Chapter 4 Software Development
4.9 Computer Vision Algorithm Development
Valores pendientes por recuperar del aporte de formación profesional programa dual El Consejo Politécnico, según Resolución 137.CO.2008, abril 2008 aprobó el “Programa de Universidad Empresarial”, en el marco del proyecto de Cooperación con Colombia y Alemania,
para la implementación del Programa en el Ecuador, bajo los términos de los convenios de cooperación, firmados el 14 de diciembre de 2007, entre la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo, Fundación Cámara de Comercio de Ambato, Corporación Regional Económica Empresarial Riobamba, Corporación de Cámaras de la Producción de Chimborazo, Cámara de Industrias y Comercio Ecuatoriano- Alemana, en convenio firmado con el objetivo de desarrollar el Programa en la sierra central; con estos antecedentes el H Consejo Directivo de la Facultad del Programa Dual y de la Facultad de Administración de Empresas de la Escuela
Superior Politécnica de Chimborazo expidió el “Reglamento de la Carrera de Ingeniería de Empresas, modalidad Dual”, según el artículo 4 el objetivo fue:
“….La formación de un profesional capacitado en la teoría y en la práctica en la suministración de las distintas áreas que comprende una empresa de cualquier
naturaleza….”
“…La empresa deberá pagar la cantidad de USD $ 490,00 cada semestre por
estudiante que auspicie”
CONCLUSION
Del análisis a los ingresos por este concepto se verifico que de 39 casos, las recaudaciones
y consecuentemente los depósitos por concepto de “Aporte a la formación Profesional ,
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transcurriendo hasta 11 meses entre la emisión de la factura y su cobro como es el caso de los CUR DAI 37873155 de 14 de enero de 2013 y CUR PAI 44735859 de 6 de diciembre de 2012 por USD $ 490,00 y se recaudó este valor el 20 de noviembre de 2013; situación producida porque se emitió la factura previo al cobro y no se controló su recuperación inmediata, ocasionando que la entidad no cuente con los recursos económicos en forma oportuna y que los ingresos no guardan relación con la declaración del impuesto a la renta que se realiza en forma mensual,
En los casos en que no fue posible su recuperación en el mismo año de emitida la factura, estos valores se trasladaron a sub cuenta 124.85.13 Cuentas por Cobrar del Año Anterior
“Tasa y contribuciones”, evidenciándose que existen valores pendientes por recuperar al 31
de diciembre de 2013, por USD $ 4 052,00, según anexo por la emisión de facturas correspondiente al aporte de formación profesional programa dual, mismas que fueron emitidas en el año 2012. La falta de procedimientos de control por parte del Director Financiero, Contador y tesorería, al no realizar un seguimiento a la antigüedad de saldos con el propósito de su recuperación inmediata, ocasiono disminución en el disponible de la Institución; se inobservado los artículos 77 numeral 3 literales a), b), c) y d) de la Ley Orgánica
de la Contraloría General del Estado, 67 “Declaración del Impuesto” de la Ley de Régimen Tributario Interno” e inobservado las Normas de Control Interno 100-03, “Responsable del control Interno”, 401-03, “Supervisión”, 403-01 “Determinación y recaudación de los
ingresos”; 405-02, “Organización del Sistema de Contabilidad Gubernamental”, 405-10,
“Análisis y confirmaciones de saldos”, y “405-11 “Conciliación y Constatación “, Atribuciones y responsabilidades de la Dirección de Gestión Financiera, literal e), “Administrar el sistema ad e pagos y recaudación”; Productos y Servicios de Contabilidad, número 12 del apartado 3.2.1.1.1.2; “Informe de antigüedad Cuentas por Pagar y Cuentas por Cobrar” y Productos y
Servicios de Tesorería, número 3 del apartado 3.2.1.1.1.3 “Informes de Ingresos Institucionales” del artículo 8 del Registro Orgánico de Gestión Organizacional de la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo.
A los Directores Financieros, Jefe de Contabilidad y tesorera con oficio 044 y 056 DR6-DPCH- AE-DGR-2014 de 13 y 27 de marzo de 2014, respectivamente se comunicaron los resultados provisionales sin obtener respuesta.
Las recaudaciones y consecuentemente los depósitos por concepto de “aporte a la formación profesional, programa Dual”, de los años 2011, 2012, 2013 no se efectuaron en forma
oportuna, transcurriendo hasta 11 meses entre la emisión de la factura y su cancelación, situación producida porque la Tesorera emitió la factura previo al cobro y el Contador no
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realizo el seguimiento a la antigüedad de saldos con el propósito de su recuperación inmediata,
sin que exista evidencia del control realizado por el Director Financiero, ocasionando que la
entidad no cuente con los recursos económicos en forma oportuna y que no guarden relación
con la declaración del impuesto a la renta que se realiza en forma mensual, ocasionando la
disminución de los recursos económicos de la entidad por USD $ 4 052,00.RECOMENDACIÓN
Al Director Financiero
Solicitar al Contador General, un informe de antigüedad de los saldos de Cuentas por Cobrar del Aporte a la formación profesional programa dual, a fin de tomar acciones correspondientes para contar con recursos económicos en forma oportuna y que los ingresos guarden relación con la declaración de impuesto a la renta que se realiza en forma mensual.
Emitir la factura del aporte de formación profesional programa dual y controlara su recuperación inmediata.
Al Contador
Realizar en forma mensual un informe de antigüedad de los saldo de los derechos por cobrar que mantienen la entidad, mismo que será presentado al Director Financiero para que se adopte las medidas pertinentes.
Al tesorero
No emitir facturas que no sean canceladas en las fechas oportunas, debido que causan pagos con crédito e inoportunos