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CHAPTER 6 RECOMMENDATIONS

6.7 Concluding remarks

relieve que durante los trabajos de elaboración de la normativa en el marco del FSC, se presentó una propuesta conjunta de Austria y Hungría que se centraba en todos los aspectos de la seguridad global, y no solamente en la vertiente político-militar. La propuesta de estos dos Estados abarcaba también la dimensión humana, con una detallada sección sobre los derechos de las minorías nacionales, y cuestiones relacionadas con la dimensión económica y medioambiental583. Dicha propuesta no prevaleció y la estructura del Código se ajustó principalmente a los aspectos político-militares.Sin embargo, las discrepancias entre los Estados que se tradujeron en el texto final en una reiteración o reafirmación de los principios y compromisos de la OSCE ya existentes, no deben hacernos perder de vista que la dimensión político-militar no puede ser nunca separada de la concepción global de la seguridad de la OSCE. Hacíamos antes referencia a que la Carta sobre la Seguridad Europea (II, 28-30), y que se refiere a la dimensión político-militar, centra exclusivamente sus disposiciones en los acuerdos de control de armamentos y en las MFCS. No obstante, en el párrafo 30 hay una breve aunque significativa mención del Código de Conducta: “Seguimos comprometidos con los principios enunciados en el Código de Conducta sobre los aspectos político-militares de la seguridad”. Por tanto, la dimensión político-militar va más allá de los acuerdos interestatales de seguridad basados en la cooperación militar. Recordemos asimismo que el párrafo 1 del Código nos reenvía a los orígenes de la CSCE, a la necesidad de pleno respeto de todos los principios incorporados en el Acta Final de Helsinki y la aplicación de buena fe de todos los compromisos adquiridos en lo que podríamos llamar “acervo OSCE”584. Todo esto es de

“importancia fundamental para la estabilidad y la seguridad”, a tenor del citado párrafo 1585.Por si esto fuera poco, el párrafo 7 del Código vuelve a reiterar los criterios básicos de aplicación e interpretación de los principios del Decálogo de Helsinki, es decir, que “se aplicarán por igual y sin reservas, y que cada uno de ellos se interpretará en relación con los demás”586. Por lo demás, conviene recordar por qué el Acta establece, desde un

583 Vid. GHEBALI, V.-Y.: “Introducing the Code”, en DE NOOY G.C. (ed.), Cooperative Security, the

OSCE, and its Code of Conduct., La Haya, 1996, p. 6.

584 Se podría decir que uno de los rasgos definidores del Código de Conducta, y de otros muchos

documentos de la OSCE pues responden a idéntica concepción de la seguridad, está presente en esta referencia de un paper de una de las Conferencias de seguimiento del Código: “Its emphasis on bonum

humanum, in other words, the good side of human nature, especially good intentions when has force has

to be used, remains an inspiration for all us”. Vid. Chairperson’s Perception Paper on the Third Follow- Up Conference on the Code of Conduct on Politico-Military Aspects of Security, Consolidated Summary, Vienna, 23-24 September 2002, FSC.GAL/122/02.

585 R. Terpstra cita una sugerencia de una ONG, the Netherlands Helsinki Committee, en la que se

subrayaba, durante la fase de discusión del Código, la importancia de relacionar los principios del Acta Final con el Código. Esa sugerencia queda asumida en el texto final (parrafos 1, 2, 4 y 7). Vid. TERPSTRA,R.: “The OSCE Code of Conduct Setting new standards in the politico-military field?”,

Helsinki Monitor, vol. 7 (1996), n. 1, p. 1 y n.3.

586 Acaso los principios más “candentes”, con mayor influencia en la seguridad internacional, sean los de

integridad territorial, inviolabilidad de las fronteras de los Estados y derecho a la libre determinación. Son coneptos inseparables, pero ninguno de ellos tiene supremacía sobre los demás. La OSCE desautoriza la “libre determinación” violenta en forma de secesión y preconiza, en cambio, que semejantes procesos se

aspecto formal aunque significativo, una relación entre el Decálogo de Helsinki y las disposiciones del Documento sobre las Medidas destinadas a fomentar la confianza y ciertos aspectos de la seguridad y el desarme, si tenemos en cuenta que tanto los diez principios como las Medidas están incluidas en el capítulo titulado “Cuestiones relativas a la seguridad en Europa”.

Por otra parte, el párrafo 2 del Código reitera el concepto integral de la seguridad, iniciado en el Acta Final, y que relaciona el mantenimiento de la paz con el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.Más recientemente la Estrategia de la OSCE frente a las amenazas contra la seguridad y la estabilidad en el sigo XXI, aprobada en el Consejo de Maastricht (2003), lo subraya en su párrafo 4: “El respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales del ciudadano, así como de la democracia y del Estado de derecho, es esencial al concepto global de seguridad adoptado por la OSCE. La firmeza de las instituciones democráticas y del Estado de Derecho cumple un cometido importante en orden a la prevención de toda amenaza eventual (...) La violación sistemática de los derechos humanos, particularmente de los derechos de personas pertenecientes a minorías nacionales, y la violación sistemática de las libertades fundamentales pueden ser un semillero de una amplia gama de amenazas potenciales”. En consecuencia, se puede afirmar que la dimensión humana es tanto o más imprescindible para la seguridad que un régimen de MFCS.

Un sistema democrático basado en un Estado de Derecho es una destacada contribución a la seguridad de los individuos y sirve de ayuda en la mejora de las condiciones para el crecimiento económico587. Tengamos además en cuenta que el éxito del proceso de la CSCE no se debió únicamente a cambios en el ámbito militar sino sobre todo en los ámbitos político, económico y social588. Los cambios no fueron homógeneos

en todos los países, pero tuvieron en común una adhesión a los principios de la OSCE, expresión del compromiso en pro de una seguridad común e indivisible en el período de la

lleven a cabo exclusivamente por medios pacíficos, de conformidad con las legislaciones nacionales y las normas internacionales y bajo la supervisión de la comunidad internacional. Vid. “Aplicación de los principios de la OSCE como piedra angular de la seguridad común y global en Europa”, Informe para la

Comisión General de Asuntos Políticos y de Seguridad de la Asamblea de la OSCE, ponente (A. Buteiko), Varsovia, 5-8 de julio de 1997.

587 A este respecto, se ha resaltado que la importancia del Código de Conducta radica en la posibilidad de

ser un test evaluador de los progresos democráticos: “The Code of Conduct is valuable where it is directed solely towards improving the quality of democracy and that the Code has been designed as an instrument for promoting security and peace among the participating States". Vid. Report of the Working Session Rapporteur, Working Session I, 29 June 1999, Second Follow-Up Conference on the OSCE Code

of Conduct on politico-military aspects of security, Vienna 29-30 June 1999, Summary, FSC.GAL/82/99.

A esta labor evaluadora contribuye, sin duda, el Cuestionario sobre el Código de Conducta aprobado por el FSC (Decisión n.4/98, 8 de julio de 1998).

588 Hay una estrecha relación entre libertad política y prosperidad socio-económica. Lo resaltaba A.

Severin, presidente de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE: “In fact, prosperity and freedom are also linked: prosperity without freedom is in vain; freedom without prosperity is in peril. At the same time freedom is a source of prosperity. This is about the positive and rational freedom, the self disciplined freedom and the collectively organized freedom”. Vid. Remarks by Mr. Adrian Severin, President of the Parliamentary Assembly of the OSCE, 107th Conference of the Inter-Parlaimentary Union, Marrakech,

posguerra fría. Se puede afirmar que la importancia y la influencia internacional de la OSCE sobre los acontecimientos políticos ha estado determinada por el nivel de eficacia en la aplicación de esos principios que proclamaba. Con todo, el Código ha considerado necesario reiterar expresamente algunos de los principios del Acta Final, en particular los principios I y IX, puestos en relación en el párrafo 4 del Código: “Reafirmando su respeto a la igualdad soberana y la individualidad de cada uno de ellos, así como a los derechos inherentes a su soberanía y por ella abarcados, los Estados participantes basarán sus relaciones mutuas en materia de seguridad en un enfoque de cooperación”. Una seguridad basada en la cooperación no atenta, por tanto, contra el principio de soberanía estatal. No es algo antagónico sino complementario, tal y como el propio proceso de la CSCE/OSCE pretende demostrar. En un mundo de desafíos globales, un ejercicio de la soberanía entendida como una autoafirmación continuada y combativa de los derechos del Estado se revela como una posición estéril. La realidad del mundo de hoy es que la soberanía de los Estados está siendo redefinida en función de los procesos de globalización y de cooperación internacional. Pero la soberanía también puede beneficiarse de la cooperación, pues un interés colectivo puede ser a la vez un interés nacional589. De ahí que cualquiera de

las dimensiones de la seguridad de la OSCE, un foro de Estados soberanos, se base en la cooperación, y así lo expresaron los Estados participantes en la Cumbre de Lisboa: “Nos enfrentamos con importantes desafíos, pero les haremos frente juntos. Estos desafíos afectan a la seguridad y a la soberanía de los Estados así como a la estabilidad de nuestras sociedades” (párrafo 2 de la Declaración de Lisboa sobre un Modelo Común y Global de seguridad para Europa en el siglo XXI).

B) Compromisos específicos del Código de Conducta sobre los aspectos

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