inciso 7) de la Ley N° 70, "
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el Plan Anual de la Unidad de Auditoría Interna del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el año 2013, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Cumplido, archívese. Rial
RESOLUCIÓN N.º 31/SGCBA/13
Buenos Aires, 28 de Febrero de 2013 VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), la Resolución N° 9-SGCBA/13 (BOCBA N° 4.079), los Expedientes Electrónicos N° 5.694- MGEYA-SGCBA/13, N° 572.302-MGEYA-SGCBA/13, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General . de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que, asimismo, el inciso 5), le otorga las atribuciones de "Designar a su personal, así como promover, aceptar renuncias, disponer cesantías, exoneraciones y otras sanciones disciplinarias…”;
Que mediante Resolución N° 9-SGCBA/13 se autorizó la contratación de la Sra. Mariela Valeria, COBOS (D.N.I. N° 26.737.718), que tramita mediante Expediente Electrónico N° 5.694-SGCBA/13, bajo la figura de Locación de Servicios, a partir del día 1° de enero de 2013 y hasta el día 31 de diciembre de 2013; Que según surge del Expediente Electrónico N° 572.302-SGCBA/13, corresponde dejar sin efecto dicha contratación, resultando necesario dictar la norma legal correspondiente;
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 607.1 00-SGCBA/13.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, incisos 2) y 5) de la Ley N° 70,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la contratación de la Sra. Mariela Valeria, COSOS (D.N.I. N° 26.737.718), que tramita mediante Expediente Electrónico N° 5.694- SGCBA/13, que fuera autorizada por Resolución N° 9-SGCBA/13.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, notifíquese a la interesada y, para su conocimiento y demás · efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial
RESOLUCIÓN N.º 33/SGCBA/13
Buenos Aires, 06 de Marzo de 2013 VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 24-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.869), N° 123-SGCBA/12 (BOCBA N°
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que esta Sindicatura General es el órgano rector de las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que asimismo, la calidad de órgano rector del sistema de control interno que el mencionado artículo de la Constitución de la Ciudad ha otorgado a esta Sindicatura General, comporta la facultad de dictar las normas que permitan la estructuración y mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno;
Que el artículo 123, inciso 12) y el artículo 130, inciso 7) de la Ley N° 70, establecen que es atribución de esta Sindicatura General aprobar los planes anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados; Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Económico;
Que el mencionado Plan Anual de Trabajo ha sido elaborado en consonancia con la Resolución N° 123-SGCBA/12 para la elaboración del planea miento de Auditoría; Que del citado Expediente surge que se ha prestado conformidad a la Planificación Anual de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Económico, y en consecuencia, se ha recomendado su aprobación;
Que la Subgerencia Normativa, ha tomado la intervención correspondiente en virtud a las misiones y funciones establecidas por la Resolución N° 24-SGCBA/12;
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° 677.669-SGCBA/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 123 inciso 12), y el artículo 130 inciso 7) de la Ley N° 70,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el Plan Anual de Trabajo la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Económico para el año 2013, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Rial
ANEXOS
4.039), · el Expediente Electrónico N° 654.194-MGEYA-SGCBA/13 y