CHAPTER VI CONCLUSIONS AND RECOMMENDATIONS
6.1 Conclusions
64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Noviembre de 2016
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
La que suscribe, Ingeniero BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUIZ, en mi carácter de Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 120, 121, 122 fracción V, 122 Bis fracción XI y 128 fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 97, 102, 102 Bis y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos 27, 29, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 39, 40, y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículos 47, 50 y 51 de su Reglamento; así como los “Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2016”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Número 209, del día treinta de octubre de dos mil quince; emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL, “IMPULSO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL NO. 270 TOMO II DEL 29 DE ENERO DEL 2016.
En la página 126, inciso d, procedimiento de acceso. DICE:
3. En caso de que dos personas se encuentren en los supuestos anteriores, se atenderá a quien hubiese solicitado primero su ingreso al programa.
DEBE DECIR:
3. En caso de que dos personas se encuentren en los supuestos anteriores, se atenderá a quien hubiese solicitado primero su ingreso al programa. En caso de que alguna de las personas que hayan resultado beneficiarias del programa social,
causen baja de acuerdo a las presentes reglas de operación o no se presenten a recibir el apoyo, la Delegación podrá otorgar el apoyo disponible a un nuevo beneficiario el cual se determinará tomando en cuenta los criterios 1 al 3 de este procedimiento de acceso.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 30 de octubre de 2016. (Firma)
ING. BERTHA XOCHITL GÁLVEZ RUIZ JEFA DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO
22 de Noviembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
La que suscribe, Ingeniero BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUIZ, en mi carácter de Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 120, 121, 122 fracción V, 122 Bis fracción XI y 128 fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 97, 102, 102 Bis y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos 27, 29, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 39, 40, y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículos 47, 50 y 51 de su Reglamento; así como los “Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2016”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Número 209, del día treinta de octubre de dos mil quince; emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL, “IMPULSO A LOS ADULTOS MAYORES”, DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO NÚMERO 43 DEL DIA 5 DE ABRIL DE 2016.
En la página 116, inciso d, procedimiento de acceso. DICE:
1. Se dará prioridad a personas que formen parte de alguna etnia o padezcan alguna enfermedad crónico degenerativa. 2. Se priorizará a las personas que presenten un mayor grado de vulnerabilidad, que tengan un alto o muy alto grado de marginación de acuerdo a la clasificación que tenga la unidad territorial en la que viven según el Sistema de Información del Desarrollo Social del Distrito Federal (SIDESO). Para las personas que no vivan en alguna unidad territorial con alto o muy alto grado de marginación según el SIDESO, se priorizará de acuerdo al resultado de un estudio socioeconómico.
3. En caso de que dos personas se encuentren en los supuestos anteriores, se atenderá a quien hubiese solicitado primero su ingreso al programa.
DEBE DECIR:
1. Se dará prioridad a personas que formen parte de alguna etnia o padezcan alguna enfermedad crónico degenerativa. 2. Se priorizará a las personas que presenten un mayor grado de vulnerabilidad, que tengan un alto o muy alto grado de marginación de acuerdo a la clasificación que tenga la unidad territorial en la que viven según el Sistema de Información del Desarrollo Social del Distrito Federal (SIDESO). Para las personas que no vivan en alguna unidad territorial con alto o muy alto grado de marginación según el SIDESO, se priorizará de acuerdo al resultado de un estudio socioeconómico.
3. En caso de que dos personas se encuentren en los supuestos anteriores, se atenderá a quien hubiese solicitado primero su ingreso al programa.
4. En caso de que alguna de las personas que hayan resultado beneficiarias del programa social, causen baja de acuerdo a las presentes reglas de operación o no se presenten a recibir el apoyo, la Delegación podrá otorgar el apoyo disponible a un nuevo beneficiario el cual se determinará tomando en cuenta los criterios 1 al 3 de este procedimiento de acceso.
En la página 117, causales de baja. DICE:
•Dedicarse a una actividad informal
•Ser reincidente en materia de justicia cívica
DEBE DECIR:
Se eliminan estas causales de baja.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 30 de octubre de 2016. (Firma)
ING. BERTHA XOCHITL GÁLVEZ RUIZ JEFA DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO
66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Noviembre de 2016
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
La que suscribe, Ingeniero BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUIZ, en mi carácter de Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 120, 121, 122 fracción V, 122 Bis fracción XI y 128 fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 97, 102, 102 Bis y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos 27, 29, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 39, 40, y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículos 47, 50 y 51 de su Reglamento; así como los “Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2016”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Número 209, del día treinta de octubre de dos mil quince; emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER QUE NO SE IMPLEMENTARÁ EL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL, “IMPULSO A LA PRIMERA INFANCIA”, DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, CUYAS REGLAS DE OPERACIÓN FUERON PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL NO. 270 TOMO II DEL 29 DE ENERO DEL 2016.
1. De acuerdo al artículo 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal que a la letra dice: “…las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades deberán someter a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo, previsto en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la creación y operación de programas de desarrollo social que otorguen subsidios, apoyos y ayudas a la población del Distrito Federal. De igual forma, deberán someter a su aprobación cualquier modificación en el alcance o modalidades de sus programas, cambios en la población objetivo, o cualquier otra acción que implique variaciones en los criterios de selección de beneficiarios, montos o porcentajes de subsidios, apoyos y ayudas.”, se presentó a consideración del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México la propuesta de la Delegación Miguel Hidalgo para no implementar el Programa de Desarrollo Social Impulso a la Primera Infancia cuyas Reglas de Operación Fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No 270 Tomo II del 29 de enero de 2016.
2. Considerando que el otorgamiento de los beneficios de este programa social sería a través de un subsidio indirecto en las cuotas y aportaciones de los padres, madres o tutores a un máximo de 100 menores en edad de Educación Preescolar o Inicial Básica de las colonias 16 de Septiembre, América, Ampliación Daniel Garza, Daniel Garza, Escandón, Observatorio, San Miguel Chapultepec y Tacubaya; para que se inscribieran en instituciones educativas privadas derivado de una posible reorganización en el número de instalaciones escolares dependientes de la Delegación Miguel Hidalgo y a un incremento en la demanda de lugares, hecho que no ocurrió, motivo por el cual, no será necesario implementar el Programa de Desarrollo Social Impulso a la Primera Infancia de la Delegación Miguel Hidalgo.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 30 de octubre de 2016. (Firma)
ING. BERTHA XOCHITL GÁLVEZ RUIZ JEFA DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO
22 de Noviembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
La que suscribe, Ingeniero BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUIZ, en mi carácter de Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 120, 121, 122 fracción V, 122 Bis fracción XI y 128 fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 97, 102, 102 Bis y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos 27, 29, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 39, 40, y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículos 47, 50 y 51 de su Reglamento; así como los “Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2016”, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Número 209, del día treinta de octubre de dos mil quince; emite el siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL, “IMPULSO A LA CULTURA MUSICAL”, DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO NÚMERO 43 DEL DIA 5 DE ABRIL DE 2016.
En la página 140, inciso a, cuarto párrafo. DICE:
En 2016 se preserva el programa de Desarrollo Social “CONSERVATORIO DE MÚSICA”, con una nueva denominación: “IMPULSO A LA CULTURA MUSICAL”, mismo que brindará un apoyo económico de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) a 24 beneficiarios y un apoyo económico de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) al beneficiario que fungirá como Director de la Orquesta y asesor en iniciación musical. Cabe hacer mención que amplía el padrón de 15 a 25 beneficiarios.
DEBE DECIR:
En 2016 se preserva el programa de Desarrollo Social “CONSERVATORIO DE MÚSICA”, con una nueva denominación: “IMPULSO A LA CULTURA MUSICAL”, mismo que brindará un apoyo económico de $27,000.00 (veintisiete mil pesos
00/100 M.N.) divididos en tres ministraciones de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M.N.) cada una durante el ejercicio 2016 a 24 beneficiarios y un apoyo económico de $45,000.00 (cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) dividido en tres ministraciones de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) cada una durante el ejercicio 2016 al beneficiario que fungirá como Director de la Orquesta y asesor en iniciación musical. Cabe hacer mención que amplía
el padrón de 15 a 25 beneficiarios.
En la página 142, inciso b, último párrafo. DICE:
•Otorgar a los beneficiarios del programa social, un apoyo monetario, mismo que brindará un apoyo económico de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.), a 24 beneficiarios y un apoyo económico de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) al beneficiario que fungirá como Director de la Orquesta y asesor en iniciación musical.
DEBE DECIR:
•Otorgar a los beneficiarios del programa social, un apoyo monetario, mismo que brindará un apoyo económico de
$27,000.00 (veintisiete mil pesos 00/100 M.N.) divididos en tres ministraciones de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M.N.) cada una durante el ejercicio 2016 a 24 beneficiarios y un apoyo económico de $45,000.00 (cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) dividido en tres ministraciones de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) cada una durante el ejercicio 2016 al beneficiario que fungirá como Director de la Orquesta y asesor en iniciación musical En la página 143, fracciones III y IV.
DICE:
III. METAS FÍSICAS
Otorgamiento de 24 apoyos económicos de $27,000.00 (Veintisiete mil pesos 00/100 M.N.) diferidos en 9 ministraciones de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) y un apoyo económico de $45,000.00 (Cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) diferido en 9 ministraciones de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N).
68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Noviembre de 2016
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
a) Monto Total Autorizado. $693,000.00 (Seiscientos noventa y tres mil pesos 00/100 M.N). monto unitario anual por beneficiario. $27,000.00 (Veintisiete mil pesos 00/100 M.N.) diferidos en 9 ministraciones de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.), y un apoyo económico de $45,000.00 (Cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) diferido en 9 ministraciones de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N).